Instrucciones para el Anexo H-PR (2022)

Impuestos sobre el Empleo de Empleados ¶Ù´Ç³¾¨¦²õ³Ù¾±³¦´Çs

Las secciones a las cuales se hace referencia abajo corresponden al C¨®digo Federal de Impuestos Internos a menos que se indique de otra manera.

2022


Instrucciones para el Anexo H-PR - Material Introductorio

Fechas Importantes

Para el: Usted deber¨¢:
31 de enero de 2023 Entregarle a su empleado el Formulario 499R-2/W-2PR.
31 de enero de 2023 Enviarle al Departamento de Hacienda de Puerto Rico el Formulario 499R-2/W-2PR, junto con el Formulario 499 R-3.
31 de enero de 2023 (independientemente de si presenta en papel o electr¨®nicamente) Enviarle a la SSA el Formulario 499R-2/W-2PR, junto con el Formulario W-3PR. Acceda al sitio web , en ingl¨¦s, para m¨¢s detalles.
18 de abril de 2023 (vea Excepciones en estas instrucciones) Presentar el Anexo H-PR y pagar sus impuestos sobre el empleo de empleados dom¨¦sticos con su Formulario 1040-PR de 2022.

Acontecimientos Futuros

Si desea obtener la informaci¨®n m¨¢s reciente sobre todo acontecimiento relacionado con el Anexo H-PR y sus instrucciones, tal como legislaci¨®n promulgada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ de que ¨¦stos fueran publicados, acceda a IRS.gov/AnexoHPR.

Qu¨¦ Hay de Nuevo

Cambios al Anexo H (Formulario 1040-PR) para 2023.

Estamos descontinuando el uso de ciertos t¨¦rminos tributarios en espa?ol espec¨ªficos de Puerto Rico en nuestros productos tributarios para lograr uniformidad y permitir un uso m¨¢s amplio por parte de los contribuyentes. Para 2023, no se emitir¨¢ el Anexo H-PR (Formulario 1040-PR). En su lugar, el Anexo H(sp) se emitir¨¢ para uso por los contribuyentes en los Estados Unidos y sus territorios.

Para 2022, el Anexo H-PR (Formulario 1040-PR) ya ha incorporado los cambios en la terminolog¨ªa mencionados aqu¨ª.

El impuesto del Seguro Social y el impuesto del Medicare para 2022.

La tasa tributaria del Seguro Social sobre los salarios sujetos al impuesto, incluyendo los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados pagados en 2022 por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, es 6.2% para cada uno, el empleador y el empleado, o 12.4% para ambos. Los salarios de licencia por enfermedad calificados y los salarios de licencia familiar calificados pagados en 2022 por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021 no est¨¢n sujetos a la parte correspondiente al empleador del impuesto del Seguro Social; por lo tanto, la tasa tributaria sobre estos salarios es de 6.2%. La base salarial para la retenci¨®n del impuesto del Seguro Social es $147,000.

La tasa tributaria del Medicare es 1.45% tanto para el empleado como para el empleador. La tasa tributaria no cambi¨® de la cantidad para el a?o 2021. No hay un l¨ªmite de la base salarial para el impuesto del Medicare.

Los impuestos del Seguro Social y del Medicare se aplican a los salarios de los trabajadores dom¨¦sticos si usted les paga $2,400 o m¨¢s en salarios en efectivo en 2022. Para m¨¢s informaci¨®n, vea Salarios en efectivo y Requisitos de los $2,400, m¨¢s adelante.

Para informaci¨®n sobre las tasas y l¨ªmites salariales que aplicar¨¢n en 2023, vea la Publicaci¨®n 179 (Circular PR), Gu¨ªa Contributiva Federal para Empleadores Puertorrique?os, o la Publicaci¨®n 926, Household Employer's Tax Guide (Gu¨ªa tributaria para empleadores de empleados dom¨¦sticos), en ingl¨¦s.

El cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y licencia familiar calificados relacionados con el COVID-19 se limita a la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de octubre de 2021.

Generalmente, el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados promulgado conforme a la Families First Coronavirus Relief Act (FFCRA) (Ley de Familias Primero en Respuesta al Coronavirus o FFCRA, por sus siglas en ingl¨¦s) enmendada y extendida por la COVID-related Tax Relief Act of 2020 (Ley de Alivio Tributario relacionado con el COVID de 2020) por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021, y el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados conforme a las secciones 3131, 3132 y 3133 del C¨®digo de Impuestos Internos seg¨²n promulgado conforme a la American Rescue Plan Act of 2021 (Ley del Plan de Rescate Estadounidense de 2021 o la Ley ARP, por sus siglas en ingl¨¦s) por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021 han vencido. Sin embargo, los empleadores que pagan salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados en 2022 por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de octubre de 2021 son elegibles para reclamar un cr¨¦dito en el Anexo H-PR presentado para 2022. Para m¨¢s informaci¨®n, vea las instrucciones para la l¨ªnea 8b, la l¨ªnea 8c, la l¨ªnea 8e y la l¨ªnea 8f, m¨¢s adelante.

Use la Hoja de Trabajo 3 para calcular el cr¨¦dito por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021. Use laHoja de Trabajo 4 para calcular el cr¨¦dito por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021. Para m¨¢s informaci¨®n sobre el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados, acceda a IRS.gov/PLC, en ingl¨¦s.

Exclusi¨®n de estacionamiento calificado y beneficios de transportaci¨®n.

Para 2022, la exclusi¨®n mensual para estacionamiento calificado es $280 y la exclusi¨®n mensual por transporte combinado en veh¨ªculos de desplazamiento de ida y vuelta al trabajo y pases o boletos de tr¨¢nsito es $280.

Estados con reducci¨®n en el cr¨¦dito.

Un estado que no ha reintegrado dinero que pidi¨® prestado al gobierno federal a fin de pagar beneficios de desempleo se denomina un estado con reducci¨®n en el cr¨¦dito. El Departamento del Trabajo de los EE. UU. determina cu¨¢les son estos estados. Si un empleador paga salarios que est¨¢n sujetos a las leyes de compensaci¨®n por desempleo de un estado con reducci¨®n en el cr¨¦dito, ese empleador tiene que pagar la obligaci¨®n adicional del impuesto federal de desempleo.

Puerto Rico no es un estado (territorio) con reducci¨®n en el cr¨¦dito para 2022. Para 2022, hay estados con reducci¨®n en el cr¨¦dito. Si ha pagado salarios que est¨¢n sujetos a las leyes de compensaci¨®n por desempleo de un estado con reducci¨®n en el cr¨¦dito, su cr¨¦dito contra la contribuci¨®n federal para el desempleo ser¨¢ reducido en base a la tasa de reducci¨®n del cr¨¦dito para ese estado. Use la Hoja de Trabajo 2 para Empleadores en Estados con Reducci¨®n en el Cr¨¦dito para 2022, m¨¢s adelante.

Recordatorios

Diferimiento de la parte correspondiente al empleador del impuesto del Seguro Social ha expirado.

La Coronavirus Aid, Relief, and Economic Security (CARES) Act (Ley de Asistencia, Alivio y Seguridad Econ¨®mica Debido al Coronavirus o CARES, por sus siglas en ingl¨¦s) les permiti¨® a los empleadores diferir la parte correspondiente al empleador del impuesto del Seguro Social. La cantidad diferida de la parte correspondiente al empleador del impuesto del Seguro Social estaba disponible ²õ¨®±ô´Ç para dep¨®sitos adeudados en o »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 27 de marzo de 2020 y antes del 1 de enero de 2021, as¨ª como dep¨®sitos y pagos adeudados »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 1 de enero de 2021, que eran requeridos para los salarios pagados en o »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 27 de marzo de 2020 y antes del 1 de enero de 2021. La mitad de la parte correspondiente al empleador del impuesto del Seguro Social venci¨® el 31 de diciembre de 2021 y la parte restante vence el 31 de diciembre de 2022. Debido a que tanto el 31 de diciembre de 2021 como el 31 de diciembre de 2022 son d¨ªas no laborables, los pagos hechos el pr¨®ximo d¨ªa laborable se considerar¨¢n hechos a su debido tiempo. Cualquier pago o dep¨®sito que efectu¨® antes del 31 de diciembre de 2021 se aplic¨® primero contra su pago que venci¨® el 31 de diciembre de 2021 y luego se aplic¨® contra su pago que vence el 31 de diciembre de 2022. Para m¨¢s informaci¨®n sobre el diferimiento de los dep¨®sitos de los impuestos de n¨®mina, acceda a IRS.gov/ETD, en ingl¨¦s. Vea Pago de la cantidad diferida de la parte correspondiente al empleador del impuesto del Seguro Social y C¨®mo pagar la cantidad diferida de la parte correspondiente al empleador del impuesto del Seguro Social, m¨¢s adelante, para informaci¨®n sobre pagos de la cantidad diferida de la parte correspondiente al empleador del impuesto del Seguro Social.

Pago de la cantidad diferida de la parte correspondiente al empleador del impuesto del Seguro Social.

La mitad de la parte correspondiente al empleador del impuesto del Seguro Social venci¨® el 31 de diciembre de 2021 y la parte restante vence el 31 de diciembre de 2022. Debido a que tanto el 31 de diciembre de 2021 como el 31 de diciembre de 2022 son d¨ªas no laborables, los pagos hechos el pr¨®ximo d¨ªa laborable se considerar¨¢n hechos a su debido tiempo. Cualquier pago hecho antes del 31 de diciembre de 2021 se aplic¨® primero contra su pago que venci¨® el 31 de diciembre de 2021 y luego se aplic¨® contra su pago que vence el 31 de diciembre de 2022. Para informaci¨®n adicional, acceda a IRS.gov/ETD, en ingl¨¦s.

C¨®mo pagar la cantidad diferida de la parte correspondiente al empleador del impuesto del Seguro Social.

Puede pagar la cantidad que adeuda electr¨®nicamente usando el Electronic Federal Tax Payment System (Sistema de pago electr¨®nico del impuesto federal o EFTPS, por sus siglas en ingl¨¦s) con tarjeta de cr¨¦dito o d¨¦bito o con un cheque o giro. El m¨¦todo de pago preferido es el EFTPS. Para m¨¢s informaci¨®n, acceda a o llame al 800-555-4477. Para comunicarse con el EFTPS utilizando los Servicios de Retransmisi¨®n de Telecomunicaciones (TRS, por sus siglas en ingl¨¦s) para personas sordas, con dificultades auditivas o con impedimento del habla, marque 711 y proporci¨®nele al asistente de los Servicios de Retransmisi¨®n de Telecomunicaciones el n¨²mero 800-555-4477 indicado anteriormente o el n¨²mero 800-733-4829. Para pagar la cantidad diferida usando el EFTPS, seleccione Pago cantidad adeudada en un aviso del IRS.

Para pagar con tarjeta de cr¨¦dito o d¨¦bito, acceda a IRS.gov/PagueConTarjeta. Si paga con cheque o giro, haga el cheque o giro a la orden de ¡°United States Treasury¡± (Tesoro de los EE. UU.). Anote su n¨²mero de identificaci¨®n del empleador (EIN, por sus siglas en ingl¨¦s), ¡°Anexo H-PR¡± y el a?o natural en el cual la cantidad fue diferida originalmente, por ejemplo, ¡°2020¡±, en su cheque o giro. El pago de la cantidad diferida no se declara en el Anexo H-PR.

Reembolso de los gastos calificados de ida y vuelta al trabajo en bicicleta.

La Tax Cuts and Jobs Act (P.L. 115-97) (Ley de Empleos y Reducci¨®n de Impuestos (Ley P¨²blica 115-97)) ha suspendido la exclusi¨®n del reembolso de los gastos calificados de ida y vuelta al trabajo en bicicleta del ingreso de sus empleados para todos los a?os que comienzan »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ de 2017 y antes de 2026.

Externalizaci¨®n de las obligaciones de n¨®mina.

Usted es responsable de asegurar que las declaraciones de impuestos se presenten y que los dep¨®sitos y pagos se efect¨²en, aun si usted contrata los servicios de un tercero para hacerlo. Usted sigue siendo responsable aun si el tercero no cumple con la acci¨®n requerida. Antes de optar por externalizar cualquier parte de su n¨®mina y las obligaciones relacionadas con los impuestos (es decir, retenci¨®n, presentaci¨®n y pago de los impuestos del Seguro Social, del Medicare y del fondo federal de desempleo (FUTA, por sus siglas en ingl¨¦s)) a un tercero pagador, tal como un proveedor de servicios de n¨®mina o agente de reportaci¨®n, acceda a IRS.gov/OutsourcingPayrollDuties, en ingl¨¦s, para informaci¨®n ¨²til sobre este tema. Para m¨¢s informaci¨®n sobre los diferentes tipos de arreglos de terceros pagadores, vea el apartado 16 titulado Third-Party Payer Arrangements (Arreglos de un tercero pagador) en la Publicaci¨®n 15, en ingl¨¦s.

Preparadores remunerados.

