Instrucciones para el Formulario 941-PR (03/2023)

Planilla para la Declaraci¨®n Federal TRIMESTRAL del Patrono

Las secciones a las cuales se hace referencia abajo corresponden al C¨®digo Federal de Impuestos Internos a menos que se indique de otra manera.

Revisado: 03/2023


Instrucciones para
el Formulario 941-PR - Material Introductorio

Acontecimientos Futuros

Para obtener la informaci¨®n m¨¢s reciente sobre los acontecimientos relacionados con el Formulario 941-PR y sus instrucciones, como legislaci¨®n promulgada despu¨¦s de que dichos documentos se hayan publicado, acceda a IRS.gov/Form941PR.

Qu¨¦ Hay de Nuevo

La contribuci¨®n al Seguro Social y la contribuci¨®n al Medicare para 2023.

La tasa de contribuci¨®n al Seguro Social sobre los salarios sujetos a la contribuci¨®n, incluyendo los salarios de licencia por enfermedad calificados y los salarios de licencia familiar calificados pagados en 2023 por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, es 6.2% (0.062) para cada uno, el patrono y el empleado, o 12.4% (0.124) para ambos. Los salarios de licencia por enfermedad calificados y los salarios de licencia familiar calificados pagados en 2023 por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021 no est¨¢n sujetos a la parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Seguro Social; por lo tanto, la tasa contributiva sobre estos salarios es 6.2% (0.062). La base salarial para la retenci¨®n al Seguro Social es $160,200.

La tasa de contribuci¨®n al Medicare es 1.45% (0.0145) tanto para la parte del empleado como la parte del patrono, la misma tasa que correspondi¨® para el a?o 2022. No hay l¨ªmite sobre la cantidad de salarios sujetos a la contribuci¨®n al Medicare.

Las contribuciones al Seguro Social y al Medicare se aplican a los salarios de empleados dom¨¦sticos a quienes usted les paga $2,600 o m¨¢s en efectivo u otra forma de compensaci¨®n equivalente para el a?o 2023. Las contribuciones al Seguro Social y al Medicare se aplican a los trabajadores electorales a quienes se les paga $2,200 o m¨¢s en efectivo u otra forma equivalente de compensaci¨®n para el a?o 2023.

Cr¨¦dito contributivo sobre la n¨®mina de peque?os negocios calificados por aumentar las actividades investigativas.

Para los a?os contributivos que comiencen antes del 1 de enero de 2023, un peque?o negocio calificado puede optar por reclamar hasta $250,000 de su cr¨¦dito por aumentar las actividades investigativas como un cr¨¦dito contributivo sobre la n¨®mina. La Inflation Reduction Act of 2022 (Ley de Reducci¨®n de la Inflaci¨®n o IRA, por sus siglas en ingl¨¦s) aumenta la cantidad de la elecci¨®n a $500,000 para los a?os contributivos que comienzan despu¨¦s del 31 de diciembre de 2022. La elecci¨®n del cr¨¦dito contributivo sobre la n¨®mina tiene que hacerse en o antes de la fecha de vencimiento de la planilla de contribuciones originalmente radicada (incluyendo pr¨®rrogas). Se permite reclamar la parte del cr¨¦dito utilizada contra la parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Seguro Social en el primer trimestre natural comenzando despu¨¦s de la fecha en que el peque?o negocio calificado radic¨® su planilla de contribuciones sobre los ingresos. La elecci¨®n y la determinaci¨®n de la cantidad del cr¨¦dito que se utilizar¨¢ contra las contribuciones sobre la n¨®mina del patrono se hacen en el Formulario 6765, Credit for Increasing Research Activities (Cr¨¦dito por aumentar las actividades investigativas), en ingl¨¦s. La cantidad de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 44 del Formulario 6765 tiene que declarase en el Formulario 8974, Qualified Small Business Payroll Tax Credit for Increasing Research Activities (Cr¨¦dito contributivo sobre la n¨®mina de peque?os negocios calificados por aumentar las actividades investigativas), en ingl¨¦s.

A partir del primer trimestre de 2023, el cr¨¦dito contributivo sobre la n¨®mina se utiliza primero para reducir la parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Seguro Social hasta $250,000 por trimestre y cualquier cr¨¦dito restante reduce la parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Medicare para el trimestre. Cualquier cr¨¦dito restante, despu¨¦s de reducir la parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Seguro Social y al Medicare, luego se transfiere al pr¨®ximo trimestre. El Formulario 8974 se utiliza para determinar la cantidad del cr¨¦dito que se puede utilizar en el trimestre en curso. La cantidad de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12, o, si corresponde, de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 17 del Formulario 8974 se declara en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 11a. Para m¨¢s informaci¨®n sobre el cr¨¦dito contributivo sobre la n¨®mina, acceda a IRS.gov/ResearchPayrollTC, en ingl¨¦s. Tambi¨¦n vea Ajuste de la obligaci¨®n contributiva para los cr¨¦ditos no reembolsables reclamados en las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 11a, 11b y 11d, m¨¢s adelante.

Formulario 941-PR se descontinuar¨¢ despu¨¦s de 2023.

El Formulario 941-PR, Planilla para la Declaraci¨®n Federal TRIMESTRAL del Patrono, ya no estar¨¢ disponible despu¨¦s del cuarto trimestre de 2023. En su lugar, los empleadores en los territorios de los Estados Unidos presentar¨¢n el nuevo Formulario 941(sp), Declaraci¨®n del Impuesto Federal TRIMESTRAL del Empleador.

Publicaci¨®n 179 se descontinuar¨¢ despu¨¦s de 2023.

La Publicaci¨®n 179, Gu¨ªa Contributiva Federal para Patronos Puertorrique?os, ya no estar¨¢ disponible despu¨¦s de 2023. En su lugar, informaci¨®n espec¨ªfica para patronos agropecuarios y los patronos en los territorios de los Estados Unidos se incluir¨¢ en la nueva Publicaci¨®n 15(sp), Gu¨ªa Tributaria para Empleadores, para uso en 2024.

Recordatorios

This is an Image: caution.gifUse la revisi¨®n de marzo de 2023 del Formulario 941-PR para declarar las contribuciones para el primer trimestre de 2023 no use una revisi¨®n previa para declarar las contribuciones para 2023. En este momento, el IRS espera que la revisi¨®n de marzo de 2023 del Formulario 941-PR y estas instrucciones se usen para el segundo, el tercer y el cuarto trimestre de 2023. Si cambios en la ley requieren cambios adicionales al Formulario 941-PR, el formulario y/o estas instrucciones podr¨ªan ser revisadas. Las revisiones anteriores del Formulario 941-PR est¨¢n disponibles en IRS.gov/Form941PR (seleccione el enlace para ¡°Todas las Versiones del Formulario 941-PR¡± bajo ¡°Otros Art¨ªculos Que Le Podr¨ªan Ser ?tiles¡±).

El cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados relacionados con el COVID-19 se limita a la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de octubre de 2021.

Generalmente, el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados promulgado conforme a la Families First Coronavirus Response Act (FFCRA) (Ley de Familias Primero en Respuesta al Coronavirus o FFCRA, por sus siglas en ingl¨¦s) enmendado y extendido por la COVID-related Tax Relief Act of 2020 (Ley de Alivio Tributario relacionado con el COVID de 2020) por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021, y el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados conforme a las secciones 3131, 3132 y 3133 del C¨®digo Federal de Rentas Internas, seg¨²n promulgado conforme a la American Rescue Plan Act of 2021 (Ley del Plan de Rescate Estadounidense de 2021 o la Ley ARP, como se conoce en ingl¨¦s) por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021 han vencido. Sin embargo, los patronos que pagan salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados en 2023 por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de octubre de 2021 son elegibles para reclamar un cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados en el trimestre de 2023 en el que se pagaron los salarios calificados. Para m¨¢s informaci¨®n, vea las instrucciones para la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 11b, la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 11d, la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 13c y la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 13e, m¨¢s adelante.

Use la Hoja de Trabajo 1 para calcular el cr¨¦dito por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021. Use la Hoja de Trabajo 2 para calcular el cr¨¦dito por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021. Para m¨¢s informaci¨®n sobre el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados, acceda a IRS.gov/PLC, en ingl¨¦s.

Anticipo de pago de cr¨¦ditos relacionado con el COVID-19 ha terminado.

Aunque puede pagar salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados en 2023 por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de octubre de 2021, ya no puede solicitar un anticipo de pago de ning¨²n cr¨¦dito en el Formulario 7200(SP), Anticipo de Pago de Cr¨¦ditos del Empleador Debido al COVID-19.

Cr¨¦dito contributivo sobre la n¨®mina para ciertas organizaciones exentas de contribuciones afectadas por desastres calificados.

La secci¨®n 303(d) de la Taxpayer Certainty and Disaster Relief Act of 2020 (Ley de Alivio Tributario en Casos de Desastre y Certeza para los Contribuyentes de 2020) permite un cr¨¦dito contributivo sobre la n¨®mina para ciertas organizaciones exentas de contribuciones afectadas por ciertos desastres calificados no relacionados con el COVID-19. Este cr¨¦dito se reclama en el Formulario 5884-D, Employee Retention Credit for Certain Tax-Exempt Organizations Affected by Qualified Disasters (Cr¨¦dito de retenci¨®n de empleados para ciertas organizaciones exentas de contribuciones afectadas por ciertos desastres calificados), en ingl¨¦s (no en el Formulario 941-PR). El Formulario 5884-D se radica despu¨¦s de que se haya radicado el Formulario 941-PR para el trimestre para el cual se reclama el cr¨¦dito. Si reclamar¨¢ este cr¨¦dito en el Formulario 5884-D y tambi¨¦n est¨¢ reclamando un cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y licencia familiar calificados por la licencia tomada antes del 1 de abril de 2021, tiene que incluir cualquier cr¨¦dito que se reclame en el Formulario 5884-D en la Hoja de Trabajo 1 para ese trimestre. Para m¨¢s informaci¨®n sobre este cr¨¦dito, acceda a IRS.gov/Form5884D, en ingl¨¦s.

Programa de certificaci¨®n para las organizaciones de patronos profesionales (PEO).

La Stephen Beck Jr., Achieving a Better Life Experience Act of 2014 (ABLE) (Ley Stephen Beck Jr., Logro de una Mejor Calidad de Vida de 2014, o ABLE, por sus siglas en ingl¨¦s) requiere del IRS establecer un programa de certificaci¨®n voluntaria para las organizaciones de patronos/empleadores profesionales (PEO, por sus siglas en ingl¨¦s). Las PEO se encargan de manejar varias responsabilidades administrativas de n¨®mina y declaraciones de contribuciones de sus clientes de negocios y, por lo general, se les paga una tarifa basada en los costos de la n¨®mina. Para certificarse y mantener la certificaci¨®n conforme al programa de certificaci¨®n, las organizaciones de patronos profesionales certificados (CPEO, por sus siglas en ingl¨¦s) tienen que cumplir con varios requisitos descritos en las secciones 3511 y 7705 y las gu¨ªas relacionadas que se han publicado. La certificaci¨®n como una CPEO puede afectar las obligaciones de contribuciones de n¨®mina tanto de la CPEO como las de sus clientes. Por lo general, para prop¨®sitos de las contribuciones sobre la n¨®mina, una CPEO es tratada como el patrono de cualquier individuo que realiza servicios para un cliente de la CPEO y est¨¢ cubierto por un contrato descrito en la secci¨®n 7705(e)(2) entre la CPEO y el cliente (contrato de la CPEO), pero ²õ¨®±ô´Ç para los salarios y otra compensaci¨®n pagados al individuo por la CPEO. Para certificarte como una CPEO, la organizaci¨®n tiene que hacer la solicitud por medio del IRS Online Registration System (Sistema de registro en ±ô¨ª²Ô±ð²¹ del IRS), en ingl¨¦s. Para m¨¢s informaci¨®n o solicitar para certificarse como una CPEO, acceda a IRS.gov/CPEO. La informaci¨®n est¨¢ disponible en ingl¨¦s.

Por lo general, las CPEO tienen que radicar electr¨®nicamente el Formulario 941-PR y el Anexo R (Formulario 941), Allocation Schedule for Aggregate Form 941 obÌåÓýrs (Registro de asignaci¨®n para los declarantes de Formularios 941 agregados), en ingl¨¦s. Para m¨¢s informaci¨®n sobre el requisito de una CPEO de radicar electr¨®nicamente, vea el Revenue Procedure 2017-14 (Procedimiento Administrativo Contributivo 2017-14), en ingl¨¦s. Puede ver dicho procedimiento en la p¨¢gina 426 del Internal Revenue Bulletin 2017-3 (Bolet¨ªn de Rentas Internas 2017-3), en ingl¨¦s, disponible en IRS.gov/irb/2017-03_IRB#RP-2017-14.

Externalizaci¨®n de las obligaciones de n¨®mina.

Por lo general, como patrono, usted es responsable de asegurarse que las planillas de contribuci¨®n se radiquen y que los dep¨®sitos y los pagos se efect¨²en, aun si usted contrata los servicios de un tercero para hacerlo. Usted sigue siendo el responsable aun si el tercero no cumple con la acci¨®n requerida. Antes de elegir por externalizar cualquier parte de su n¨®mina y las obligaciones relacionadas con las contribuciones (es decir, retenci¨®n, declaraci¨®n y pago de las contribuciones al Seguro Social, al Medicare y al fondo federal de desempleo (FUTA, por sus siglas en ingl¨¦s)) a un tercero pagador, tal como un proveedor de servicios de n¨®mina o agente de reportaci¨®n, acceda a IRS.gov/OutsourcingPayrollDuties para informaci¨®n ¨²til sobre este tema. Dicha informaci¨®n est¨¢ disponible en ingl¨¦s. Si una CPEO paga los salarios y otra compensaci¨®n de cualquier individuo que realiza servicios para usted y los servicios est¨¢n cubiertos por un contrato de la CPEO, entonces la CPEO es, por lo general, tratada como el patrono para prop¨®sitos de las contribuciones sobre la n¨®mina, pero ²õ¨®±ô´Ç para salarios y otra compensaci¨®n pagada al individuo por la CPEO. Sin embargo, con respecto a ciertos empleados cubiertos por un contrato de la CPEO, usted tambi¨¦n puede ser tratado como un patrono de los empleados y, en consecuencia, tambi¨¦n puede ser responsable de las contribuciones federales sobre la n¨®mina impuestas sobre los salarios y otra compensaci¨®n pagada por la CPEO a dichos empleados. Para m¨¢s informaci¨®n sobre los diferentes tipos de arreglos de terceros pagadores, vea el apartado 16 titulado Third Party Payer Arrangements (Arreglos de un tercero pagador) en la Pub. 15, en ingl¨¦s.

Cr¨¦ditos contributivos sobre la n¨®mina relacionados con el COVID-19 cuando la planilla de contribuciones se radica por un tercero pagador.

Si usted es el patrono de acuerdo con el derecho com¨²n de los individuos a los que se les pagan salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados, tiene derecho al cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados, independientemente de si utiliza un tercero pagador (tal como una PEO, una CPEO o un agente conforme a la secci¨®n 3504) para declarar y pagar sus contribuciones federales sobre la n¨®mina. El tercero pagador no tiene derecho a los cr¨¦ditos con respecto a los salarios y contribuciones que remite en su nombre (independientemente de si el tercero se considera un ¡°patrono¡± para otros prop¨®sitos).

Declarantes de Formularios 941-PR agregados.

