Instrucciones para el Formulario 940-PR (2022)

Planilla para la Declaraci¨®n Federal Anual del Patrono de la Contribuci¨®n Federal para el Desempleo (FUTA)

Las secciones a las cuales se hace referencia abajo corresponden al C¨®digo Federal de Impuestos Internos a menos que se indique de otra manera.

2022


Instrucciones para el
Formulario 940-PR - Material Introductorio

Acontecimientos Futuros

Para obtener la informaci¨®n m¨¢s reciente sobre los acontecimientos relacionados con el Formulario 940-PR y sus instrucciones, como legislaci¨®n promulgada despu¨¦s de que dichos documentos se hayan publicado, acceda a
IRS.gov/Form940PR.

Qu¨¦ Hay de Nuevo

Cambios al Formulario 940-PR para 2023.

Estamos descontinuando el uso de ciertos t¨¦rminos tributarios en espa?ol espec¨ªficos de Puerto Rico en nuestros productos tributarios para lograr uniformidad y permitir un uso m¨¢s amplio por parte de los contribuyentes. Para 2023, no se emitir¨¢ el Formulario 940-PR. En su lugar, el Formulario 940(sp) se emitir¨¢ para uso por los contribuyentes en los Estados Unidos y sus territorios.

Estados con reducci¨®n en el cr¨¦dito.

Un estado que no ha reintegrado dinero que pidi¨® prestado al gobierno federal a fin de pagar beneficios para el desempleo se denomina un ¡°estado con reducci¨®n en el cr¨¦dito¡±. El Departamento del Trabajo de los EE. UU. determina cu¨¢les estados se clasifican como estados con reducci¨®n en el cr¨¦dito. Si un patrono paga salarios que est¨¢n sujetos a las leyes de compensaci¨®n por desempleo de un estado con reducci¨®n en el cr¨¦dito, ese patrono tiene que pagar contribuci¨®n federal para el desempleo adicional al radicar su Formulario 940-PR.

Puerto Rico no es un estado (territorio) con reducci¨®n en el cr¨¦dito para 2022. Para el a?o 2022, hay estados con reducci¨®n en el cr¨¦dito. Si ha pagado salarios que est¨¢n sujetos a las leyes de compensaci¨®n por desempleo de un estado con reducci¨®n en el cr¨¦dito, su cr¨¦dito contra la contribuci¨®n federal para el desempleo ser¨¢ reducido en base a la tasa de reducci¨®n del cr¨¦dito para ese estado con reducci¨®n en el cr¨¦dito. Use el Anexo A (Formulario 940-PR) para calcular la reducci¨®n en el cr¨¦dito. Para obtener m¨¢s informaci¨®n, vea las instrucciones del Anexo A (Formulario 940-PR) o acceda a IRS.gov. La informaci¨®n est¨¢ disponible en ingl¨¦s.

Recordatorios

Reembolsos por gastos de mudanza y por gastos calificados de ida y vuelta al trabajo en bicicleta est¨¢n sujetos a la contribuci¨®n FUTA.

La Tax Cuts and Jobs Act of 2017 (P.L. 115-97) (Ley de Reducci¨®n de Impuestos y Generaci¨®n de Empleos de 2017 (Ley p¨²blica 115-97)) suspende la exclusi¨®n de reembolsos por gastos de mudanza calificados del ingreso de su empleado conforme a la secci¨®n 132 y la deducci¨®n del ingreso de su empleado conforme a la secci¨®n 217, as¨ª como la exclusi¨®n de reembolsos por gastos calificados de ida y vuelta al trabajo en bicicleta del ingreso de su empleado conforme a la secci¨®n 132, para los a?os tributarios que comienzan despu¨¦s de 2017 y antes de 2026. Por lo tanto, los reembolsos por gastos de mudanza y por gastos calificados de ida y vuelta al trabajo en bicicleta no est¨¢n exentos de la contribuci¨®n FUTA durante este per¨ªodo. No incluya los reembolsos por gastos de mudanza o por gastos calificados de ida y vuelta al trabajo en bicicleta en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 4 del Formulario 940-PR. Para m¨¢s informaci¨®n sobre beneficios marginales, vea la Publicaci¨®n 15-B, en ingl¨¦s.

Programa de certificaci¨®n para las organizaciones de patronos profesionales (PEO).

La Stephen Beck, Jr., Achieving a Better Life Experience Act of 2014 (Ley Stephen Beck, Jr., Logro de una Mejor Calidad de Vida de 2014) requiere del IRS establecer un programa de certificaci¨®n voluntaria para las organizaciones de patronos profesionales (PEO, por sus siglas en ingl¨¦s). Las PEO se encargan de manejar varias responsabilidades administrativas de n¨®mina y declaraciones de contribuciones de sus clientes de negocios y, por lo general, se les paga una tarifa basada en los costos de la n¨®mina. Para certificarse y mantener la certificaci¨®n conforme al programa de certificaci¨®n, las organizaciones de patronos profesionales certificados (CPEO, por sus siglas en ingl¨¦s) tienen que cumplir con varios requisitos descritos en las secciones 3511 y 7705 y las gu¨ªas relacionadas que se han publicado. La certificaci¨®n como una CPEO puede afectar las obligaciones de contribuciones de n¨®mina tanto de la CPEO como las de sus clientes. Por lo general, para prop¨®sitos de las contribuciones sobre la n¨®mina, una CPEO es tratada como el patrono de cualquier individuo que realiza servicios para un cliente de la CPEO y est¨¢ cubierto por un contrato descrito en la secci¨®n 7705(e)(2) entre la CPEO y el cliente (contrato de la CPEO), pero s¨®lo para los salarios y otra compensaci¨®n pagados al individuo por la CPEO. Para certificarse como una CPEO, la organizaci¨®n tiene que hacer la solicitud por medio del IRS Online Registration System (Sistema de registro en ±ô¨ª²Ô±ð²¹ del IRS), en ingl¨¦s. Para m¨¢s informaci¨®n o solicitar para certificarse como una CPEO, acceda al sitio web del IRS en IRS.gov/CPEO. La informaci¨®n est¨¢ disponible en ingl¨¦s.

Una CPEO es elegible para solicitar el cr¨¦dito por contribuci¨®n estatal para el desempleo pagada a un fondo estatal para el desempleo por los salarios pagados a un empleado del sitio de trabajo (work site employee, como se le conoce en ingl¨¦s), independientemente de que haya sido la CPEO o el cliente de la CPEO quien haya hecho la aportaci¨®n. Adem¨¢s, a una CPEO se le permite el cr¨¦dito adicional si a la CPEO se le permite, conforme a las leyes estatales, cobrar y remitir aportaciones al fondo estatal para el desempleo con respecto a un empleado del sitio de trabajo. Para m¨¢s informaci¨®n acerca del cr¨¦dito, vea Cr¨¦dito por Contribuci¨®n Estatal para el Desempleo Pagada a un Fondo Estatal para el Desempleo, m¨¢s adelante.

Por lo general, las CPEO tienen que radicar electr¨®nicamente el Formulario 940-PR y el Anexo R (Formulario 940), Allocation Schedule for Aggregate Form 940 obÌåÓýrs (Registro de asignaci¨®n para los declarantes de Formularios 940 agregados), en ingl¨¦s. Para m¨¢s informaci¨®n sobre el requisito de una CPEO de radicar electr¨®nicamente, vea el Revenue Procedure 2017-14 (Procedimiento Administrativo Contributivo 2017-14), en ingl¨¦s. Puede ver dicho procedimiento en la p¨¢gina 426 del Internal Revenue Bulletin 2017-3 (Bolet¨ªn de Rentas Internas 2017-3), en ingl¨¦s, disponible en IRS.gov/irb/2017-03_IRB#RP-2017-14.

Externalizaci¨®n de las obligaciones de n¨®mina.

Por lo general, como patrono, usted es responsable de asegurarse que las planillas de contribuci¨®n se radiquen y que los dep¨®sitos y pagos se efect¨²en, aun si usted contrata los servicios de un tercero para hacerlo. Usted sigue siendo responsable aun si el tercero no cumple con la acci¨®n requerida. Antes de elegir por externalizar cualquier parte de su n¨®mina y las obligaciones relacionadas con las contribuciones (es decir, retenci¨®n, declaraci¨®n y pago de las contribuciones al Seguro Social, al Medicare y al fondo federal de desempleo (FUTA, por sus siglas en ingl¨¦s)) a un tercero pagador, tal como un proveedor de servicios de n¨®mina o agente de reportaci¨®n, acceda a IRS.gov/OutsourcingPayrollDuties para informaci¨®n ¨²til sobre este tema. Dicha informaci¨®n est¨¢ disponible en ingl¨¦s. Si una CPEO paga los salarios y otra compensaci¨®n de cualquier individuo que realiza servicios para un cliente de la CPEO y los servicios est¨¢n cubiertos por un contrato de CPEO, entonces la CPEO es, por lo general, tratada como el patrono para prop¨®sitos de las contribuciones sobre la n¨®mina, pero s¨®lo para salarios y otra compensaci¨®n pagada al individuo por la CPEO. Sin embargo, con respecto a ciertos empleados cubiertos por un contrato de la CPEO, usted tambi¨¦n puede ser tratado como un patrono de los empleados y, en consecuencia, tambi¨¦n puede ser responsable de las contribuciones federales sobre la n¨®mina impuestas sobre los salarios y otra compensaci¨®n pagada por la CPEO a dichos empleados. Para m¨¢s informaci¨®n sobre los diferentes tipos de arreglos de terceros pagadores, vea el apartado 16 titulado Third-Party Payer Arrangements (Arreglos de un tercero pagador) en la Publicaci¨®n 15, en ingl¨¦s.

Declarantes de Formularios 940-PR agregados.

Los agentes aprobados conforme a la secci¨®n 3504 y las CPEO tienen que completar el Anexo R (Formulario 940), en ingl¨¦s, cuando radiquen un Formulario 940-PR agregado. Los Formularios 940-PR agregados son radicados por agentes de aqu¨¦llos quienes reciben servicios de cuidado en el hogar aprobados por el IRS conforme a la secci¨®n 3504. Para solicitar la aprobaci¨®n para actuar como un agente para un empleador o patrono, el agente radica ante el IRS el Formulario 2678, Employer/Payer Appointment of Agent (Designaci¨®n del agente por parte del empleador/pagador), en ingl¨¦s, a menos que usted sea una agencia del gobierno estatal o local que act¨²a como agente de acuerdo con los procedimientos especiales provistos en el Revenue Procedure 2013-39 (Procedimiento Administrativo Contributivo 2013-39) que se encuentra en la p¨¢gina 830 del Internal Revenue Bulletin 2013-52 (Bolet¨ªn de Rentas Internas 2013-52), en ingl¨¦s, disponible en IRS.gov/irb/2013-52_IRB#RP-2013-39.

Las CPEO aprobadas por el IRS conforme a la secci¨®n 7705 tambi¨¦n radican Formularios 940-PR agregados. Las CPEO radican el Formulario 8973, Certified Professional Employer Organization/Customer Reporting Agreement (Organizaci¨®n de patrono profesional certificada/Acuerdo de radicaci¨®n del cliente), en ingl¨¦s, para notificar al IRS que comenzaron o terminaron un contrato de servicio con un cliente. Por lo general, las CPEO tienen que radicar el Formulario 940-PR y el Anexo R (Formulario 940) electr¨®nicamente. Para m¨¢s informaci¨®n sobre el requisito de una CPEO de radicar electr¨®nicamente, vea el Revenue Procedure 2017-14 (Procedimiento Administrativo Contributivo 2017-14), en ingl¨¦s, disponible en IRS.gov/irb/2017-03_IRB#RP-2017-14.

Si cambia el nombre legal de su negocio, la direcci¨®n de su negocio o la parte responsable.

Notif¨ªquele al IRS inmediatamente si cambia el nombre legal de su negocio, la direcci¨®n de su negocio o la parte responsable.

  • Escriba a la oficina del IRS en donde usted radica sus planillas (utilizando la direcci¨®n Sin un pago bajo ?Ad¨®nde Debe Enviar la Planilla?, m¨¢s adelante) para notificarle al IRS sobre todo cambio en el nombre de su negocio. Vea la Publicaci¨®n 1635, en ingl¨¦s, para saber si necesita solicitar un n¨²mero de identificaci¨®n patronal nuevo.

  • Complete y env¨ªe por correo el Formulario 8822-B, en ingl¨¦s, para notificarle al IRS sobre un cambio en la direcci¨®n de su negocio o en la parte responsable. No env¨ªe su Formulario 8822-B junto con su Formulario 940-PR. Si desea ver la definici¨®n de ¡°parte responsable¡±, vea las Instrucciones para el Formulario SS-4PR.

Los dep¨®sitos de la contribuci¨®n federal tienen que efectuarse por transferencia electr¨®nica de fondos (EFT).