Si utiliza un preparador remunerado para completar el Anexo H-PR, ¨¦ste tiene que completar y firmar la secci¨®n del preparador remunerado del Anexo H-PR, a menos que usted est¨¦ adjuntando el Anexo H-PR al Formulario 1040-PR. El preparador remunerado tiene que firmar el Anexo H-PR y facilitar la informaci¨®n solicitada en la secci¨®n del formulario titulada Para Uso Exclusivo del Preparador Remunerado si el preparador recibi¨® remuneraci¨®n por preparar el Anexo H-PR y no era su empleado. El preparador tiene que proveerle una copia adicional de la declaraci¨®n adem¨¢s de la original que ser¨¢ presentada ante el Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en ingl¨¦s).

?Qui¨¦n Tiene que Presentar el Anexo H-PR?

Tendr¨¢ que presentar el Anexo H-PR si contesta ¡°³§¨ª¡± a cualesquiera de las preguntas de las l¨ªneas A y B del Anexo H-PR.

?Tuvo un empleado dom¨¦stico?

Si contrat¨® a una persona para que le hiciera trabajo dom¨¦stico y usted pod¨ªa controlar lo que el empleado ten¨ªa que hacer y c¨®mo se hac¨ªa, entonces se considera que esa persona fue su empleado dom¨¦stico. Esto es as¨ª aun cuando le haya otorgado al empleado cierta autonom¨ªa al desempe?ar su trabajo. Lo m¨¢s importante es que usted haya tenido el derecho de controlar los pormenores o detalles de c¨®mo se deb¨ªa cumplir el trabajo.

Ejemplo.

Usted le pag¨® a un trabajador por cuidar a su ni?o y hacer trabajo dom¨¦stico ligero 4 d¨ªas a la semana en la casa de usted. El trabajador segu¨ªa sus instrucciones espec¨ªficas acerca de sus deberes dom¨¦sticos y sobre el cuidado de su hijo. Usted le provee al trabajador el equipo dom¨¦stico y los suministros necesarios que necesita para hacer su trabajo. El trabajador es su empleado dom¨¦stico.

Se define el trabajo dom¨¦stico como el trabajo hecho en su residencia o en sus alrededores. Algunos ejemplos de trabajadores que hacen trabajo dom¨¦stico son:

Amas de llaves Jardineros
Choferes Mayordomos
Cocineros Ni?eras
Enfermeras privadas Nodrizas (institutrices)
Guardianes (celadores) Personal de limpieza
  Profesionales de la salud (auxiliares)

Si un trabajador es su empleado, no importa si trabaja a tiempo completo o parcial, o si lo contrat¨® a trav¨¦s de una agencia o de una lista provista por una agencia o asociaci¨®n. Tampoco importa si los salarios pagados se basan en trabajo realizado por hora, por d¨ªa, por semana o a destajo.

Si usted recibe servicios de cuidado en el hogar mediante un programa administrado por una agencia federal, estatal o del gobierno local y la persona que proporciona su cuidado es su empleado dom¨¦stico, usted puede pedirle al IRS que autorice a un agente conforme a la secci¨®n 3504 para que informe, presente y pague de parte de usted todo impuesto sobre la n¨®mina, incluido el impuesto federal para el desempleo (FUTA, por sus siglas en ingl¨¦s) por su parte. Para m¨¢s informaci¨®n, vea el Formulario 2678, Employer/Payer Appointment of Agent (Designaci¨®n del agente por parte del empleador/pagador), en ingl¨¦s.

This is an Image: taxtip.gifSi una agencia del gobierno o un agente tercero presenta y paga los impuestos de empleo por salarios pagados al trabajador dom¨¦stico de usted por su parte, usted no necesitar¨¢ presentar el Anexo H-PR para declarar esos impuestos.

Trabajadores que no son empleados suyos.

Los trabajadores que contrata por medio de una agencia no son sus empleados si la agencia es responsable de qui¨¦n hace el trabajo y c¨®mo se hace. Las personas que trabajan por cuenta propia tampoco se consideran empleados suyos. Un trabajador trabaja por cuenta propia si solamente el trabajador tiene el derecho de dirigir y de controlar c¨®mo se hace el trabajo. Los trabajadores por cuenta propia, por lo general, usan sus propias herramientas y ofrecen sus servicios al p¨²blico en general como empresa independiente.

Ejemplo.

Usted contrat¨® a un trabajador para que le cortara la grama. El trabajador tiene su propia empresa mediante la cual ofrece servicios para cortar la grama al p¨²blico en general. El trabajador contrata a sus propios ayudantes, les ense?a c¨®mo hacer el trabajo y dispone de sus propias herramientas y suministros. Ni el trabajador ni sus ayudantes son empleados dom¨¦sticos suyos.

Para m¨¢s informaci¨®n, vea la Publicaci¨®n 179, disponible en espa?ol, o la Publicaci¨®n 926, en ingl¨¦s.

?Qui¨¦n Tiene que Presentar el Formulario 499R-2/W-2PR y el Formulario W-3PR?

Tendr¨¢ que presentar un Formulario 499R-2/W-2PR por cada empleado dom¨¦stico al cual durante 2022 le haya pagado en efectivo $2,400 o m¨¢s en salarios sujetos a los impuestos del Seguro Social y del Medicare. Para saber si estos salarios est¨¢n sujetos a estos impuestos, vea las instrucciones sobre c¨®mo completar la l¨ªnea 1a, la l¨ªnea 3 y la l¨ªnea 5 del Anexo H-PR, m¨¢s adelante. Si los salarios no est¨¢n sujetos a tales impuestos pero usted retuvo impuestos estatales sobre los mismos de un empleado dom¨¦stico, tambi¨¦n tendr¨¢ que presentar el Formulario 499R-2/W-2PR para ese empleado. Sin embargo, si los salarios no est¨¢n sujetos a los impuestos del Seguro Social y del Medicare, deje en blanco los encasillados 20, 21, 22 y 23 en el Formulario 499R-2/W-2PR, pero complete el resto del formulario seg¨²n sus instrucciones. Si los salarios para 2022 son menores que $2,400 y anota la informaci¨®n en los encasillados 20, 21, 22 y 23, la SSA rechazar¨¢ su Formulario 499R-2/W-2PR.

Si se le requiere presentar uno o m¨¢s Formularios 499R-2/W-2PR para 2022 por cualquier empleado dom¨¦stico, tambi¨¦n tendr¨¢ que presentar el Formulario W-3PR. Si presenta el (los) formulario(s) por medios electr¨®nicos usando los SSA¡¯s Form W-2 Online services (Servicios en l¨ªnea de la SSA para el Formulario W-2), la SSA genera su Formulario W-3PR autom¨¢ticamente basado en su(s) Formulario(s) 499R-2/W-2PR. Para m¨¢s informaci¨®n sobre la presentaci¨®n por medios electr¨®nicos, acceda al sitio web de la SSA, Employer W-2 Filing Instructions & Information (Informaci¨®n e instrucciones para el empleador sobre la presentaci¨®n del Formulario W-2), en ingl¨¦s, en . Tambi¨¦n visite el sitio web para leer sobre la presentaci¨®n por medios electr¨®nicos.

?Tiene un N¨²mero de Identificaci¨®n del Empleador (EIN)?

Si tiene empleados dom¨¦sticos, necesitar¨¢ un n¨²mero de identificaci¨®n del empleador (EIN, por sus siglas en ingl¨¦s) para presentar el Anexo H-PR. Si no tiene un EIN, podr¨ªa solicitar uno a trav¨¦s de Internet visitando IRS.gov/EIN y pulsando sobre Espa?ol. Tambi¨¦n puede solicitar un EIN enviando un Formulario SS-4PR por fax o por correo al IRS. No use su n¨²mero de Seguro Social (SSN, por sus siglas en ingl¨¦s) en lugar de su EIN. Las Instrucciones para el Formulario SS-4PR explican c¨®mo puede obtener el EIN inmediatamente por Internet, por lo general en 4 d¨ªas laborables por fax o en aproximadamente 4 semanas si lo solicita por correo. Acceda a IRS.gov/Forms, en ingl¨¦s, para obtener formularios y publicaciones, incluyendo el Formulario SS-4PR.

?Puede Trabajar Legalmente su Empleado en Puerto Rico?

Es ilegal emplear a una persona si la misma no est¨¢ autorizada para trabajar legalmente en Puerto Rico. Cuando contrata a un empleado dom¨¦stico para que ¨¦ste trabaje para usted con regularidad, tanto usted como el empleado deber¨¢n completar parte del Formulario I-9, Employment Eligibility Verification (Verificaci¨®n de elegibilidad de empleo), del United States Citizenship and Immigration Services (Servicios de Ciudadan¨ªa e Inmigraci¨®n de los Estados Unidos o USCIS, por sus siglas en ingl¨¦s). El Formulario I-9 est¨¢ disponible en espa?ol para uso exclusivo en Puerto Rico y puede encontrarlo en el sitio web . Tiene que verificar que el empleado sea ciudadano de los Estados Unidos de Am¨¦rica o sea un extranjero que est¨¦ autorizado a trabajar en los Estados Unidos y, adem¨¢s, tiene que mantener dicho formulario en los registros de usted. Puede obtener del USCIS el formulario y el Manual para Empleadores (conocido como el documento M-274, disponible en espa?ol), visitando el sitio web del USCIS en . Puede utilizar E-Verify en y pulsar sobre Espa?ol para confirmar la elegibilidad de empleo de empleados reci¨¦n contratados.

?Qu¨¦ Ocurre con las Contribuciones al Fondo de Desempleo Estatal de Puerto Rico?

Si tuvo un empleado dom¨¦stico en 2022, es probable que tenga que pagar contribuciones al fondo de desempleo estatal para 2022. Para saber si tiene que hacerlo, comun¨ªquese con el Negociado de Seguridad de Empleo de Puerto Rico al 787-754-5353 o acceda al sitio web . Debe tambi¨¦n averiguar si necesita pagar o retener otros impuestos estatales sobre el empleo o si debe estar cubierto por un seguro de compensaci¨®n de obreros.

Si desea obtener una lista completa de informaci¨®n que le ayudar¨¢ a comunicarse con las agencias estatales para el desempleo, acceda al sitio web del Departamento del Trabajo de los EE. UU., disponible en ingl¨¦s, en .

Cu¨¢ndo y D¨®nde Presentar

Anexo H-PR

Si presenta el Formulario 1040-PR, Declaraci¨®n del Impuesto Federal sobre el Trabajo por Cuenta Propia (Incluyendo el Cr¨¦dito Adicional Tributario por Hijos para Residentes Bona Fide de Puerto Rico), de 2022, adjunte el Anexo H-PR a su declaraci¨®n. Env¨ªe el Formulario 1040-PR y el Anexo H-PR a m¨¢s tardar el 18 de abril de 2023 a la direcci¨®n indicada en las Instrucciones para el Formulario 1040-PR.

Excepciones.

Si obtiene una pr¨®rroga para presentar su declaraci¨®n de impuestos, presente su declaraci¨®n junto con el Anexo H-PR a m¨¢s tardar en la fecha l¨ªmite de dicha pr¨®rroga. Si presenta a base de a?o fiscal, presente su declaraci¨®n y el Anexo H-PR para la fecha de vencimiento de la misma, incluyendo pr¨®rrogas.

This is an Image: taxtip.gifSi presenta a base de a?o natural y no tuvo ning¨²n empleado dom¨¦stico durante 2022, no tiene que presentar el Anexo H-PR para 2022.

Si tiene empleados dom¨¦sticos para 2022 pero no est¨¢ obligado a presentar el Formulario 1040-PR para el a?o 2022 (por ejemplo, debido a que su ingreso total no llega al l¨ªmite m¨ªnimo en d¨®lares para tener que presentarlo), tendr¨¢ que presentar el Anexo H-PR por s¨ª solo para el 18 de abril de 2023. Complete el Anexo H-PR e incl¨²yalo en el sobre con su cheque o giro. No env¨ªe dinero en efectivo. Haga su cheque o giro a la orden de ¡°United States Treasury¡± (Tesoro de los EE. UU.) por la cantidad total de sus impuestos sobre la n¨®mina adeudados por tener empleados dom¨¦sticos. Anote su nombre, direcci¨®n, SSN, n¨²mero de tel¨¦fono en donde nos podamos comunicar con usted durante el d¨ªa y ¡°2022 Schedule H-PR¡± (Anexo H-PR de 2022) en su cheque o giro. Los empleadores de empleados dom¨¦sticos que est¨¢n exentos de pagar impuestos y que no tienen que presentar un declaraci¨®n de impuestos pueden presentar el Anexo H-PR por s¨ª solo; por ejemplo, una iglesia que le paga a un empleado dom¨¦stico para ocuparse del hogar de un ministro.

Si no se le requiere presentar el Formulario 1040-PR y presenta el Anexo H-PR por s¨ª solo, env¨ªe el Anexo H-PR por correo a:


Department of the Treasury
Internal Revenue Service
Austin, TX 73301-0215

Formulario 499R-2/W-2PR y Formulario W-3PR

Presente su(s) Formulario(s) 499R-2/W-2PR y Formulario W-3PR electr¨®nicamente. Para m¨¢s informaci¨®n sobre la presentaci¨®n electr¨®nica, acceda al sitio web , en ingl¨¦s; tambi¨¦n acceda al sitio web para m¨¢s informaci¨®n en espa?ol. Si presenta los formularios por medios electr¨®nicos usando el SSA¡¯s Form W-2 Online services (Servicio en l¨ªnea de la SSA para el Formulario W-2), la SSA genera su Formulario W-3PR autom¨¢ticamente basado en su(s) Formulario(s) 499R-2/W-2PR.