Los agentes aprobados conforme a la secci¨®n 3504 y las CPEO tienen que completar y radicar el Anexo R (Formulario 941), en ingl¨¦s, al radicar un Formulario 941-PR agregado. Los Formularios 941-PR agregados son radicados por agentes aprobados por el IRS conforme a la secci¨®n 3504. Para solicitar la aprobaci¨®n para actuar como un agente para un empleador o patrono, el agente radica ante el IRS el Formulario 2678, a menos que usted sea una agencia del gobierno estatal o local que act¨²a como agente conforme a los procedimientos especiales provistos en el Revenue Procedure 2013-39 (Procedimiento Administrativo Contributivo 2013-39) que se encuentra en la p¨¢gina 830 del Internal Revenue Bulletin 2013-52 (Bolet¨ªn de Rentas Internas 2013-52), en ingl¨¦s, disponible en IRS.gov/irb/2013-52_IRB#RP-2013-39. Las CPEO aprobadas por el IRS conforme a la secci¨®n 7705 pueden radicar Formularios 941-PR agregados. Para ser una CPEO, la organizaci¨®n tiene que solicitar a trav¨¦s del IRS Online Registration System (Sistema de registro en ±ô¨ª²Ô±ð²¹ del IRS), en ingl¨¦s, accediendo a IRS.gov/CPEO. Las CPEO radican el Formulario 8973, Certified Professional Employer Organization/Customer Reporting Agreement (Organizaci¨®n de patrono profesional certificada/Acuerdo de radicaci¨®n del cliente), en ingl¨¦s, para notificar al IRS que comenzaron o terminaron un contrato de servicio con un cliente. Por lo general, las CPEO tienen que radicar el Formulario 941-PR y el Anexo R (Formulario 941) electr¨®nicamente. Para m¨¢s informaci¨®n sobre el requisito de una CPEO de radicar electr¨®nicamente, vea el Revenue Procedure 2017-14 (Procedimiento Administrativo Contributivo 2017-14), en ingl¨¦s. Puede ver dicho procedimiento en la p¨¢gina 426 del Internal Revenue Bulletin 2017-3 (Bolet¨ªn de Rentas Internas 2017-3), en ingl¨¦s, disponible en IRS.gov/irb/2017-03_IRB#RP-2017-14.

Otros terceros pagadores que radican los Formularios 941-PR agregados, tales como las PEO no certificadas, tienen que completar y radicar el Anexo R (Formulario 941), en ingl¨¦s, si tienen clientes que est¨¢n reclamando el cr¨¦dito contributivo sobre la n¨®mina de peque?os negocios calificados por aumentar las actividades investigativas y/o el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados.

This is an Image: taxtip.gifSi tanto un patrono como un agente autorizado conforme a la secci¨®n 3504 (o una CPEO u otro tercero pagador) pagaron salarios a un empleado durante un trimestre, tanto el patrono como el agente autorizado conforme a la secci¨®n 3504 (o la CPEO u otro tercero pagador, si aplica) deben radicar el Formulario 941-PR declarando los salarios que cada entidad pag¨® al empleado durante el trimestre aplicable y emitir los Formularios 499R-2/W-2PR declarando los salarios que cada entidad pag¨® al empleado durante el a?o.

Si un tercero pagador de compensaci¨®n por enfermedad tambi¨¦n est¨¢ pagando los salarios de licencia por enfermedad calificados en nombre de un patrono, el tercero pagador estar¨ªa haciendo los pagos como agente del patrono. Al patrono se le requiere hacer la declaraci¨®n y el pago de las contribuciones sobre la n¨®mina con respecto a los salarios de licencia por enfermedad calificados y reclamar el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad calificados, a menos que el patrono tenga un acuerdo de agencia con el tercero pagador que requiera que el tercero pagador haga el cobro, la declaraci¨®n y/o el pago o el dep¨®sito de las contribuciones sobre la n¨®mina sobre los salarios de licencia por enfermedad calificados. Si el patrono tiene un acuerdo de agencia con el tercero pagador, el tercero pagador incluye los salarios de licencia por enfermedad calificados en el Formulario 941-PR agregado del tercero pagador, reclama el cr¨¦dito de licencia por enfermedad en nombre del patrono en el Formulario 941-PR agregado y declara por separado el cr¨¦dito asignable a los patronos en el Anexo R (Formulario 941), en ingl¨¦s. Vea el apartado 6 de la Pub. 15-A, Employer's Supplemental Tax Guide (Gu¨ªa contributiva suplementaria para patronos), en ingl¨¦s, para m¨¢s informaci¨®n sobre la declaraci¨®n de salarios por enfermedad.

Cr¨¦dito contributivo por oportunidad de trabajo para organizaciones calificadas exentas de contribuci¨®n que contratan a veteranos calificados.

Las organizaciones calificadas exentas de contribuciones que contratan veteranos desempleados elegibles pueden reclamar el cr¨¦dito contributivo por oportunidad de trabajo contra su contribuci¨®n sobre la n¨®mina utilizando el Formulario 5884-C, Work Opportunity Credit for Qualified Tax-Exempt Organizations Hiring Qualified Veterans (Cr¨¦dito por oportunidad de trabajo para organizaciones exentas de contribuciones calificadas que contratan a veteranos calificados), en ingl¨¦s. Para m¨¢s informaci¨®n, acceda a IRS.gov/WOTC y pulse sobre Espa?ol.

Correcci¨®n del Formulario 941-PR radicado previamente.

Si descubre un error en un Formulario 941-PR que radic¨® previamente o si de otra manera necesita enmendar un Formulario 941-PR previamente radicado, haga la correcci¨®n usando el Formulario 941-X (PR). El Formulario 941-X (PR) se radica por separado del Formulario 941-PR. Para m¨¢s informaci¨®n, vea las Instrucciones para el Formulario 941-X (PR), el apartado 12 de la Pub. 179 o acceda a IRS.gov/CorrectingEmploymentTaxes y pulse sobre Espa?ol.

Los dep¨®sitos de la contribuci¨®n federal tienen que efectuarse por transferencia electr¨®nica de fondos (EFT).

Usted tiene que utilizar la transferencia electr¨®nica de fondos (EFT, por sus siglas en ingl¨¦s) para depositar toda contribuci¨®n federal. Por lo general, una EFT se realiza mediante el Sistema de Pago Electr¨®nico de Impuestos Federales (EFTPS, en ingl¨¦s). Si usted no desea utilizar el EFTPS, puede hacer arreglos para que su preparador profesional, instituci¨®n financiera, servicio de n¨®minas u otro tercero de confianza le haga los dep¨®sitos electr¨®nicamente de parte de usted. Tambi¨¦n puede hacer arreglos para que su instituci¨®n financiera inicie una transferencia electr¨®nica realizada el mismo d¨ªa de pago de parte de usted. El EFTPS es un servicio gratuito provisto por el Departamento del Tesoro. Podr¨ªa verse obligado a pagar un cargo por los servicios de un preparador profesional de contribuciones, instituci¨®n financiera, servicio de n¨®mina u otro tercero.

Para m¨¢s informaci¨®n sobre c¨®mo hacer dep¨®sitos de contribuciones federales, vea el apartado 11 de la Pub. 179. Para obtener informaci¨®n o para inscribirse en el EFTPS, acceda a , en ingl¨¦s, o llame al n¨²mero del Servicio al Cliente en espa?ol, 800-244-4829. Para comunicarse con el EFTPS utilizando los Servicios de Retransmisi¨®n de Telecomunicaciones (TRS, por sus siglas en ingl¨¦s) para personas sordas, con dificultades auditivas o con impedimento del habla, marque el 711 en sus tel¨¦fono y luego proporci¨®nele al asistente de los Servicios de Retransmisi¨®n de Telecomunicaciones el n¨²mero 800-244-4829 indicado anteriormente o el 800-733-4829. Informaci¨®n adicional sobre el EFTPS est¨¢ disponible en la Pub. 966 (SP).

This is an Image: caution.gifPara que un dep¨®sito efectuado por medio del EFTPS se considere hecho a su debido tiempo, tiene que transmitir el dep¨®sito a m¨¢s tardar a las 8 p.m. horario del Este de los Estados Unidos el d¨ªa anterior a la fecha de vencimiento para efectuar el dep¨®sito.

Opci¨®n de pago el mismo d¨ªa por medio de una transferencia electr¨®nica.

Si no transmite una transacci¨®n de dep¨®sito en el EFTPS para las 8 p.m. horario del Este de los Estados Unidos el d¨ªa anterior a la fecha de vencimiento para efectuar un dep¨®sito, todav¨ªa puede efectuar a tiempo su dep¨®sito por medio del Federal Tax Collection Service (Servicio de recaudaci¨®n de la contribuci¨®n federal o FTCS, por sus siglas en ingl¨¦s) para efectuar un pago electr¨®nico el mismo d¨ªa. Para utilizar el m¨¦todo de pago efectuado el mismo d¨ªa, tendr¨¢ que hacer los tr¨¢mites con su instituci¨®n financiera con anticipaci¨®n. Por favor consulte con su instituci¨®n financiera con respecto a la disponibilidad, los plazos y el costo. Su instituci¨®n financiera puede cobrar un cargo por los pagos efectuados de esta manera. Para obtener m¨¢s detalles sobre la informaci¨®n que necesita proveer a su instituci¨®n financiera para poder efectuar un pago electr¨®nico el mismo d¨ªa, acceda a IRS.gov/SameDayWire y pulse sobre Espa?ol.

Puntualidad de los dep¨®sitos de la contribuci¨®n federal.

Si se requiere que un dep¨®sito se efect¨²e en un d¨ªa que no sea un d¨ªa laborable, se considera que dicho dep¨®sito se hace a tiempo si se hace para el cierre de operaciones comerciales del siguiente d¨ªa laborable. Un ¡°d¨ªa laborable¡± es todo d¨ªa que no sea s¨¢bado, domingo o d¨ªa feriado oficial. El t¨¦rmino ¡°d¨ªa feriado oficial¡± para prop¨®sitos de efectuar los dep¨®sitos incluye ²õ¨®±ô´Ç los d¨ªas feriados oficiales en el Distrito de Columbia. Dichos d¨ªas feriados oficiales se indican en el apartado 11 de la Pub. 179.

Radicaci¨®n y pago por medios electr¨®nicos.

Los negocios pueden disfrutar de los beneficios de radicar sus planillas de contribuci¨®n y pagar sus contribuciones federales por medios electr¨®nicos. No importa si depende de un preparador profesional o si usted mismo se ocupa de completar su planilla de contribuci¨®n, el IRS ofrece programas convenientes para facilitar la radicaci¨®n y el pago de las contribuciones. Pase menos tiempo preocup¨¢ndose de las contribuciones y m¨¢s tiempo dedic¨¢ndose a la operaci¨®n de su negocio. Use la radicaci¨®n electr¨®nica (e-file) y el EFTPS, seg¨²n le convenga:

  • Para e-file, acceda a IRS.gov/EmploymentEfile y pulse sobre Espa?ol para m¨¢s informaci¨®n. Se le puede cobrar un cargo por radicar electr¨®nicamente.

  • Para el EFTPS, acceda a , en ingl¨¦s, o llame al Servicio al Cliente del EFTPS en espa?ol al 800-244-4829. Para comunicarse con el EFTPS utilizando el TRS para personas sordas, con dificultades auditivas o con impedimento del habla, marque el 711 en su tel¨¦fono y luego proporci¨®nele al asistente del TRS el n¨²mero 800-244-4829 indicado anteriormente o el 800-733-4829.

  • Para la radicaci¨®n por medios electr¨®nicos del Formulario 499R-2/W-2PR, acceda a , en ingl¨¦s. Es posible que a usted se le requiera radicar el Formulario 499R-2/W-2PR por medios electr¨®nicos. Para m¨¢s detalles, vea las instrucciones para los Formularios 499R-2/W-2PR y W-3PR.

This is an Image: caution.gifSi usted radica su planilla o si paga sus contribuciones federales por medios electr¨®nicos, se requiere tener un n¨²mero de identificaci¨®n patronal (EIN, por sus siglas en ingl¨¦s) v¨¢lido en el momento en que se radica la planilla o en que se efect¨²a el pago. Si no provee un EIN v¨¢lido, ni la planilla ni el pago ser¨¢n tramitados. Esta acci¨®n puede resultar en multas. Vea N¨²mero de identificaci¨®n patronal (EIN), m¨¢s adelante, para m¨¢s informaci¨®n sobre c¨®mo solicitar un EIN.

Retiro electr¨®nico de fondos (EFW).

Si radica el Formulario 941-PR electr¨®nicamente, puede radicar (e-file) y utilizar el electronic funds withdrawal (retiro electr¨®nico de fondos o EFW, por sus siglas en ingl¨¦s) para pagar el saldo adeudado en un solo paso, usando programas de computadora (software) para la preparaci¨®n de planillas o por medio de un preparador profesional de contribuciones. Sin embargo, no use el EFW para efectuar los dep¨®sitos de la contribuci¨®n federal. Para m¨¢s informaci¨®n sobre el pago de contribuciones por medio del EFW, acceda a IRS.gov/EFW y pulse sobre Espa?ol.

Pagos hechos con tarjetas de cr¨¦dito o d¨¦bito.

Usted puede pagar la cantidad adeudada indicada en el Formulario 941-PR usando una tarjeta de cr¨¦dito o d¨¦bito. Su pago ser¨¢ procesado por un procesador de pagos quien cobrar¨¢ un cargo por servicio. No use ninguna tarjeta de cr¨¦dito o d¨¦bito para hacer dep¨®sitos de las contribuciones federales. Para m¨¢s informaci¨®n sobre c¨®mo se pagan las contribuciones con tarjetas de cr¨¦dito o d¨¦bito, acceda a IRS.gov/PagueConTarjeta.

Acuerdo de pago en ±ô¨ª²Ô±ð²¹.

Usted puede que tenga derecho a solicitar un plan de pagos a plazos por Internet si no puede pagar la cantidad total de la contribuci¨®n adeudada al radicar su planilla. Para m¨¢s informaci¨®n, vea ?Qu¨¦ pasa si usted no puede pagar en su totalidad?, m¨¢s adelante.

Preparadores remunerados.

Si utiliza un preparador remunerado para completar el Formulario 941-PR, el preparador remunerado tiene que completar y firmar la secci¨®n del preparador remunerado en el formulario.

?D¨®nde puede obtener ayuda por tel¨¦fono?

Puede llamar al 800-829-4933 (si es usuario del equipo TTY/TDD para personas que son sordas, que tienen dificultades auditivas o que tienen impedimentos del habla, puede llamar al 800-829-4059), de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 8:00 p.m., horario local (los contribuyentes que no est¨¦n en Puerto Rico pueden recibir ayuda de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. horario local; los contribuyentes que est¨¦n en Alaska y Hawaii seguir¨¢n el horario del Pac¨ªfico) para recibir respuestas a sus preguntas sobre c¨®mo completar el Formulario 941-PR y las reglas para el dep¨®sito de las contribuciones federales.

Fotograf¨ªas de ni?os desaparecidos.

El IRS se enorgullece de colaborar con el (Centro Nacional para Ni?os Desaparecidos y Explotados o NCMEC, por sus siglas en ingl¨¦s). Fotograf¨ªas de ni?os desaparecidos que han sido seleccionadas por el Centro pueden aparecer en estas instrucciones en p¨¢ginas que, de lo contrario, estar¨ªan en blanco. Usted puede ayudar a que estos ni?os regresen a sus hogares si, al mirar sus fotograf¨ªas, los identifica y llama al 1-800-THE-LOST (1-800-843-5678).

Instrucciones Generales:

Prop¨®sito del Formulario 941-PR

Estas instrucciones le dar¨¢n informaci¨®n de trasfondo sobre el Formulario 941-PR. Podr¨¢ saber qui¨¦n tiene que radicar el Formulario 941-PR, c¨®mo debe completarse (se le dar¨¢n instrucciones para cada ±ô¨ª²Ô±ð²¹) y d¨®nde y cu¨¢ndo debe radicarlo.