Usted tiene que utilizar la transferencia electr¨®nica de fondos (EFT, por sus siglas en ingl¨¦s) para depositar toda contribuci¨®n federal. Por lo general, una EFT se realiza mediante el Electronic Federal Tax Payment System (Sistema electr¨®nico de pagos de la contribuci¨®n federal o EFTPS, por sus siglas en ingl¨¦s). Si no desea utilizar el EFTPS, puede hacer arreglos para que su preparador profesional, instituci¨®n financiera, servicio de n¨®minas u otro tercero de confianza haga los dep¨®sitos electr¨®nicamente de parte de usted. Tambi¨¦n puede hacer arreglos para que su instituci¨®n financiera inicie una transferencia electr¨®nica realizada el mismo d¨ªa de pago de parte de usted. El EFTPS es un servicio gratuito provisto por el Departamento del Tesoro. Podr¨ªa verse obligado a pagar un cargo por los servicios de un preparador profesional de contribuciones, instituci¨®n financiera, servicio de n¨®mina u otro tercero.

Para m¨¢s informaci¨®n sobre c¨®mo hacer dep¨®sitos de contribuciones federales, vea el apartado 11 de la Publicaci¨®n 179. Para obtener m¨¢s informaci¨®n o para inscribirse en el EFTPS, acceda a , en ingl¨¦s, o llame al 800-244-4829. Para comunicarse con el EFTPS utilizando los Servicios de Retransmisi¨®n de Telecomunicaciones (TRS, por sus siglas en ingl¨¦s) para personas sordas, con dificultades auditivas o con impedimento del habla, marque el 711 en su tel¨¦fono y luego proporci¨®nele al asistente de los Servicios de Retransmisi¨®n de Telecomunicaciones el n¨²mero 800-555-4477 indicado anteriormente o el 800-733-4829. Adem¨¢s, puede encontrar m¨¢s informaci¨®n sobre el EFTPS en la Publicaci¨®n 966 (SP).

Radicaci¨®n y pago por medios electr¨®nicos.

Los negocios pueden disfrutar de los beneficios de radicar sus planillas de contribuci¨®n y pagar sus contribuciones federales por medios electr¨®nicos. No importa si depende de un preparador profesional o si usted mismo se ocupa de completar su planilla de contribuci¨®n, el IRS ofrece programas convenientes para facilitar la radicaci¨®n y el pago de las contribuciones. Pase menos tiempo preocup¨¢ndose de las contribuciones y m¨¢s tiempo dedic¨¢ndose a la operaci¨®n de su negocio. Use la radicaci¨®n electr¨®nica (e-file) y el EFTPS, seg¨²n le convenga:

Retiro electr¨®nico de fondos (EFW).

Si radica el Formulario 940-PR electr¨®nicamente, puede radicar (e-file) y utilizar el electronic funds withdrawal (retiro electr¨®nico de fondos o EFW, por sus siglas en ingl¨¦s) para pagar el saldo adeudado en un solo paso usando programas de computadora (software) para la preparaci¨®n de planillas o por medio de un preparador profesional de contribuciones. Sin embargo, no use el EFW para efectuar los dep¨®sitos de la contribuci¨®n federal. Para m¨¢s informaci¨®n sobre el pago de contribuciones por medio del EFW, acceda a IRS.gov/EFW y pulse sobre Espa?ol.

Pagos hechos con tarjeta de cr¨¦dito o d¨¦bito.

Puede pagar la cantidad de su contribuci¨®n FUTA indicada en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 14 usando una tarjeta de cr¨¦dito o d¨¦bito. Su pago ser¨¢ procesado por un procesador de pagos quien cobrar¨¢ un cargo por el servicio. No use ninguna tarjeta de cr¨¦dito o d¨¦bito para pagar contribuciones federales que requieren ser depositadas (vea ?Cu¨¢ndo Tiene que Depositar su Contribuci¨®n FUTA?, m¨¢s adelante). Para m¨¢s informaci¨®n sobre c¨®mo se pagan las contribuciones con tarjetas de cr¨¦dito o d¨¦bito, acceda a IRS.gov/PagueConTarjeta.

Acuerdo de pago en ±ô¨ª²Ô±ð²¹.

Usted puede que tenga derecho a solicitar un plan de pagos a plazos por Internet si no puede pagar la cantidad total de la contribuci¨®n adeudada al radicar su planilla. Para m¨¢s informaci¨®n, vea ?Qu¨¦ pasa si usted no puede pagar en su totalidad?, m¨¢s adelante.

Entidades no consideradas como separadas de sus due?os y compa?¨ªas subsidiarias calificadas conforme al subcap¨ªtulo S (QSubs).

Las entidades comerciales no consideradas como separadas de sus due?os (disregarded entities) que tienen un solo due?o y que cumplen los requisitos, incluyendo a las compa?¨ªas subsidiarias calificadas conforme al subcap¨ªtulo S (QSubs, por sus siglas en ingl¨¦s), est¨¢n obligadas a retener y a pagar las contribuciones sobre la n¨®mina y a radicar las planillas de las contribuciones sobre la n¨®mina usando el nombre y el n¨²mero de identificaci¨®n patronal (EIN, por sus siglas en ingl¨¦s) de la entidad no considerada como separada de su due?o. Para m¨¢s informaci¨®n, vea Entidades no consideradas como separadas de sus due?os, m¨¢s adelante.

Informaci¨®n estatal sobre el desempleo.

Cuando se registr¨® como patrono en su estado, dicho estado le asign¨® un n¨²mero de identificaci¨®n para prop¨®sitos de la declaraci¨®n estatal. Si no tiene una cuenta estatal para el desempleo ni se le ha asignado una tasa de experiencia, o si tiene alguna pregunta sobre su cuenta estatal, tiene que comunicarse con el Negociado de Seguridad de Empleo de Puerto Rico. Para comunicarse directamente, acceda al sitio web o llame al 787-754-5353. Para una lista de agencias para el desempleo en otros estados, acceda al sitio web del Departamento del Trabajo de los EE. UU. en .

Fotograf¨ªas de ni?os desaparecidos.

El IRS se enorgullece en colaborar con el (Centro Nacional para Ni?os Desaparecidos y Explotados o NCMEC, por sus siglas en ingl¨¦s). Fotograf¨ªas de ni?os desaparecidos que han sido seleccionadas por el Centro pueden aparecer en estas instrucciones en p¨¢ginas que, de lo contrario, estar¨ªan en blanco. Usted puede ayudar a que estos ni?os regresen a sus hogares si, al mirar sus fotograf¨ªas, los puede identificar y llama al 1-800-THE-LOST (1-800-843-5678).

C¨®mo se Puede Obtener M¨¢s Ayuda

Si desea recibir m¨¢s informaci¨®n sobre este formulario, vea la Publicaci¨®n 179, acceda a nuestro sitio web en IRS.gov/Espanol o llame a la Business and Specialty Tax Line (L¨ªnea de ayuda para las contribuciones de negocios y las contribuciones especiales) al 800-829-4933 o al 800-829-4059 (si es usuario del sistema TDD/TTY para personas que son sordas, tienen dificultades auditivas o tienen impedimentos del habla) de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 8:00 p.m., hora local. Las personas en los Estados Unidos continentales pueden llamar de 7:00 a.m. a 7:00 p.m., hora local. Los residentes de Alaska y Hawaii siguen la hora del Pac¨ªfico.

Para una lista de los temas relacionados con las contribuciones sobre la n¨®mina, acceda a IRS.gov/EmploymentTaxes y pulse sobre Espa?ol. Puede pedir formularios, instrucciones y publicaciones en IRS.gov/OrderForms. Pulse sobre Espa?ol.

Instrucciones Generales

?Cu¨¢l es el Prop¨®sito del Formulario 940-PR?

Estas instrucciones le dan informaci¨®n de trasfondo sobre el Formulario 940-PR. ?stas le explican qui¨¦n tiene que radicar el formulario, c¨®mo completarlo ±ô¨ª²Ô±ð²¹ por ±ô¨ª²Ô±ð²¹ y cu¨¢ndo y d¨®nde radicarlo.

Use el Formulario 940-PR para declarar anualmente su contribuci¨®n de la Federal Unemployment Tax Act (Ley Federal de la Contribuci¨®n para el Desempleo o FUTA, por sus siglas en ingl¨¦s). Junto con los sistemas estatales de la contribuci¨®n para el desempleo, la contribuci¨®n FUTA provee fondos para el pago de compensaci¨®n para el desempleo de los trabajadores que han perdido sus empleos. La mayor¨ªa de los patronos pagan contribuciones tanto federales como estatales para el desempleo. ?nicamente los patronos pagan la contribuci¨®n FUTA. No la cobre ni la descuente de los salarios de sus empleados.

La contribuci¨®n FUTA se aplica a los primeros $7,000 que pague a cada empleado durante un a?o natural luego de restar todo pago exento de la contribuci¨®n FUTA.

?Qui¨¦n Tiene que Radicar el Formulario 940-PR?

A excepci¨®n de lo que se indica m¨¢s adelante, si contesta ¡°³§¨ª¡± a cualquiera de las preguntas siguientes, tiene que radicar el Formulario 940-PR:

  • ?Pag¨® salarios de $1,500 o m¨¢s a sus empleados en cualquier trimestre natural durante 2021 o 2022?

  • ?Tuvo uno o m¨¢s empleados durante al menos alguna porci¨®n de un d¨ªa en cualesquier 20 o m¨¢s semanas distintas en 2021 o 22 o m¨¢s semanas distintas en 2022? En este c¨®mputo, cuente a todos sus empleados a tiempo completo, a jornada parcial y temporeros. Sin embargo, si su negocio es una sociedad colectiva (partnership), no incluya a los socios del negocio en el c¨®mputo.

Si vendi¨® o transfiri¨® su negocio durante el a?o, cada patrono que contest¨® ¡°³§¨ª¡± a por lo menos una de las preguntas anteriores tiene que radicar el Formulario 940-PR. No obstante, no incluya ning¨²n salario pagado por el patrono anterior en su Formulario 940-PR, a menos que usted sea un patrono sucesor. Para m¨¢s informaci¨®n, vea Patrono sucesor bajo Clase de Planilla, m¨¢s adelante.

Si no tiene que pagar la contribuci¨®n FUTA para 2022 porque no pag¨® salarios a ning¨²n empleado en ese a?o, marque el recuadro c en la parte superior derecha de la planilla. Luego, pase a la Parte 7, firme la planilla y rad¨ªquela ante el IRS.

Si no tendr¨¢ que radicar un Formulario 940-PR en el futuro porque se cerr¨® su negocio o dej¨® de pagar salarios, marque el recuadro d en la parte superior derecha de la planilla. Para m¨¢s informaci¨®n, vea Final: Se cerr¨® el negocio o dej¨® de pagar salarios bajo Clase de Planilla, m¨¢s adelante.

Para los Patronos de Empleados Dom¨¦sticos...

Si es patrono de empleados dom¨¦sticos, tiene que pagar la contribuci¨®n FUTA sobre los salarios que pag¨® a sus empleados dom¨¦sticos ¨²²Ô¾±³¦²¹³¾±ð²Ô³Ù±ð si pag¨® salarios en efectivo de $1,000 o m¨¢s durante cualquier trimestre natural en 2021 o 2022.

Un empleado dom¨¦stico presta servicios de tipo dom¨¦stico en una:

  • Residencia privada,

  • Club local de una instituci¨®n de ense?anza universitaria o

  • Cap¨ªtulo local de una fraternidad o hermandad femenina de una instituci¨®n de ense?anza universitaria.

Por regla general, los patronos de empleados dom¨¦sticos tienen que radicar el Anexo H-PR (Formulario 1040-PR) en lugar del Formulario 940-PR.

Sin embargo, si tiene otra clase de empleados adem¨¢s de empleados dom¨¦sticos, puede elegir incluir las contribuciones FUTA de sus empleados dom¨¦sticos en el Formulario 940-PR en vez de radicarlas en el Anexo H-PR (Formulario 1040-PR). Si elige incluir sus empleados dom¨¦sticos en su Formulario 940-PR, usted tambi¨¦n tendr¨¢ que radicar un Formulario 941-PR, Planilla para la Declaraci¨®n Federal TRIMESTRAL del Patrono; Formulario 943-PR, Planilla para la Declaraci¨®n Anual de la Contribuci¨®n Federal del Patrono de Empleados Agr¨ªcolas; oFormulario 944(SP), Declaraci¨®n Federal ANUAL de Impuestos del Patrono o Empleador (o el Formulario 944, en ingl¨¦s), para declarar la contribuci¨®n al Seguro Social y cualquier contribuci¨®n al Medicare de sus empleados dom¨¦sticos. Vea el apartado 8 y 10 de la Publicaci¨®n 179, en espa?ol, y la Publicaci¨®n 926, en ingl¨¦s, para m¨¢s informaci¨®n.