Para el 31 de enero de 2023, presente electr¨®nicamente los Formularios 499R-2/W-2PR junto con el Formulario 499 R-3, Estado de Reconciliaci¨®n de Contribuci¨®n sobre Ingresos Retenida, al Departamento de Hacienda.

Para el 31 de enero de 2023, env¨ªe los Formularios 499R-2/W-2PR junto con el Formulario W-3PR a la Administraci¨®n del Seguro Social (SSA, por sus siglas en ingl¨¦s) tanto en papel como por medios electr¨®nicos. Cumplir¨¢ con este requisito si el formulario en papel est¨¢ debidamente rotulado, si es enviado y si el matasellos ha sido impreso a m¨¢s tardar el 31 de enero de 2023.

This is an Image: caution.gifSi presenta los Formularios 499R-2/W-2PR y W-3PR electr¨®nicamente, no env¨ªe dichos formularios en papel a la SSA.

Si presenta ante la SSA en papel, env¨ªe todos sus Formularios 499R-2/W-2PR junto con el Formulario W-3PR a:

Social Security Administration
Direct Operations Center
Wilkes-Barre, PA 18769-0001

Si utiliza correo certificado, el c¨®digo postal que debe anotar es 18769-0002. Si utiliza un servicio de entrega privado aprobado (PDS, por sus siglas en ingl¨¦s) por el IRS, utilice la siguiente direcci¨®n:

Social Security Administration
Direct Operations Center
ATTN: W-2 Process
1150 E. Mountain Drive
Wilkes-Barre, PA 18702-7997
Acceda a IRS.gov/PDS, en ingl¨¦s, para el listado m¨¢s reciente de proveedores aprobados por el IRS.

Multas.

Es posible que tenga que pagar una multa si no les entrega a sus empleados el Formulario 499R-2/W-2PR o si no presenta estos formularios ante la SSA para las fechas de vencimiento indicadas anteriormente. Tambi¨¦n podr¨ªa tener que pagar una multa si no anota el SSN de su empleado en el Formulario 499R-2/W-2PR o si no provee la informaci¨®n correcta en dicho formulario.

C¨®mo Completar el Anexo H-PR, el Formulario 499R-2/W-2PR y el Formulario W-3PR

Anexo H-PR

This is an Image: caution.gifSi se le inform¨® que un empleado dom¨¦stico suyo recibi¨® pagos de un plan estatal para individuos incapacitados, vea la secci¨®n Pagos Estatales por Incapacidad, m¨¢s adelante.

N¨²mero de Seguro Social (SSN).

Anote su SSN en el espacio provisto.

N¨²mero de identificaci¨®n del empleador (EIN).

El EIN es un n¨²mero de nueve d¨ªgitos expedido por el IRS. Los d¨ªgitos est¨¢n ordenados de la siguiente manera: 00-0000000. Anote su EIN en el espacio provisto. Si no tiene un EIN, vea ?Tiene un N¨²mero de Identificaci¨®n del Empleador (EIN)?, anteriormente. Si ha solicitado un EIN pero no lo ha recibido, escriba en ingl¨¦s ¡°Applied for¡± (Solicitado) seguido por la fecha en que lo solicit¨®. No use su SSN en lugar de un EIN.

L¨ªnea A. ?Le pag¨® a alg¨²n empleado dom¨¦stico salarios en efectivo ascendentes a $2,400 o m¨¢s en 2022?

Para calcular el salario total en efectivo que pag¨® durante 2022 a cada empleado dom¨¦stico, no incluya las cantidades pagadas a todas las siguientes personas:

  • Su c¨®nyuge.

  • Su hijo que ten¨ªa menos de 21 a?os de edad.

  • Su padre o su madre. (Pero vea Excepci¨®n para los padres a continuaci¨®n).

  • Su empleado que ten¨ªa menos de 18 a?os de edad en cualquier momento de 2022. Si el empleado no era estudiante, vea Excepci¨®n para los empleados menores de 18 a?os de edad , m¨¢s adelante.

Excepci¨®n para los padres.

Incluya los salarios en efectivo que le pag¨® a su padre o a su madre por trabajar en su hogar o en sus alrededores si tanto el punto (1) como el punto (2), a continuaci¨®n, le corresponden:

  1. Su hijo (incluyendo un hijo adoptivo o hijastro) que vivi¨® con usted ten¨ªa menos de 18 a?os de edad o padec¨ªa de una condici¨®n f¨ªsica o mental que requer¨ªa la atenci¨®n personal de un adulto por lo menos durante 4 semanas continuas del trimestre natural. Un trimestre natural es de enero a marzo, de abril a junio, de julio a septiembre y de octubre a diciembre.

  2. Usted estaba divorciado y no se ha vuelto a casar, era viudo o estaba casado y viv¨ªa con una persona cuya condici¨®n f¨ªsica o mental no le permit¨ªa cuidar de su hijo por lo menos durante 4 semanas continuas del trimestre natural en el cual los servicios fueron realizados.

Excepci¨®n para los empleados menores de 18 a?os de edad.

Incluya los salarios que pag¨® en efectivo a toda persona menor de 18 a?os de edad y que no era estudiante si ¨¦ste desempe?aba servicios dom¨¦sticos como su ocupaci¨®n principal.

Salarios en efectivo.

Los salarios en efectivo incluyen los pagados con cheques, giros, etc¨¦tera. Los salarios en efectivo no incluyen el valor de comidas, alojamiento, ropa, pases o boletos de tr¨¢nsito ni otros art¨ªculos proporcionados a su empleado dom¨¦stico que no sean en efectivo. Sin embargo, el efectivo que le entregue a su empleado en lugar de estos art¨ªculos se incluye en los salarios en efectivo.

Los salarios que no sean en efectivo pagados a sus empleados dom¨¦sticos no est¨¢n sujetos a los impuestos del Seguro Social o del Medicare. No declare los salarios que no sean en efectivo en el encasillado 20 o 22 del Formulario 499R-2/W-2PR. Para m¨¢s informaci¨®n sobre los salarios en efectivo y los que no son efectivo, vea el apartado 8 o el apartado 5 para informaci¨®n sobre las prestaciones suplementarias (beneficios marginales), ambos en la Publicaci¨®n 179.

Transportaci¨®n (beneficios de transporte).

Si usted le reembolsa a su empleado por estacionamiento calificado, transporte al trabajo en un veh¨ªculo de carretera o pases de transporte, es posible que pueda excluir las cantidades de reembolso en efectivo de contar como salarios pagados en efectivo sujetos al impuesto del Seguro Social y al impuesto del Medicare. Estacionamiento calificado es estacionamiento en o cerca de su hogar o en o cerca del lugar a donde su empleado se desplaza de ida y vuelta a su hogar. Esto no incluye estacionamiento en o cerca del hogar del empleado. Para 2022, usted puede darle a su empleado $280 por mes por estacionamiento calificado y beneficios de transporte, tales como $280 por mes por transporte combinado en veh¨ªculos de desplazamiento de ida y vuelta al trabajo y pases o boletos de tr¨¢nsito. Vea Transportation (Commuting) Benefits (Beneficios para transportaci¨®n (desplazamiento de ida y vuelta al trabajo)) en la Publicaci¨®n 15-B, Employer's Tax Guide to Fringe Benefits (Gu¨ªa tributaria para empleadores sobre las prestaciones suplementarias), en ingl¨¦s, para m¨¢s informaci¨®n. Todo reembolso de efectivo que sea mayor que estas cantidades se incluye como salario.

Parte I. Impuestos del Seguro Social y del Medicare

Los impuestos del Seguro Social y del Medicare se usan para pagar los beneficios de jubilaci¨®n, de sobrevivientes, por incapacidad y m¨¦dico-hospitalarios que reciben los trabajadores y sus familias. Tanto usted como su empleado pagan por partes iguales estos impuestos.

Para 2022, la tasa tributaria del Seguro Social sobre los salarios sujetos al impuesto, incluyendo los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados pagados en 2022 por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021 es 6.2% (0.062) correspondiente tanto al empleador como al empleado, o sea, 12.4% (0.124) para ambos. Los salarios de licencia por enfermedad calificados y los salarios de licencia familiar calificados pagados en 2022 por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021 no est¨¢n sujetos a la parte correspondiente al empleador del impuesto del Seguro Social; por lo tanto, la tasa tributaria sobre estos salarios es 6.2% (0.062). El l¨ªmite sobre los salarios sujetos al impuesto del Seguro Social es de $147,000.

La tasa tributaria del Medicare es 1.45% (0.0145) tanto para la parte del empleado como la del empleador, la misma tasa que correspondi¨® para el a?o 2021. No hay l¨ªmite sobre los salarios sujetos al impuesto del Medicare. Si no le dedujo la parte del impuesto correspondiente al empleado de su salario, entonces tendr¨¢ que usted mismo pagar la parte del impuesto que le corresponde al empleado, adem¨¢s de la parte que le corresponde a usted del impuesto, un total de 12.4% (0.124) para el Seguro Social y un total de 2.9% (0.029) para el Medicare. Vea Formulario 499R-2/W-2PR y Formulario W-3PR, m¨¢s adelante, para m¨¢s informaci¨®n.

Adem¨¢s de retener la cantidad de 1.45% (0.0145) para el impuesto del Medicare, usted tiene que retener una cantidad de 0.9% (0.009) para el Impuesto Adicional del Medicare por los salarios pagados a un empleado en exceso de $200,000 en un a?o natural. Se le requiere que comience la retenci¨®n del Impuesto Adicional del Medicare en el per¨ªodo de pago en el que le paga a un empleado un salario de m¨¢s de $200,000 y »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ continuar la retenci¨®n en cada per¨ªodo de pago hasta el final del a?o natural. El Impuesto Adicional del Medicare ²õ¨®±ô´Ç se le impone al empleado. No hay una parte correspondiente al empleador del Impuesto Adicional del Medicare. Todos los salarios que est¨¢n sujetos al impuesto del Medicare est¨¢n sujetos a la retenci¨®n del Impuesto Adicional del Medicare si ¨¦stos se pagan en exceso del l¨ªmite de $200,000. Para m¨¢s informaci¨®n sobre el Impuesto Adicional del Medicare, acceda a IRS.gov/ADMTfaqs, en ingl¨¦s.

Requisito de los $2,400.

Si le paga a un empleado dom¨¦stico salarios en efectivo ascendentes a $2,400 o m¨¢s en 2022, tiene que declarar y pagar los impuestos del Seguro Social y del Medicare, incluyendo los primeros $2,400 pagados al empleado. El requisito se aplica a salarios en efectivo pagados en 2022, sin importar cu¨¢ndo los salarios fueron devengados. Vea la Publicaci¨®n 179 o la Publicaci¨®n 926, en ingl¨¦s, para m¨¢s informaci¨®n.

L¨ªnea 1a. Total de salarios pagados en efectivo sujetos al impuesto del Seguro Social.

Anote el total de salarios en efectivo pagados en 2022 (vea Salarios en efectivo, anteriormente) a cada empleado dom¨¦stico que cumpla con el requisito de los $2,400, el cual se explic¨® anteriormente.

This is an Image: caution.gifSi en 2022 le pag¨® a alg¨²n empleado dom¨¦stico salarios en efectivo mayores de $147,000, incluya en la l¨ªnea 1a ²õ¨®±ô´Ç los primeros $147,000 de los salarios en efectivo de ese empleado.

This is an Image: caution.gifLos salarios de licencia por enfermedad y los salarios de licencia familiar calificados pagados en 2022 por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021 se declaran en la l¨ªnea 1b. Los salarios de licencia por enfermedad calificados y los salarios de licencia familiar calificados pagados en 2022 por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021 se declaran en la l¨ªnea 1a.

L¨ªnea 1b. Salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados pagados en 2022 por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021 incluidos en la l¨ªnea 1a.

Anote la cantidad de salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados pagados en 2022 por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021, incluidos en la l¨ªnea 1a. Para m¨¢s informaci¨®n sobre los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados pagados en 2022 por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021, vea las instrucciones para la l¨ªnea 8g y la l¨ªnea 8i, m¨¢s adelante.

L¨ªnea 2a. Impuesto del Seguro Social.

Multiplique la cantidad de la l¨ªnea 1a por 12.4% (0.124) y anote el resultado en la l¨ªnea 2a.

L¨ªnea 2b. Parte del empleador del impuesto del Seguro Social por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados pagados en 2022 por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021.

Multiplique la cantidad de la l¨ªnea 1b por 6.2% (0.062) y anote el resultado en la l¨ªnea 2b.

L¨ªnea 2c. Total del impuesto del Seguro Social.

Reste la l¨ªnea 2b de la l¨ªnea 2a. Anote el resultado en la l¨ªnea 2c.

L¨ªnea 3. Total de salarios pagados en efectivo sujetos al impuesto del Medicare.