Si desea obtener informaci¨®n m¨¢s a fondo sobre las contribuciones sobre la n¨®mina relacionadas con el Formulario 941-PR, vea la Pub. 179. Dicha publicaci¨®n explica los requisitos para la retenci¨®n, el dep¨®sito y el pago de las contribuciones al Seguro Social y al Medicare. Le explica sobre los formularios que tiene que darle a sus empleados, los formularios que sus empleados tienen que darle a usted y aqu¨¦llos que usted tiene que enviar al IRS. Vea la Pub. 15-A, en ingl¨¦s, para obtener informaci¨®n especializada sobre las contribuciones sobre la n¨®mina que complementa la informaci¨®n b¨¢sica contenida en la Pub. 179.

La ley federal requiere que usted, como patrono, les retenga ciertas contribuciones a los cheques de salario de sus empleados. Cada vez que paga salarios, tiene que retener ¡ªes decir, descontar de los cheques de salario de sus empleados¡ª ciertas cantidades para pagar la contribuci¨®n al Seguro Social y la contribuci¨®n al Medicare. Tambi¨¦n tiene que retener la Contribuci¨®n Adicional al Medicare de los salarios en exceso de $200,000 que le paga a un empleado en un a?o natural. De acuerdo con el sistema de la retenci¨®n de contribuciones, estas mismas que se les retienen a sus empleados se acreditar¨¢n en sus cuentas del Seguro Social para pagar sus obligaciones contributivas correspondientes.

La ley federal tambi¨¦n requiere que usted pague toda obligaci¨®n resultante de las contribuciones al Seguro Social y al Medicare correspondientes al patrono. No se les retiene esta parte de las contribuciones al Seguro Social ni de la contribuci¨®n al Medicare a los empleados.

?Qui¨¦n Tiene que Radicar el Formulario 941-PR?

Por lo general, tiene que radicar una planilla para el primer trimestre en el cual usted paga salarios sujetos a las contribuciones al Seguro Social y al Medicare, y para cada trimestre de ah¨ª en adelante hasta que usted radique una planilla final. Use el Formulario 941-PR si el lugar principal donde desempe?a sus actividades comerciales est¨¢ en Puerto Rico o si tiene empleados que est¨¢n sujetos a la retenci¨®n de la contribuci¨®n sobre los ingresos de Puerto Rico.

Use el Formulario 941-PR para declarar las siguientes cantidades:

  • Salarios que ha pagado sujetos a las contribuciones al Seguro Social y al Medicare.

  • Propinas que sus empleados han recibido sujetas a las contribuciones al Seguro Social y al Medicare.

  • Las partes correspondientes al patrono y al empleado de las contribuciones al Seguro Social y al Medicare.

  • Contribuci¨®n Adicional al Medicare retenida de los empleados.

  • Ajustes hechos en el trimestre en curso a las contribuciones al Seguro Social y al Medicare por fracciones de centavos, pagos por enfermedad, propinas y seguro de vida colectivo a t¨¦rmino fijo.

  • Cr¨¦dito contributivo sobre la n¨®mina de peque?os negocios calificados por aumentar las actividades investigativas.

  • Cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y licencia familiar calificados pagados este trimestre de 2023 por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de octubre de 2021.

No use el Formulario 941-PR si tiene tanto a empleados que est¨¢n sujetos a la retenci¨®n de la contribuci¨®n federal sobre los ingresos de los Estados Unidos como a empleados que no est¨¢n sujetos a la retenci¨®n de la contribuci¨®n federal sobre los ingresos de los Estados Unidos. En su lugar, tiene que radicar ²õ¨®±ô´Ç el Formulario 941 (o Formulario 944(SP)) e incluir todos los salarios de sus empleados en ese formulario. Tampoco use el Formulario 941-PR para declarar las contribuciones de desempleo. Use el Formulario 940-PR, Planilla para la Declaraci¨®n Federal Anual del Patrono de la Contribuci¨®n Federal para el Desempleo (FUTA), para declarar las contribuciones de desempleo.

Despu¨¦s de que radique su primer Formulario 941-PR, tiene que radicar una planilla cada trimestre aunque no haya tenido ninguna obligaci¨®n contributiva que declarar, a no ser que radique una planilla final o le corresponda una de las Excepciones a continuaci¨®n.

Excepciones

Reglas especiales le corresponden a ciertos patronos:

  • Si recibi¨® una notificaci¨®n que le informa que tiene que radicar el Formulario 944(SP), Declaraci¨®n ANUAL del Impuesto del Patrono o Empleador, tiene que radicar el Formulario 944(SP) anualmente; no radique el Formulario 941-PR trimestralmente.

  • Los patronos estacionales no tienen que radicar el Formulario 941-PR para los trimestres durante los cuales no han tenido una obligaci¨®n contributiva debido a que no han pagado salarios. Para notificarle al IRS que no va a radicar una planilla por uno o m¨¢s trimestres del a?o, marque el recuadro que aparece en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 18 del Formulario 941-PR en cada trimestre que radica dicho formulario. Por lo general, el IRS no le preguntar¨¢ sobre planillas que no han sido radicadas si por lo menos una planilla en la cual se indica una obligaci¨®n contributiva es radicada cada a?o. No obstante, tiene que marcar el recuadro en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 18 en cada planilla trimestral que radique. De otra manera, el IRS anticipar¨¢ que radicar¨¢ una planilla para cada trimestre.

  • Los patronos de empleados dom¨¦sticos normalmente no radican el Formulario 941-PR. Vea la Pub. 179, el Anexo H-PR (Formulario 1040-PR), Contribuciones sobre el Empleo de Empleados Dom¨¦sticos, sus instrucciones por separado y la Pub. 926, ¨¦sta ¨²ltima en ingl¨¦s.

  • Los patronos de empleados agr¨ªcolas no radican el Formulario 941-PR por los salarios pagados por trabajo agr¨ªcola. Vea el Formulario 943-PR, Planilla para la Declaraci¨®n Anual de la Contribuci¨®n Federal del Patrono de Empleados Agr¨ªcolas, la Pub. 179 y la Pub. 51, ¨¦sta ¨²ltima en ingl¨¦s.

This is an Image: taxtip.gifSi ninguna de estas excepciones le aplica y no ha radicado una planilla final, usted tiene que radicar el Formulario 941-PR cada trimestre aunque no haya pagado salarios durante el trimestre. Si es posible, use la radicaci¨®n electr¨®nica (e-file) del IRS.

Solicitud para Radicar los Formularios 941-PR en Lugar del Formulario 944(SP) o Solicitud para Radicar el Formulario 944(SP) en Lugar de los Formularios 941-PR

Solicitud para radicar los Formularios 941-PR en lugar del Formulario 944(SP).

Los patronos a quienes normalmente se les requiere radicar el Formulario 944(SP) que deseen radicar el Formulario 941-PR en su lugar, pueden contactar al IRS para solicitar radicar los Formularios 941-PR trimestrales en lugar de radicar el Formulario 944(SP) anualmente. Para solicitar la radicaci¨®n de los Formularios 941-PR trimestrales para declarar sus contribuciones al Seguro Social y al Medicare para el a?o natural 2023, tiene que llamar al IRS al 800-829-4933 entre el 1 de enero de 2023 y el 3 de abril de 2023 o enviar una solicitud por escrito con fecha de matasellos del correo entre el 1 de enero de 2023 y el 15 de marzo de 2023. Despu¨¦s de comunicarse con el IRS, el IRS le enviar¨¢ una notificaci¨®n por escrito de que su requisito de radicaci¨®n ha cambiado a los Formularios 941-PR. Usted tiene que recibir una notificaci¨®n por escrito del IRS antes de radicar los Formularios 941-PR en lugar del Formulario 944(SP). Si no recibe dicha notificaci¨®n, usted tiene que radicar el Formulario 944(SP) para el a?o natural 2023.

Solicitud para radicar el Formulario 944(SP) en lugar de los Formularios 941-PR.

Si tiene que radicar los Formularios 941-PR pero cree que sus contribuciones sobre la n¨®mina para el a?o natural 2023 ser¨¢n de $1,000 o menos, puede hacer una solicitud para poder radicar el Formulario 944(SP) en lugar de los Formularios 941-PR. Puede solicitar por tel¨¦fono llamando al IRS al 800-829-4933 entre el 1 de enero de 2023 y el 3 de abril de 2023 o enviando su solicitud por escrito con fecha de matasellos del correo entre el 1 de enero de 2023 y el 15 de marzo de 2023. Despu¨¦s de comunicarse con el IRS, el IRS le enviar¨¢ una notificaci¨®n por escrito de que su requisito de radicaci¨®n ha cambiado al Formulario 944(SP). Usted tiene que recibir una notificaci¨®n por escrito del IRS antes de radicar el Formulario 944(SP) en lugar de los Formularios 941-PR. Si no recibe dicha notificaci¨®n, usted tiene que radicar los Formularios 941-PR para el a?o natural 2023.

Ad¨®nde enviar sus solicitudes por escrito.

Las solicitudes por escrito tienen que ser enviadas a:

Department of the Treasury
Internal Revenue Service
Ogden, UT 84201-0038

Para m¨¢s informaci¨®n acerca de estos procedimientos, vea el Revenue Procedure 2009-51 (Procedimiento Administrativo Contributivo 2009-51), en ingl¨¦s. Puede ver dicho procedimiento en la p¨¢gina 625 del Internal Revenue Bulletin 2009-45 (Bolet¨ªn de Rentas Internas 2009-45), en ingles, disponible en IRS.gov/irb/2009-45_IRB#RP-2009-51.

?Qu¨¦ Pasar¨¢ si Reorganiza o Cierra su Negocio?

Si Vende o Transfiere su Negocio...

Si vende o transfiere su negocio durante el trimestre, tanto usted como el nuevo due?o tienen, cada uno, que radicar un Formulario 941-PR para el trimestre en el cual se efectu¨® la transferencia. Declare ¨²nicamente los salarios que usted mismo pag¨®.

Cuando se consolidan dos empresas, la empresa que contin¨²a en vigor tiene que radicar un Formulario 941-PR para el trimestre en el cual ocurri¨® la fusi¨®n y la otra empresa tiene que radicar una planilla final.

Cuando la clasificaci¨®n de un negocio cambia a otra¡ª tal como un negocio de un ²õ¨®±ô´Ç due?o que se convierte en una sociedad colectiva (partnership) o en una corporaci¨®n ¡ªse considera este tipo de cambio una transferencia. Si ocurre una transferencia, quiz¨¢s tenga que obtener un n¨²mero de identificaci¨®n patronal (EIN, por sus siglas en ingl¨¦s) nuevo. Vea la Pub.1635, en ingl¨¦s, y el apartado 3 de la Pub. 179 para m¨¢s detalles.

Aseg¨²rese de adjuntar una declaraci¨®n que incluya lo siguiente:

  • El nombre del nuevo due?o (o el nombre nuevo de la empresa);

  • Si la empresa actualmente es un negocio propio, sociedad colectiva (partnership) o corporaci¨®n (sociedad an¨®nima);

  • La clase de cambio que se efectu¨® (venta o transferencia);

  • La fecha en la cual se efectu¨® el cambio; y

  • El nombre del individuo que lleva los archivos de la n¨®mina y la direcci¨®n donde se guardar¨¢n tales archivos.

Si Cierra su Negocio...

Si cierra su negocio o deja de pagar salarios a sus empleados, tiene que radicar una planilla final. Para notificarle al IRS que la planilla para cierto trimestre va a ser su planilla final, marque el recuadro en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 17 y anote la ¨²ltima fecha en la cual pag¨® salarios. Adem¨¢s, adjunte una declaraci¨®n a su planilla final que indique el nombre del individuo que conservar¨¢ los archivos de la n¨®mina y la direcci¨®n del lugar en donde se guardar¨¢n dichos archivos. Tambi¨¦n vea Planilla final, m¨¢s adelante.

Si particip¨® en una fusi¨®n estatutaria o consolidaci¨®n, o califica para la clasificaci¨®n de predecesor-sucesor debido a una adquisici¨®n, deber¨¢ por lo general, radicar el Anexo D (Formulario 941), Report of Discrepancies Caused by Acquisitions, Statutory Mergers, or Consolidations (Informe de discrepancias causadas por adquisiciones, fusiones o consolidaciones), en ingl¨¦s. Vea las Instrucciones para el Anexo D (Formulario 941) a fin de determinar si debe radicar el Anexo D (Formulario 941) y cu¨¢ndo debe radicarlo.

Planilla Final

Si cierra su negocio o si deja de pagar salarios a sus empleados, tiene que radicar una planilla final. Para notificarle al IRS que el Formulario 941-PR para un trimestre particular es su planilla final, marque el recuadro en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 17 y anote la ¨²ltima fecha en que pag¨® salarios. Tambi¨¦n adjunte una declaraci¨®n a su planilla final que indique el nombre de la persona que se quedar¨¢ con los archivos o r¨¦cords correspondientes a la n¨®mina y la direcci¨®n en donde permanecer¨¢n. Comun¨ªquese con el Departamento de Hacienda de Puerto Rico para obtener informaci¨®n sobre cu¨¢ndo debe entregarles a sus empleados el Formulario 499R-2/W-2PR que corresponda al a?o natural en que ocurri¨® el cierre. Tambi¨¦n debe comunicarse con la Administraci¨®n del Seguro Social (SSA, por sus siglas en ingl¨¦s) para saber la fecha l¨ªmite para radicar ante la SSA sus Formularios 499R-2/W-2PR finales. Si tiene empleados que son contratados inmediatamente por el patrono sucesor, vea el Revenue Procedure 2004-53 (Procedimiento Administrativo Contributivo 2004-53 o Rev. Proc. 2004-53, por su abreviatura en ingl¨¦s). Puede encontrar el Rev. Proc. 2004-53 en la p¨¢gina 320 del Internal Revenue Bulletin 2004-34 (Bolet¨ªn de Rentas Internas 2004-34) en el sitio web IRS.gov/irb/2004-53_IRB#RP-2004-34.

?Cu¨¢ndo Tiene que Radicar la Planilla?

Radique el Formulario 941-PR inicial para cada trimestre en el cual usted pag¨® por primera vez salarios sujetos a las contribuciones al Seguro Social y al Medicare. Vea la tabla titulada Cu¨¢ndo Tiene que Radicar el Formulario 941-PR, m¨¢s adelante.

Luego tendr¨¢ que radicar para cada trimestre que le sigue ¡ªcada 3 meses¡ª aun si no tiene contribuciones que declarar, a menos que usted sea un patrono estacional o si radica su planilla final. Vea la explicaci¨®n sobre patronos estacionales bajo Excepciones y el tema Si Cierra su Negocio, anteriormente.

Radique el Formulario 941-PR ²õ¨®±ô´Ç una vez por cada trimestre. Si radica por medios electr¨®nicos, no radique un Formulario 941-PR en papel. Para m¨¢s informaci¨®n sobre la radicaci¨®n del Formulario 941-PR por medios electr¨®nicos, vea Radicaci¨®n y pago por medios electr¨®nicos, anteriormente.

Tabla . Cu¨¢ndo Tiene que Radicar el Formulario 941-PR

El plazo para radicar su Formulario 941-PR vence el ¨²ltimo d¨ªa del mes que le sigue al final del trimestre.
El trimestre incluye los meses de. . . El trimestre termina el. . . El Formulario 941-PR vence el. . .
1. enero, febrero, marzo 31 de marzo 30 de abril
2. abril, mayo, junio 30 de junio 31 de julio
3. julio, agosto, septiembre 30 de septiembre 31 de octubre
4. octubre, noviembre, diciembre 31 de diciembre 31 de enero
 

Por ejemplo, normalmente tiene que declarar los salarios que paga durante el 1er trimestre ¡ªque abarca los meses de enero hasta marzo¡ª a m¨¢s tardar para el 30 de abril. Si hace dep¨®sitos a su debido tiempo y paga las contribuciones trimestrales en su totalidad, puede radicar para el 10o d¨ªa del 2o mes siguiente al final del trimestre. Por ejemplo, si usted hizo dep¨®sitos a su debido tiempo en su totalidad durante el 1er trimestre, puede radicar el Formulario 941-PR el 10 de mayo.