Para los Patronos de Empleados Agr¨ªcolas...

Radique el Formulario 940-PR si contesta ¡°³§¨ª¡± a cualquiera de las preguntas a continuaci¨®n:

  • ?Pag¨® $20,000 o m¨¢s por concepto de salarios en efectivo a sus empleados agr¨ªcolas durante cualquier trimestre natural en 2021 o 2022?

  • ?Emple¨® a 10 o m¨¢s empleados agr¨ªcolas (sin importar si fue al mismo tiempo) durante al menos una porci¨®n de un d¨ªa durante cualesquier 20 o m¨¢s semanas distintas de 2021 o durante cualesquier 20 o m¨¢s semanas distintas de 2022?

Incluya los sueldos pagados a los extranjeros admitidos a Puerto Rico temporalmente para desempe?ar labores agr¨ªcolas (trabajadores con visa ¡°H-2A¡±) para determinar si re¨²ne cualesquiera de las condiciones se?aladas anteriormente. Sin embargo, los salarios pagados a dichos extranjeros no est¨¢n sujetos a la contribuci¨®n FUTA. Vea el apartado 7 y 10 de la Publicaci¨®n 179, en espa?ol, y la Publicaci¨®n 51, en ingl¨¦s, para m¨¢s informaci¨®n.

Para las Organizaciones Exentas de Contribuci¨®n...

Las organizaciones religiosas, educativas, cient¨ªficas, caritativas y otras organizaciones que se describen en la secci¨®n 501(c)(3) y exentas de pagar contribuciones conforme a la secci¨®n 501(a) generalmente no est¨¢n sujetas a pagar la contribuci¨®n FUTA. Sin embargo, una organizaci¨®n conforme a la secci¨®n 501(c)(3) est¨¢ sujeta a la contribuci¨®n FUTA cuando paga salarios a empleados en nombre de otros (por ejemplo, una organizaci¨®n conforme a la secci¨®n 501(c)(3) que paga salarios a empleados de una organizaci¨®n relacionada que no se encuentra bajo la secci¨®n 501(c)(3), una organizaci¨®n conforme a la secci¨®n 501(c)(3) que es un agente conforme a la secci¨®n 3504, una organizaci¨®n conforme a la secci¨®n 501(c)(3) que es un pagador com¨²n, etc.).

Para los Patronos de Empleados del Gobierno Estatal o Local...

Los servicios prestados por los empleados de un gobierno estatal o local o de una subdivisi¨®n pol¨ªtica o entidad del estado no est¨¢n sujetos a la contribuci¨®n FUTA y los patronos de ¨¦stos no tienen que radicar el Formulario 940-PR.

?Cu¨¢ndo Tiene que Radicar el Formulario 940-PR?

La fecha de vencimiento para radicar el Formulario 940-PR de 2022 es el 31 de enero de 2023. Sin embargo, si deposit¨® todas sus contribuciones FUTA cuando venc¨ªan, podr¨¢ radicar el Formulario 940-PR para el 10 de febrero de 2023.

Si recibimos el Formulario 940-PR despu¨¦s de la fecha de vencimiento, lo trataremos como si fuera radicado a tiempo si el sobre que contiene el Formulario 940-PR est¨¢ debidamente rotulado, tiene suficiente franqueo y el matasellos del Servicio Postal de los EE. UU. est¨¢ fechado a m¨¢s tardar en la fecha de vencimiento, o si se envi¨® por medio de un servicio de entrega privado (PDS, por sus siglas en ingl¨¦s) aprobado por el IRS a m¨¢s tardar en la fecha de vencimiento. Si no sigue estas pautas, generalmente consideramos que el Formulario 940-PR fue radicado en la fecha en que de hecho se recibi¨®. Para m¨¢s informaci¨®n sobre los PDS, vea ?Ad¨®nde Debe Enviar la Planilla?, m¨¢s adelante.

Si la fecha de vencimiento para radicar una planilla es un s¨¢bado, domingo o d¨ªa feriado oficial, podr¨¢ radicar la planilla el pr¨®ximo d¨ªa laborable.

?Ad¨®nde Debe Enviar la Planilla?

Lo exhortamos a radicar el Formulario 940-PR electr¨®nicamente. Acceda a IRS.gov/EmploymentEfile y pulse sobre Espa?ol para informaci¨®n sobre c¨®mo radicar por medios electr¨®nicos. Si usted radica una planilla en papel, la direcci¨®n a la cual enviar¨¢ su planilla depende de si se incluye un pago con su Formulario 940-PR. Env¨ªe su planilla por correo a la direcci¨®n que aparece para su localizaci¨®n en la tabla a continuaci¨®n.

Los servicios de entrega privados (PDS) no pueden entregar correspondencia a los apartados postales. Tiene que usar el Servicio Postal de los EE. UU. si env¨ªa correspondencia a una direcci¨®n que contiene un apartado postal. Acceda a IRS.gov/PDS, en ingl¨¦s, para una lista actualizada de los PDS aprobados por el IRS. Para la direcci¨®n postal del IRS si usted est¨¢ utilizando un PDS, acceda a IRS.gov/PDSstreetAddresses. Una vez se encuentre en el sitio web, escoja la direcci¨®n postal que se encuentra en el mismo estado que la direcci¨®n a donde usted hubiese tenido que enviar la planilla radicada sin un pago, seg¨²n provista en la tabla a continuaci¨®n.

Los patronos que tienen su negocio principal en Puerto Rico deben enviar sus planillas tal como se indica a continuaci¨®n:
 

Si est¨¢ enviando el
Formulario 940-PR...
Sin un pago... Con un pago...
Desde Puerto Rico o las Islas V¨ªrgenes Estadounidenses... Internal Revenue Service
P.O. Box 409101
Ogden, UT 84409
Internal Revenue Service
P.O. Box 932000
Louisville, KY 40293-2000
EXCEPCI?N. Si es una organizaci¨®n exenta de contribuci¨®n; entidad gubernamental federal, estatal y local; entidad gubernamental de tribu ind¨ªgena estadounidense, sin considerar su ubicaci¨®n... Department of the Treasury
Internal Revenue Service
Ogden, UT 84201-0046
Internal Revenue Service
P.O. Box 932000
Louisville, KY 40293-2000

This is an Image: caution.gifLa direcci¨®n en la cual radica su declaraci¨®n puede ser distinta de la direcci¨®n en la cual radicaba su planilla de la declaraci¨®n de la contribuci¨®n sobre la n¨®mina en a?os anteriores.

Cr¨¦dito por Contribuci¨®n Estatal para el Desempleo Pagada a un Fondo Estatal para el Desempleo

Por lo general, usted puede reclamar un cr¨¦dito por cantidades pagadas a un fondo estatal para el desempleo (incluyendo el Distrito de Columbia, Puerto Rico y las Islas V¨ªrgenes Estadounidenses) a m¨¢s tardar el 31 de enero de 2023 (o el 10 de febrero de 2023, si ¨¦sta es su fecha de vencimiento para radicar el Formulario 940-PR). Su contribuci¨®n FUTA podr¨ªa ser mayor si no paga la contribuci¨®n estatal para el desempleo a su debido tiempo, a m¨¢s tardar el 31 de enero de 2023 (o el 10 de febrero de 2023, si ¨¦sta es su fecha de vencimiento para radicar el Formulario 940-PR). Esto es cierto independientemente de si la ley estatal difiere el pago de las contribuciones adeudadas hasta despu¨¦s de esta fecha. Vea las instrucciones para la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 10 si no pag¨® la totalidad de su contribuci¨®n estatal para el desempleo de Puerto Rico a m¨¢s tardar en la fecha de vencimiento para radicar el Formulario 940-PR. Por los salarios pagados a un empleado del sitio de trabajo, una CPEO es elegible para el cr¨¦dito ya sea que la CPEO o un cliente de la CPEO haya hecho la aportaci¨®n con respeto a un empleado del sitio de trabajo.

Las contribuciones hechas a un fondo estatal para el desempleo a veces se denominan ¡°aportaciones¡±. Estas aportaciones son pagos que un estado requiere que haga un patrono a su fondo para el desempleo a fin de pagar compensaci¨®n por desempleo. En estas aportaciones no se incluyen:

  • Todo pago deducido o deducible de la paga de un empleado;

  • Multas, intereses o contribuciones administrativas especiales; ni

  • Aportaciones voluntarias que usted hizo para obtener una tasa de experiencia estatal asignada inferior.

Cr¨¦dito adicional.

Puede recibir un cr¨¦dito adicional si tiene una tasa de experiencia estatal inferior a 5.4% (0.054). Esto aplica aun cuando la tasa var¨ªe durante el a?o. Este cr¨¦dito adicional es la diferencia entre sus contribuciones estatales para el desempleo pagadas realmente y la cantidad que usted habr¨ªa sido requerido a pagar de 5.4%. A la CPEO se le permite el cr¨¦dito adicional por los salarios pagados a un empleado del sitio de trabajo si a la CPEO se le permite, conforme a las leyes estatales, cobrar y remitir las aportaciones al fondo estatal para el desempleo con respecto a un empleado del sitio de trabajo.

Cr¨¦dito especial para patronos sucesores.

Usted puede tener derecho a un cr¨¦dito basado en la cantidad de contribuciones estatales para el desempleo que pag¨® el patrono anterior. Puede reclamar este cr¨¦dito si es un patrono sucesor que adquiri¨® un negocio en 2022 de un patrono anterior que no se consideraba patrono para prop¨®sitos de la contribuci¨®n FUTA y, por lo tanto, no estuvo obligado a radicar el Formulario 940-PR para 2022. Vea la secci¨®n 3302(e). Puede incluir en la hoja de trabajo para la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 10 de las Instrucciones para el Formulario 940, en ingl¨¦s, las cantidades pagadas por el patrono anterior como si usted hubiese pagado dichas cantidades. Para m¨¢s informaci¨®n sobre los patronos sucesores, vea Patrono sucesor bajo Clase de Planilla, m¨¢s adelante. Si el patrono anterior estuvo obligado a radicar el Formulario 940-PR, vea las instrucciones para la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5, m¨¢s adelante.

?Cu¨¢ndo Tiene que Depositar su Contribuci¨®n FUTA?

Aunque el Formulario 940-PR abarca un a?o natural, quiz¨¢s tendr¨¢ que depositar su contribuci¨®n FUTA antes de radicar su planilla. Si su contribuci¨®n FUTA excede de $500 para un a?o natural, tiene que depositar al menos un pago trimestral de contribuci¨®n.

Tiene que determinar cu¨¢ndo tiene que depositar su contribuci¨®n, basado en la cantidad de su obligaci¨®n contributiva para un trimestre. Si su contribuci¨®n FUTA es de $500 o menos durante un trimestre, transfi¨¦rala al trimestre siguiente. Siga transfiriendo su obligaci¨®n contributiva hasta que se acumule una cantidad de contribuci¨®n por pagar de m¨¢s de $500. En ese momento, tiene que depositar su contribuci¨®n para el trimestre. Deposite su contribuci¨®n FUTA a m¨¢s tardar el ¨²ltimo d¨ªa del mes despu¨¦s de terminar el trimestre. Si su contribuci¨®n FUTA es de $500 o menos durante el pr¨®ximo trimestre, no est¨¢ obligado a depositarla nuevamente hasta que la cantidad acumulada sea mayor que $500.

Obligaciones para el cuarto trimestre.

Si su contribuci¨®n FUTA para el cuarto trimestre (m¨¢s toda cantidad no depositada de los trimestres anteriores) excede de $500, deposite la cantidad total a m¨¢s tardar el 31 de enero de 2023. Si es de $500 o menos, puede optar por depositarla o pagarla al radicar su Formulario 940-PR para el 31 de enero de 2023.

En a?os cuando hay estados con una reducci¨®n en el cr¨¦dito, usted tiene que incluir toda obligaci¨®n resultante de una reducci¨®n en el cr¨¦dito junto con su dep¨®sito para el cuarto trimestre.

Tabla . Cu¨¢ndo Depositar la Contribuci¨®n FUTA

Si la contribuci¨®n FUTA sin
depositar es m¨¢s de $500 el...*
Depos¨ªtela a m¨¢s
tardar el...
31 de marzo 30 de abril
30 de junio 31 de julio
30 de septiembre 31 de octubre
31 de diciembre 31 de enero
* Vea tambi¨¦n las instrucciones para la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 16.
 

This is an Image: taxtip.gifSi cualquier fecha de vencimiento para hacer un dep¨®sito es un s¨¢bado, domingo o d¨ªa feriado oficial, puede hacer el dep¨®sito durante el pr¨®ximo d¨ªa laborable. Vea Puntualidad de los dep¨®sitos de las contribuciones federales, m¨¢s adelante.

?C¨®mo Calcula su Obligaci¨®n Contributiva FUTA para Cada Trimestre?