Anote el total de salarios en efectivo (vea Salarios en efectivo, anteriormente) que se le pag¨® a cada empleado que reuni¨® el requisito de los $2,400, explicado anteriormente, en 2022. No hay l¨ªmite sobre la cantidad de salarios sujetos al impuesto del Medicare.

L¨ªnea 4. Impuesto del Medicare.

Multiplique la cantidad de la l¨ªnea 3 por 2.9% (0.029) y anote el resultado en la l¨ªnea 4.

L¨ªnea 5. Total de salarios pagados en efectivo sujetos a la retenci¨®n del Impuesto Adicional del Medicare.

Anote el total de salarios pagados en efectivo (vea Salarios en efectivo, anteriormente) a cada empleado en 2022 que fue en exceso de $200,000.

L¨ªnea 6. Retenci¨®n del Impuesto Adicional del Medicare.

Multiplique la cantidad de la l¨ªnea 5 por 0.9% (0.009) y anote el resultado en la l¨ªnea 6.

Nota:

La l¨ªnea 7 no le corresponde a los empleadores en Puerto Rico.

L¨ªnea 8a. Total de impuestos del Seguro Social y del Medicare.

Sume las cantidades de las l¨ªneas 2c, 4 y 6. Anote el resultado en la l¨ªnea 8a.

L¨ªneas 8b a 8f

Si usted no est¨¢ reclamando un cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y por licencia familiar calificados, anote la cantidad de la l¨ªnea 8a en la l¨ªnea 8d y pase a la l¨ªnea 9.

Los mismos salarios no pueden ser tratados como salarios de licencia por enfermedad y tambi¨¦n como salarios de licencia familiar calificados. Por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, cualesquier salarios tomados en cuenta para determinar el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados no se pueden tener en cuenta para prop¨®sitos de los cr¨¦ditos conforme a las secciones 45A, 45P, 45S y 51.

Ley de Licencia Pagada de Emergencia por Enfermedad.

Los empleadores con menos de 500 empleados y, por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, ciertos empleadores gubernamentales sin tener en cuenta el n¨²mero de empleados (a excepci¨®n del gobierno federal y sus agencias e instrumentalidades, excepto las que se describen en la secci¨®n 501(c)(1)) tienen derecho a un cr¨¦dito si ¨¦stos proveen licencia por enfermedad pagada a los empleados que de otra manera cumple con los requisitos de la Emergency Paid Sick Leave Act (Ley de Licencia Pagada de Emergencia por Enfermedad o EPSLA, por sus siglas en ingl¨¦s). Conforme a la EPSLA, seg¨²n enmendada para prop¨®sitos de la Ley ARP, los salarios se consideran salarios de licencia por enfermedad calificados si son pagados a empleados que no pueden trabajar antes del 1 de octubre de 2021 porque el empleado:

  1. Est¨¢ sujeto a una orden de cuarentena o aislamiento federal, estatal o local relacionada con el COVID-19;

  2. Ha sido aconsejado por un proveedor de cuidado de salud que se ponga en cuarentena por preocupaciones relacionadas con el COVID-19;

  3. Est¨¢ experimentando s¨ªntomas de COVID-19 y est¨¢ solicitando un diagn¨®stico m¨¦dico; o por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, est¨¢ buscando o esperando los resultados de una prueba de diagn¨®stico o un diagn¨®stico m¨¦dico de COVID-19 (y el empleado ha estado expuesto a COVID-19 o el empleador del empleado ha solicitado dicha prueba o diagn¨®stico), o el empleado est¨¢ obteniendo inmunizaciones relacionadas con el COVID-19 o recuper¨¢ndose de una lesi¨®n, discapacidad, enfermedad o condici¨®n relacionada con dicha inmunizaci¨®n;

  4. Est¨¢ cuidando a una persona sujeta a una orden descrita en el punto (1) o quien ha sido aconsejado como se describe en el punto (2);

  5. Est¨¢ cuidando a un hijo o a una hija debido a que la escuela o lugar de cuidados para ese hijo ha sido cerrado o los cuidados infantiles para ese hijo no est¨¢n disponibles debido a las precauciones del COVID-19; o

  6. Est¨¢ experimentando otras condiciones sustancialmente similares a las especificadas por el Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos que, por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, incluye acompa?ar a una persona a obtener una inmunizaci¨®n relacionada con el COVID-19, o para cuidar a una persona que se est¨¢ recuperando de cualquier lesi¨®n, discapacidad, enfermedad o condici¨®n relacionada con la inmunizaci¨®n.

Hijo o hija.

Generalmente, un hijo o una hija tiene que haber sido menor de 18 a?os de edad o incapaz de cuidarse a s¨ª mismo debido a una discapacidad mental o f¨ªsica. Un hijo o una hija incluye un hijo biol¨®gico, un hijo adoptivo, un hijastro, un hijo de crianza, una persona bajo tutela legal o un hijo para quien el empleado asume el estado parental y cumple con las obligaciones de un padre.

L¨ªmites sobre salarios de licencia por enfermedad calificados.

La EPSLA, seg¨²n enmendada para prop¨®sitos de la Ley ARP, provee diferentes limitaciones para diferentes circunstancias bajo las cuales se pagan salarios de licencia por enfermedad calificados. Para la licencia por enfermedad pagada que califica bajo los puntos (1), (2) o (3), mencionados anteriormente, la cantidad de salarios de licencia por enfermedad calificados tomada en cuenta para el cr¨¦dito se determina por la tasa regular de pago del empleado, pero el salario no puede exceder $511 por cualquier d¨ªa (o parte de un d¨ªa) por el cual el individuo recibe paga de licencia por enfermedad. Para la licencia por enfermedad pagada que califique bajo los puntos (4), (5) o (6), mencionados anteriormente, la cantidad de los salarios de licencia por enfermedad calificados tomada en cuenta se determina a dos tercios (2/3) de la tasa regular de pago del empleado, pero el salario no puede exceder de $200 por cualquier d¨ªa (o parte de un d¨ªa) por el cual el individuo recibe licencia por enfermedad. La EPSLA tambi¨¦n limita a cada individuo a un m¨¢ximo de hasta 80 horas de licencia por enfermedad pagada en total por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021. La Ley ARP restablece este l¨ªmite a 80 horas de licencia por enfermedad pagada por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021. Por lo tanto, por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021, la cantidad m¨¢xima de salarios pagados de licencia por enfermedad no puede exceder de $5,110 para un empleado por la licencia bajo los puntos (1), (2) o (3), y no puede exceder de $2,000 para un empleado por la licencia bajo los puntos (4), (5) o (6). Estas cantidades m¨¢ximas tambi¨¦n se restablecen y se aplican a la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021.

Para m¨¢s informaci¨®n sobre los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados, acceda a IRS.gov/PLC, en ingl¨¦s.

Ley de Emergencia de Expansi¨®n de la Licencia Familiar y por Enfermedad.

Los empleadores con menos de 500 empleados y, por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, ciertos empleadores gubernamentales sin tener en cuenta el n¨²mero de empleados (a excepci¨®n del gobierno federal y sus agencias e instrumentalidades, excepto las que se describen en la secci¨®n 501(c)(1)) tienen derecho a un cr¨¦dito conforme a la FFCRA, seg¨²n enmendada por la Ley ARP, si ¨¦stos proveen licencia familiar pagada a los empleados que de otra manera cumple con los requisitos de la Emergency Family and Medical Leave Expansion Act (Expanded FMLA) (Ley de Emergencia de Expansi¨®n de la Licencia Familiar y por Enfermedad o FMLA Expandida, como se le conoce en ingl¨¦s). Por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021, los salarios son salarios de licencia familiar calificados si son pagados a un empleado que ha estado empleado durante al menos 30 d¨ªas naturales cuando un empleado no puede trabajar debido a la necesidad de cuidar a un hijo o a una hija menor de 18 a?os de edad o incapaz de cuidarse a s¨ª mismo debido a una discapacidad mental o f¨ªsica porque la escuela o el lugar de cuidados para ese hijo ha sido cerrado, o el proveedor de cuidado infantil para ese hijo no est¨¢ disponible, debido a una emergencia de salud p¨²blica. Vea Hijo o hija, anteriormente, para obtener m¨¢s informaci¨®n. Por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, la licencia puede ser concedida por cualquier otra raz¨®n provista conforme a la EPSLA, seg¨²n enmendada por la Ley ARP.

Por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021, los primeros 10 d¨ªas por los cuales un empleado toma la licencia pueden no ser pagados. Durante este per¨ªodo, los empleados pueden usar otras formas de licencia pagada, como licencia por enfermedad calificada, licencia por enfermedad acumulada, licencia anual u otro tiempo libre remunerado. Despu¨¦s de que un empleado haya tomado licencia por 10 d¨ªas, el empleador provee al empleado licencia pagada (es decir, salarios por licencia familiar calificados) por hasta 10 semanas. Por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, la regla de los 10 d¨ªas discutida anteriormente no aplica y la licencia pagada puede ser provista por hasta 12 semanas.

Tasa de pago y l¨ªmite de salarios.

La tasa de pago tiene que ser al menos dos tercios (2/3) de la tasa regular de pago del empleado (seg¨²n lo determinado conforme a la Fair Labor Standards Act of 1938 (Ley de Normas Justas de Trabajo de 1938) multiplicada por el n¨²mero de horas que el empleado habr¨ªa sido programado para trabajar. Por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021, el total de los salarios de licencia familiar calificados no pueden exceder de $200 por d¨ªa o $10,000 en el agregado por empleado. Por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, el l¨ªmite se restablece y el total de los salarios calificados por la licencia no pueden exceder de $200 por d¨ªa o $12,000 en el agregado por empleado.

Para m¨¢s informaci¨®n sobre los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados, acceda a IRS.gov/PLC, en ingl¨¦s.

This is an Image: taxtip.gifSi usted pag¨® salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados en 2022 por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021, complete las l¨ªneas 8g a 8j antes de completar la Hoja de Trabajo 3. Si usted pag¨® salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados en 2022 por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, complete las l¨ªneas 8k a 8n antes de completar la Hoja de Trabajo 4.

L¨ªnea 8b. Porci¨®n no reembolsable del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021.

Anote la porci¨®n no reembolsable del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021 de la l¨ªnea 2j del Paso 2 de la Hoja de Trabajo 3.

This is an Image: caution.gifComplete la l¨ªnea 8b ²õ¨®±ô´Ç si los salarios de licencia por enfermedad calificados y/o los salarios de licencia familiar calificados se pagaron en 2022 por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021.

Los negocios y las organizaciones exentas de impuestos que tienen menos de 500 empleados y los declarantes del Anexo H-PR que proveen licencia por enfermedad pagada conforme a la EPSLA, y/o proveen licencia familiar pagada conforme a la FMLA Expandida son elegibles para reclamar el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021. Para prop¨®sitos del cr¨¦dito, los salarios de licencia por enfermedad calificados y los salarios de licencia familiar calificados son salarios para prop¨®sitos del impuesto del Seguro Social y del Medicare, determinados sin tomar en cuenta las exclusiones de la definici¨®n de empleo conforme a las secciones 3121(b)(1) a (22), que un empleador paga y que, por lo dem¨¢s, cumplen con los requisitos de la EPSLA o la FMLA Expandida. El cr¨¦dito por salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados consiste de los salarios de licencia por enfermedad calificados, los salarios de licencia familiar calificados, los gastos calificados del plan de salud asignables a esos salarios y la parte correspondiente al empleador de los impuestos del Medicare asignables a esos salarios. La porci¨®n no reembolsable del cr¨¦dito se limita a la parte correspondiente al empleador de los impuestos del Seguro Social declarados en la l¨ªnea 2a del Anexo H-PR.

Todo cr¨¦dito en exceso de la cantidad restante de la parte correspondiente al empleador del impuesto del Seguro Social es reembolsable y se declara en la l¨ªnea 8e del Anexo H-PR. Para m¨¢s informaci¨®n sobre el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados, acceda a IRS.gov/PLC, en ingl¨¦s.

Gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios de licencia por enfermedad y licencia familiar calificados.

El cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y licencia familiar calificados se aumenta para cubrir los gastos calificados del plan de salud que se pueden asignar apropiadamente a los salarios de licencia calificados por los cuales se permite el cr¨¦dito. Estos gastos calificados del plan de salud son cantidades pagadas o incurridas por el empleador para proporcionar y mantener un plan de salud grupal, pero ²õ¨®±ô´Ç en la medida en que tales cantidades est¨¦n excluidas de los ingresos de los empleados como cobertura bajo un plan de accidentes o plan de salud. La cantidad de gastos calificados del plan de salud generalmente incluye tanto la porci¨®n del costo pagado por el empleador como la porci¨®n del costo pagado por el empleado con las aportaciones salariales que reducen dicho salario antes de la imposici¨®n de los impuestos. Sin embargo, los gastos calificados del plan de salud no incluyen cantidades que el empleado pag¨® con aportaciones salariales hechas »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ de la imposici¨®n de los impuestos. Para m¨¢s informaci¨®n, acceda a IRS.gov/PLC, en ingl¨¦s.

This is an Image: taxtip.gifUsted tiene que incluir la cantidad total (tanto las porciones no reembolsables como las reembolsables) del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados en su ingreso bruto para el a?o tributario que incluye el ¨²ltimo d¨ªa de cualquier trimestre natural en el que un cr¨¦dito es permitido.