Si recibimos el Formulario 941-PR despu¨¦s de la fecha de vencimiento, lo trataremos como si fuera radicado a tiempo si el sobre que contiene el Formulario 941-PR est¨¢ debidamente rotulado, tiene suficiente franqueo y el matasellos del Servicio Postal de los EE. UU. est¨¢ fechado a m¨¢s tardar en la fecha de vencimiento, o si se envi¨® por medio de un servicio de entrega privado (PDS, por sus siglas en ingl¨¦s) aprobado por el IRS a m¨¢s tardar en la fecha de vencimiento. Si no sigue estas pautas, generalmente consideramos que el Formulario 941-PR fue radicado en la fecha en que de hecho se recibi¨®. Para m¨¢s informaci¨®n sobre los PDS, vea ?Ad¨®nde Deber¨¢ Enviar la Planilla?, m¨¢s adelante.

Si la fecha de vencimiento para radicar una planilla es un s¨¢bado, domingo o d¨ªa feriado oficial, podr¨¢ radicar su planilla el pr¨®ximo d¨ªa laborable.

?C¨®mo Deber¨¢ Completar el Formulario 941-PR?

Escriba a mano, a maquinilla o por medio de su computadora su EIN, nombre y direcci¨®n en los espacios provistos. Tambi¨¦n anote su nombre y su EIN en la parte superior de las p¨¢ginas 2 y 3. No use su n¨²mero de Seguro Social (SSN, por sus siglas en ingl¨¦s) ni su n¨²mero de identificaci¨®n personal del contribuyente del IRS (ITIN, por sus siglas en ingl¨¦s). Por lo general, anotar¨¢ el nombre legal de su negocio que us¨® al solicitar su EIN. Por ejemplo, si es due?o ¨²nico de su negocio, anotar¨¢ ¡°Roberto Herrera¡± en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ que dice ¡°Nombre (el nombre legal del negocio, no el nombre comercial)¡± y ¡°Bicicletas Roberto¡± donde dice ¡°Nombre comercial¡±. Deje en blanco la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ ¡°Nombre comercial¡± si este nombre es igual al ¡°Nombre¡± legal del negocio.

Si utiliza un preparador remunerado para completar el Formulario 941-PR, aseg¨²rese de que el preparador utilice el nombre legal del negocio tal como se escribi¨® cuando solicit¨® su EIN.

N¨²mero de identificaci¨®n patronal (EIN).

Para asegurar que los negocios cumplan con las leyes federales de la contribuci¨®n, el IRS se ocupa de controlar los pagos de contribuci¨®n mediante el uso de un sistema de n¨²meros para identificar a los contribuyentes. El n¨²mero de identificaci¨®n patronal (EIN, por sus siglas en ingl¨¦s) es un n¨²mero especial y singular que consta de nueve d¨ªgitos que el IRS les expide a todas las corporaciones y sociedades colectivas, as¨ª como a algunos negocios de un ²õ¨®±ô´Ç due?o. Todo negocio que tenga que obtener un EIN tiene que solicitar este n¨²mero y anotarlo en toda planilla, pago o informe de contribuci¨®n mientras est¨¦ en operaci¨®n.

Su negocio debe tener solamente un EIN. Si tiene m¨¢s de un n¨²mero y no est¨¢ seguro del n¨²mero que debe usar, escriba a la oficina del IRS donde suele radicar sus planillas de contribuci¨®n (la direcci¨®n que usa cuando env¨ªa planillas ¡°Sin un pago¡±, indicada bajo ?Ad¨®nde Deber¨¢ Enviar la Planilla?, m¨¢s adelante), o llame al IRS al 800-829-4933.

Si usted no tiene un EIN, puede solicitar uno en ±ô¨ª²Ô±ð²¹ accediendo a IRS.gov/EIN; pulse sobre Espa?ol. Tambi¨¦n puede solicitar un EIN enviando el Formulario SS-4PR, Solicitud de N¨²mero de Identificaci¨®n Patronal (EIN), al IRS por fax o por correo. Si usted no ha recibido su EIN antes de la fecha de vencimiento del Formulario 941-PR, escriba ¡°Applied For¡± (Solicitado) y la fecha en que solicit¨® el EIN en el espacio correspondiente.

This is an Image: caution.gifSi usted radica su planilla de contribuci¨®n electr¨®nicamente, un EIN v¨¢lido se requiere en el momento de radicar su planilla. Si no provee un EIN v¨¢lido, la planilla no ser¨¢ tramitada. Esto puede resultar en multas.

This is an Image: taxtip.gifAseg¨²rese siempre de que el EIN que aparezca en el formulario que radica sea exactamente igual al EIN que el IRS le asign¨® a su negocio. No use SSN, por sus siglas en ingl¨¦s, ni su ITIN en ning¨²n formulario que pida un EIN. Si usa un EIN (incluyendo un EIN de un due?o anterior) en el Formulario 941-PR que es diferente del EIN declarado en el Formulario W-3PR, vea el Recuadro f: Otro n¨²mero de identificaci¨®n patronal usado este a?o en las Instrucciones para el Formulario W-3PR. La radicaci¨®n de un Formulario 941-PR con un EIN incorrecto o el uso de un EIN que pertenece a otro negocio puede resultar en multas y demoras en la tramitaci¨®n de su planilla.

Si cambia el nombre legal de su negocio, la direcci¨®n de su negocio o la parte responsable....

Notif¨ªquele al IRS inmediatamente si cambia el nombre legal de su negocio, la direcci¨®n de su negocio o la parte responsable.

  • Escriba a la oficina del IRS donde usted radica sus planillas (utilizando la direcci¨®n ¡°Sin un pago¡±, indicada bajo ?Ad¨®nde Deber¨¢ Enviar la Planilla?, m¨¢s adelante) para notificarle al IRS sobre todo cambio en el nombre legal de su negocio. Vea la Pub. 1635, en ingl¨¦s, para saber si necesita solicitar un EIN nuevo.

  • Complete y env¨ªe por correo el Formulario 8822-B, en ingl¨¦s, para notificarle al IRS sobre un cambio en la direcci¨®n de su negocio o en la parte responsable. No env¨ªe el Formulario 8822-B junto con su Formulario 941-PR. Si desea ver la definici¨®n de ¡°parte responsable¡±, vea las Instrucciones para el Formulario SS-4PR.

Marque el Recuadro para el Trimestre

Debajo de Informe para este trimestre de 2023 en la parte superior del Formulario 941-PR, marque el recuadro apropiado del trimestre para el cual radica esta planilla. Aseg¨²rese de que el trimestre en cuesti¨®n sea el mismo que aparece en todo Anexo B (Formulario 941-PR), Registro de la Obligaci¨®n Contributiva para los Depositantes de Itinerario Bisemanal, que usted adjunte y, si corresponde, en el Anexo R (Formulario 941), en ingl¨¦s.

C¨®mo Completar y Radicar el Formulario 941-PR

Anote las partidas en el Formulario 941-PR tal como se indica a continuaci¨®n para evitar problemas con su tramitaci¨®n:

  • Use letra de imprenta de fuente Courier de 10 puntos (si es posible) para cada anotaci¨®n que escriba a maquinilla o con computadora para completar su formulario. Los formularios en formato de documento port¨¢til (PDF, por sus siglas en ingl¨¦s) en IRS.gov tienen campos editables con especificaciones de fuentes aceptables.

  • Omita el signo de d¨®lares y puntos decimales. El uso de comas es opcional. Anote las cantidades en d¨®lares de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ vertical divisoria a la izquierda y los centavos a la derecha de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ vertical. No redondee las cantidades a n¨²meros enteros. Siempre anote la cantidad para los centavos, aun cuando ¨¦stos sean ceros.

  • Deje en blanco (menos las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 1 y 12) todo espacio para anotar datos que tengan un valor de cero.

  • Use el signo de menos al anotar cantidades negativas (si es posible). De otra manera, use par¨¦ntesis.

  • Anote su nombre y su EIN en todas las p¨¢ginas.

  • Anote su nombre, EIN, ¡°Formulario 941-PR¡± y el per¨ªodo contributivo y trimestre en todos los documentos.

  • Engrape todas las hojas en la parte superior izquierda de la planilla al radicarla.

Complete las tres p¨¢ginas.

Tiene que completar las tres p¨¢ginas del Formulario 941-PR y firmar la tercera p¨¢gina. Si no lo hace, podr¨¢ causar demoras en la tramitaci¨®n de su planilla.

Conciliaci¨®n de los Formularios 941-PR con el Formulario W-3PR

El IRS concilia las cantidades declaradas en sus cuatro Formularios 941-PR trimestrales con las cantidades declaradas en los Formularios 499R-2/W-2PR y cuya suma total se incluye en su Formulario W-3PR, Informe de Comprobantes de Retenci¨®n. Si las cantidades no concuerdan, es posible que el IRS o la SSA se comunique con usted. Las cantidades que se concilian son las siguientes:

  • Salarios sujetos a la contribuci¨®n al Seguro Social.

  • Propinas sujetas a la contribuci¨®n al Seguro Social.

  • Salarios y propinas sujetos a la contribuci¨®n al Medicare.

Use el Anexo D (Formulario 941), en ingl¨¦s, para explicar ciertas diferencias o discrepancias relacionadas con los salarios, contribuciones y pagos entre los Formularios 941-PR, Formularios 499R-2/W-2PR y los Formularios 499R-2c/W-2cPR, Correcci¨®n al Comprobante de Retenci¨®n, debidas a adquisiciones, fusiones o consolidaciones estatutarias. Para m¨¢s informaci¨®n, vea las Instrucciones para el Anexo D (Formulario 941), en ingl¨¦s.

?Ad¨®nde Deber¨¢ Enviar la Planilla?

Le exortamos a radicar el Formulario 941-PR electr¨®nicamente. Acceda a IRS.gov/EmploymentEfile y pulse sobre Espa?ol para m¨¢s informaci¨®n sobre c¨®mo radicar por medios electr¨®nicos, en ingl¨¦s. Si usted radica una planilla en papel, la direcci¨®n a la cual enviar¨¢ su planilla depende de si se incluye o no un pago al radicar su Formulario 941-PR. Env¨ªe por correo su planilla a la direcci¨®n que aparece para su localizaci¨®n en la tabla a continuaci¨®n.

Los PDS no pueden entregar correspondencia a los apartados postales. Tiene que usar el Servicio Postal de los EE. UU. si env¨ªa correspondencia a una direcci¨®n que contiene un apartado postal. Acceda a IRS.gov/PDS, en ingl¨¦s, para un listado actualizado de los PDS. Para la direcci¨®n postal a utilizar si est¨¢ usando un PDS, acceda a IRS.gov/PDSstreetAddresses, en ingl¨¦s.

Si est¨¢ enviando el Formulario 941-PR... Sin un pago... Con un pago...
Desde Puerto Rico... Internal Revenue Service
P.O. Box 409101
Ogden, UT 84409
Internal Revenue Service
P.O. Box 932100
Louisville, KY 40293-2100
Direcci¨®n especial para la radicaci¨®n por parte de organizaciones exentas; entidades gubernamentales federales, estatales y locales; y entidades gubernamentales de tribus ind¨ªgenas estadounidenses, sin tener en cuenta su ubicaci¨®n... Department of the Treasury
Internal Revenue Service
Ogden, UT 84201-0005
Internal Revenue Service
P.O. Box 932100
Louisville, KY 40293-2100

This is an Image: caution.gifLas direcciones adonde debe enviar la planilla pudieron haber cambiado de las que utiliz¨® para declarar las contribuciones sobre la n¨®mina en a?os anteriores. No env¨ªe el Formulario 941-PR ni ning¨²n pago a la SSA.

C¨®mo Hacer los Dep¨®sitos de sus Contribuciones

This is an Image: caution.gifUsted tiene que depositar toda contribuci¨®n electr¨®nicamente por transferencia electr¨®nica de fondos (EFT). Para obtener m¨¢s informaci¨®n, vea Dep¨®sitos de la contribuci¨®n federal tienen que efectuarse por transferencia electr¨®nica de fondos (EFT) bajo Recordatorios, anteriormente.

?Tiene que Depositar sus Contribuciones?

Puede que tenga que depositar la contribuci¨®n al Seguro Social y al Medicare correspondientes tanto al patrono como al empleado.

  • Si el total de sus contribuciones despu¨¦s de considerar los ajustes y cr¨¦ditos no reembolsables (±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12) es menos de $2,500 para el trimestre en curso o el trimestre anterior y usted no tuvo una obligaci¨®n de depositar $100,000 el pr¨®ximo d¨ªa durante el trimestre en curso. No tiene que hacer un dep¨®sito. Para evitar una multa, tiene que pagar cualquier cantidad adeudada en su totalidad con una planilla radicada a su debido tiempo o tiene que depositar cualquier cantidad que adeuda para la fecha de vencimiento de la planilla. Para m¨¢s informaci¨®n sobre c¨®mo pagar junto con una planilla radicada a tiempo, vea las instrucciones de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 14, m¨¢s adelante. Si no est¨¢ seguro si su obligaci¨®n total por pagar para el trimestre en curso ser¨¢ menos de $2,500 (y su obligaci¨®n para el trimestre anterior no fue menos de $2,500), haga los dep¨®sitos seg¨²n las reglas del itinerario mensual o bisemanal para evitar multas por no depositar (FTD, por sus siglas en ingl¨¦s).

  • Si el total de sus contribuciones despu¨¦s de considerar los ajustes y cr¨¦ditos no reembolsables (±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12) es $2,500 o m¨¢s para el trimestre en curso y el trimestre anterior. Tiene que hacer dep¨®sitos conforme a su itinerario de dep¨®sitos. Vea el apartado 11 de la Pub. 179 para la informaci¨®n sobre los pagos efectuados de acuerdo a la regla de la exactitud de los dep¨®sitos y las reglas sobre los dep¨®sitos de la contribuci¨®n federal.

C¨®mo reducir sus dep¨®sitos por el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados.

Los patronos elegibles para reclamar el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados pagados este trimestre de 2023 por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de octubre 2021 pueden reducir sus dep¨®sitos por la cantidad de su cr¨¦dito anticipado. Los patronos no estar¨¢n sujetos a una multa FTD por reducir sus dep¨®sitos si se cumplen ciertos requisitos. Vea las instrucciones para la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 11b y la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 11d, m¨¢s adelante, para m¨¢s informaci¨®n sobre estos cr¨¦ditos. Para m¨¢s informaci¨®n sobre la reducci¨®n de dep¨®sitos, vea el Notice 2020-22 (Aviso 2020©\22) que se encuentra en la p¨¢gina 664 del Internal Revenue Bulletin 2020-17 (Bolet¨ªn de Rentas Internas 2020-17), disponible en IRS.gov/irb/ 2020©\17_IRB #NOT©\ 2020©\22; y el Notice 2021-24 (Aviso 2021-24) que se encuentra en la p¨¢gina 1122 del Internal Revenue Bulletin 2021-18 (Bolet¨ªn de Rentas Internas 2021-18), disponible en IRS.gov/irb/2021-18_IRB#NOT-2021-24, ambos en ingl¨¦s. Vea las instrucciones para la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 16, m¨¢s adelante, para informaci¨®n sobre c¨®mo ajustar su obligaci¨®n contributiva declarada en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 16 o en el Anexo B (Formulario 941-PR) para los cr¨¦ditos no reembolsables.

?Cu¨¢ndo Tiene que Depositar sus Contribuciones?