Usted adeuda la contribuci¨®n FUTA sobre los primeros $7,000 de salarios que le paga a cada empleado durante un a?o natural despu¨¦s de restar los pagos exentos de la contribuci¨®n FUTA. La tasa de la contribuci¨®n FUTA es 6.0% (0.060) para el a?o 2022. La mayor¨ªa de los patronos reciben un cr¨¦dito m¨¢ximo de hasta 5.4% (0.054) contra dicha contribuci¨®n FUTA. Cada trimestre, tiene que calcular qu¨¦ porci¨®n de los primeros $7,000 de los salarios anuales de cada empleado fue pagada por usted durante ese trimestre.

Determine su Obligaci¨®n Contributiva

Antes de que pueda calcular la cantidad de su dep¨®sito, calcule su obligaci¨®n contributiva FUTA para el trimestre. Para calcular su obligaci¨®n contributiva, sume los primeros $7,000 de los salarios anuales de cada uno de sus empleados que usted pag¨® durante el trimestre para salarios sujetos a la contribuci¨®n FUTA y multiplique la cantidad por 0.006.

Las tasas contributivas est¨¢n basadas en el cr¨¦dito m¨¢ximo que usted pueda tener contra sus contribuciones FUTA. Tiene derecho al cr¨¦dito m¨¢ximo si pag¨® la contribuci¨®n estatal para el desempleo en su totalidad para la fecha de vencimiento para radicar su Formulario 940-PR o si no estuvo obligado a pagar la contribuci¨®n estatal para el desempleo durante un a?o natural debido a su tasa de experiencia estatal.

Ejemplo.

Durante el primer trimestre, usted tuvo tres empleados: Mar¨ªa Gil, Jorge Torres y Juana Matos. Usted le pag¨® $11,000 a Mar¨ªa, $2,000 a Jorge y $4,000 a Juana. Ninguno de los pagos hechos estaban exentos de la contribuci¨®n FUTA.

Tabla .

Para determinar su obligaci¨®n para el primer trimestre, sume los primeros $7,000 de los salarios de cada uno de sus empleados sujetos a la contribuci¨®n FUTA:
  $7,000 Los salarios de Mar¨ªa sujetos a la contribuci¨®n FUTA
  2,000 Los salarios de Jorge sujetos a la contribuci¨®n FUTA
  + 4,000 Los salarios de Juana sujetos a la contribuci¨®n FUTA
  $13,000 Total de salarios sujetos a la contribuci¨®n FUTA para el primer trimestre
     
  $13,000 Total de salarios sujetos a la contribuci¨®n FUTA para el primer trimestre
  x 0.006 Tasa de la contribuci¨®n (basada en el cr¨¦dito
  _____ m¨¢ximo de 5.4%)
  $78 Total de su obligaci¨®n contributiva para el primer trimestre
     
En este ejemplo, no tiene que hacer un dep¨®sito porque su obligaci¨®n para el primer trimestre es de $500 o menos. Sin embargo, tiene que transferir esta obligaci¨®n al segundo trimestre.
 

Si alg¨²n salario sujeto a la contribuci¨®n FUTA no est¨¢ sujeto a la contribuci¨®n estatal para el desempleo, puede estar sujeto a la contribuci¨®n FUTA a la tasa m¨¢xima de 6.0%. Por ejemplo, en ciertos estados, los salarios pagados a los ejecutivos de una corporaci¨®n, ciertos pagos de compensaci¨®n por enfermedad hechos por sindicatos y ciertos beneficios marginales son excluidos de la contribuci¨®n estatal para el desempleo.

Ejemplo.

Mar¨ªa Gil y Jorge Torres son ejecutivos de una corporaci¨®n cuyos salarios son excluidos de la contribuci¨®n estatal para el desempleo en su estado. Los salarios de Juana Matos no se excluyen de la contribuci¨®n estatal para el desempleo. Durante el primer trimestre, usted le pag¨® $11,000 a Mar¨ªa, $2,000 a Jorge y $4,000 a Juana.

  $9,000 Total de salarios sujetos a la contribuci¨®n FUTA de Mar¨ªa y Jorge para el primer trimestre
  x 0.060 Tasa de la contribuci¨®n
  $540 Su obligaci¨®n contributiva total para el primer trimestre para Mar¨ªa y Jorge
     
  $4,000 Total de salarios sujetos a la contribuci¨®n estatal para el desempleo
  x 0.006 Tasa de la contribuci¨®n (basada en el cr¨¦dito
  _____ m¨¢ximo de 5.4%)
  $24 Su obligaci¨®n contributiva total para el primer trimestre para Juana
     
  $540 Su obligaci¨®n contributiva total para el primer trimestre para Mar¨ªa y Jorge
  + 24 Su obligaci¨®n contributiva total para el primer trimestre
  _____ para Juana
  $564 Su obligaci¨®n contributiva total para el primer trimestre para Mar¨ªa, Jorge y Juana
En este ejemplo, tiene que depositar los $564 a m¨¢s tardar el 30 de abril porque su obligaci¨®n contributiva para el primer trimestre es m¨¢s de $500.

?C¨®mo Tiene que Depositar su Contribuci¨®n FUTA?

Tiene que Depositar su Contribuci¨®n FUTA Usando la Transferencia Electr¨®nica de Fondos (EFT)

Usted tiene que utilizar la transferencia electr¨®nica de fondos (EFT, por sus siglas en ingl¨¦s) para depositar toda contribuci¨®n federal. Por lo general, una EFT se realiza mediante el Electronic Federal Tax Payment System (Sistema electr¨®nico de pagos de la contribuci¨®n federal o EFTPS, por sus siglas en ingl¨¦s). Si usted no desea utilizar el EFTPS, puede hacer arreglos para que su preparador profesional, instituci¨®n financiera, servicio de n¨®minas u otro tercero de confianza le haga los dep¨®sitos electr¨®nicamente de parte de usted. Tambi¨¦n puede hacer arreglos para que su instituci¨®n financiera inicie una transferencia electr¨®nica realizada el mismo d¨ªa de pago de parte de usted. El EFTPS es un servicio gratuito provisto por el Departamento del Tesoro. Podr¨ªa verse obligado a pagar un cargo por los servicios de un preparador profesional de contribuciones, instituci¨®n financiera, servicio de n¨®mina u otro tercero.

Para m¨¢s informaci¨®n sobre c¨®mo hacer dep¨®sitos de las contribuciones federales, vea la Publicaci¨®n 966 (SP). Para obtener informaci¨®n o para inscribirse en el EFTPS, acceda a , en ingl¨¦s, o llame a uno de los n¨²meros proporcionados bajo Los dep¨®sitos de la contribuci¨®n federal tienen que efectuarse por transferencia electr¨®nica de fondos (EFT), anteriormente. Los dep¨®sitos de la contribuci¨®n federal tienen que efectuarse por transferencia electr¨®nica de fondos (EFT), anteriormente.

Si tiene un negocio nuevo, el IRS de antemano le inscribir¨¢ autom¨¢ticamente en el EFTPS cuando solicite un n¨²mero de identificaci¨®n patronal (EIN, por sus siglas en ingl¨¦s). Siga las instrucciones de su paquete de EIN para activar su inscripci¨®n.

This is an Image: caution.gifPara que un dep¨®sito efectuado por medio del EFTPS se considere hecho a su debido tiempo, tiene que transmitir el dep¨®sito a m¨¢s tardar a las 8 p.m. horario del Este de los Estados Unidos el d¨ªa anterior a la fecha de vencimiento para efectuar el dep¨®sito.

Opci¨®n de pago el mismo d¨ªa por medio de una transferencia electr¨®nica.

Si no transmite una transacci¨®n de dep¨®sito en el EFTPS para las 8:00 p.m. horario del Este de los Estados Unidos el d¨ªa anterior a la fecha de vencimiento para efectuar un dep¨®sito, todav¨ªa puede efectuar a tiempo su dep¨®sito por medio del Federal Tax Collection Service (Servicio de recaudaci¨®n de la contribuci¨®n federal o FTCS, por sus siglas en ingl¨¦s) para efectuar un pago el mismo d¨ªa por medio de una transferencia electr¨®nica. Para utilizar el m¨¦todo de pago efectuado el mismo d¨ªa, tendr¨¢ que hacer los tr¨¢mites con su instituci¨®n financiera con anticipaci¨®n. Por favor, consulte con su instituci¨®n financiera con respecto a la disponibilidad, los plazos y el costo. Su instituci¨®n financiera puede cobrar un cargo por los pagos efectuados de esta manera. Para obtener m¨¢s detalles sobre la informaci¨®n que le necesita proveer a su instituci¨®n financiera para efectuar un pago electr¨®nico el mismo d¨ªa, acceda a IRS.gov/SameDayWire y pulse sobre Espa?ol.

Puntualidad de los dep¨®sitos de las contribuciones federales.

Si se requiere que efect¨²e un dep¨®sito en un d¨ªa que no es un d¨ªa laborable, se considera que dicho dep¨®sito se hace a tiempo si se hace para el cierre de operaciones comerciales del siguiente d¨ªa laborable. Un d¨ªa laborable es todo d¨ªa que no sea s¨¢bado, domingo o d¨ªa feriado oficial. El t¨¦rmino ¡°d¨ªa feriado oficial¡± para prop¨®sitos de efectuar los dep¨®sitos incluye s¨®lo los d¨ªas feriados oficiales en el Distrito de Columbia. Dichos d¨ªas feriados oficiales se indican en el apartado 11 de la Publicaci¨®n 179.

?C¨®mo Puede Evitar el Pago de Multas e Intereses?

Puede evitar el pago de multas e intereses si hace todo lo indicado a continuaci¨®n:

  • Deposita y paga su contribuci¨®n a su debido tiempo.

  • Radica su Formulario 940-PR debidamente completado y correcto dentro del plazo para su radicaci¨®n.

  • Adjunta el Anexo R (Formulario 940), en ingl¨¦s, de ser requerido.

  • Asegura que sus pagos de contribuci¨®n sean honrados por su instituci¨®n financiera.

Se cobran multas e intereses sobre las contribuciones pagadas fuera de plazo y sobre las planillas radicadas fuera de plazo a una tasa fijada conforme a la ley. Vea los apartados 11 y 12 de la Publicaci¨®n 179 para m¨¢s detalles.

Use el Formulario 843, en ingl¨¦s, para solicitar una reducci¨®n de las multas e intereses que le han sido tasados. No solicite la reducci¨®n de multas ni intereses que le han sido tasados en el Formulario 940-PR.

Si recibe una notificaci¨®n de multas despu¨¦s de que haya radicado su planilla, responda a la notificaci¨®n con una explicaci¨®n y determinaremos si cumple el criterio de lo que se considera ser causas razonables. No adjunte una explicaci¨®n al radicar su Formulario 940-PR.

?Puede Enmendar una Planilla?

Use un Formulario 940-PR de 2022 para enmendar una planilla que hab¨ªa radicado anteriormente para 2022. Si desea enmendar una planilla de un a?o anterior, use la versi¨®n del Formulario 940-PR para tal a?o.

Siga los pasos a continuaci¨®n para enmendar su planilla:

  • Use una planilla impresa en papel para enmendar un Formulario 940-PR radicado de acuerdo con un programa de radicaci¨®n electr¨®nica.

  • Marque el recuadro a (¡°Enmendada¡±) en la parte superior derecha de la p¨¢gina 1 del Formulario 940-PR.

  • Complete todas las cantidades que debieron haberse incluido en la planilla original.

  • Firme la planilla.

  • Adjunte una explicaci¨®n de por qu¨¦ desea enmendar su planilla. Por ejemplo, inf¨®rmenos si desea radicar para reclamar un cr¨¦dito por la contribuci¨®n pagada a su fondo estatal para el desempleo despu¨¦s de la fecha de vencimiento para radicar el Formulario 940-PR.

  • Radique la planilla enmendada utilizando la direcci¨®n a la que se env¨ªan las planillas Sin un pago (aun si est¨¢ incluyendo un pago) bajo ?Ad¨®nde Debe Enviar la Planilla?, anteriormente.

  • Si radica una declaraci¨®n enmendada para un Formulario 940-PR agregado, aseg¨²rese de adjuntar el Anexo R (Formulario 940), en ingl¨¦s. Complete el Anexo R (Formulario 940) s¨®lo para patronos que tienen ajustes en el Formulario 940-PR enmendado.

C¨®mo Completar su Formulario 940-PR

Siga las Pautas Siguientes para Completar Correctamente el Formulario

Anote sus partidas en el Formulario 940-PR siguiendo las pautas a continuaci¨®n para permitirnos leer y tramitar su planilla con exactitud:

  • Aseg¨²rese de incluir su nombre comercial y el EIN en cada p¨¢gina del formulario y todo anexo pertinente.