L¨ªnea 8c. Porci¨®n no reembolsable del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021.

Anote la porci¨®n no reembolsable del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados de la l¨ªnea 2l del Paso 2 de la Hoja de Trabajo 4.

This is an Image: caution.gifComplete la l¨ªnea 8c ²õ¨®±ô´Ç si los salarios de licencia por enfermedad calificados y/o los salarios de licencia familiar calificados se pagaron en 2022 por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021.

Los negocios y organizaciones exentas de impuestos que tienen menos de 500 empleados y los declarantes del Anexo H-PR que proveen licencia por enfermedad pagada conforme a la EPSLA, seg¨²n enmendada por la Ley ARP, y/o proveen licencia familiar pagada a empleados y que, por lo dem¨¢s, cumplen con los requisitos conforme a la FMLA Expandida, seg¨²n enmendada por la Ley ARP, son elegibles para reclamar el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021. La porci¨®n no reembolsable del cr¨¦dito est¨¢ limitada a la parte del empleador del impuesto del Medicare.

Para prop¨®sitos de este cr¨¦dito, los salarios de licencia por enfermedad calificados y los salarios de licencia familiar calificados son salarios para prop¨®sitos del impuesto del Seguro Social y del Medicare, determinados sin tomar en cuenta las exclusiones de la definici¨®n de empleo conforme a las secciones 3121(b)(1) a (22), que un empleador paga y que, por lo dem¨¢s, cumplen con los requisitos de la EPSLA o la FMLA Expandida, seg¨²n promulgados conforme a la FFCRA y enmendados para prop¨®sitos de la Ley ARP.

El cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados consiste de:

  • Los salarios de licencia por enfermedad calificados y/o los salarios de licencia familiar calificados;

  • Los gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados;

  • Las aportaciones a planes de pensiones de beneficio definido de negociaci¨®n colectiva, sujetas a las limitaciones de los salarios de licencia calificados, asignables a los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados;

  • Las aportaciones al programa de aprendizaje de negociaci¨®n colectiva, sujetas a las limitaciones de los salarios de licencia calificados, asignables a los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados;

  • La parte correspondiente al empleador del impuesto del Seguro Social y del Medicare asignable a los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados.

Para informaci¨®n adicional acerca de las cantidades negociadas colectivamente discutidas anteriormente, vea las secciones 3131 y 3132.

L¨ªnea 8d. Total del impuesto del Seguro Social y del Medicare »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ de los cr¨¦ditos no reembolsables.

Sume las l¨ªneas 8b y 8c y luego reste ese total de la l¨ªnea 8a. Anote el resultado en la l¨ªnea 8d.

L¨ªnea 8e. Porci¨®n reembolsable del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021.

Anote la porci¨®n reembolsable del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados de la l¨ªnea 2k del Paso 2 de la Hoja de Trabajo 3.

This is an Image: caution.gifComplete la l¨ªnea 8e ²õ¨®±ô´Ç si los salarios de licencia por enfermedad calificados y/o los salarios de licencia familiar calificados se pagaron en 2022 por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021.

Los negocios y las organizaciones exentas de impuestos que tienen menos de 500 empleados y los declarantes del Anexo H-PR que proveen licencia por enfermedad pagada conforme a la EPSLA y/o proveen licencia familiar pagada conforme a la FMLA Expandida son elegibles para reclamar el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados. El cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados consiste de los salarios de licencia por enfermedad calificados, los salarios de licencia familiar calificados, los gastos calificados del plan de salud asignables a esos salarios y la parte correspondiente al empleador de los impuestos del Medicare asignables a esos salarios. La porci¨®n reembolsable del cr¨¦dito se permite »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ de que la parte correspondiente al empleador de los impuestos del Seguro Social se reduzca a cero por los cr¨¦ditos no reembolsables que se aplican contra la parte correspondiente al empleador del impuesto del Seguro Social.

L¨ªnea 8f. Porci¨®n reembolsable del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021.

Anote la porci¨®n reembolsable del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados de la l¨ªnea 2m del Paso 2 de la Hoja de Trabajo 4.

This is an Image: caution.gifComplete la l¨ªnea 8f ²õ¨®±ô´Ç si los salarios de licencia por enfermedad calificados y/o los salarios de licencia familiar calificados se pagaron en 2022 por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021.

Los negocios y las organizaciones exentas de impuestos con menos de 500 empleados y los declarantes del Anexo H-PR que proveen licencia por enfermedad pagada a empleados y que, por lo dem¨¢s, cumple con los requisitos de la EPSLA, seg¨²n enmendada por la Ley ARP, y/o proveen licencia familiar pagada a empleados y que, por lo dem¨¢s, cumple con los requisitos de la FMLA Expandida, seg¨²n enmendada por la Ley ARP, son elegibles para reclamar un cr¨¦dito por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021. La porci¨®n reembolsable del cr¨¦dito se permite »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ de que la parte correspondiente al empleador del impuesto del Medicare se reduzca a cero por los cr¨¦ditos no reembolsables que se aplican contra la parte correspondiente al empleador del impuesto del Medicare.

L¨ªneas 8g a 8n

Las cantidades anotadas en las l¨ªneas 8g a 8n son cantidades que usted utiliza en la Hoja de Trabajo 3 y la Hoja de Trabajo 4 al final de estas instrucciones para calcular ciertos cr¨¦ditos. Si usted est¨¢ reclamando estos cr¨¦ditos, tiene que anotar las cantidades correspondientes.

This is an Image: caution.gifComplete las l¨ªneas 8g y 8h ²õ¨®±ô´Ç si los salarios de licencia por enfermedad calificados se pagaron en 2022 por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021.

L¨ªnea 8g. Salarios de licencia por enfermedad calificados por la licencia tomada antes del 1 de abril de 2021.

Anote los salarios de licencia por enfermedad calificados tributables (sujetos a los impuestos del Seguro Social) que pag¨® en 2022 a sus empleados por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021. Los salarios de licencia por enfermedad calificados por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021 no est¨¢n sujetos a la parte correspondiente al empleador del impuesto del Seguro Social; por lo tanto, la tasa tributaria sobre estos salarios es 6.2% (0.062). Deje de pagar el impuesto del Seguro Social sobre los salarios de un empleado y deje de declarar los salarios del empleado en la l¨ªnea 1a cuando los salarios sujetos al impuesto, incluyendo los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados declarados en la l¨ªnea 1b, alcancen $147,000 para el a?o. Vea las instrucciones para la l¨ªnea 3, anteriormente, para la declaraci¨®n del impuesto del Medicare por los salarios de licencia por enfermedad calificados, incluyendo la porci¨®n por encima de la base salarial del Seguro Social. Esta cantidad tambi¨¦n se anota en la l¨ªnea 2a del Paso 2 de la Hoja de Trabajo 3.

L¨ªnea 8h. Gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios de licencia por enfermedad calificados declarados en la l¨ªnea 8g.

Anote los gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios de licencia por enfermedad calificados pagados en 2022 por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021. Esta cantidad tambi¨¦n se anota en la l¨ªnea 2b del Paso 2 de la Hoja de Trabajo 3.

This is an Image: caution.gifComplete las l¨ªneas 8i y 8j ²õ¨®±ô´Ç si los salarios de licencia familiar calificados se pagaron en 2022 por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021.

L¨ªnea 8i. Salarios de licencia familiar calificados por la licencia tomada antes del 1 de abril de 2021.

Anote los salarios de licencia familiar calificados tributables (sujetos a los impuestos del Seguro Social) que pag¨® en 2022 a sus empleados por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021. Los salarios de licencia familiar calificados por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021 no est¨¢n sujetos a la parte correspondiente al empleador del impuesto del Seguro Social; por lo tanto, la tasa tributaria sobre estos salarios es 6.2% (0.062). Deje de pagar el impuesto del Seguro Social sobre los salarios de un empleado y deje de declarar los salarios del empleado en la l¨ªnea 1a cuando los salarios del empleado sujetos al impuesto, incluyendo los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados declarados en la l¨ªnea 1b, alcancen $147,000 para el a?o. Vea las instrucciones para la l¨ªnea 3, anteriormente, para la declaraci¨®n del impuesto del Medicare por los salarios de licencia familiar calificados, incluyendo la porci¨®n por encima de la base salarial del Seguro Social. Esta cantidad tambi¨¦n se anota en la l¨ªnea 2e del Paso 2 de la Hoja de Trabajo 3.

L¨ªnea 8j. Gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios de licencia familiar calificados declarados en la l¨ªnea 8i.

Anote los gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios de licencia familiar calificados pagados en 2022 por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021. Esta cantidad tambi¨¦n se anota en la l¨ªnea 2f del Paso 2 de la Hoja de Trabajo 3.

This is an Image: caution.gifComplete las l¨ªneas 8k y 8l ²õ¨®±ô´Ç si los salarios de licencia por enfermedad calificados se pagaron en 2022 por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021.

L¨ªnea 8k. Salarios de licencia por enfermedad calificados por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021.

Anote los salarios de licencia por enfermedad calificados que pag¨® en 2022 a sus empleados por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, incluyendo cualquier salario de licencia por enfermedad calificado que estaba por encima de la base salarial del Seguro Social y cualquier salario de licencia por enfermedad calificado excluido de la definici¨®n de empleo conforme a las secciones 3121(b)(1) a (22). Vea las instrucciones para la l¨ªnea 8c, anteriormente, para m¨¢s informaci¨®n sobre los salarios de licencia por enfermedad calificados por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021. Esta cantidad tambi¨¦n se anota en la l¨ªnea 2a del Paso 2 de la Hoja de Trabajo 4.

L¨ªnea 8l. Gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios de licencia por enfermedad calificados declarados en la l¨ªnea 8k.

Anote los gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios de licencia por enfermedad calificados pagados en 2022 por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021. Esta cantidad tambi¨¦n se anota en la l¨ªnea 2b del Paso 2 de la Hoja de Trabajo 4.

This is an Image: caution.gifComplete las l¨ªneas 8m y 8n ²õ¨®±ô´Ç si los salarios de licencia familiar calificados se pagaron en 2022 por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021.

L¨ªnea 8m. Salarios de licencia familiar calificados por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021.

Anote los salarios de licencia familiar calificados que pag¨® en 2022 a sus empleados por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, incluyendo cualquier salario de licencia familiar calificado que estaba por encima de la base salarial del Seguro Social y cualquier salario de licencia familiar calificado excluido de la definici¨®n de empleo conforme a las secciones 3121(b)(1) a (22). Vea las instrucciones para la l¨ªnea 8c, anteriormente, para m¨¢s informaci¨®n sobre los salarios de licencia familiar calificados por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021. Esta cantidad tambi¨¦n se anota en la l¨ªnea 2f del Paso 2 de la Hoja de Trabajo 4.

L¨ªnea 8n. Gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios de licencia familiar calificados declarados en la l¨ªnea 8m.

Anote los gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios de licencia familiar calificados pagados en 2022 por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021. Esta cantidad tambi¨¦n se anota en la l¨ªnea 2g del Paso 2 de la Hoja de Trabajo 4.

L¨ªnea 9. ?Le pag¨® a todos los empleados dom¨¦sticos salarios en efectivo en su totalidad ascendentes a $1,000 o m¨¢s en cualquier trimestre natural de 2021 o 2022?

Revise los salarios en efectivo que pag¨® a todos sus empleados dom¨¦sticos en cada trimestre natural de 2021 y 2022.

Si el total de cualquier trimestre de 2021 o 2022 no es $1,000 o m¨¢s, marque ¡°No¡±, no siga e incluya la cantidad de la l¨ªnea 8d del Anexo H-PR en la l¨ªnea 4 de la Parte I del Formulario 1040-PR. Presente el Anexo H-PR junto con su declaraci¨®n. Si no presenta el Formulario 1040-PR, complete la Parte IV del Anexo H-PR y luego siga las instrucciones que aparecen bajo Cu¨¢ndo y D¨®nde Presentar, anteriormente.

Si el total de cualquier trimestre de 2021 o 2022 es $1,000 o m¨¢s, marque ¡°³§¨ª¡± y complete la Parte II del Anexo H-PR.

Parte II. Impuesto Federal para el Desempleo (FUTA)

El impuesto federal para el desempleo (FUTA, por sus siglas en ingl¨¦s), junto con los sistemas de desempleo estatales, provee fondos para el pago de compensaci¨®n por desempleo a los trabajadores que han perdido su empleo. La mayor¨ªa de los empleadores pagan ambos impuestos: el impuesto FUTA y el impuesto estatal para el desempleo.

El impuesto FUTA aplica a los primeros $7,000 que usted le paga a cada empleado durante un a?o natural, »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ de restar los pagos exentos del impuesto FUTA. La tasa tributaria del impuesto FUTA es 6.0% (0.060) para 2022. Pero vea Cr¨¦dito por contribuciones pagadas a su estado a continuaci¨®n. S¨®lo los empleadores pagan el impuesto FUTA. No cobre ni deduzca el impuesto FUTA de los salarios que le pague a su empleado. Usted tiene que pagarlo de los fondos suyos.