Determine si es Depositante de Itinerario Mensual o Bisemanal para el Trimestre

El IRS usa dos clases de reglas de dep¨®sito para determinar cu¨¢ndo los negocios tienen que depositar sus contribuciones al Seguro Social y al Medicare. Esos itinerarios le informar¨¢n cu¨¢ndo debe hacer un dep¨®sito despu¨¦s de un d¨ªa de pago.

Su itinerario de dep¨®sitos no se determina por la frecuencia en que le paga a sus empleados. Su itinerario de dep¨®sitos depende del total de la obligaci¨®n contributiva que declar¨® en el Formulario 941-PR durante el per¨ªodo retroactivo de los 4 trimestres anteriores (del 1 de julio del segundo a?o natural anterior (pen¨²ltimo a?o) al 30 de junio del a?o natural pasado). Vea el apartado 11 de la Pub. 179 para m¨¢s detalles. Si radic¨® el Formulario 944(SP) en 2021 o 2022, su per¨ªodo retroactivo es el a?o natural 2021.

Antes del comienzo de cada a?o natural, tiene que determinar cu¨¢l de los itinerarios de dep¨®sitos tiene que usar.

  • Si declar¨® $50,000 o menos por concepto de contribuciones durante el per¨ªodo retroactivo, usted es depositante de itinerario mensual.

  • Si declar¨® m¨¢s de $50,000 por concepto de contribuciones durante el per¨ªodo retroactivo, usted es depositante de itinerario bisemanal.

This is an Image: caution.gifSi usted es depositante de itinerario mensual y acumula $100,000 o m¨¢s por concepto de contribuciones en cualquier d¨ªa durante el per¨ªodo de dep¨®sito, entonces se convierte en depositante de itinerario bisemanal en el pr¨®ximo d¨ªa y al menos por el resto del a?o natural y el a?o siguiente. Vea la Regla de depositar $100,000 el pr¨®ximo d¨ªa en el apartado 11 de la Pub. 179 para m¨¢s informaci¨®n. El l¨ªmite superior de la obligaci¨®n contributiva de $100,000 que requiere un dep¨®sito al d¨ªa siguiente se determina antes de considerar cualquier reducci¨®n de su obligaci¨®n por cr¨¦ditos no reembolsables. Para m¨¢s informaci¨®n, incluyendo un ejemplo, vea la pregunta frecuente n¨²mero 17 en IRS.gov/ETD, en ingl¨¦s.

?Qu¨¦ Hay que Saber acerca de las Multas e Intereses?

C¨®mo Evitar el Pago de Multas e Intereses

Puede evitar el pago de multas e intereses si hace todo lo indicado a continuaci¨®n:

  • Deposita o paga las contribuciones cuando se debe hacer, a menos que cumpla con los requisitos discutidos en el Notice 2020-22 (Aviso 2020-22) y en el Notice 2021-24 (Aviso 2021-24). La informaci¨®n est¨¢ disponible en ingl¨¦s.

  • Radica a su debido tiempo su Formulario 941-PR debidamente completado.

  • Declara correctamente su obligaci¨®n contributiva.

  • Entrega cheques v¨¢lidos para el pago de las contribuciones.

  • Entrega los Formularios 499R-2/W-2PR correctos a sus empleados.

  • Radica el Formulario W-3PR junto con los Formularios 499R-2/W-2PR ante la SSA a su debido tiempo y sin errores.

Se cobran multas e intereses sobre las contribuciones pagadas fuera de plazo y sobre las planillas radicadas fuera de plazo a una tasa fijada conforme a la ley. Vea los apartados 11 y 12 de la Pub. 179 para m¨¢s detalles.

Use el Formulario 843, en ingl¨¦s, para solicitar una reducci¨®n en los intereses o multas que le han sido tasados. No solicite la reducci¨®n de multas o intereses en los Formularios 941-PR o 941-X (PR).

Si recibe una notificaci¨®n de multas despu¨¦s de que haya radicado esta planilla, responda a la notificaci¨®n con una explicaci¨®n y determinaremos si cumple el criterio de lo que se considera ser causas razonables. No adjunte dicha explicaci¨®n cuando radique su planilla.

This is an Image: caution.gifSi las contribuciones al Seguro Social y al Medicare que se tienen que retener (es decir, las contribuciones del fondo fiduciario) no se retienen o no se depositan o no se pagan al United States Treasury (Tesoro de los Estados Unidos), se le podr¨ªa imponer una multa por recuperaci¨®n del fondo fiduciario. La multa es del 100% de la contribuci¨®n al fondo fiduciario adeudada. Si estas contribuciones no pagadas no se le pueden cobrar inmediatamente al patrono o al negocio, la multa por recuperaci¨®n del fondo fiduciario puede ser impuesta a todas las personas que el IRS determine que son responsables del cobro, de la contabilidad o del pago por estas contribuciones y que intencionalmente no lo hacen. Vea el apartado 11 de la Pub. 179 para m¨¢s informaci¨®n. La multa por recuperaci¨®n del fondo fiduciario no aplicar¨¢ a ninguna cantidad de las contribuciones al fondo fiduciario que un patrono retenga en anticipaci¨®n de cualquiera de los cr¨¦ditos al que tenga derecho.

Ajuste a la Contribuci¨®n sobre las Propinas

Si, para el d¨ªa 10 del mes siguiente al mes en que recibi¨® la declaraci¨®n de propinas del empleado, no tiene suficientes fondos del empleado para retener la parte correspondiente al empleado de las contribuciones al Seguro Social y al Medicare, entonces ya no tendr¨¢ que recaudarlas. Declare la cantidad de las propinas en su totalidad en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5b (Propinas sujetas a la contribuci¨®n al Seguro Social), en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5c (Salarios y propinas sujetos a la contribuci¨®n al Medicare) y, si cumple con la cantidad del l¨ªmite superior, en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5d (Salarios y propinas sujetos a la retenci¨®n de la Contribuci¨®n Adicional al Medicare ). Incluya en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 9, como un ajuste negativo, el total de la parte no recaudada correspondiente al empleado de las contribuciones al Seguro Social y al Medicare.

?D¨®nde Puede Obtener Formularios?

Vea la Pub. 179 para obtener informaci¨®n sobre c¨®mo pedir formularios del IRS por tel¨¦fono, por correo o por Internet. Tambi¨¦n puede obtener algunos de los formularios del IRS en la direcci¨®n indicada a continuaci¨®n:

Internal Revenue Service
City View Plaza II Bldg.
48 Carr. 165 km. 1.2
Guaynabo, PR 00968-8000

Retenci¨®n de la Contribuci¨®n Federal sobre los Ingresos

En el caso de un empleado que es ciudadano de los Estados Unidos y que trabaja para un patrono que no sea el gobierno de los Estados Unidos o alguna de sus agencias, no hay que retener la contribuci¨®n federal sobre los ingresos de los salarios pagados a dicho empleado si el patrono est¨¢ obligado a retener la contribuci¨®n sobre los ingresos de Puerto Rico en conformidad con sus leyes o cuando es razonable creer que tal empleado ser¨¢, durante todo el a?o natural, residente bona fide de Puerto Rico. No obstante, si un patrono tiene un empleado en Puerto Rico que es ciudadano de los Estados Unidos y de cuyos salarios no se exige la retenci¨®n de la contribuci¨®n sobre los ingresos de acuerdo con la ley de Puerto Rico, y si tal empleado no piensa adquirir residencia bona fide en Puerto Rico por todo el a?o natural, dicho patrono est¨¢ obligado a retener la contribuci¨®n federal sobre los ingresos de los salarios pagados a este empleado. En casos como ¨¦ste, el patrono debe consultar con la oficina del IRS en Guaynabo.

Use el Formulario 941, en ingl¨¦s, en lugar del Formulario 941-PR si tiene que retener la contribuci¨®n federal sobre los ingresos de los salarios pagados a sus empleados. Puede obtener los formularios necesarios y las instrucciones pertinentes en la oficina en Guaynabo o descarg¨¢ndolos del sitio web del IRS en IRS.gov/Forms. La informaci¨®n est¨¢ disponible en ingl¨¦s.

Instrucciones Espec¨ªficas:

Parte 1: Conteste las Preguntas a Continuaci¨®n para este Trimestre

1. N¨²mero de Empleados que Recibieron Salarios, Propinas u Otras Remuneraciones

Anote el n¨²mero de empleados en su n¨®mina a los cuales les pag¨® remuneraciones durante el per¨ªodo de pago que incluya el 12 de marzo, el 12 de junio, el 12 de septiembre o el 12 de diciembre del trimestre indicado en la parte superior del Formulario 941-PR. No incluya a:

  • Empleados dom¨¦sticos,

  • Empleados no remunerados durante el per¨ªodo de pago,

  • Empleados agr¨ªcolas,

  • Pensionistas o

  • Miembros activos de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos.

This is an Image: taxtip.gifPara prop¨®sitos de estas instrucciones, todas las referencias hechas a ¡°compensaci¨®n por enfermedad¡± significan compensaci¨®n normal por enfermedad, no ¡°salarios de licencia por enfermedad calificados¡± que se declaran en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a(i) por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021, o declarada en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021.

4. Si No Hay Salarios, Propinas ni Otras Remuneraciones Sujetos a las Contribuciones al Seguro Social y al Medicare

Si no hay salarios, propinas ni otras remuneraciones sujetos a las contribuciones al Seguro Social y al Medicare, marque el recuadro en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 4. Si esta pregunta no le corresponde, deje en blanco el recuadro. Para m¨¢s informaci¨®n sobre los salarios exentos de la contribuci¨®n, vea el apartado 15 de la Pub. 179. Para excepciones religiosas, vea el apartado 4 de la Pub. 15-A, en ingl¨¦s.

This is an Image: caution.gifSi es patrono gubernamental, los salarios que paga no est¨¢n exentos autom¨¢ticamente de las contribuciones al Seguro Social y al Medicare. Sus empleados podr¨ªan estar amparados por la ley o por un acuerdo voluntario con la SSA conforme a la secci¨®n 218. Para m¨¢s informaci¨®n, vea la Pub. 963, Federal-State Reference Guide (Gu¨ªa de consulta federal y estatal), en ingl¨¦s.

5a a 5e. Salarios y Propinas Sujetos a las Contribuciones al Seguro Social y al Medicare

This is an Image: caution.gifLos salarios de licencia por enfermedad calificados y los salarios de licencia familiar calificados pagados este trimestre de 2023 por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021 se declaran en las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 5a(i) y 5a(ii), respectivamente. Los salarios de licencia por enfermedad calificados y los salarios de licencia familiar calificados pagados este trimestre de 2023 por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021 se declaran en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a.

5a. Salarios sujetos a la contribuci¨®n al Seguro Social.

Anote el total de los salarios, incluyendo los salarios de licencia por enfermedad calificados y los salarios de licencia familiar calificados pagados en este trimestre de 2023 por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, compensaci¨®n por enfermedad y beneficios marginales sujetos a la contribuci¨®n al Seguro Social que le pag¨® a sus empleados durante el trimestre. No incluya los salarios de licencia por enfermedad calificados pagados en este trimestre de 2023 y declarados en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a(i) ni los salarios de licencia familiar calificados pagados en este trimestre de 2023 y declarados en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a(ii) por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021. Para este prop¨®sito, la compensaci¨®n por enfermedad incluye los pagos hechos a sus empleados por una compa?¨ªa de seguros y por los cuales usted fue notificado oportunamente por dicha compa?¨ªa de seguros. Vea el apartado 6 de la Pub. 15-A, en ingl¨¦s, para m¨¢s informaci¨®n sobre la declaraci¨®n de compensaci¨®n por enfermedad. Vea las instrucciones para la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 8 para informaci¨®n sobre un ajuste que es posible que necesite hacer en el Formulario 941-PR para la compensaci¨®n por enfermedad.

Anote la cantidad antes de descontar las deducciones de n¨®mina. No incluya propinas en esta ±ô¨ª²Ô±ð²¹. Para m¨¢s informaci¨®n sobre los tipos de salarios sujetos a las contribuciones al Seguro Social, vea el apartado 5 de la Pub. 179.

La tasa para 2023 de la contribuci¨®n al Seguro Social sobre los salarios sujetos a contribuci¨®n, excepto para salarios de licencia por enfermedad calificados y salarios de licencia familiar calificados pagados en 2023 por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021, es 6.2% (0.062) correspondiente tanto al patrono como al empleado, o sea, 12.4% (0.124) para ambos. Deje de pagar la contribuci¨®n al Seguro Social sobre los salarios de un empleado y deje de declarar los salarios del empleado en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a cuando los salarios sujetos a la contribuci¨®n, incluyendo los salarios de licencia por enfermedad calificados pagados en 2023 que son declarados en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a(i), los salarios de licencia familiar calificados pagados en 2023 que son declarados en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a(ii) y las propinas del empleado alcancen $160,200 para el a?o. Sin embargo, siga reteni¨¦ndole la contribuci¨®n al Medicare para todo el a?o sobre todos los salarios, incluyendo salarios de licencia por enfermedad calificados pagados en 2023, salarios de licencia familiar calificados pagados en 2023 y propinas aun cuando se haya alcanzado la base salarial para la contribuci¨®n al Seguro Social de $160,200.

Para prop¨®sitos del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados, los salarios de licencia por enfermedad calificados y los salarios de licencia familiar son salarios sujetos a las contribuciones al Seguro Social y al Medicare, determinados sin tomar en cuenta las exclusiones de la definici¨®n de empleo conforme a la secci¨®n 3121(b)(1) a (22), que un patrono paga y que, por lo dem¨¢s, cumplen con los requisitos de la Emergency Paid Sick Leave Act (Ley de Licencia Pagada de Emergencia por Enfermedad o EPSLA, por sus siglas en ingl¨¦s) o la Emergency Family and Medical Leave Expansion Act (Expanded FMLA) (Ley de Emergencia de Expansi¨®n de la Licencia Familiar y por Enfermedad o FMLA Expandida, como se le conoce en ingl¨¦s), seg¨²n promulgados conforme a la FFCRA y enmendados para prop¨®sitos de la Ley ARP. Sin embargo, no incluya ning¨²n salario excluido de otra manera conforme a la secci¨®n 3121(b) cuando declare los salarios de licencia por enfermedad y los salarios de licencia familiar calificados en las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 5a, 5a(i), 5a(ii), 5c y, si aplica, 5d. Vea las instrucciones para la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 11d para informaci¨®n sobre el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y licencia familiar calificados por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021.

±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a (columna 1)
x 0.124  
±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a (columna 2)

EPSLA.

Los patronos con menos de 500 empleados y, por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, ciertos patronos gubernamentales sin tener en cuenta el n¨²mero de empleados (a excepci¨®n del gobierno federal y sus agencias e instrumentalidades, excepto las que se describen en la secci¨®n 501(c)(1)) tienen derecho a un cr¨¦dito si ¨¦stos proveen licencia por enfermedad pagada a los empleados que de otra manera cumple con los requisitos de la EPSLA. Conforme a la EPSLA, seg¨²n enmendada para prop¨®sitos de la Ley ARP, los salarios se consideran salarios de licencia por enfermedad calificados si son pagados a empleados que no pueden trabajar o teletrabajar antes del 1 de octubre de 2021 porque el empleado:

  1. Est¨¢ sujeto a una orden de cuarentena o aislamiento federal, estatal o local relacionada con el COVID-19;

  2. Ha sido aconsejado por un proveedor de cuidado de salud que se ponga en cuarentena por preocupaciones relacionadas con el COVID-19;

  3. Est¨¢ experimentando s¨ªntomas de COVID-19 y est¨¢ solicitando un diagn¨®stico m¨¦dico o, por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, est¨¢ buscando o esperando los resultados de una prueba de diagn¨®stico o un diagn¨®stico m¨¦dico de COVID-19 (y el empleado ha estado expuesto a COVID-19 o el patrono del empleado ha solicitado dicha prueba o diagn¨®stico), o el empleado est¨¢ obteniendo inmunizaciones relacionadas con el COVID-19 o recuper¨¢ndose de una lesi¨®n, discapacidad, enfermedad o condici¨®n relacionada con dicha inmunizaci¨®n.