  • Si escribe a maquinilla o usa una computadora para completar su planilla, use letra de imprenta de fuente Courier de 12 puntos (si es posible) para cada anotaci¨®n. Formularios en formato de documento port¨¢til (PDF, por sus siglas en ingl¨¦s) en IRS.gov tienen campos editables con especificaciones de fuentes aceptables.

  • Omita el signo de d¨®lares y puntos decimales. El uso de comas es opcional. Anote las cantidades en d¨®lares a la izquierda del punto decimal que est¨¢ impreso y los centavos a la derecha del punto.

  • Puede elegir redondear las cifras a d¨®lares enteros, en lugar de declarar los centavos en su planilla. Si de hecho decide redondear a d¨®lares completos (enteros), tendr¨¢ que redondear todas las cantidades. Si la cifra es de $0.49 o menos, elimine los centavos y no sume nada a la porci¨®n de la cantidad en d¨®lares. Si la cifra es entre $0.50 y $0.99, aum¨¦ntela al siguiente d¨®lar entero y elimine los centavos. Por ejemplo, $1.49 ser¨ªa $1.00 y $2.50 ser¨ªa $3.00. Si usa dos o m¨¢s cifras para calcular la cantidad por anotar en una ±ô¨ª²Ô±ð²¹ de su planilla, incluya los centavos cuando sume las cantidades y redondee s¨®lo el resultado.

  • Deje en blanco todo espacio para anotar datos que tengan un valor de cero.

N¨²mero de Identificaci¨®n Patronal (EIN), Nombre, Nombre Comercial y Direcci¨®n

Anote la Informaci¨®n sobre su Negocio en la Parte Superior de la Planilla

Anote su EIN, nombre y direcci¨®n en los espacios provistos. Tiene que anotar su nombre y el EIN aqu¨ª y tambi¨¦n en la parte superior de la segunda p¨¢gina. Anote el nombre legal que utiliz¨® al solicitar su EIN en el Formulario SS-4PR. Por ejemplo, si es due?o ¨²nico de su negocio, anotar¨¢ ¡°Roberto Herrera¡± en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ que dice ¡°Nombre¡± (el nombre legal del negocio, no el nombre comercial) y ¡°Bicicletas Roberto¡± donde dice ¡°Nombre comercial¡±. Deje en blanco la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ ¡°Nombre comercial¡± si este nombre es igual al ¡°Nombre¡± legal del negocio.

Si le paga a un preparador de contribuciones profesional para que ¨¦ste le llene el Formulario 940-PR, aseg¨²rese que dicha persona use el nombre y el EIN del negocio de usted exactamente como apareci¨® cuando usted solicit¨® su EIN.

N¨²mero de identificaci¨®n patronal (EIN).

Para asegurar que los negocios cumplan con las leyes federales contributivas, el IRS se ocupa de controlar la radicaci¨®n de planillas y los pagos de las contribuciones mediante el uso de un sistema de n¨²meros para identificar a los contribuyentes. El EIN es un n¨²mero singular que consta de nueve d¨ªgitos que el IRS les expide a todas las sociedades an¨®nimas, sociedades colectivas y a algunas empresas de un solo due?o. Todo negocio que necesita obtener un EIN tiene que solicitar este n¨²mero y anotarlo en toda planilla, pago o informe de contribuci¨®n mientras siga en operaci¨®n.

Su negocio deber¨¢ tener solamente un EIN. Si tiene m¨¢s de un n¨²mero y no est¨¢ seguro del n¨²mero que debe usar, escriba a la oficina del IRS en donde usted radica sus planillas (utilizando la direcci¨®n Sin un pago bajo ?Ad¨®nde Debe Enviar la Planilla?, anteriormente) o llame al 800-829-4933 (llamada libre de cargos).

Si no tiene un EIN, puede solicitar uno en ±ô¨ª²Ô±ð²¹. Acceda a IRS.gov/EIN y pulse sobre Espa?ol. La solicitud por Internet s¨®lo est¨¢ disponible en ingl¨¦s. Tambi¨¦n puede solicitar un EIN enviando el Formulario SS-4PR al IRS por fax o por correo. Si no ha recibido su EIN para la fecha de vencimiento para radicar el Formulario 940-PR, anote ¡°Applied For¡± (Solicitado) y la fecha de su solicitud en el espacio correspondiente al EIN.

This is an Image: caution.gifSi usted radica su planilla por medios electr¨®nicos, se requiere tener un EIN v¨¢lido en el momento en que se radica la planilla. Si no provee un EIN v¨¢lido, la planilla no ser¨¢ tramitada. Esta acci¨®n puede resultar en multas.

This is an Image: taxtip.gifAseg¨²rese siempre que el EIN que aparece en el formulario que radica sea exactamente igual al EIN que el IRS le asign¨® a su negocio. No use su n¨²mero de Seguro Social (SSN, por sus siglas en ingl¨¦s) ni su n¨²mero de identificaci¨®n personal del contribuyente del IRS (ITIN, por sus siglas en ingl¨¦s) en ning¨²n formulario que pida un EIN. La radicaci¨®n de un Formulario 940-PR con un EIN incorrecto o el uso de un EIN que pertenece a otro negocio puede resultar en multas y demoras en la tramitaci¨®n de su planilla.

Notif¨ªquenos si Cambia el Nombre Legal de su Negocio, la Direcci¨®n de su Negocio o la Parte Responsable

Notif¨ªquele al IRS inmediatamente si cambia el nombre legal de su negocio, la direcci¨®n de su negocio o la parte responsable.

Cambio de nombre.

Escriba a la oficina del IRS en donde usted radic¨® su planilla (utilizando la direcci¨®n Sin un pago bajo ?Ad¨®nde Debe Enviar la Planilla?, anteriormente) para notificarle al IRS sobre todo cambio en el nombre. Vea la Publicaci¨®n 1635, en ingl¨¦s, para saber si tambi¨¦n necesita solicitar un EIN nuevo.

Cambio de direcci¨®n o parte responsable.

Complete y env¨ªe por correo el Formulario 8822-B, en ingl¨¦s, para notificarle al IRS sobre un cambio en la direcci¨®n o parte responsable. No env¨ªe su Formulario 8822-B junto con su Formulario 940-PR. Si desea ver la definici¨®n de ¡°parte responsable¡±, vea las Instrucciones para el Formulario SS-4PR.

Clase de Planilla

Repase el encasillado que est¨¢ en la parte superior derecha del formulario. Si cualquiera de las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s le corresponde a usted, marque el recuadro apropiado para decirnos la clase de planilla que est¨¢ radicando. Puede marcar m¨¢s de un recuadro.

Enmendada.

Si ¨¦sta es una planilla enmendada que radica para corregir una planilla que radic¨® anteriormente, marque el recuadro a.

Patrono sucesor.

Marque el recuadro b si es un patrono sucesor y:

  • Est¨¢ declarando salarios pagados antes de que usted adquiriera el negocio por un patrono anterior a quien se le obligaba radicar el Formulario 940-PR porque el patrono anterior era un patrono para prop¨®sitos de la contribuci¨®n FUTA o

  • Est¨¢ reclamando un cr¨¦dito especial por la contribuci¨®n estatal de desempleo pagada antes de que usted adquiriera el negocio por un patrono anterior a quien no se le obligaba radicar el Formulario 940-PR porque el patrono anterior no era un patrono para prop¨®sitos de la contribuci¨®n FUTA.

Un patrono sucesor es un patrono que:

  • Adquiere casi toda la propiedad usada en un oficio, profesi¨®n o negocio de otra persona (un patrono anterior) o usada en una unidad separada de un oficio o negocio de un patrono anterior; y

  • Emplea inmediatamente despu¨¦s de la adquisici¨®n a uno o m¨¢s empleados que fueron empleados del patrono anterior.

Ning¨²n pago hecho a los empleados en 2022.

Si no adeuda la contribuci¨®n FUTA para 2022 porque no hizo ning¨²n pago a sus empleados en 2022, marque el recuadro c. Luego, vaya directamente a la Parte 7, firme la planilla y rad¨ªquela ante el IRS.

Final: Se cerr¨® el negocio o dej¨® de pagar salarios.

Si ¨¦sta es su planilla final porque cerr¨® su negocio o dej¨® de pagar salarios y no tendr¨¢ la obligaci¨®n de radicar un Formulario 940-PR en el futuro, marque el recuadro d. Complete todas las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s que le correspondan de la planilla, f¨ªrmela en la Parte 7 y rad¨ªquela ante el IRS. Tambi¨¦n adjunte a su planilla una declaraci¨®n por escrito que indique el nombre de la persona que va a conservar los registros (archivos) de la n¨®mina y la direcci¨®n del lugar en donde ser¨¢n guardados.

Entidades no consideradas como separadas de sus due?os.

A las entidades no consideradas como separadas de sus due?os se les requiere radicar el Formulario 940-PR usando su nombre y su EIN, no el nombre ni el EIN del propietario. Una entidad que tiene un solo due?o y no es considerada como separada de su due?o para prop¨®sitos de las contribuciones federales sobre los ingresos es tratada como entidad separada de su due?o para prop¨®sitos de pagar y declarar las contribuciones federales sobre la n¨®mina. Si actualmente la entidad no tiene un EIN, tiene que solicitar uno por medio de uno de los m¨¦todos explicados bajo N¨²mero de identificaci¨®n patronal (EIN), anteriormente. Las entidades no consideradas como separadas de sus due?os que tienen un solo due?o incluyen compa?¨ªas de responsabilidad limitada (LLC, por sus siglas en ingl¨¦s) que no han optado por pagar contribuciones como si fueran una corporaci¨®n para prop¨®sitos de las contribuciones federales sobre los ingresos, compa?¨ªas subsidiarias calificadas conforme al subcap¨ªtulo S y algunas entidades extranjeras que no se tratan como entidades separadas de sus due?os para efectos de las contribuciones federales estadounidenses sobre los ingresos. Aunque a las entidades no separadas de sus due?os se les trata como entidad separada de su due?o para prop¨®sitos de las contribuciones sobre la n¨®mina, ¨¦stas no est¨¢n sujetas a la contribuci¨®n FUTA si la entidad es propiedad de una organizaci¨®n exenta de contribuciones conforme a la secci¨®n 501(c)(3) y no est¨¢ obligada a radicar el Formulario 940-PR. Para m¨¢s informaci¨®n, consulte el tema titulado Entidades no consideradas como separadas de sus due?os y compa?¨ªas subsidiarias calificadas conforme al subcap¨ªtulo S (QSubs) en la secci¨®n titulada ±õ²Ô³Ù°ù´Ç»å³Ü³¦³¦¾±¨®²Ô de la Publicaci¨®n 179.

Instrucciones Espec¨ªficas

Parte 1: Inf¨®rmenos sobre su Planilla

1. Si Tuvo que Pagar la Contribuci¨®n Estatal para el Desempleo...

This is an Image: caution.gifUsted tiene que completar la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 1a o la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 1b aunque no haya tenido que pagar ninguna contribuci¨®n para el desempleo estatal porque su tasa de contribuci¨®n estatal para el desempleo fue cero. Puede dejar las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 1a y 1b en blanco s¨®lo si todos los salarios pagados a todos sus empleados en todos los estados fueron excluidos de la contribuci¨®n estatal para el desempleo. Si deja las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 1a y 1b en blanco y la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 7 es mayor que cero, usted tiene que completar la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 9 porque todos los salarios sujetos a la contribuci¨®n FUTA que usted pag¨® fueron excluidos de la contribuci¨®n estatal para el desempleo.

Identifique el (los) estado(s) donde tuvo que pagar la contribuci¨®n estatal para el desempleo.

1a. ?nicamente en Puerto Rico.

Si estuvo obligado a pagar la contribuci¨®n estatal para el desempleo ¨²²Ô¾±³¦²¹³¾±ð²Ô³Ù±ð en Puerto Rico, anote ¡°PR¡± en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 1a. Para una lista de las abreviaciones de cada estado, vea las instrucciones del Anexo A (Formulario 940-PR) o visite el sitio web del Servicio Postal de los EE. UU. en .

1b. En m¨¢s de un estado (usted es patrono en m¨²ltiples estados).

Marque el recuadro en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 1b. Luego, complete el Anexo A (Formulario 940-PR) y adj¨²ntelo a su Formulario 940-PR.

2. Si Pag¨® Salarios en un Estado Sujeto a la Reducci¨®n en el Cr¨¦dito

Un estado que no ha reintegrado dinero que pidi¨® prestado al gobierno federal a fin de pagar beneficios para el desempleo se denomina un ¡°estado con reducci¨®n en el cr¨¦dito¡±. El Departamento del Trabajo de los EE. UU. determina cu¨¢les estados se clasifican como estados con reducci¨®n en el cr¨¦dito.

Si pag¨® salarios que est¨¢n sujetos a las leyes de la contribuci¨®n para el desempleo de un estado clasificado como estado con reducci¨®n en el cr¨¦dito, usted quiz¨¢s tenga que pagar una contribuci¨®n FUTA mayor al radicar su Formulario 940-PR.