Cr¨¦dito por contribuciones pagadas a su estado.

Puede obtener un cr¨¦dito de hasta un m¨¢ximo de 5.4% (0.054) aplicado contra el impuesto FUTA, lo cual resulta en una tasa tributaria neta de 0.6% (0.006). Pero para hacerlo, tiene que pagar todas las contribuciones requeridas para 2022 al fondo de desempleo estatal de su estado (incluyendo el Distrito de Columbia, Puerto Rico y las Islas V¨ªrgenes Estadounidenses) para el 18 de abril de 2023. Las personas que presentan usando el a?o fiscal tienen que pagar todas las contribuciones requeridas para 2022 a m¨¢s tardar en la fecha de vencimiento requerida para presentar su declaraci¨®n federal (sin incluir pr¨®rrogas).

Los impuestos estatales para el desempleo a veces se denominan contribuciones. Las contribuciones son pagos que el estado requiere que usted, en su capacidad de empleador, haga a su fondo de desempleo para costear los pagos de la compensaci¨®n por desempleo. Sin embargo, las contribuciones no incluyen:

  • Cualquier pago deducido o deducible de la paga de su empleado;

  • Multas, intereses o impuestos administrativos especiales; ni

  • Contribuciones voluntarias que pag¨® para obtener una tasa de experiencia estatal m¨¢s baja.

Si efectu¨® pagos a un estado con reducci¨®n en el cr¨¦dito, vea las instrucciones para la l¨ªnea 23, m¨¢s adelante.

L¨ªneas 10 a 12.

Conteste las preguntas de las l¨ªneas 10 a 12 para determinar si tiene que completar la Secci¨®n A o la Secci¨®n B de la Parte II.

Personas que presentan a base de a?o fiscal.

Si pag¨® todas las contribuciones del desempleo estatal de 2022 para la fecha de vencimiento de su declaraci¨®n (sin incluir pr¨®rrogas), marque el encasillado ¡°³§¨ª¡± en la l¨ªnea 11. Marque el encasillado ¡°No¡± si no pag¨® todas sus contribuciones estatales para la fecha de vencimiento de su declaraci¨®n.

Secci¨®n A

L¨ªnea 14. Contribuciones pagadas al fondo de desempleo de Puerto Rico.

Anote el total de las contribuciones (definidas anteriormente) que pag¨® a su fondo estatal para el desempleo para 2022. Si no tuvo que hacer ninguna contribuci¨®n debido a que el estado le hab¨ªa asignado una tasa de experiencia del cero por ciento, anote en ingl¨¦s ¡°0% rate¡± (tasa del 0%) en la l¨ªnea 14.

L¨ªnea 15. Total de salarios pagados en efectivo sujetos al impuesto federal para el desempleo (FUTA).

Anote el total de salarios en efectivo (vea Salarios en efectivo, anteriormente) que le pag¨® en 2022 a cada empleado dom¨¦stico, incluidos los empleados a los cuales les pag¨® menos de $1,000. Sin embargo, no incluya los salarios en efectivo pagados durante 2022 a cualquiera de las siguientes personas:

  • Su c¨®nyuge.

  • Su hijo menor de 21 a?os de edad.

  • Su padre o su madre.

Si le pag¨® a un empleado dom¨¦stico m¨¢s de $7,000 en 2022, incluya en la l¨ªnea 15 ²õ¨®±ô´Ç los primeros $7,000 de salarios en efectivo que le pag¨® a ese empleado.

L¨ªnea 16. Impuesto FUTA.

Multiplique los salarios de la l¨ªnea 15 por 0.6% (0.006). Anote esta cantidad en la l¨ªnea 16.

Secci¨®n B

This is an Image: caution.gifComplete las l¨ªneas 17 a 24 ²õ¨®±ô´Ç si marc¨® el encasillado ¡°No¡± en la l¨ªnea 10, 11 o 12.

Cr¨¦dito para el a?o 2022.

Para el a?o 2022, el cr¨¦dito que usted puede tomar por toda contribuci¨®n que efect¨²e »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 18 de abril de 2023 al fondo estatal para el desempleo est¨¢ limitado al 90% (0.90) del cr¨¦dito que se le hubiese permitido si hubiese efectuado los pagos de las contribuciones a m¨¢s tardar el 18 de abril de 2023.

Si efectu¨® contribuciones al fondo estatal para el desempleo »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ de la fecha de vencimiento para la presentaci¨®n del Formulario 1040-PR, tiene que completar la Hoja de Trabajo 1 para calcular el cr¨¦dito correspondiente.

Hoja de Trabajo 1. Cr¨¦dito por Contribuciones Efectuadas Despu¨¦s de la Fecha de Vencimiento

1. Anote la cantidad de la l¨ªnea 22 del Anexo H-PR 1.
2. Anote la cantidad de la l¨ªnea 19 del Anexo H-PR 2.
3. Reste la l¨ªnea 2 de la l¨ªnea 1. Si es cero o menos, anote ¡°-0-¡± 3.
4. Anote el total de las contribuciones pagadas al (a los) estado(s) »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ de la fecha de vencimiento para la presentaci¨®n del Formulario 1040-PR 4.
5. Anote la cantidad menor entre la l¨ªnea 3 o la l¨ªnea 4 5.
6. Multiplique la l¨ªnea 5 por 90% (0.90) 6.
7. Sume las l¨ªneas 2 y 6 7.
8. Anote la cantidad menor entre la cantidad de la l¨ªnea 1 o la l¨ªnea 7 8.
9. ?Efectu¨® pagos a un estado con reducci¨®n en el cr¨¦dito?
? ³§¨ª. Anote la cantidad de la l¨ªnea 8 anteriormente, en la l¨ªnea 1 de la Hoja de Trabajo 2. Complete esa hoja de trabajo para determinar la cantidad a anotar en la l¨ªnea 23 del Anexo H-PR.
? No. Anote la cantidad de la l¨ªnea 8 en la l¨ªnea 23 del Anexo H-PR.

L¨ªnea 17. Complete todas las columnas a continuaci¨®n que le correspondan.

Complete todas las columnas que le correspondan. De no hacerlo, no podr¨¢ obtener el cr¨¦dito. Si necesita m¨¢s espacio, adjunte una hoja usando el mismo formato de la l¨ªnea 17. Su estado le proveer¨¢ una tasa de experiencia. Si no sabe cu¨¢l es su tasa, comun¨ªquese con su agencia estatal para el desempleo.

Tiene que completar las columnas (a), (b) y (h) aun cuando no se le haya asignado una tasa de experiencia. Si se le asign¨® una tasa de experiencia de 5.4% (0.054) o mayor, tendr¨¢ que completar las columnas (c) y (d). Si se le asign¨® una tasa de experiencia menor de 5.4% (0.054), tiene que completar todas las columnas.

Si se le asign¨® una tasa de experiencia ²õ¨®±ô´Ç por una parte del a?o o si la tasa le fue cambiada durante el a?o, tiene que completar una l¨ªnea separada para cada per¨ªodo con una tasa diferente.

Columna (b). N¨®mina sujeta al impuesto.

Anote los salarios tributables sobre los cuales tiene que pagar impuestos al fondo de desempleo del estado que aparece en la columna (a). Si la tasa de experiencia es del 0%, anote la cantidad de salarios sobre la cual habr¨ªa tenido que pagar impuestos si esta tasa de experiencia no hubiera sido concedida.

Columna (h). Contribuciones pagadas al fondo estatal de desempleo.

Anote el total de contribuciones (definidas anteriormente) que pag¨® al fondo estatal de desempleo correspondiente a 2022 para el 18 de abril de 2023. Los contribuyentes que presentan a base de a?o fiscal anotan el total de contribuciones correspondiente a 2022 que pagaron al fondo estatal de desempleo para la fecha de vencimiento de su declaraci¨®n (sin incluir pr¨®rrogas). Si reclama cr¨¦ditos en exceso como pagos de contribuciones estatales para el fondo de desempleo, adjunte una copia de la carta que recibi¨® de su estado.

L¨ªnea 18. Totales.

Sume las cantidades de las columnas (g) y (h) por separado y anote los totales en los espacios provistos.

L¨ªnea 19. Sume las columnas (g) y (h) de la l¨ªnea 18.

Sume las cantidades indicadas de las columnas (g) y (h) de la l¨ªnea 18. Anote el resultado en la l¨ªnea 19.

L¨ªnea 20. Total de salarios pagados en efectivo sujetos al impuesto federal de desempleo (FUTA).

Anote el total de los salarios pagados en efectivo sujetos al impuesto FUTA. Vea las instrucciones para la l¨ªnea 15, anteriormente, para m¨¢s informaci¨®n.

L¨ªnea 21. Multiplique la l¨ªnea 20 por 6.0% (0.06).

Multiplique los salarios de la l¨ªnea 20 por 6.0% (0.060). Anote el resultado en la l¨ªnea 21.

L¨ªnea 22. Multiplique la l¨ªnea 20 por 5.4% (0.054).

Multiplique los salarios de la l¨ªnea 20 por 5.4% (0.054). Anote el resultado en la l¨ªnea 22.

L¨ªnea 23. Anote la menor de las cantidades que aparecen en las l¨ªneas 19 o 22.

Anote la cantidad que sea menor entre la que aparece en la l¨ªnea 19 y la de la l¨ªnea 22. Sin embargo, si usted pag¨® contribuciones para el desempleo estatal »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ de la fecha de vencimiento o usted se encuentra en un estado con reducci¨®n en el cr¨¦dito, no anote la cantidad que sea menor entre la l¨ªnea 19 y la l¨ªnea 22, seg¨²n se discute a continuaci¨®n. Usted pag¨® contribuciones para el desempleo estatal fuera de plazo si usted pag¨® cualquier contribuci¨®n al estado »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ de la fecha de vencimiento del Formulario 1040-PR (sin incluir pr¨®rrogas). Usted se encuentra en un estado con reducci¨®n en el cr¨¦dito si es un empleador de empleados dom¨¦sticos y la cantidad en la columna Tasa de Reducci¨®n en la Hoja de Trabajo 2 para su estado es mayor de cero.

This is an Image: taxtip.gifSi usted pag¨® contribuciones para el desempleo estatal »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ de la fecha de vencimiento, utilice la Hoja de Trabajo 1 para determinar la cantidad a anotar en la l¨ªnea 23. Si usted se encuentra en un estado con reducci¨®n en el cr¨¦dito, utilice la Hoja de Trabajo 2 para determinar la cantidad a anotar en la l¨ªnea 23. Si pag¨® contribuciones para el desempleo estatal »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ de la fecha de vencimiento y se encuentra en un estado con reducci¨®n en el cr¨¦dito, primero complete la Hoja de Trabajo 1 y luego la Hoja de Trabajo 2. Si no pag¨® contribuciones para el desempleo estatal »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ de la fecha de vencimiento ni se encuentra en un estado con reducci¨®n en el cr¨¦dito, no tiene que completar la Hoja de Trabajo 1 ni la Hoja de Trabajo 2.

Hoja de Trabajo 2. Empleadores en Estados con Reducci¨®n en el Cr¨¦dito

1. Anote la cantidad menor entre la l¨ªnea 19 o la l¨ªnea 22 del Anexo H-PR. (Sin embargo, si complet¨® la Hoja de Trabajo 1, anote la cantidad de la l¨ªnea 8 de esa hoja de trabajo) 1.
2. Anote el total de los salarios sujetos al impuesto FUTA, de la l¨ªnea 20 del Anexo H-PR 2.
3. Coloque una ¡°X¡± en el encasillado para CADA estado en donde estuvo obligado a pagar contribuciones estatales para el desempleo este a?o. Si todos los estados que marca tienen una tasa de reducci¨®n en el cr¨¦dito de cero, no tiene que completar esta hoja de trabajo. Para cada estado con una tasa de reducci¨®n en el cr¨¦dito mayor que cero, anote los salarios sujetos al impuesto FUTA, multiplique esta cantidad por la tasa de reducci¨®n y luego anote la cantidad de reducci¨®n en el cr¨¦dito. No anote los salarios sujetos al impuesto estatal para el desempleo en el encasillado Salarios Sujetos al Impuesto FUTA. Tampoco incluya en el encasillado titulado Salarios Sujetos al Impuesto FUTA los salarios que fueron excluidos del impuesto estatal para el desempleo. Si alg¨²n estado no le corresponde, d¨¦jelo en blanco.
Marque Aqu¨ª (X) Estado Salarios Sujetos al Impuesto FUTA Tasa de Reducci¨®n Reducci¨®n en el Cr¨¦dito
  Puerto Rico   . ¡Á 0.000 = .
  Islas V¨ªrgenes Estadounidenses   . ¡Á 0.039 = .
4. Total de la reducci¨®n en el cr¨¦dito. Sume las cantidades que aparecen en los encasillados Reducci¨®n en el cr¨¦dito. Anote el total aqu¨ª 4.
5. Reste la l¨ªnea 4 de esta Hoja de Trabajo 2 de la l¨ªnea 1 de esta Hoja de Trabajo 2 y anote el resultado aqu¨ª y en la l¨ªnea 23 del Anexo H-PR. Si es cero o menos, anote ¡°-0-¡± 5.