  4. Est¨¢ cuidando a una persona sujeta a una orden descrita en el punto (1) o quien ha sido aconsejado como se describe en el punto (2);

  5. Est¨¢ cuidando a un hijo o a una hija debido a que la escuela o lugar de cuidados para ese hijo ha sido cerrado o los cuidados infantiles para ese hijo no est¨¢n disponibles debido a las precauciones del COVID-19; o

  6. Est¨¢ experimentando otras condiciones sustancialmente similares a las especificadas por el Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos que, por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, incluye acompa?ar a una persona a obtener una inmunizaci¨®n relacionada con el COVID-19, o para cuidar a una persona que se est¨¢ recuperando de cualquier lesi¨®n, discapacidad, enfermedad o condici¨®n relacionada con la inmunizaci¨®n.

Hijo o hija.

Un hijo o una hija tiene que haber sido menor de 18 a?os de edad o incapaz de cuidarse a s¨ª mismo debido a una discapacidad mental o f¨ªsica. Un hijo o una hija incluye un hijo biol¨®gico, un hijo adoptivo, un hijastro, un hijo de crianza, una persona bajo tutela legal o un hijo para quien el empleado asume el estado parental y cumple con las obligaciones de un padre.

L¨ªmites sobre salarios de licencia por enfermedad calificados.

La EPSLA, seg¨²n enmendada para prop¨®sitos de la Ley ARP, provee diferentes limitaciones para diferentes circunstancias bajo las cuales se pagan salarios de licencia por enfermedad calificados. Para la licencia por enfermedad pagada que califica bajo los puntos (1), (2) o (3) mencionados anteriormente, la cantidad de salarios de licencia por enfermedad calificados se determina por la tasa regular de pago del empleado, pero el salario no puede exceder de $511 por cualquier d¨ªa (o parte de un d¨ªa) por el cual el individuo recibe paga de licencia por enfermedad. Para la licencia por enfermedad pagada que califique bajo los puntos (4), (5) o (6), mencionados anteriormente, la cantidad de los salarios de licencia por enfermedad calificados se determina a dos tercios (2/3) de la tasa regular de pago del empleado, pero el salario no puede exceder de $200 por cualquier d¨ªa (o parte de un d¨ªa) por el cual el individuo recibe paga de licencia por enfermedad. La EPSLA tambi¨¦n limita a cada individuo a un m¨¢ximo de hasta 80 horas de licencia por enfermedad pagada en total por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021. La Ley ARP restablece este l¨ªmite a 80 horas de licencia por enfermedad pagada por licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021. Por lo tanto, por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021, la cantidad m¨¢xima de salarios de licencia por enfermedad pagada no puede exceder de $5,110 para un empleado por la licencia bajo los puntos (1), (2) o (3), y no puede exceder de $2,000 para un empleado por la licencia bajo los puntos (4), (5) o (6). Estas cantidades m¨¢ximas tambi¨¦n se restablecen y se aplican a la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021.

Para m¨¢s informaci¨®n sobre los salarios de licencia por enfermedad calificados, acceda a IRS.gov/PLC, en ingl¨¦s.

FMLA Expandida.

Los patronos con menos de 500 empleados y, por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, ciertos patronos gubernamentales sin tener en cuenta el n¨²mero de empleados (a excepci¨®n del gobierno federal y sus agencias e instrumentalidades, excepto las que se describen en la secci¨®n 501(c)(1)) tienen derecho a un cr¨¦dito conforme a la FFCRA, seg¨²n enmendada para prop¨®sitos de la Ley ARP, si ¨¦stos proveen licencia familiar pagada a empleados que de otra manera cumple con los requisitos de la FMLA Expandida. Por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021, los salarios son salarios de licencia familiar calificados si son pagados a un empleado que ha estado empleado durante al menos 30 d¨ªas naturales cuando un empleado no puede trabajar o teletrabajar debido a la necesidad de cuidar a un hijo o una hija menor de 18 a?os de edad o incapaz de cuidarse a s¨ª mismo debido a una discapacidad mental o f¨ªsica porque la escuela o el lugar de cuidados para ese hijo ha sido cerrado, o el proveedor de cuidado infantil para ese hijo no est¨¢ disponible, debido a una emergencia de salud p¨²blica. Vea Hijo o hija, anteriormente, para m¨¢s informaci¨®n. Por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, la licencia puede ser concedida por cualquier raz¨®n provista conforme a la EPSLA, seg¨²n enmendada para prop¨®sitos de la Ley ARP.

Por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021, los primeros 10 d¨ªas por los cuales un empleado toma la licencia pueden no ser pagados. Durante este per¨ªodo, los empleados pueden usar otras formas de licencia pagada, como licencia por enfermedad calificada, licencia por enfermedad acumulada, licencia anual u otro tiempo libre remunerado. Despu¨¦s de que un empleado haya tomado licencia por 10 d¨ªas, el patrono tiene que proveer al empleado licencia pagada (es decir, salarios de licencia familiar calificados) por hasta 10 semanas. Por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, la regla de 10 d¨ªas discutida anteriormente no aplica y la licencia pagada puede ser provista por hasta 12 semanas.

Tasa de pago y l¨ªmite de salarios.

La tasa de pago tiene que ser al menos dos tercios (2/3) de la tasa regular de pago del empleado (seg¨²n lo determinado conforme a la Fair Labor Standards Act of 1938 (Ley de Normas Justas de Trabajo de 1938)) multiplicada por el n¨²mero de horas que el empleado de otra manera habr¨ªa sido programado para trabajar. Por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021, el total de los salarios de licencia familiar calificados no puede exceder de $200 por d¨ªa o $10,000 en el agregado por empleado. Por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, el l¨ªmite se restablece y el total de los salarios calificados de licencia familiar calificados no puede exceder de $200 por d¨ªa o $12,000 en el agregado por empleado.

Para m¨¢s informaci¨®n sobre los salarios de licencia familiar calificados, acceda a IRS.gov/PLC, en ingl¨¦s.

5a(i). Salarios de licencia por enfermedad calificados.

Anote los salarios de licencia por enfermedad calificados tributables (sujetos a las contribuciones al Seguro Social) que pag¨® este trimestre de 2023 a sus empleados por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021. Los salarios de licencia por enfermedad calificados por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021 no est¨¢n sujetos a la parte correspondiente al patrono de las contribuciones al Seguro Social; por lo tanto, la tasa de contribuci¨®n sobre estos salarios es 6.2% (0.062). Deje de pagar la contribuci¨®n al Seguro Social sobre los salarios de un empleado y deje de declarar los salarios del empleado en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a(i) cuando los salarios sujetos a la contribuci¨®n, incluyendo los salarios declarados en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a, los salarios de licencia por enfermedad calificados declarados en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a(i), los salarios de licencia familiar calificados declarados en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a(ii) y las propinas alcancen $160,200 para el a?o. Vea las instrucciones para la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5c para la declaraci¨®n de las contribuciones al Medicare en los salarios de licencia por enfermedad calificados, incluyendo la porci¨®n por encima de la base salarial del Seguro Social.

Para prop¨®sitos del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados, los salarios de licencia por enfermedad calificados son aqu¨¦llos sujetos a las contribuciones al Seguro Social y al Medicare, determinados sin tomar en cuenta las exclusiones de la definici¨®n de empleo conforme a las secciones 3121(b)(1) a (22), que un patrono paga y que, por lo dem¨¢s, cumplen con los requisitos de la EPSLA, seg¨²n promulgada conforme a la FFCRA y enmendada por la Ley de Alivio Tributario relacionado con el COVID de 2020. Sin embargo, no incluya ning¨²n salario excluido de otra manera conforme a la secci¨®n 3121(b) cuando declare los salarios de licencia por enfermedad calificados en las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 5a(i), 5c y, si aplica, 5d. Vea las instrucciones para la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 11b para informaci¨®n sobre el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y licencia familiar calificados por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021.

±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a(i) (columna 1)
x 0.062  
±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a(i) (columna 2)

5a(ii). Salarios de licencia familiar calificados.

Anote los salarios de licencia familiar calificados tributables (sujetos a las contribuciones al Seguro Social) que pag¨® este trimestre de 2023 a sus empleados por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021. Los salarios de licencia familiar calificados por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021 no est¨¢n sujetos a la parte correspondiente al patrono de las contribuciones al Seguro Social; por lo tanto, la tasa de contribuci¨®n sobre estos salarios es 6.2% (0.062). Deje de pagar la contribuci¨®n al Seguro Social sobre los salarios de un empleado y deje de declarar los salarios del empleado en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a(ii) cuando los salarios sujetos a la contribuci¨®n, incluyendo los salarios declarados en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a, los salarios de licencia por enfermedad calificados declarados en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a(i), los salarios de licencia familiar calificados declarados en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a(ii) y las propinas, alcancen $160,200 para el a?o. Vea las instrucciones para la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5c para la declaraci¨®n de las contribuciones al Medicare sobre los salarios de licencia familiar calificados, incluyendo la porci¨®n por encima de la base salarial al Seguro Social.

Para prop¨®sitos del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados, los salarios de licencia familiar calificados son aqu¨¦llos sujetos a las contribuciones al Seguro Social y al Medicare, determinados sin tomar en cuenta las exclusiones de la definici¨®n de empleo conforme a las secciones 3121(b)(1) a (22), que un patrono paga y que, por lo dem¨¢s, cumplen con los requisitos de la FMLA Expandida, seg¨²n promulgada conforme a la FFCRA y enmendada por la Ley de Alivio Tributario relacionado con el COVID de 2020. Sin embargo, no incluya ning¨²n salario excluido de otra manera conforme a la secci¨®n 3121(b) cuando declare los salarios de licencia familiar calificados en las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 5a(ii), 5c y, si aplica, 5d. Vea las instrucciones para la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 11b para informaci¨®n sobre el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y licencia familiar calificados por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021.

±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a(ii) (columna 1)
x 0.062  
±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a(ii) (columna 2)

5b. Propinas sujetas a la contribuci¨®n al Seguro Social.

Anote el total de las propinas que sus empleados le hayan declarado durante el trimestre hasta que el total de las propinas y los salarios sujetos a contribuciones, incluyendo los salarios declarados en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a, los salarios de licencia por enfermedad calificados declarados en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a(i) y los salarios de licencia familiar calificados declarados en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a(ii), para un empleado alcance los $160,200 para el a?o. Incluya todas las propinas que sus empleados le hayan declarado aun cuando no haya podido retenerle la contribuci¨®n correspondiente al empleado de 6.2%. Reducir¨¢ su total de contribuciones por la cantidad de cualquier parte correspondiente al empleado de las contribuciones al Seguro Social y al Medicare no retenidas sobre las propinas, discutido m¨¢s adelante en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 9; vea Ajustes por propinas y por seguro temporal de vida colectivo a t¨¦rmino fijo del trimestre en curso, m¨¢s adelante. No incluya cargos por servicios en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5b. Para m¨¢s detalles sobre la diferencia entre propinas y cargos por servicio, vea el Revenue Ruling 2012-18 (Resoluci¨®n Administrativa Contributiva 2012-18) que aparece en la p¨¢gina 1032 del Internal Revenue Bulletin 2012-26 (Bolet¨ªn de Rentas Internas 2016-26), disponible en IRS.gov/irb/2012-26_IRB#RR-2012-18.

Su empleado tiene que declararle las propinas en efectivo para el d¨ªa 10 del mes siguiente al mes en que recibi¨® dichas propinas. Las propinas en efectivo incluyen propinas pagadas en efectivo, cheque, tarjeta de d¨¦bito y tarjeta de cr¨¦dito. El informe debe incluir propinas cargadas (por ejemplo, cargos de las tarjetas de cr¨¦dito y d¨¦bito) que usted le pag¨® a los empleados por pagos provenientes de tarjetas de cr¨¦dito de los clientes, propinas que el empleado recibi¨® directamente de los clientes y propinas que recibi¨® de otros empleados bajo cualquier acuerdo de propinas compartidas. Los empleados que reciben propinas directamente e indirectamente tienen que declararle las propinas a usted. No se requiere ning¨²n informe para meses en que las propinas sumen menos de $20. Los empleados pueden usar el Formulario 4070-PR (disponible solamente en la Pub. 1244-PR), o cualquier declaraci¨®n por escrito o informe electr¨®nico de propinas recibidas.

No incluya las propinas asignadas en esta ±ô¨ª²Ô±ð²¹. En vez de incluirlas aqu¨ª, decl¨¢relas en el Formulario 8027, en ingl¨¦s. Las propinas asignadas no se declaran en el Formulario 941-PR y no est¨¢n sujetas a la retenci¨®n de las contribuciones al Seguro Social ni al Medicare.

±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5b (columna 1)
x 0.124  
±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5b (columna 2)

5c. Salarios y propinas sujetos a la contribuci¨®n al Medicare.

Anote todos los salarios, incluyendo salarios de licencia por enfermedad calificados pagados este trimestre de 2023 y los salarios de licencia familiar calificados pagados este trimestre de 2023; propinas; compensaci¨®n por enfermedad; y beneficios marginales contributivos sujetos a la contribuci¨®n al Medicare. A diferencia de los salarios sujetos al Seguro Social, no hay l¨ªmite sobre la cantidad de salarios sujetos a la contribuci¨®n al Medicare.

La tasa de la contribuci¨®n al Medicare es 1.45% (0.0145) tanto para la parte del patrono como la parte del empleado o 2.9% (0.029) para ambos. Incluya todas las propinas que sus empleados le hayan declarado durante el trimestre, aun cuando no haya podido retenerles la parte de la contribuci¨®n correspondiente a los empleados del 1.45%.

±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5c (columna 1)
x 0.029  
±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5c (columna 2)

Para m¨¢s informaci¨®n sobre las propinas, vea los apartados 5, 6 y 9 de la Pub. 179. Vea las instrucciones para la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 8 para informaci¨®n sobre un ajuste que es posible que necesite hacer en el Formulario 941-PR para la compensaci¨®n por enfermedad.

5d. Salarios y propinas sujetos a la retenci¨®n de la Contribuci¨®n Adicional al Medicare.

Anote el total de los salarios, incluyendo los salarios de licencia por enfermedad calificados pagados este trimestre de 2023 y los salarios de licencia familiar calificados pagados este trimestre de 2023; propinas, pagos por enfermedad y beneficios marginales tributables que est¨¢n sujetos a la retenci¨®n de la Contribuci¨®n Adicional al Medicare. Se le requiere comenzar la retenci¨®n de la Contribuci¨®n Adicional al Medicare en el per¨ªodo de pago en el que le paga a un empleado un salario de m¨¢s de $200,000 y despu¨¦s continuar la retenci¨®n en cada per¨ªodo de pago hasta el final del a?o natural. La Contribuci¨®n Adicional al Medicare ²õ¨®±ô´Ç se le impone al empleado. No hay parte de la Contribuci¨®n Adicional al Medicare que le corresponda al patrono. Todos los salarios que est¨¢n sujetos a la contribuci¨®n al Medicare est¨¢n sujetos a la retenci¨®n de la Contribuci¨®n Adicional al Medicare si ¨¦stos se pagan en exceso del l¨ªmite de $200,000.

Para m¨¢s informaci¨®n sobre qu¨¦ salarios est¨¢n sujetos a la contribuci¨®n al Medicare, vea la tabla titulada Reglas especiales para varias clases de servicios y de pagos en el apartado 15 de la Pub.179. Para m¨¢s informaci¨®n sobre la Contribuci¨®n Adicional al Medicare, acceda a IRS.gov/ADMTfaqs, en ingl¨¦s. Vea las instrucciones para la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 8 para informaci¨®n sobre un ajuste que es posible que necesite hacer en el Formulario 941-PR para la compensaci¨®n por enfermedad.