Para el a?o contributivo 2022, hay estados con reducci¨®n en el cr¨¦dito. Si pag¨® salarios sujetos a las leyes de la contribuci¨®n para el desempleo en estos estados, marque el recuadro en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2 y complete el Anexo A (Formulario 940-PR). Vea las instrucciones para la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 9, m¨¢s adelante, antes de completar el Anexo A (Formulario 940-PR).

Parte 2: Determine su Contribuci¨®n FUTA sin Considerar Ajustes

Si no le corresponde ninguna ±ô¨ª²Ô±ð²¹ en la Parte 2, d¨¦jela en blanco.

3. Total de Pagos Hechos a Todos sus Empleados

Declare en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 3 el total de los pagos hechos durante el a?o natural. Incluya los pagos por servicios prestados por todos sus empleados aun cuando dichos pagos no est¨¦n sujetos a la contribuci¨®n FUTA. Su m¨¦todo de pago no determina si los pagos constituyen salarios. Pudo haber hecho los pagos por hora, d¨ªa, semana, mes o por a?o. Pudo haber hecho los pagos a destajo o como un porcentaje de las ganancias netas del negocio. Incluya lo siguiente:

  • Remuneraciones, tales como las siguientes:

    ¡ª Sueldos, salarios, comisiones, honorarios, bonificaciones, pagos de vacaciones y cantidades que haya pagado a sus empleados a jornada completa, parcial o temporal.

  • Beneficios marginales, tales como los siguientes:

    ¡ª Compensaci¨®n por enfermedad (incluyendo compensaci¨®n por enfermedad pagada por un tercero, si la obligaci¨®n se traspasa al patrono). Para m¨¢s detalles sobre la compensaci¨®n por enfermedad, vea la Publicaci¨®n 15-A, Employer¡¯s Supplemental Tax Guide (Gu¨ªa contributiva suplementaria para patronos), en ingl¨¦s.

    ¡ª El valor de mercanc¨ªas, alojamiento, alimentos, ropa y otros beneficios marginales no en efectivo.

    ¡ª Beneficios de un plan ¡°cafeter¨ªa¡± conforme a la secci¨®n 125.

  • Retiro/Pensiones, tales como los siguientes:

    ¡ª Aportaciones a un plan 401(k) hechas por patronos, pagos a una cuenta Archer MSA, pagos hechos de acuerdo con un programa de ayuda para adopciones y aportaciones a una cuenta de retiro de un plan SIMPLE (incluyendo aportaciones electivas que reducen el salario).

    ¡ª Cantidades diferidas de acuerdo con un plan no calificado de remuneraciones diferidas.

  • Otros pagos, tales como los siguientes:

    ¡ª Propinas de $20 o m¨¢s en un mes que han sido informadas por sus empleados a usted.

    ¡ª Pagos hechos por un patrono anterior a los empleados de un negocio que usted adquiri¨®.

    ¡ª Pagos hechos a individuos que no son sus empleados pero que se consideran como tales por el negociado de la contribuci¨®n estatal para el desempleo.

This is an Image: caution.gifLos salarios pueden estar sujetos a la contribuci¨®n FUTA aunque est¨¦n excluidos de la contribuci¨®n estatal para el desempleo.

Para m¨¢s informaci¨®n sobre los salarios y otras clases de compensaci¨®n, vea el apartado 5 de la Publicaci¨®n 179, en espa?ol.

Tabla . Ejemplo:

Usted tuvo tres empleados. Le pag¨® $44,000 a Juana Rosa, $8,000 a Sara Azul y $16,000 a Juan Verde.

  $44,000 Cantidad pagada a Juana
  8,000 Cantidad pagada a Sara
  + 16,000 Cantidad pagada a Juan
  $68,000 Total pagado a todos sus empleados. Anotar¨ªa esta cantidad en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 3.
 

4. Pagos Exentos de la Contribuci¨®n FUTA

Si anota una cantidad en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 4, marque el (los) recuadro(s) apropiado(s) en las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 4a a 4e para indicar las clases de pagos exentos de la contribuci¨®n FUTA. Usted s¨®lo informa una cantidad como exenta de la contribuci¨®n FUTA en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 4 si incluy¨® el pago en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 3.

Algunos pagos est¨¢n exentos de la contribuci¨®n FUTA porque dichos pagos no se incluyen en la definici¨®n de salarios o los servicios prestados no se incluyen en la definici¨®n de empleo. En los pagos exentos de la contribuci¨®n FUTA se puede incluir lo siguiente:

  • Beneficios marginales, tales como los siguientes:

    ¡ª El valor de ciertos alimentos y alojamiento.

    ¡ª Aportaciones a planes para accidentes o de salud para sus empleados, incluyendo ciertos pagos hechos por patronos a una Health Savings Account (Cuenta de ahorros para gastos m¨¦dicos) o a una Archer MSA (Cuenta de ahorros m¨¦dicos Archer).

    ¡ª Pagos por beneficios de un plan ¡°cafeter¨ªa¡± excluidos conforme a la secci¨®n 125.

  • Seguro de vida colectivo a t¨¦rmino fijo.

    Para informaci¨®n sobre el seguro de vida colectivo a t¨¦rmino fijo y otros pagos por beneficios marginales que pueden estar exentos de la contribuci¨®n FUTA, vea la Publicaci¨®n 15-B, en ingl¨¦s.

  • ¸é±ð³Ù¾±°ù´Ç/±Ê±ð²Ô²õ¾±¨®²Ô, tales como aportaciones por patronos a un plan calificado, incluyendo a una cuenta de retiro de un plan SIMPLE (que no sean aportaciones electivas que reducen el salario) y un plan 401(k).

  • Cuidado para dependientes, tales como pagos (de hasta $5,000 por cada empleado o hasta $2,500 en el caso de una planilla radicada por una persona casada que radica por separado) por el cuidado de una persona calificada si el cuidado provisto permite que sus empleados trabajen y este cuidado ser¨ªa excluible del ingreso por sus empleados conforme a la secci¨®n 129.

  • Otros pagos, tales como los siguientes:

    ¡ª Todo pago que no sea en efectivo y ciertos pagos en efectivo por labor agr¨ªcola y todos los pagos hechos a los trabajadores con visa ¡°H-2A¡±. Vea Para los Patronos de Empleados Agr¨ªcolas, anteriormente, o la Publicaci¨®n 51, en ingl¨¦s.

    ¡ª Pagos hechos de acuerdo con una ley de compensaci¨®n obrera debido a una lesi¨®n sufrida en el trabajo o enfermedad ocupacional. Vea el apartado 6 de la Publicaci¨®n 15-A, en ingl¨¦s.

    ¡ª Pagos por servicios dom¨¦sticos, si usted no pag¨® salarios en efectivo de $1,000 o m¨¢s (para todos sus empleados dom¨¦sticos) en cualquier trimestre natural en 2021 o 2022, o si usted radic¨® el Anexo H-PR (Formulario 1040-PR). Vea Para los Patronos de Empleados Dom¨¦sticos, anteriormente, o la Publicaci¨®n 926, en ingl¨¦s.

    ¡ª Pagos por servicios prestados para usted por su padre o madre, c¨®nyuge o hijo menor de 21 a?os. Vea el apartado 3 de la Publicaci¨®n 15, en ingl¨¦s.

    ¡ª Pagos por ciertas actividades pesqueras. Vea el apartado 15 de la Publicaci¨®n 179, en espa?ol. Tambi¨¦n vea la Publicaci¨®n 334(SP), Gu¨ªa Tributaria para Peque?os Negocios, en espa?ol.

    ¡ª Pagos hechos a ciertos empleados estatutarios. Vea el apartado 2 de la Publicaci¨®n 179.

    ¡ª Pagos hechos a individuos que no son sus empleados pero que se consideran como tales por el negociado de la contribuci¨®n estatal para el desempleo.

Vea la secci¨®n 3306 y su reglamentaci¨®n pertinente para m¨¢s informaci¨®n sobre las aportaciones a planes de retiro, pagos de cuidado de dependientes y otros pagos relativos a la contribuci¨®n FUTA.

Para m¨¢s informaci¨®n sobre los pagos exentos de la contribuci¨®n FUTA, vea el apartado 15 de la Publicaci¨®n 15, en ingl¨¦s. Vea tambi¨¦n el apartado 15 de la Publicaci¨®n 179.

Tabla . Ejemplo:

Usted tuvo tres empleados. Pag¨® $44,000 a Juana Rosa, incluyendo $2,000 por concepto de beneficios del seguro de salud. Pag¨® $8,000 a Sara Azul, incluyendo $500 por concepto de beneficios de retiro. Pag¨® $16,000 a Juan Verde, incluyendo $2,000 por concepto de beneficios del seguro de salud y beneficios de retiro.
  $2,000 Beneficios del seguro de salud para Juana
  500 Beneficios de retiro para Sara
  + 2,000 Beneficios del seguro de salud y
  _____ beneficios de retiro para Juan
  $4,500 Total de los pagos exentos de la contribuci¨®n FUTA. Usted anotar¨ªa esta cantidad en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 4 y marcar¨ªa los recuadros 4a y 4c.
 

5. Total de Pagos Hechos a Cada Empleado en Exceso de $7,000

S¨®lo los primeros $7,000 de remuneraciones que paga a cada empleado durante un a?o natural despu¨¦s de restar todo pago exento de la contribuci¨®n FUTA est¨¢n sujetos a la contribuci¨®n FUTA. Estos $7,000 constituyen la base salarial para la contribuci¨®nFUTA.

Anote en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5 el total de los pagos en exceso de la base salarial FUTA que le pag¨® a cada empleado durante el a?o 2022 despu¨¦s de restar todo pago exento de la contribuci¨®n FUTA que aparece en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 4.

Tabla . Continuamos con el Ejemplo:

Usted tuvo tres empleados. Pag¨® $44,000 a Juana Rosa, $8,000 a Sara Azul y $16,000 a Juan Verde, incluyendo un total de $4,500 a los tres empleados en total por concepto de pagos exentos de la contribuci¨®n FUTA. Para determinar el total de los pagos hechos a cada empleado que exceden la base salarial para la contribuci¨®n FUTA, los pagos exentos de la contribuci¨®n FUTA y la base salarial FUTA tienen que ser restados del total de los pagos hechos. Se indican tales cantidades en par¨¦ntesis.
Empleados Juana Sara Juan
Total de los pagos hechos a los empleados $44,000 $8,000 $16,000
Pagos exentos de la contribuci¨®n FUTA (2,000) (500) (2,000)
Base salarial para la contribuci¨®n FUTA (7,000) (7,000) (7,000)
      $35,000 $500 $7,000
Total de los pagos en exceso de la base salarial FUTA hechos a cada empleado. Usted anotar¨ªa esta cantidad en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5. $42,500
 

Si es un patrono sucesor...

Cuando calcula los pagos hechos a cada empleado en exceso de la base salarial FUTA, puede incluir los pagos que el patrono anterior hizo a los empleados que siguen trabajando para usted ¨²²Ô¾±³¦²¹³¾±ð²Ô³Ù±ð si el patrono anterior era un patrono para prop¨®sitos de la contribuci¨®n FUTA y, por lo tanto, dicho patrono anterior estaba obligado a radicar el Formulario 940-PR.

Tabla . Ejemplo para Patronos Sucesores:

Durante el a?o natural, el patrono anterior pag¨® $5,000 a Susana Rojo. Usted adquiri¨® el negocio del patrono anterior. Despu¨¦s de adquirir el negocio, usted emple¨® a Susana y le pag¨® $3,000 adicionales en salarios. Ninguno de los pagos hechos a Susana estuvo exento de la contribuci¨®n FUTA.
  $5,000 Salarios pagados por el patrono anterior
  + 3,000 Salarios pagados por usted
  $8,000 Total de los pagos hechos a Susana. Usted anotar¨ªa esta cantidad en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 3.
     
     
  $8,000 Total de los pagos hechos a Susana
  ¨C 7,000 Base salarial para la contribuci¨®n FUTA
  $1,000 Pagos hechos a Susana en exceso de la base salarial FUTA
     
     
  $1,000 Pagos hechos a Susana en exceso de la base salarial FUTA
  + 5,000 Salarios sujetos a la contribuci¨®n FUTA pagados por el
  _____ patrono anterior
  $6,000 Usted incluir¨ªa esta cantidad en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5.
 

6. Subtotal

Para calcular su subtotal, sume las cantidades de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 4 y de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5 y anote el resultado en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 6.

    ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 4  
    + ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5  
    ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 6  

7. Total de Salarios Sujetos a la Contribuci¨®n FUTA

Para calcular el total de sus salarios sujetos a la contribuci¨®n FUTA, reste la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 6 de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 3 y anote el resultado en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 7.

    ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 3  
    ? ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 6  
    ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 7  

8. Total de la Contribuci¨®n FUTA antes de Considerar los Ajustes

Para calcular el total de su contribuci¨®n FUTA antes de considerar los ajustes, multiplique la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 7 por
0.006 y anote el resultado en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 8.

    ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 7  
    x 0.006  
    ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 8  

Parte 3: Determine sus Ajustes

Si cualquier ±ô¨ª²Ô±ð²¹ de la Parte 3 no le corresponde, d¨¦jela en blanco.

9. Si el TOTAL de los Salarios Sujetos a la Contribuci¨®n FUTA que Pag¨® Fue Excluido de la Contribuci¨®n Estatal para el Desempleo...

This is an Image: caution.gifLa ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 9 no aplica a los salarios sujetos a la contribuci¨®n FUTA sobre los cuales usted no pag¨® contribuci¨®n estatal para el desempleo s¨®lo porque el estado le asign¨® una tasa de 0%.

Si el total de los salarios sujetos a la contribuci¨®n FUTA que pag¨® fue excluido de la contribuci¨®n estatal para el desempleo, multiplique la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 7 por 0.054 y anote el resultado en la
±ô¨ª²Ô±ð²¹ 9.

    ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 7  
    x 0.054  
    ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 9  

Si no se le requiri¨® pagar la contribuci¨®n estatal para el desempleo porque todos los salarios que pag¨® fueron excluidos de la contribuci¨®n estatal para el desempleo, tiene que pagar la contribuci¨®n FUTA a la tasa de 6.0% (0.060). Por ejemplo, si la ley estatal de la contribuci¨®n para el desempleo excluye de la contribuci¨®n los salarios pagados a los ejecutivos corporativos o a los empleados que tienen ciertas ocupaciones espec¨ªficas y los ¨²nicos salarios que pag¨® fueron hechos a ejecutivos de la corporaci¨®n o a empleados que tienen tales ocupaciones, tiene que pagar la contribuci¨®n FUTA a la tasa m¨¢xima de 6.0% (0.060). Cuando usted calcul¨® la contribuci¨®n FUTA antes de considerar los ajustes de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 8, bas¨® el c¨¢lculo en el cr¨¦dito m¨¢ximo permitido (5.4%) de los pagos de la contribuci¨®n estatal para el desempleo. Debido a que no pag¨® ninguna contribuci¨®n estatal para el desempleo, no tiene un cr¨¦dito y entonces tiene que calcular este ajuste.

Si la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 9 le corresponde a usted, entonces las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 10 y 11 no le corresponden.

Por lo tanto, deje en blanco las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 10 y 11. No complete la hoja de trabajo en las Instrucciones para el Formulario 940, en ingl¨¦s. Complete el Anexo A (Formulario 940-PR) s¨®lo si usted es un patrono en m¨²ltiples estados.

10. Si ALGUNOS Salarios Sujetos a la Contribuci¨®n FUTA que Pag¨® Fueron Excluidos de la Contribuci¨®n Estatal para el Desempleo, o si Pag¨® Tarde ALGUNA PORCI?N de la Contribuci¨®n Estatal para el Desempleo...

Tiene que completar la hoja de trabajo en las Instrucciones para el Formulario 940, en ingl¨¦s, si:

  • Algunos salarios sujetos a la contribuci¨®n FUTA que usted pag¨® fueron excluidos de la contribuci¨®n estatal para el desempleo o

  • Pag¨® tarde un pago de la contribuci¨®n estatal para el desempleo.

La hoja de trabajo le llevar¨¢, paso por paso, por el proceso de c¨®mo se calcula su cr¨¦dito. En las Instrucciones para el Formulario 940, en ingl¨¦s, encontrar¨¢ un ejemplo que ilustra c¨®mo se usa la hoja de trabajo. No complete la hoja de trabajo si la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 9 le corresponde a usted (vea las instrucciones para la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 9, anteriormente).

Antes de completar la hoja de trabajo, necesitar¨¢ juntar la siguiente informaci¨®n:

  • Los salarios sujetos a la contribuci¨®n FUTA (de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 7 de su Formulario 940-PR).

  • Los salarios sujetos a la contribuci¨®n estatal (o sea, de Puerto Rico) para el desempleo (la base salarial de Puerto Rico y la federal pueden diferir).

  • Las tasas de experiencia asignadas a usted por los estados donde pag¨® salarios.

  • La cantidad de las contribuciones estatales para el desempleo pagadas a su debido tiempo (es decir, pag¨® las contribuciones estatales para el desempleo a m¨¢s tardar en la fecha de vencimiento para radicar el Formulario 940-PR).

  • La cantidad de las contribuciones estatales para el desempleo pagadas fuera de plazo (es decir, pag¨® las contribuciones estatales para el desempleo despu¨¦s de la fecha de vencimiento para radicar el Formulario 940-PR).

This is an Image: caution.gifNo incluya multas, intereses ni contribuciones para el desempleo deducidas de la paga de sus empleados en la cantidad de las contribuciones estatales para el desempleo. Tampoco incluya en las contribuciones estatales para el desempleo ninguna contribuci¨®n administrativa especial o contribuciones voluntarias que usted haya hecho para obtener una tasa de experiencia asignada m¨¢s baja ni recargos, contribuciones sobre art¨ªculos de uso y consumo o contribuciones sobre la n¨®mina o sobre la formaci¨®n (training taxes). (Dichas partidas suelen aparecer como partidas por separado en el informe estatal sobre los salarios pagados trimestralmente).

Para completar la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 3 de la hoja de trabajo:

  • Si las tasas de experiencia asignadas a usted fueron menos de 5.4% para cualquier parte del a?o natural, tiene que anotar cada tasa de experiencia asignada por separado en la hoja de trabajo.

  • Si se le asignaron seis o m¨¢s tasas de experiencia que fueron menos de 5.4% para cualquier parte del a?o natural, tiene que usar otra hoja de trabajo para calcular los cr¨¦ditos adicionales. Luego, incluya dichos cr¨¦ditos adicionales en el total para la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 3.

Una vez completada la hoja de trabajo, anote la cantidad de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 7 de la hoja de trabajo en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 10 del Formulario 940-PR. No adjunte la hoja de trabajo a su Formulario 940-PR. Cons¨¦rvela en sus archivos.

11. Si Corresponde la Reducci¨®n en el Cr¨¦dito...

Si pag¨® salarios sujetos a la contribuci¨®n FUTA que tambi¨¦n estaban sujetos a las contribuciones estatales sobre el desempleo en cualquier estado sujeto a la reducci¨®n en el cr¨¦dito, anote la cantidad total del Anexo A (Formulario 940-PR) en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 11 del Formulario 940-PR. Sin embargo, si anot¨® una cantidad en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 9 porque todos los salarios sujetos a la contribuci¨®n FUTA que usted pag¨® fueron excluidos de la contribuci¨®n estatal para el desempleo, omita la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 11 y pase a la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12.

Parte 4: Determine su Contribuci¨®n FUTA y Saldo Adeudado o Cantidad Pagada en Exceso

Si no le corresponde una ±ô¨ª²Ô±ð²¹ de la Parte 4, d¨¦jela en blanco.

12. Total de su Contribuci¨®n FUTA despu¨¦s de Considerar los Ajustes

Sume las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 8, 9, 10 y 11 y anote el resultado en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12.

    ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 8  
    ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 9  
    ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 10  
    + ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 11  
    ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12  

This is an Image: caution.gifSi la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 9 es mayor que cero, las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 10 y 11 tienen que ser cero porque no le corresponden.

13. Contribuci¨®n FUTA Depositada para el A?o

Anote aqu¨ª la cantidad de la contribuci¨®n FUTA que deposit¨® para el a?o, incluyendo toda contribuci¨®n pagada en exceso que aplic¨® de un a?o anterior.

14. Saldo Adeudado

Si la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 13 es menor que la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12, anote la diferencia en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 14.

    ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12  
    ? ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 13  
    ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 14  

Si la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 14 es:

  • M¨¢s de $500, tiene que depositar su contribuci¨®n. Vea ?Cu¨¢ndo Tiene que Depositar su Contribuci¨®n FUTA?, anteriormente.

  • De $500 o menos, puede optar por depositar su contribuci¨®n, pagar su contribuci¨®n con una tarjeta de cr¨¦dito o tarjeta de d¨¦bito, pagar su contribuci¨®n por EFW si radica electr¨®nicamente o pagar su contribuci¨®n con un cheque o giro al radicar su planilla. Para m¨¢s informaci¨®n sobre las opciones de pago por medios electr¨®nicos, acceda a IRS.gov/Pagos.

  • Menos de $1, no tiene que pagarla.

This is an Image: caution.gifSi no hace dep¨®sitos como se le requiere y, en su lugar, paga todo saldo adeudado con el Formulario 940-PR, puede estar sujeto a una multa.

Si paga mediante EFT, tarjeta de cr¨¦dito o tarjeta de d¨¦bito, radique su planilla usando la direcci¨®n donde se radican las planillas enviadas Sin un pago bajo ?Ad¨®nde Debe Enviar la Planilla?, anteriormente. No radique el Formulario 940-V(PR), Comprobante de Pago.

?Qu¨¦ pasa si usted no puede pagar en su totalidad?

Si no puede pagar la cantidad completa de contribuci¨®n que adeuda, puede solicitar un plan de pagos a plazos por Internet. Puede solicitar un plan de pagos a plazos por Internet si:

  • No puede pagar la cantidad total que aparece en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 14,

  • La cantidad total que adeuda es $25,000 o menos y

  • Usted puede pagar la obligaci¨®n en su totalidad dentro de 24 meses.

Para solicitar un acuerdo de pago usando la Solicitud en L¨ªnea para un Plan de Pagos, acceda a IRS.gov/OPA y pulse sobre Espa?ol.

Conforme a un plan de pagos a plazos, usted puede pagar la cantidad que adeuda en plazos mensuales. Hay ciertas condiciones que usted tiene que cumplir para establecer y mantener un plan de pagos a plazos, tales como pagar la obligaci¨®n dentro de 24 meses, efectuar todos los dep¨®sitos requeridos y radicar oportunamente las planillas de contribuciones durante el acuerdo.

Si su plan de pagos a plazos se acepta, se le cobrar¨¢ un cargo administrativo y estar¨¢ sujeto a las multas e intereses sobre la cantidad de la contribuci¨®n que no ha sido pagada para la fecha de vencimiento de la planilla.

15. Cantidad Pagada en Exceso

Si la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 13 es mayor que la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12, anote la diferencia en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 15.

  ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 13  
  ? ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12  
  ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 15  

Si deposit¨® m¨¢s de la contribuci¨®n FUTA adeudada para el a?o, puede optar por:

  • Aplicar la cantidad pagada en exceso a su pr¨®xima planilla o

  • Recibirla como reembolso.

Marque el recuadro apropiado de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 15 para informarnos de la opci¨®n que haya escogido. Marque s¨®lo un recuadro en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 15. Si no marca ninguno de los recuadros o si marca ambos recuadros, por lo general, se le aplicar¨¢ la cantidad pagada en exceso a su pr¨®xima planilla. Independientemente del recuadro que usted marque o no marque, podemos aplicar dicha cantidad pagada en exceso a cualquier cuenta contributiva vencida (en mora) que aparezca en nuestros archivos bajo su EIN.

Si la cantidad de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 15 es menos de $1, le enviaremos un reembolso o se la aplicaremos a su pr¨®xima planilla de contribuci¨®n ¨²²Ô¾±³¦²¹³¾±ð²Ô³Ù±ð si as¨ª lo solicita por escrito.

Parte 5: Informe su Obligaci¨®n Contributiva para la Contribuci¨®n FUTA por Trimestre S¨®lo si la Cantidad de la L¨ªnea 12 es Mayor que $500

Complete la Parte 5 ¨²²Ô¾±³¦²¹³¾±ð²Ô³Ù±ð si la cantidad de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12 es mayor que $500. Si la cantidad de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12 es $500 o menos, deje la Parte 5 en blanco y pase a la Parte 6.

16. Informe su Obligaci¨®n Contributiva para la Contribuci¨®n FUTA por Cada Trimestre

Anote en las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 16a a 16d la cantidad de su obligaci¨®n contributiva para la contribuci¨®n FUTA cada trimestre. No anote la cantidad que deposit¨®. Si no adeud¨® ninguna contribuci¨®n para un trimestre, deje la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ en blanco.

16a.

1er trimestre (desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo)

16b.

2do trimestre (desde el 1 de abril hasta el 30 de junio)

16c.

3er trimestre (desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre)

16d.

4to trimestre (desde el 1 de octubre hasta el 31 de diciembre)

Para calcular su obligaci¨®n contributiva para la contribuci¨®n FUTA del cuarto trimestre, complete el Formulario 940-PR hasta la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12. Luego, copie la cantidad de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12 en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 17. Por ¨²ltimo, reste la suma de las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 16a a16c de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 17 y anote el resultado en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 16d.