Hoja de Trabajo 3. Cr¨¦dito por los Salarios de Licencia por Enfermedad y Familiar Calificados Pagados en 2022 por la Licencia Tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de Marzo de 2020 y antes del 1 de Abril de 2021

Determine c¨®mo completar¨¢ esta hoja de trabajo.
Si usted pag¨® salarios de licencia por enfermedad y/o familiar calificados en 2022 por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021, complete el Paso 1 y el Paso 2. ±Ê°ù±ð³¦²¹³Ü³¦¾±¨®²Ô: Utilice la Hoja de Trabajo 4 para calcular el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados pagados en 2022 por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021.
Paso 1. Determine la parte correspondiente al empleador del impuesto del Seguro Social para este a?o
  1a Anote la cantidad del impuesto del Seguro Social de la l¨ªnea 2a de la Parte I del Anexo H-PR (Formulario 1040-PR) 1a _____  
  1b Multiplique la l¨ªnea 1a por 50% (0.50) 1b _____  
  1c Anote la cantidad del impuesto del Seguro Social de la l¨ªnea 2b de la Parte I del Anexo H-PR (Formulario 1040-PR) 1c _____  
  1d Parte correspondiente al empleador del impuesto del Seguro Social. Reste la l¨ªnea 1c de la l¨ªnea 1b     1d _____
Paso 2. Calcule el cr¨¦dito de licencia por enfermedad y familiar
  2a Salarios de licencia por enfermedad calificados declarados en la l¨ªnea 8g de la Parte I del Anexo H-PR (Formulario 1040-PR) 2a _____    
  2a(i) Salarios de licencia por enfermedad calificados incluidos en la l¨ªnea 8g de la Parte I del Anexo H-PR (Formulario 1040-PR), pero no incluidos en la l¨ªnea 1a de la Parte I del Anexo H-PR (Formulario 1040-PR) porque los salarios declarados en esa l¨ªnea estaban limitados por la base salarial del Seguro Social 2a(i) _____    
  2a(ii) Total de salarios de licencia por enfermedad calificados. Sume las l¨ªneas 2a y 2a(i) 2a(ii) _____    
  2a(iii) Salarios de licencia por enfermedad calificados excluidos de la definici¨®n de empleo conforme a las secciones 3121(b)(1) a (22) 2a(iii) _____    
  2b Gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios de licencia por enfermedad calificados declarados en la l¨ªnea 8h de la Parte I del Anexo H-PR (Formulario 1040-PR) 2b _____    
  2c Parte correspondiente al empleador del impuesto del Medicare sobre los salarios de licencia por enfermedad calificados. Multiplique la l¨ªnea 2a(ii) por 1.45% (0.0145) 2c _____    
  2d Cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad calificados. Sume las l¨ªneas 2a(ii), 2a(iii), 2b y 2c     2d _____
  2e Salarios de licencia familiar calificados declarados en la l¨ªnea 8i de la Parte I del Anexo H-PR (Formulario 1040-PR) 2e _____    
  2e(i) Salarios de licencia familiar calificados incluidos en la l¨ªnea 8i de la Parte I del Anexo H-PR (Formulario 1040-PR), pero no incluidos en la l¨ªnea 1a de la Parte I del Anexo H-PR (Formulario 1040-PR) porque los salarios declarados en esa l¨ªnea estaban limitados por la base salarial del Seguro Social 2e(i) _____    
  2e(ii) Total de salarios de licencia familiar calificados. Sume las l¨ªneas 2e y 2e(i) 2e(ii) _____    
  2e(iii) Salarios de licencia familiar calificados excluidos de la definici¨®n de empleo conforme a las secciones 3121(b)(1) a (22) 2e(iii) _____    
  2f Gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios de licencia familiar calificados declarados en la l¨ªnea 8j de la Parte I del Anexo H-PR (Formulario 1040-PR) 2f _____    
  2g Parte correspondiente al empleador del impuesto del Medicare sobre los salarios de licencia familiar calificados. Multiplique la l¨ªnea 2e(ii) por 1.45% (0.0145) 2g _____    
  2h Cr¨¦dito por los salarios de licencia familiar calificados. Sume las l¨ªneas 2e(ii), 2e(iii), 2f y 2g     2h _____
  2i Cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados. Sume las l¨ªneas 2d y 2h     2i _____
  2j Porci¨®n no reembolsable del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021. Anote la cantidad menor entre la l¨ªnea 1d o la l¨ªnea 2i. Anote esta cantidad en l¨ªnea 8b de la Parte I del Anexo H-PR (Formulario 1040-PR)     2j  
  2k Porci¨®n reembolsable del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021. Reste la l¨ªnea 2j de la l¨ªnea 2i y anote esta cantidad en la l¨ªnea 8e de la Parte I del Anexo H-PR (Formulario 1040-PR)     2k  

Hoja de Trabajo 4. Cr¨¦dito por los Salarios de Licencia por Enfermedad y Familiar Calificados Pagados en 2022 por la Licencia Tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de Marzo de 2021 y antes del 1 de Octubre de 2021

Determine c¨®mo completar¨¢ esta hoja de trabajo.
Si usted pag¨® salarios de licencia por enfermedad y/o familiar calificados en 2022 por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, complete el Paso 1 y el Paso 2. ±Ê°ù±ð³¦²¹³Ü³¦¾±¨®²Ô: Utilice la Hoja de Trabajo 3 para calcular el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados pagados en 2022 por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021.
Paso 1. Determine la parte correspondiente al empleador del impuesto del Medicare
  1a Anote la cantidad del impuesto del Medicare de la l¨ªnea 4 de la Parte I del Anexo H-PR (Formulario 1040-PR) 1a _____  
  1b Parte correspondiente al empleador del impuesto del Medicare. Multiplique la l¨ªnea 1a por 50% (0.50)     1b _____
Paso 2. Calcule el cr¨¦dito de licencia por enfermedad y familiar
  2a Salarios de licencia por enfermedad calificados declarados en la l¨ªnea 8k de la Parte I del Anexo H-PR (Formulario 1040-PR) 2a _____    
  2a(i) Salarios de licencia por enfermedad calificados incluidos en la l¨ªnea 8k de la Parte I del Anexo H-PR (Formulario 1040-PR) que no fueron incluidos como salarios en las l¨ªneas 3 y 4 de la Parte I del Anexo H-PR (Formulario 1040-PR) porque los salarios de licencia por enfermedad calificados fueron excluidos de la definici¨®n de empleo conforme a las secciones 3121(b)(1) a (22) 2a(i) _____    
  2a(ii) Reste la l¨ªnea 2a(i) de la l¨ªnea 2a 2a(ii) _____    
  2a(iii) Salarios de licencia por enfermedad calificados incluidos en la l¨ªnea 8k de la Parte I del Anexo H-PR (Formulario 1040-PR), pero no incluidos como salarios declarados en la l¨ªnea 1a de la Parte I del Anexo H-PR (Formulario 1040-PR) porque los salarios de licencia por enfermedad calificados estaban limitados por la base salarial del Seguro Social 2a(iii) _____    
  2a(iv) Reste la l¨ªnea 2a(iii) de la l¨ªnea 2a(ii) 2a(iv) _____    
  2b Gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios de licencia por enfermedad calificados declarados en la l¨ªnea 8l de la Parte I del Anexo H-PR (Formulario 1040-PR) 2b _____    
  2b(i) Cantidades de ciertos acuerdos de negociaci¨®n colectiva asignables a los salarios de licencia por enfermedad calificados por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021 2b(i) _____    
  2c Parte correspondiente al empleador del impuesto del Seguro Social sobre los salarios de licencia por enfermedad calificados. Multiplique la l¨ªnea 2a(iv) por 6.2% (0.062) 2c _____    
  2d Parte correspondiente al empleador del impuesto del Medicare sobre los salarios de licencia por enfermedad calificados. Multiplique la l¨ªnea 2a(ii) por 1.45% (0.0145) 2d _____    
  2e Cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad calificados. Sume las l¨ªneas 2a, 2b, 2b(i), 2c y 2d     2e _____
  2f Salarios de licencia familiar calificados declarados en la l¨ªnea 8m de la Parte I del Anexo H-PR (Formulario 1040-PR) 2f _____    
  2f(i) Salarios de licencia familiar calificados incluidos en la l¨ªnea 8m de la Parte I del Anexo H-PR (Formulario 1040-PR) que no fueron incluidos como salarios en las l¨ªneas 3 y 4 de la Parte I del Anexo H-PR (Formulario 1040-PR) porque los salarios de licencia familiar calificados fueron excluidos de la definici¨®n de empleo conforme a las secciones 3121(b)(1) a (22) 2f(i) _____    
  2f(ii) Reste la l¨ªnea 2f(i) de la l¨ªnea 2f 2f(ii) _____    
  2f(iii) Salarios de licencia familiar calificados incluidos en la l¨ªnea 8m de la Parte I del Anexo H-PR (Formulario 1040-PR), pero no incluidos como salarios declarados en la l¨ªnea 1a de la Parte I del Anexo H-PR (Formulario 1040-PR) porque los salarios de licencia familiar calificados estaban limitados por la base salarial del Seguro Social 2f(iii) _____    
  2f(iv) Reste la l¨ªnea 2f(iii) de la l¨ªnea 2f(ii) 2f(iv) _____    
  2g Gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios de licencia familiar calificados declarados en la l¨ªnea 8n de la Parte I del Anexo H-PR (Formulario 1040-PR) 2g _____    
  2g(i) Cantidades de ciertos acuerdos de negociaci¨®n colectiva asignables a los salarios de licencia familiar calificados por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021 2g(i) _____    
  2h Parte correspondiente al empleador del impuesto del Seguro Social sobre los salarios de licencia familiar calificados. Multiplique la l¨ªnea 2f(iv) por 6.2% (0.062) 2h _____    
  2i Parte correspondiente al empleador del impuesto del Medicare sobre los salarios de licencia familiar calificados. Multiplique la l¨ªnea 2f(ii) por 1.45% (0.0145) 2i _____    
  2j Cr¨¦dito por los salarios de licencia familiar calificados. Sume las l¨ªneas 2f, 2g, 2g(i), 2h y 2i     2j _____
  2k Cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados. Sume las l¨ªneas 2e y 2j     2k _____
  2l Porci¨®n no reembolsable del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021. Anote la cantidad menor entre la l¨ªnea 1b o la l¨ªnea 2k. Anote esta cantidad en la l¨ªnea 8c de la Parte I del Anexo H-PR (Formulario 1040-PR)     2l  
  2m Porci¨®n reembolsable del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados por la licencia tomada »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021. Reste la l¨ªnea 2l de la l¨ªnea 2k y anote esta cantidad en la l¨ªnea 8f de la Parte I del Anexo H-PR (Formulario 1040-PR)     2m  

Parte III. Total de Impuestos sobre el Empleo de Empleados ¶Ù´Ç³¾¨¦²õ³Ù¾±³¦´Çs

L¨ªnea 25. Anote la cantidad de la l¨ªnea 8d.

Anote la cantidad de la l¨ªnea 8d. Si no hay ninguna cantidad en la l¨ªnea 8d, anote ¡°-0-¡±.

L¨ªnea 26. Sume la l¨ªnea 16 (o la l¨ªnea 24) y la l¨ªnea 25.

Sume las cantidades de las l¨ªneas 16 y 25. Si se le requiri¨® completar la Secci¨®n B de la Parte II, sume las cantidades de las l¨ªneas 24 y 25 y anote el total en la l¨ªnea 26. Si tiene que presentar el Formulario 1040-PR, anote la cantidad de la l¨ªnea 26 del Anexo H-PR en la l¨ªnea 4 de la Parte I del Formulario 1040-PR. Vea la tabla D¨®nde Anotar en el Formulario 1040-PR.

Si no tiene que presentar el Formulario 1040-PR, complete la Parte IV del Anexo H-PR y siga las instrucciones bajo Cu¨¢ndo y D¨®nde Presentar.

D¨®nde Anotar en el Formulario 1040-PR

Si presenta el formulario... Anote la cantidad de la l¨ªnea 8d del Anexo H-PR o, si aplica, la l¨ªnea 26 en... Anote la cantidad, si alguna, de la l¨ªnea 8e del Anexo H-PR en... Anote la cantidad, si alguna, de la l¨ªnea 8f del Anexo H-PR en...
1040-PR la l¨ªnea 4 de la Parte I del Formulario 1040-PR. la l¨ªnea 11a de la Parte I del Formulario 1040-PR. la l¨ªnea 11b de la Parte I del Formulario 1040-PR.

Preparadores Remunerados

Para Uso Exclusivo del Preparador Remunerado.

Tiene que completar esta parte si se le pag¨® por preparar el Anexo H-PR y no era empleado de la entidad que presenta la declaraci¨®n y no est¨¢ adjuntando el Anexo H-PR al Formulario 1040-PR. Tiene que firmar en el espacio provisto y entregarle al contribuyente una copia del Anexo H-PR adem¨¢s del original del mismo que se presentar¨¢ ante el IRS.

Formulario 499R-2/W-2PR y Formulario W-3PR

Si presenta el Formulario 499R-2/W-2PR, tambi¨¦n tiene que presentar el Formulario W-3PR junto con el (los) Formulario(s) 499R-2/W-2PR ante la SSA. Le recomendamos que presente sus formularios electr¨®nicamente. Si presenta electr¨®nicamente usando los SSA¡¯s Form W-2 Online services (Servicios en l¨ªnea de la SSA para el Formulario W-2), la SSA genera la informaci¨®n del Formulario W-3PR de su presentaci¨®n electr¨®nica.

Los encabezamientos de los encasillados le indican qu¨¦ clase de informaci¨®n deber¨¢ anotar. Para m¨¢s informaci¨®n, vea las Instrucciones para el Formulario W-3PR.

Impuestos correspondientes al empleado pagados por el empleador.

Usted es responsable por el pago tanto de la parte de los impuestos correspondiente a su empleado como la parte correspondiente a usted. Usted puede retener la parte correspondiente a su empleado de los salarios del empleado o pagarla de sus propios fondos. Si pag¨® en su totalidad la parte correspondiente al empleado de los impuestos del Seguro Social y del Medicare sin deducirlas de los salarios del empleado, los salarios se aumentan por esa misma cantidad para prop¨®sitos de la retenci¨®n del impuesto sobre el ingreso. Sin embargo, los impuestos que usted pag¨® no se consideran en los salarios del Seguro Social y del Medicare y no se incluyen en los encasillados 20 y 22. Adem¨¢s, no considere los impuestos para prop¨®sitos de los salarios sujetos al impuesto FUTA. Siga los pasos (1) a (3) a continuaci¨®n:

  1. Anote la cantidad total que pag¨® por el empleado en los encasillados 21 y 23. (No incluya la parte de estos impuestos que le corresponde a usted).

  2. Sume las cantidades de los encasillados 20, 21 y 23. (Sin embargo, si la cantidad del encasillado 22 es mayor que la cantidad del encasillado 20, sume las cantidades de los encasillados 21, 22 y 23).

  3. Incluya el resultado en el encasillado 7 del Formulario 499R-2/W-2PR. Adem¨¢s, incluya en el encasillado 7 todo salario tributable que no sea en efectivo que no se declare en los encasillados 20 y 22.

This is an Image: taxtip.gifMarque una ¡°X¡± en el recuadro ¶Ù´Ç³¾¨¦²õ³Ù¾±³¦´Ç del encasillado a, Clase de pagador, del Formulario W-3PR.

Para m¨¢s informaci¨®n sobre la presentaci¨®n electr¨®nica de los Formularios 499R-2/W-2PR y W-3PR, acceda al sitio web Servicios para empresas por Internet de la SSA en .

Informaci¨®n que Tambi¨¦n Debe Saber

Multa por el Impuesto Estimado

Es posible que necesite realizar pagos de impuesto estimado para as¨ª evitar la multa por el impuesto estimado, la cual se calcula a base de los impuestos sobre el empleo por su empleado dom¨¦stico indicados en la l¨ªnea 26 del Anexo H-PR. Haga el pago del impuesto estimado presentando el Formulario 1040-ES(PR), Impuestos Federales Estimados del Trabajo por Cuenta Propia y sobre el Empleo de Empleados ¶Ù´Ç³¾¨¦²õ³Ù¾±³¦´Çs ¡ªPuerto Rico. Para m¨¢s informaci¨®n, vea la Publicaci¨®n 505, en ingl¨¦s.

This is an Image: caution.gifLos pagos del impuesto estimado tienen que hacerse a medida que la deuda tributaria se incurra, a m¨¢s tardar el 18 de abril de 2022, el 15 de junio de 2022, el 15 de septiembre de 2022 y el 17 de enero de 2023. Si usted presenta el Formulario 1040-PR para el 31 de enero de 2023 y paga en su totalidad el balance adeudado junto con el formulario, no va a tener que hacer el pago de impuesto estimado que se adeuda para el 17 de enero de 2023.

·¡³æ³¦±ð±è³¦¾±¨®²Ô.

Usted no ser¨¢ multado por no hacer el pago del impuesto estimado si tanto el punto (1) como el (2), indicados a continuaci¨®n, le corresponden para el a?o:

  1. Usted no tendr¨¢ impuestos federales sobre los ingresos retenidos de su salario o sueldo, pensi¨®n o cualesquier otros pagos que usted reciba.

  2. Sus impuestos federales sobre los ingresos, sin incluir el impuesto sobre el empleo de empleados dom¨¦sticos, no ser¨ªa lo suficiente para requerirle el pago del impuesto estimado.

?Qu¨¦ Registros Debo Mantener?

Tiene que conservar copias del Anexo H-PR y los Formularios 499R-2/W-2PR y W-3PR durante un per¨ªodo de 4 a?os »å±ð²õ±è³Ü¨¦²õ de la fecha de vencimiento para presentar el Anexo H-PR o la fecha en que se pagaron los impuestos, la que sea m¨¢s tarde. Usted tambi¨¦n tiene que mantener registros para sustentar la informaci¨®n que anote en los formularios que presente. Si tiene que presentar el Formulario 499R-2/W-2PR, tiene que mantener un registro con el nombre, la direcci¨®n y el SSN de cada empleado. Cada d¨ªa de pago, deber¨¢ mantener un registro en el que consten las fechas y las cantidades de:

  • Los pagos de salarios tanto en efectivo como en especie,

  • Todo impuesto del Seguro Social retenido o que usted acord¨® pagar por su empleado correspondiente al empleado,

  • Todo impuesto del Medicare retenido o que usted acord¨® pagar por su empleado correspondiente al empleado y

  • Todo impuesto estatal sobre la n¨®mina que tuvo que retener.

Reglas para Empleadores de Establecimientos Comerciales

No use el Anexo H-PR si opt¨® por declarar los impuestos sobre la n¨®mina de sus empleados dom¨¦sticos junto con los de los otros empleados suyos en el Formulario 941-PR, Planilla para la Declaraci¨®n Federal TRIMESTRAL del Empleador; en el Formulario 943-PR, Planilla para la Declaraci¨®n Anual de la Contribuci¨®n Federal del Empleador de Empleados Agr¨ªcolas; o en el Formulario 944(SP), Declaraci¨®n Federal ANUAL de Impuestos del Patrono o Empleador. Si decide declarar de esta manera, aseg¨²rese de incluir los salarios de sus empleados dom¨¦sticos en el Formulario 940-PR, Planilla para la Declaraci¨®n Federal Anual del Patrono de la Contribuci¨®n Federal para el Desempleo (FUTA).

Pagos Estatales por Incapacidad

Ciertos pagos del plan estatal para individuos incapacitados efectuados a empleados dom¨¦sticos son tratados como salarios sujetos al impuesto del Seguro Social y al impuesto del Medicare. Si su empleado recibi¨® pagos de un plan estatal que le retuvo la parte correspondiente al empleado del impuesto del Seguro Social y del Medicare, incluya estos pagos en las l¨ªneas 1, 3 y, si aplica, 5 del Anexo H-PR y complete el resto de la Parte I hasta la l¨ªnea 6. Sume las l¨ªneas 2c, 4 y 6. A ese total r¨¦stele la cantidad de los impuestos retenidos por el estado. Anote el resultado en la l¨ªnea 8a. Tambi¨¦n escriba en ingl¨¦s la palabra ¡°Disability¡± (Incapacidad) y anote la cantidad restada en la l¨ªnea de puntos junto a la l¨ªnea 8a. Vea el aviso emitido por el estado para m¨¢s informaci¨®n.

C¨®mo se Corrige el Anexo H-PR

Si necesita corregir un Anexo H-PR que ha presentado anteriormente junto con el Formulario 1040-PR, presente un Formulario 1040-PR corregido y adjunte un Anexo H-PR corregido. En la parte superior de su Anexo H-PR corregido y tambi¨¦n del Formulario 1040-PR, escriba en ingl¨¦s la palabra ¡°CORRECTED¡± (Corregido) en letra negrilla, si es posible, seguido por la fecha en que descubri¨® el error.

Si necesita corregir un Anexo H-PR aut¨®nomo (que present¨® por s¨ª solo), presente otro Anexo H-PR aut¨®nomo con la informaci¨®n corregida. En la parte superior de su Anexo H-PR corregido, escriba en ingl¨¦s la palabra ¡°CORRECTED¡± (Corregido) en letra negrilla, si es posible, seguido por la fecha en que descubri¨® el error.

Si adeuda impuestos, pague el saldo completo con su Formulario 1040-PR corregido o con el Anexo H-PR aut¨®nomo corregido. Si pag¨® impuesto en exceso en un Anexo H-PR previamente presentado, entonces, dependiendo de si usted ajusta o reclama un reembolso, tendr¨¢ que certificar que le devolvi¨® o reembols¨® al empleado la parte que le corresponde a dicho empleado de los impuestos del Seguro Social y del Medicare, o que usted ha obtenido el consentimiento de sus empleados para reclamar un reembolso de los impuestos de los empleados. Vea la Publicaci¨®n 926, en ingl¨¦s, para ver las instrucciones en su totalidad.

Si desea ajustar los salarios de un empleado sujetos al impuesto del Seguro Social o del Medicare de un a?o anterior, debe presentar tambi¨¦n el Formulario 499R-2c/W-2cPR, Correcci¨®n al Comprobante de Retenci¨®n, junto con el Formulario W-3c PR, Transmisi¨®n de Comprobantes de Retenci¨®n Corregidos.

C¨®mo Obtener Formularios y Publicaciones

Para obtener los formularios y publicaciones del IRS mencionados en estas instrucciones, acceda a IRS en IRS.gov/Forms, en ingl¨¦s.

Aviso sobre la Ley de Confidencialidad de Informaci¨®n y la Ley de Reducci¨®n de Tr¨¢mites

Solicitamos la informaci¨®n requerida en este formulario para cumplir con las leyes que regulan la recaudaci¨®n de los impuestos internos de los Estados Unidos. Usted est¨¢ obligado a darnos esta informaci¨®n. La necesitamos para asegurarnos de que usted cumpla con dichas leyes y tambi¨¦n para calcular y cobrar la cantidad correcta de impuestos. Si no nos da la informaci¨®n que le solicitamos o si nos da informaci¨®n falsa o fraudulenta, puede estar sujeto a multas.

No est¨¢ obligado a facilitar la informaci¨®n solicitada en un formulario sujeto a la Ley de Reducci¨®n de Tr¨¢mites, a menos que el mismo muestre un n¨²mero de control v¨¢lido de la Office of Management and Budget (Oficina de Administraci¨®n y Presupuesto u OMB, por sus siglas en ingl¨¦s). Los libros o registros relativos a un formulario o sus instrucciones tendr¨¢n que ser conservados mientras su contenido pueda ser utilizado en la aplicaci¨®n de toda ley tributaria federal.

El Subt¨ªtulo C, Employment Taxes (Impuestos sobre la n¨®mina) del C¨®digo de Impuestos Internos impone dichos impuestos sobre los salarios. Se usa este formulario para determinar la cantidad de impuestos que usted adeuda. La secci¨®n 6011 requiere que provea la informaci¨®n solicitada si le corresponde el impuesto. La secci¨®n 6109 requiere que usted incluya su n¨²mero de identificaci¨®n.

Por regla general, las declaraciones de impuestos y toda informaci¨®n pertinente son confidenciales, conforme a la secci¨®n 6103. No obstante, la secci¨®n 6103 permite o requiere que el IRS divulgue o provea tal informaci¨®n a terceros, tal como se describe en el C¨®digo. Por ejemplo, podemos divulgar su informaci¨®n tributaria al Departamento de Justicia para casos de litigio civil y penal y a las ciudades, estados, el Distrito de Columbia, estados libres asociados con los Estados Unidos y territorios de los Estados Unidos a fin de ayudarlos en la aplicaci¨®n de sus respectivas leyes tributarias. Podemos tambi¨¦n divulgar esta informaci¨®n a otros pa¨ªses si los mismos tienen un tratado tributario con los EE. UU., a las agencias del gobierno federal y estatal para hacer cumplir las leyes penales federales no tributarias o a las agencias federales encargadas de hacer cumplir la ley y a agencias de inteligencia para combatir el terrorismo.

Los promedios de tiempo requeridos para completar y presentar este formulario variar¨¢n dependiendo de las circunstancias individuales. Los promedios de tiempo estimado est¨¢n aprobados bajo el n¨²mero de control 1545-0074 de la OMB y son los siguientes: Mantener los registros, 33 min.; Aprender acerca de la ley o sobre este formulario, 6 min.; Preparar este formulario, 1 h; Copiar, organizar y enviar este formulario al IRS , 34 min.

Si desea hacer alg¨²n comentario acerca de la exactitud de estos estimados de tiempo o si desea hacer alguna sugerencia que ayude a que este formulario sea m¨¢s sencillo, por favor, env¨ªenoslos. Nos puede enviar comentarios desde el sitio web IRS.gov/FormComments, en ingl¨¦s. O puede enviar sus comentarios al Internal Revenue Service, Tax Forms and Publications Division, 1111 Constitution Ave. NW, IR-6526, Washington, DC 20224. No env¨ªe el Anexo H-PR a esta direcci¨®n. En vez de eso, vea Cu¨¢ndo y D¨®nde Presentar, anteriormente.