Ejemplo:
Usted pag¨® salarios el 28 de marzo y su contribuci¨®n FUTA adeudada sobre dichos salarios fue $200. No se le requiri¨® hacer un dep¨®sito para el primer trimestre ya que sus contribuciones FUTA acumuladas fueron de $500 o menos. Usted pag¨® salarios adicionales el 28 de junio y su contribuci¨®n FUTA adeudada sobre dichos salarios fue $400. Ya que su obligaci¨®n contributiva acumulada para el primer trimestre y el segundo trimestre excedi¨® de $500, estuvo obligado a depositar $600 a m¨¢s tardar el 31 de julio.
Usted anotar¨ªa $200 en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 16a porque su obligaci¨®n contributiva para el primer trimestre es $200. Adem¨¢s, anotar¨ªa $400 en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 16b para indicar su obligaci¨®n contributiva para el segundo trimestre.

This is an Image: taxtip.gifEn a?os cuando hay estados con reducci¨®n en el cr¨¦dito, tiene que incluir las obligaciones adeudadas por la reducci¨®n en el cr¨¦dito con su dep¨®sito del cuarto trimestre. Puede depositar la obligaci¨®n adicional anticipada durante todo el a?o, pero el plazo no se vence hasta la fecha de vencimiento para el dep¨®sito del cuarto trimestre, y la obligaci¨®n asociada debe ser declarada como incurrida en el cuarto trimestre.

17. Total de la Obligaci¨®n Contributiva para el A?o

El total de su obligaci¨®n contributiva para el a?o tiene que ser igual que la cantidad de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12. Copie la cantidad de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12 en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 17.

Parte 6: ?Podemos Hablar con su Tercero Autorizado?

Si desea autorizar a un empleado suyo, a su preparador de contribuciones remunerado o a otro individuo para que hable sobre su Formulario 940-PR con el IRS, marque el recuadro ¡°³§¨ª¡±. Luego, anote en el espacio provisto el nombre y el n¨²mero de tel¨¦fono del individuo que escoja (su tercero autorizado). Aseg¨²rese de proveernos el nombre espec¨ªfico de tal persona ¡ªno el nombre de la empresa que prepar¨® su planilla de contribuci¨®n.

Aseg¨²rese que su tercero autorizado seleccione un n¨²mero de identificaci¨®n personal (PIN, por sus siglas en ingl¨¦s) de cinco d¨ªgitos que dicho tercero autorizado tiene que usar como identificaci¨®n cuando hable con el IRS sobre su planilla.

Al marcar ¡°³§¨ª¡±, nos autoriza a hablar con su tercero autorizado sobre cualesquier preguntas que tengamos al tramitar su planilla. Su autorizaci¨®n corresponde ¨²²Ô¾±³¦²¹³¾±ð²Ô³Ù±ð a esta planilla del a?o en curso; no corresponde a ninguna otra planilla ni a ning¨²n otro a?o contributivo.

Usted le autoriza al tercero autorizado a:

  • Proveernos toda informaci¨®n que no est¨¦ incluida en su planilla,

  • Solicitarnos informaci¨®n sobre la tramitaci¨®n de su planilla y

  • Responder a ciertas notificaciones del IRS que usted haya compartido con el tercero autorizado sobre errores matem¨¢ticos y sobre la preparaci¨®n de su planilla. No le enviaremos notificaciones a su tercero autorizado.

Usted no le autoriza al tercero autorizado a:

  • Recibir ning¨²n cheque de reembolso,

  • Obligarle a usted a ninguna otra circunstancia nueva (incluyendo una obligaci¨®n contributiva adicional) ni

  • De otra manera, representarlo a usted ante el IRS.

La autorizaci¨®n vencer¨¢ autom¨¢ticamente 1 a?o despu¨¦s de la fecha de vencimiento para radicar su Formulario 940-PR (sin tener en cuenta las pr¨®rrogas). Si usted o su tercero autorizado desea terminar la autorizaci¨®n antes de que la misma venza, escriba a la oficina del IRS que le corresponda seg¨²n su localizaci¨®n, utilizando la direcci¨®n a donde se env¨ªan las planillas Sin un pago bajo ?Ad¨®nde Debe Enviar la Planilla?, anteriormente.

Si desea ampliar la autorizaci¨®n de su tercero autorizado o si desea que le enviemos a su tercero designado copias de sus avisos, vea la Pub. 947(SP), C¨®mo Ejercer ante el Servicio de Impuestos Internos (IRS) y el Poder Legal.

Parte 7: Firme Aqu¨ª (Funciones Aprobadas)

TIENE que Completar Ambas P¨¢ginas del Formulario y FIRMARLO

Al no firmar el formulario, causar¨¢ una demora en la tramitaci¨®n del mismo.

En la Parte 7 de la p¨¢gina 2, firme su nombre y escriba en letra de molde su nombre y cargo. Luego, anote la fecha y el mejor n¨²mero de tel¨¦fono donde nos podamos comunicar con usted durante el d¨ªa, incluyendo el c¨®digo de ¨¢rea telef¨®nico, por si tenemos alguna duda.

?Qui¨¦n Tiene que Firmar el Formulario 940-PR?

Las siguientes personas est¨¢n autorizadas a firmar la planilla seg¨²n la clase de entidad comercial:

  • Empresa de un solo due?o ¡ª El individuo que posee el negocio (el propietario o due?o).

  • Sociedad colectiva (incluyendo una compa?¨ªa de responsabilidad limitada (LLC) que se trata como una sociedad colectiva) u otra organizaci¨®n no incorporada ¡ª Un socio, un miembro u otro funcionario responsable y debidamente autorizado que tenga conocimiento de sus asuntos.

  • Corporaci¨®n (incluyendo una LLC que se trata como una corporaci¨®n) ¡ª El presidente, vice presidente u otro funcionario principal debidamente autorizado para firmar en nombre de la corporaci¨®n.

  • Compa?¨ªa de responsabilidad limitada (LLC) de un solo miembro tratada como una entidad no considerada separada de su due?o (disregarded entity) para prop¨®sitos de las contribuciones federales sobre los ingresos ¡ª El due?o de la LLC u otro funcionario principal que est¨¦ debidamente autorizado a firmar en nombre de la compa?¨ªa.

  • Fideicomiso o caudal hereditario (relicto) ¡ª El fiduciario.
    El Formulario 940-PR tambi¨¦n puede ser firmado por un agente debidamente autorizado para representar al contribuyente si se ha radicado un poder legal v¨¢lido o autorizaci¨®n (Formulario 8655, en ingl¨¦s) ante el IRS.

M¨¦todo alterno para la firma.

Los ejecutivos de la corporaci¨®n o agentes debidamente autorizados pueden firmar el Formulario 940-PR por medio de una estampilla de goma, aparato mec¨¢nico o programa de computadoras (software). Para m¨¢s detalles y la documentaci¨®n requerida, vea el Revenue Procedure 2005-39 (Procedimiento Administrativo Contributivo 2005-39) que se encuentra en la p¨¢gina 82 del Internal Revenue Bulletin 2005-28 (Bolet¨ªn de Rentas Internas 2005-28), en IRS.gov/irb/2005-28_IRB#RP-2005-39, en ingl¨¦s.

Preparadores remunerados.

Un preparador remunerado tiene que firmar el Formulario 940-PR y proveer la informaci¨®n en la secci¨®n Para Uso Exclusivo del Preparador Remunerado en la Parte 7, si le pag¨® al preparador por prepararle el Formulario 940-PR y el preparador no es empleado de la entidad que radica la planilla. Los preparadores remunerados tienen que firmar las planillas en papel de su pu?o y letra. El preparador tiene que entregarle una copia de la planilla adem¨¢s de la copia que se radica ante el IRS.

Si usted es preparador remunerado, anote su n¨²mero de identificaci¨®n contributiva del preparador remunerado (PTIN, por sus siglas en ingl¨¦s) en el espacio provisto. Incluya su direcci¨®n completa. Si trabaja para una empresa, escriba el nombre y el EIN de la empresa. Puede solicitar un PTIN por Internet o radicando el Formulario W-12, en ingl¨¦s. Para m¨¢s informaci¨®n sobre la solicitud de un PTIN por Internet, acceda a IRS.gov/PTIN, en ingl¨¦s. No puede usar su PTIN en lugar del EIN de la empresa que prepara la planilla.

Por lo general, no complete la secci¨®n Para Uso Exclusivo del Preparador Remunerado si radica la planilla en su calidad de agente de reportaci¨®n y tiene un Formulario 8655, en ingl¨¦s, vigente y archivado con el IRS. Sin embargo, un agente de reportaci¨®n tiene que completar esta secci¨®n si dicho agente ofreci¨® asesor¨ªa legal, por ejemplo, aconsejarle al cliente sobre c¨®mo determinar si los trabajadores son empleados o contratistas independientes para prop¨®sitos de las contribuciones federales.

Instrucciones para el
Formulario 940-PR - Avisos

Aviso sobre la Ley de Confidencialidad de Informaci¨®n y la Ley de Reducci¨®n de Tr¨¢mites.

Solicitamos la informaci¨®n requerida en el Formulario 940-PR para cumplir con las leyes que regulan la recaudaci¨®n de las contribuciones federales de los Estados Unidos. La necesitamos para calcular y cobrar la cantidad correcta de contribuci¨®n. El Subt¨ªtulo C, Employment Taxes (Contribuciones sobre la n¨®mina) del C¨®digo Federal de Rentas Internas impone contribuciones sobre el desempleo conforme a la Federal Unemployment Tax Act (Ley Federal de Contribuci¨®n para el Desempleo), en ingl¨¦s. El Formulario 940-PR se utiliza para determinar la cantidad de contribuciones que usted adeuda. La secci¨®n 6011 le requiere a usted que provea la informaci¨®n solicitada, si la contribuci¨®n le corresponde. La secci¨®n 6109 requiere que usted provea su n¨²mero de identificaci¨®n. Si no provee esta informaci¨®n de una manera oportuna, o provee informaci¨®n falsa o fraudulenta, puede estar sujeto a multas.

Usted est¨¢ obligado a facilitar la informaci¨®n solicitada en un formulario sujeto a la Paperwork Reduction Act (Ley de Reducci¨®n de Tr¨¢mites), a menos que el mismo muestre un n¨²mero de control v¨¢lido de la Office of Management and Budget (Oficina de Administraci¨®n y Presupuesto u OMB, por sus siglas en ingl¨¦s). Los libros o r¨¦cords relativos a un formulario o sus instrucciones tendr¨¢n que ser conservados mientras su contenido pueda ser utilizado en la aplicaci¨®n de toda ley contributiva federal.

Por regla general, las planillas de contribuci¨®n y toda informaci¨®n pertinente son confidenciales, tal como lo requiere la secci¨®n 6103. No obstante, la secci¨®n 6103 permite, o requiere, que el IRS divulgue o provea tal informaci¨®n a ciertas personas, tal como se estipula en el C¨®digo. Por ejemplo, podemos divulgar su informaci¨®n contributiva al Departamento de Justicia para casos de litigio civil y penal y a las ciudades, estados, el Distrito de Columbia y a los estados libres asociados con los Estados Unidos o territorios no aut¨®nomos estadounidenses a fin de ayudarlos a aplicar sus leyes contributivas respectivas. Podemos tambi¨¦n divulgar esta informaci¨®n a otros pa¨ªses conforme a lo estipulado en un tratado sobre contribuciones, a agencias del gobierno federal y estatal para hacer cumplir las leyes penales federales no contributivas o a agencias federales encargadas de hacer cumplir la ley y a agencias de inteligencia para combatir el terrorismo.

Si desea hacer alg¨²n comentario acerca de la exactitud de estos estimados de tiempo o si tiene alguna sugerencia que ayude a que estos formularios sean m¨¢s sencillos, comun¨ªquese con nosotros. Nos puede enviar comentarios desde el sitio web IRS.gov/FormComments. O puede enviar sus comentarios al Internal Revenue Service, Tax Forms and Publications Division, 1111 Constitution Ave. NW, IR-6526, Washington, DC 20224. No env¨ªe el Formulario 940-PR a esta direcci¨®n. En vez de eso, vea ?Ad¨®nde Debe Enviar la Planilla?, anteriormente.

Tabla . Promedios de Tiempo Estimado

El tiempo que se necesita para completar y radicar este formulario var¨ªa seg¨²n las circunstancias individuales de cada contribuyente. El promedio de tiempo estimado es el siguiente:

Formulario Mantener los r¨¦cords Preparar, copiar, organizar y enviar este formulario al IRS
Anexo A (Formulario 940-PR) 18 h, 24 min. 18 min.
Hoja de trabajo en las Instrucciones para el Formulario 940, en ingl¨¦s 58 min. 12 min.