Cuando los salarios y propinas exceden el l¨ªmite superior de la retenci¨®n de $200,000, tiene que incluir todas las propinas que sus empleados le hayan declarado durante el trimestre, aun cuando no haya podido retenerles la parte de la contribuci¨®n correspondiente a los empleados de 0.9% (0.009).

±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5d (columna 1)
x 0.009  
±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5d (columna 2)

5e. Total de contribuciones al Seguro Social y al Medicare.

Sume las cantidades de la columna 2 de las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 5a a 5d y anote el resultado en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5e.

5f. Notificaci¨®n y Solicitud de Pago Conforme a la Secci¨®n 3121(q): Contribuci¨®n Adeudada por Propinas no Declaradas

Anote el saldo de contribuci¨®n adeudado que aparece en su Section 3121(q) Notice and Demand (Notificaci¨®n y solicitud de pago conforme a la secci¨®n 3121(q)), en ingl¨¦s, en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5f. El IRS emite esta notificaci¨®n para informarle a un patrono de la cantidad de propinas recibidas por empleados que no fueron declaradas o que fueron declaradas de menos al patrono. El patrono no es responsable de pagar la parte correspondiente al patrono de las contribuciones al Seguro Social y al Medicare por las propinas no declaradas hasta que el IRS le emita una notificaci¨®n y solicitud de pago conforme a la secci¨®n 3121(q) a dicho patrono. La contribuci¨®n adeudada pudo haber sido determinada calculando las propinas declaradas al IRS en el Formulario 4137, Social Security and Medicare Tax on Unreported Tip Income (Contribuciones al Seguro Social y al Medicare sobre el ingreso de propinas no declaradas), en ingl¨¦s, del empleado, u otras propinas que el IRS determin¨® que no fueron declaradas al patrono despu¨¦s de una revisi¨®n. Para informaci¨®n adicional, vea el Revenue Ruling 2012-18 (Resoluci¨®n Administrativa Contributiva 2012-18).

Deposite la contribuci¨®n dentro del per¨ªodo requerido que le corresponde a su itinerario de dep¨®sitos para evitar cualquier multa. La contribuci¨®n se tratar¨¢ como acumulada por el patrono en la parte titulada Date of Notice and Demand (Fecha de notificaci¨®n y solicitud), en ingl¨¦s, la cual est¨¢ impresa en la notificaci¨®n y solicitud de pago conforme a la secci¨®n 3121(q). El patrono tiene que incluir esta cantidad en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ apropiada del formulario que corresponde a la obligaci¨®n contributiva federal (la Parte 2 del Formulario 941-PR para un depositante de itinerario mensual o en el Anexo B del Formulario 941-PR para un depositante de itinerario bisemanal).

6. Total de Contribuciones antes de los Ajustes

Sume el total de las contribuciones al Seguro Social y al Medicare antes de tener en cuenta los ajustes (±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5e) y toda contribuci¨®n adeudada de la notificaci¨®n y solicitud de pago conforme a la secci¨®n 3121(q) declarada en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5f. Anote el resultado en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 6.

7 a 9. Ajustes a la Contribuci¨®n

Anote en las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 7 a 9 las cantidades de contribuci¨®n que resultaron por un ajuste del trimestre en curso. Use un signo de menos (si es posible) para indicar un ajuste que reduzca las contribuciones totales anotadas en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 6 en vez de usar par¨¦ntesis. Esto mejora la veracidad de los programas de computadoras (software) para escanear que utiliza el IRS. Por ejemplo, anote ¡°-10.59¡± en vez de ¡°(10.59)¡±. Sin embargo, si su programa de computadora ²õ¨®±ô´Ç permite el uso de los par¨¦ntesis para declarar cantidades negativas, puede usarlos.

Ajustes del trimestre en curso.

En ciertos casos, tendr¨¢ que ajustar las cantidades declaradas como contribuciones al Seguro Social y al Medicare en la columna 2 de las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 5a a 5d para poder determinar su obligaci¨®n contributiva correcta en el Formulario 941-PR para este trimestre. Vea el apartado 12 de la Pub. 179.

7. Ajustes por fracciones de centavos del trimestre en curso.

Anote los ajustes por fracciones de centavos (debido al redondeo de las cifras) que tienen que ver con la parte correspondiente al empleado de las contribuciones al Seguro Social y al Medicare retenidas. La parte correspondiente al empleado de las cantidades indicadas en la columna 2 de las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 5a a 5d puede diferir un poco de las cantidades realmente retenidas de los pagos de sus empleados debido al redondeo de las contribuciones al Seguro Social y al Medicare que ocurri¨® al aplicar las tasas estatutarias. Este ajuste puede ser un ajuste positivo o negativo.

8. Ajustes por compensaci¨®n por enfermedad del trimestre en curso.

Si su tercero pagador de compensaci¨®n por enfermedad pagada que no es su agente (por ejemplo, una compa?¨ªa de seguros) le transfiere a usted la obligaci¨®n por la parte correspondiente al patrono de las contribuciones al Seguro Social y las contribuciones al Medicare, anote un ajuste negativo en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 8 para la parte correspondiente al empleado de las contribuciones al Seguro Social y al Medicare que fueron retenidas y depositadas por su tercero pagador de compensaci¨®n por enfermedad sobre esta compensaci¨®n. Si usted es el tercero pagador de compensaci¨®n por enfermedad y transfiri¨® la obligaci¨®n por la parte correspondiente al patrono de las contribuciones al Seguro Social y las contribuciones al Medicare al patrono, anote un ajuste negativo en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 8 para cualquier parte correspondiente al patrono de estas contribuciones que requieren ser pagadas por el patrono. La compensaci¨®n por enfermedad tiene que incluirse en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a y la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5c y, si cumple el l¨ªmite superior de la retenci¨®n, en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5d.

No se declara ning¨²n ajuste en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 8 por compensaci¨®n por enfermedad que se paga a trav¨¦s de un tercero como agente del patrono. El agente del patrono no asume ning¨²n riesgo de seguro y se le reembolsa en base al costo m¨¢s los honorarios por el pago de la compensaci¨®n por enfermedad y cantidades similares. Si un patrono utiliza un agente para pagar por la compensaci¨®n por enfermedad, el patrono declara los salarios en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a y la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5c y, si se cumple el l¨ªmite superior de la retenci¨®n, en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5d, a menos que el patrono tenga un acuerdo de agencia con el tercero pagador que requiera que el tercero pagador haga el cobro, la declaraci¨®n y/o el pago o el dep¨®sito de las contribuciones sobre la n¨®mina por compensaci¨®n por enfermedad. Vea el apartado 6 de la Pub. 15-A, en ingl¨¦s, para m¨¢s informaci¨®n sobre la declaraci¨®n por compensaci¨®n por enfermedad.

9. Ajustes por propinas y por seguro temporal de vida colectivo a t¨¦rmino fijo del trimestre en curso.

Anote un ajuste negativo por:

  • La parte correspondiente al empleado de las contribuciones al Seguro Social y al Medicare no retenidas sobre las propinas y

  • La parte correspondiente al empleado de las contribuciones al Seguro Social y al Medicare no retenidas sobre las primas del seguro de vida colectivo a t¨¦rmino fijo pagadas para sus
    exempleados.

Vea las Instrucciones Generales de los Formularios 499R-2/W-2PR y W-3PR para m¨¢s informaci¨®n sobre c¨®mo declarar la parte correspondiente al empleado de las contribuciones al Seguro Social y al Medicare no recaudada en el Formulario 499R-2/W-2PR.

Ajustes de trimestres anteriores.

Si necesita corregir un ajuste declarado en un Formulario 941-PR radicado previamente, complete y radique el Formulario 941-X (PR). El Formulario
941-X (PR) se utiliza para hacer ajustes o reclamar reembolsos y se radica por separado del Formulario 941-PR. Vea el apartado 12 de la Pub. 179.

10. Total de contribuciones despu¨¦s de los ajustes

Combine las cantidades que aparecen en las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 6 a 9 y anote el resultado en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 10.

11a. Cr¨¦dito Contributivo sobre la N¨®mina de Peque?os Negocios Calificados por Aumentar las Actividades Investigativas

Anote la cantidad del cr¨¦dito de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12 del Formulario 8974 o, si aplica, de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 17.

This is an Image: caution.gifSi anota una cantidad en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 11a, tiene que adjuntar el Formulario 8974, en ingl¨¦s.

This is an Image: taxtip.gifEl Formulario 941-PR y estas instrucciones utilizan los t¨¦rminos ¡°no reembolsable¡± y ¡°reembolsable¡± cuando se discuten cr¨¦ditos. El t¨¦rmino ¡°no reembolsable¡± se refiere a la parte del cr¨¦dito que est¨¢ limitada por ley a la cantidad de ciertas contribuciones. El t¨¦rmino ¡°reembolsable¡± se refiere a la parte del cr¨¦dito que excede esas contribuciones.

11b. Porci¨®n No Reembolsable del Cr¨¦dito por los Salarios de Licencia por Enfermedad y Familiar Calificados por la Licencia Tomada despu¨¦s del 31 de Marzo de 2020 y antes del 1 de Abril de 2021

This is an Image: caution.gifComplete la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 11b ²õ¨®±ô´Ç si los salarios de licencia por enfermedad calificados y/o los salarios de licencia familiar calificados se pagaron este trimestre de 2023 por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021.

Ciertos patronos del sector privado que tienen menos de 500 empleados que proveen licencia por enfermedad pagada conforme a la EPSLA y/o proveen licencia familiar pagada conforme a la FMLA Expandida son elegibles para reclamar el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y licencia familiar calificados por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021. Para prop¨®sitos de este cr¨¦dito, los salarios de licencia por enfermedad calificados y los salarios de licencia familiar calificados son aqu¨¦llos sujetos a las contribuciones al Seguro Social y al Medicare, determinados sin tomar en cuenta las exclusiones de la definici¨®n de empleo conforme a las secciones 3121(b)(1) a (22), que un patrono paga y que, por lo dem¨¢s, cumplen con los requisitos de la EPSLA o la FMLA Expandida. Anote la porci¨®n no reembolsable del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2j del Paso 2 de la Hoja de Trabajo 1. El cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados consiste de los salarios de licencia por enfermedad calificados, los salarios de licencia familiar calificados, los gastos calificados del plan de salud asignables a esos salarios y la parte correspondiente al patrono de las contribuciones al Medicare asignables a esos salarios. La porci¨®n no reembolsable del cr¨¦dito se limita a la parte correspondiente al patrono de las contribuciones al Seguro Social declarada en las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 5a y 5b del Formulario 941-PR, despu¨¦s de que esa parte se reduzca primero por cualquier cr¨¦dito contra la parte correspondiente al patrono de las contribuciones al Seguro Social reclamado en el Formulario 8974 para el cr¨¦dito contributivo sobre la n¨®mina de peque?os negocios calificados por aumentar las actividades investigativas, cualquier cr¨¦dito a ser reclamado en el Formulario 5884-C, en ingl¨¦s, para el cr¨¦dito por oportunidad de trabajo para organizaciones exentas de contribuciones calificadas que contratan a veteranos calificados y/o cualquier cr¨¦dito a ser reclamado en el Formulario 5884-D para el cr¨¦dito por desastres para organizaciones exentas de contribuciones calificadas.

This is an Image: caution.gifSi usted es un tercero pagador de compensaci¨®n por enfermedad que no es un agente (por ejemplo, una compa?¨ªa de seguros) y est¨¢ reclamando el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados por las cantidades pagadas a sus propios empleados, la cantidad de la parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Seguro Social declarada en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a tiene que reducirse por cualquier ajuste que haga en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 8 de la parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Seguro Social transferida a su cliente. Si recibi¨® la Section 3121(q) Notice and Demand (Notificaci¨®n y solicitud de pago conforme a la secci¨®n 3121(q)), en ingl¨¦s, para contribuciones adeudadas por propinas no declaradas (Carta 3263 o Carta 4520) durante el trimestre, usted declara la cantidad de la parte correspondiente al patrono de las contribuciones al Seguro Social y al Medicare en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5f del Formulario 941-PR. La Carta 3263 o la Carta 4520 incluye un adjunto que muestra la parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Seguro Social. Esta cantidad de la parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Seguro Social puede ser reducida por la porci¨®n no reembolsable del cr¨¦dito. Vea la Hoja de Trabajo 1 para calcular su cr¨¦dito.

Cualquier cr¨¦dito que exceda la cantidad restante de la parte correspondiente al patrono de las contribuciones al Seguro Social es reembolsable y declarado en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 13c del Formulario 941-PR. Para m¨¢s informaci¨®n sobre el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados, acceda a IRS.gov/PLC, en ingl¨¦s.

Gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados.

El cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y los salarios de licencia familiar calificados aument¨® para cubrir los gastos calificados del plan de salud que se pueden asignar apropiadamente a los salarios de licencia calificados por los cuales se permite el cr¨¦dito. Estos gastos calificados del plan de salud son cantidades pagadas o incurridas por el patrono para proporcionar y mantener un plan de salud grupal, pero ²õ¨®±ô´Ç en la medida en que tales cantidades est¨¦n excluidas de los ingresos de los empleados como cobertura bajo un plan de accidentes o plan de salud. La cantidad de gastos calificados del plan de salud generalmente incluye tanto la porci¨®n del costo pagado por el patrono como la porci¨®n del costo pagado por el empleado con aportaciones salariales que reducen dicho salario antes de la imposici¨®n de contribuciones. Sin embargo, los gastos calificados del plan de salud no incluyen cantidades que el empleado pag¨® con aportaciones salariales hechas despu¨¦s de la imposici¨®n de contribuciones. Para m¨¢s informaci¨®n, acceda a IRS.gov/PLC, en ingl¨¦s.

This is an Image: taxtip.gifTiene que incluir la cantidad total (tanto las porciones no reembolsables como las reembolsables) del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados en su ingreso bruto para el a?o contributivo que incluye el ¨²ltimo d¨ªa de cualquier trimestre natural en el que un cr¨¦dito es permitido.

11d. Porci¨®n No Reembolsable del Cr¨¦dito por los Salarios de Licencia por Enfermedad y Familiar Calificados por la Licencia Tomada despu¨¦s del 31 de Marzo de 2021 y antes del 1 de Octubre de 2021

This is an Image: caution.gifComplete la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 11d ²õ¨®±ô´Ç si los salarios de licencia por enfermedad calificados y/o los salarios de licencia familiar calificados se pagaron este trimestre de 2023 por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021.

Los patronos con menos de 500 empleados y ciertos patronos gubernamentales sin tomar en cuenta el n¨²mero de empleados (a excepci¨®n del gobierno federal y sus agencias e instrumentalidades, excepto las que se describen en la secci¨®n 501(c)(1)) tienen el derecho a un cr¨¦dito si ¨¦stos proveen licencia por enfermedad pagada a los empleados que, de otra manera cumple con los requisitos de la EPSLA, seg¨²n enmendada por la Ley ARP, y/o provee licencia familiar pagada a empleados que de otra manera cumple con los requisitos conforme a la FMLA Expandida, seg¨²n enmendada por la Ley ARP, por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021. Para prop¨®sitos de este cr¨¦dito, los salarios de licencia por enfermedad calificados y los salarios de licencia familiar calificados son aqu¨¦llos sujetos a las contribuciones al Seguro Social y al Medicare, determinados sin tomar en cuenta las exclusiones de la definici¨®n de empleo conforme a las secciones 3121(b) a (22), que un patrono paga y que, por lo dem¨¢s, cumplen con los requisitos de la EPSLA o la FMLA Expandida, seg¨²n promulgada conforme a la FFCRA y enmendada para prop¨®sitos de la Ley ARP. Anote la porci¨®n no reembolsable del cr¨¦dito por los salarios de la licencia por enfermedad y familiar calificados de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2p del Paso 2 de la Hoja de Trabajo 2.

El cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y los salarios de licencia familiar calificados consiste de:

La porci¨®n no reembolsable del cr¨¦dito se limita a la parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Medicare declarada en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5c del Formulario 941-PR, despu¨¦s que esa porci¨®n se reduzca primero por cualquier cr¨¦dito reclamado contra la parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Medicare en el Formulario 8974 por el cr¨¦dito contributivo sobre la n¨®mina de peque?os negocios calificados por aumentar las actividades investigativas. No puede reclamar el cr¨¦dito por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021 si, durante el trimestre aplicable en el que se pagaron salarios de licencia por enfermedad o familiar calificados, usted proporcion¨® la licencia de una manera que discrimina a favor de empleados altamente compensados, empleados a tiempo completo o empleados en base al tiempo de permanencia (antig¨¹edad) en el empleo al hacer la licencia por enfermedad y/o familiar calificada disponible a los empleados. Vea Empleados altamente compensados , m¨¢s adelante, para la definici¨®n.

Por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados se reduce por la cantidad del cr¨¦dito permitido conforme a la secci¨®n 41 (para el cr¨¦dito por el aumento de las actividades investigativas) con respecto a los salarios tomados en cuenta para determinar el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados; y cualesquier salarios tomados en cuenta para determinar el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados no pueden ser tomados en cuenta como salarios para prop¨®sitos de los cr¨¦ditos conforme a las secciones 45A, 45P, 45S y 51. Por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, los salarios calificados tampoco incluyen salarios que fueron usados como costos de n¨®mina en conexi¨®n con una Shuttered Venue Operator Grant (Subvenci¨®n para operadores de lugares cerrados) conforme a la secci¨®n 324 de la Economic Aid to Hard-Hit Small Businesses, Nonprofits, and Venues Act (Ley de Ayuda Econ¨®mica para Negocios Peque?os, Organizaciones sin Fines de Lucro y Lugares M¨¢s Afectados); o una subvenci¨®n para la revitalizaci¨®n de restaurantes conforme a la secci¨®n 5003 de la Ley ARP. Los patronos pueden recibir tanto un Small Business Interruption Loan (Pr¨¦stamo por Interrupci¨®n para Peque?os Negocios) bajo el Paycheck Protection Program (Programa de Protecci¨®n de Cheques de Pago o PPP, por sus siglas en ingl¨¦s) como el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados; sin embargo, los patronos no pueden recibir la condonaci¨®n del pr¨¦stamo y un cr¨¦dito por los mismos salarios. Los mismos salarios no pueden ser tratados como salarios de licencia por enfermedad calificados y como salarios de licencia familiar calificados a la vez.

This is an Image: caution.gifSi usted es un tercero pagador de compensaci¨®n por enfermedad que no sea un agente (por ejemplo, una compa?¨ªa de seguros) y est¨¢ reclamando el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados por las cantidades pagadas a sus propios empleados, la cantidad de la parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Medicare declarada en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5c tiene que reducirse por cualquier ajuste que haga en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 8 de la parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Medicare transferida a su cliente. Si recibi¨® la Section 3121(q) Notice and Demand (Notificaci¨®n y solicitud de pago conforme a la secci¨®n 3121(q)), en ingl¨¦s, para contribuciones adeudadas por propinas no declaradas (Carta 3263 o Carta 4520) durante el trimestre, usted declara la cantidad de la parte correspondiente al patrono de las contribuciones al Seguro Social y al Medicare en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5f del Formulario 941-PR. La Carta 3263 o la Carta 4520 incluye un adjunto que muestra la parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Medicare. Esta cantidad de la parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Medicare puede ser reducida por la porci¨®n no reembolsable del cr¨¦dito. Vea la Hoja de Trabajo 2 para calcular su cr¨¦dito.

Cualquier cr¨¦dito en exceso de la cantidad restante de la parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Medicare es reembolsable y declarada en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 13e del Formulario 941-PR. Para m¨¢s informaci¨®n sobre el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados, acceda a IRS.gov/PLC, en ingl¨¦s.

Gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios calificados de licencia por enfermedad y licencia familiar.

El cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y por los salarios de licencia familiar calificados se aumenta para cubrir los gastos calificados del plan de salud que se pueden asignar apropiadamente a los salarios de licencia calificados por los cuales se permite el cr¨¦dito. Estos gastos calificados del plan de salud son cantidades pagadas o incurridas por el patrono para proporcionar y mantener un plan de salud grupal, pero ²õ¨®±ô´Ç en la medida en que tales cantidades est¨¦n excluidas de los ingresos de los empleados como cobertura bajo un plan de accidentes o plan de salud. La cantidad de gastos calificados del plan de salud generalmente incluye tanto la porci¨®n del costo pagado por el patrono como la porci¨®n del costo pagado por el empleado con las aportaciones salariales que reducen dicho salario antes de la imposici¨®n de contribuciones. Sin embargo, los gastos calificados del plan de salud no incluyen cantidades que el empleado pag¨® con aportaciones salariales hechas despu¨¦s de la imposici¨®n de contribuciones. Para m¨¢s informaci¨®n, acceda a IRS.gov/PLC, en ingl¨¦s.

Aportaciones a planes de pensiones de beneficio definido de negociaci¨®n colectiva.

Para prop¨®sitos de los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados, las aportaciones a planes de pensiones de beneficio definido de negociaci¨®n colectiva son aportaciones para un trimestre natural en que:

  • Son pagadas o incurridas por un patrono en nombre de sus empleados a un plan de pensiones de beneficios definidos, como se define en la secci¨®n 414(j), el cual re¨²ne los requisitos de la secci¨®n 401(a);

  • Son efectuadas en base a la tasa de aportaci¨®n a la pensi¨®n; y

  • Se requiere que sean efectuadas conforme a los t¨¦rminos de un acuerdo de negociaci¨®n colectiva en vigencia durante el trimestre.

Tasa de aportaci¨®n a la pensi¨®n.

La tasa de aportaci¨®n a la pensi¨®n es la tasa de aportaci¨®n que el patrono est¨¢ obligado a pagar bajo los t¨¦rminos de un acuerdo de negociaci¨®n colectiva a un plan de beneficios definidos, seg¨²n se aplique dicha tasa a las unidades de aportaci¨®n base, como se define conforme a la secci¨®n 4001(a)(11) de la Employer Retirement Income Security Act (ERISA) of 1974 (Ley de Seguridad de los Ingresos de Jubilaci¨®n de los Empleados o ERISA, por sus siglas en ingl¨¦s, de 1974).

Reglas de asignaci¨®n.

La cantidad de aportaciones a planes de pensiones de beneficio definido de negociaci¨®n colectiva asignables a los salarios de licencia por enfermedad calificados y/o a los salarios de licencia familiar calificados durante un trimestre es la tasa de aportaci¨®n a la pensi¨®n (expresada como una tarifa por hora) multiplicada por la cantidad de horas de los salarios de licencia por enfermedad calificados y/o los salarios de licencia familiar calificados que fueron provistas a los empleados cubiertos bajo los t¨¦rminos de un acuerdo de negociaci¨®n colectiva durante el trimestre.

Aportaciones al programa de aprendizaje de negociaci¨®n colectiva.

Para prop¨®sitos de los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados, las aportaciones al programa de aprendizaje de negociaci¨®n colectiva son aportaciones para un trimestre natural en que:

  • Son pagadas o incurridas por un patrono en nombre de sus empleados a un programa de aprendizaje registrado, el cual es un aprendizaje inscrito conforme a la National Apprenticeship Act (Ley Nacional de Aprendizaje) del 16 de agosto de 1937 y cumple con las normas del Reglamento Federal conforme a la Subparte A de la Parte 29 y la Parte 30 del T¨ªtulo 29;

  • Son efectuadas en base a la tasa de aportaci¨®n al programa de aprendizaje; y

  • Se requiere que sean efectuadas conforme a los t¨¦rminos de un acuerdo de negociaci¨®n colectiva en vigencia durante el trimestre.

Tasa de aportaci¨®n al programa de aprendizaje.

La tasa de aportaci¨®n al programa de aprendizaje es la tasa de aportaci¨®n que el patrono est¨¢ obligado a pagar bajo los t¨¦rminos de un acuerdo de negociaci¨®n colectiva para los beneficios bajo un programa de aprendizaje registrado, seg¨²n se aplique dicha tasa a las unidades de aportaci¨®n base, como se define en la secci¨®n 4001(a)(11) de la Ley ERISA.

Reglas de asignaci¨®n.

La cantidad de las aportaciones al programa de aprendizaje de negociaci¨®n colectiva asignables a los salarios de licencia por enfermedad calificados y/o a los salarios de licencia familiar calificados en un trimestre es la tasa de aportaci¨®n al programa de aprendizaje (expresada como una tarifa por hora) multiplicada por la cantidad de horas de los salarios de licencia por enfermedad y/o salarios de licencia familiar calificados que fueron provistas a los empleados cubiertos bajo los t¨¦rminos de un acuerdo de negociaci¨®n colectiva durante el trimestre.

Empleados altamente compensados.

Un empleado altamente compensado es un empleado que re¨²ne los siguientes requisitos:

  1. El empleado era due?o del 5% de la compa?¨ªa en cualquier momento durante el a?o o el a?o anterior.

  2. El empleado recibi¨® un salario de m¨¢s de $135,000 para el a?o anterior.

Puede elegir ignorar el requisito (2) si el empleado no era parte del 20% de los mejores empleados cuando se clasifican en base a los salarios del a?o anterior.

11g. Total de Cr¨¦ditos No Reembolsables

Sume las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 11a, 11b y 11d. Anote el total en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 11g.

12. Total de Contribuciones despu¨¦s de Considerar los Ajustes y Cr¨¦ditos No Reembolsables

Reste la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 11g de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 10 y anote el resultado en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12. La cantidad anotada en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12 no puede ser menos de cero.

  • Si la cantidad de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12 es menos de $2,500 para el trimestre en curso o el trimestre anterior y usted no tuvo una obligaci¨®n de depositar $100,000 el pr¨®ximo d¨ªa durante el trimestre en curso. Puede pagar la cantidad junto con el Formulario 941-PR o puede depositarla. Para evitar una multa, tiene que pagar cualquier cantidad que adeuda en su totalidad con una planilla declarada oportunamente o tiene que depositar cualquier cantidad que adeuda antes de la fecha de vencimiento de la planilla. Para m¨¢s informaci¨®n sobre c¨®mo pagar junto con una planilla radicada a tiempo, vea las instrucciones para la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 14, m¨¢s adelante.

  • Si la cantidad de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12 es $2,500 o m¨¢s para el trimestre en curso y el trimestre anterior o si usted tuvo una obligaci¨®n de depositar $100,000 el pr¨®ximo d¨ªa durante el trimestre en curso. Tiene que hacer los dep¨®sitos requeridos conforme a su itinerario de dep¨®sitos. Vea el Notice 2020-22 (Aviso 2020-22) y el Notice 2021-24 (Aviso 2021-24), ambos en ingl¨¦s, para informaci¨®n sobre la reducci¨®n de dep¨®sitos para ciertos cr¨¦ditos. La cantidad que aparece en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12 tiene que ser igual al ¡°Total para el trimestre¡± que aparece en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 16 del Formulario 941-PR o a la ¡°Obligaci¨®n total para el trimestre¡± que aparece en el Anexo B (Formulario 941-PR). Para m¨¢s informaci¨®n, vea las instrucciones para la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 16, m¨¢s adelante.

Para m¨¢s informaci¨®n y reglas sobre los dep¨®sitos de la contribuci¨®n federal, vea C¨®mo Hacer los Dep¨®sitos, anteriormente, y el apartado 11 de la Pub. 179.

This is an Image: caution.gifSi es depositante de itinerario bisemanal, tiene que completar el Anexo B (Formulario 941-PR). Si no completa o env¨ªa el Anexo B (Formulario 941-PR), el IRS le puede imponer multas basadas en toda la informaci¨®n que est¨¦ disponible.

13a. Total de Dep¨®sitos para este Trimestre

Anote sus dep¨®sitos para este trimestre, incluyendo toda cantidad pagada en exceso de un trimestre anterior que usted aplic¨® a esta planilla. Incluya tambi¨¦n en esta cantidad toda cantidad pagada en exceso que usted aplic¨® proveniente de la radicaci¨®n del Formulario 941-X (PR) o el Formulario 944-X (SP) en el trimestre en curso. No incluya ninguna cantidad que no deposit¨® porque redujo sus dep¨®sitos en anticipaci¨®n del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y licencia familiar calificados, como se discute en el Notice 2020-22 (Aviso 2020-22) y el Notice 2021-24 (Aviso 2021-24), ambos en ingl¨¦s.

13c. Porci¨®n Reembolsable del Cr¨¦dito por los Salarios de Licencia por Enfermedad y Familiar Calificados por la Licencia Tomada despu¨¦s del 31 de Marzo de 2020 y antes del 1 de Abril de 2021

This is an Image: caution.gifComplete la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 13c ²õ¨®±ô´Ç si los salarios de licencia por enfermedad calificados y/o los salarios de licencia familiar calificados se pagaron este trimestre de 2023 por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021.

Ciertos patronos del sector privado que tienen menos de 500 empleados que proveen licencia por enfermedad pagada conforme a la EPSLA y/o proveen licencia familiar pagada conforme a la FMLA Expandida son elegibles para reclamar el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados. Anote la porci¨®n reembolsable del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2k del Paso 2 de la Hoja de Trabajo 1. El cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados consiste de los salarios de licencia por enfermedad calificados, los salarios de licencia familiar calificados, los gastos calificados del plan de salud asignables a esos salarios y la parte correspondiente al patrono de las contribuci¨®nes al Medicare asignable a esos salarios. La porci¨®n reembolsable del cr¨¦dito se permite despu¨¦s de que la parte correspondiente al patrono de las contribuci¨®nes al Seguro Social se reduzca a cero por los cr¨¦ditos no reembolsables que se aplican contra la parte correspondiente al patrono de las contribuci¨®nes al Seguro Social.

13e. Porci¨®n reembolsable del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021

This is an Image: caution.gifComplete la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 13e ²õ¨®±ô´Ç si los salarios de licencia por enfermedad calificados y/o lo salarios de licencia familiar calificados se pagaron este trimestre de 2023 por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021.

Los patronos con menos de 500 empleados y ciertos patronos gubernamentales sin tomar en cuenta el n¨²mero de empleados (a excepci¨®n del gobierno federal y sus agencias e instrumentalidades, excepto las que se describen en la secci¨®n 501(c)(1)) tienen derecho a un cr¨¦dito si ¨¦stos proveen licencia por enfermedad pagada a los empleados que de otra manera cumple con los requisitos de la EPSLA, seg¨²n enmendada por la Ley ARP, y/o proveen licencia familiar pagada a empleados que de otra manera cumple con los requisitos conforme a la FMLA Expandida, seg¨²n enmendada por la Ley ARP, por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021. Anote la porci¨®n reembolsable del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2q del Paso 2 de la Hoja de Trabajo 2. La porci¨®n reembolsable del cr¨¦dito se permite despu¨¦s de que la parte correspondiente al patrono de las contribuci¨®nes al Medicare se reduzca a cero por los cr¨¦ditos no reembolsables que aplican contra la parte correspondiente al patrono de las contribuciones al Medicare.

13g. Total de Dep¨®sitos y Cr¨¦ditos Reembolsables

Sume las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 13a, 13c y 13e. Anote el total en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 13g.

14. Saldo Adeudado

Si la cantidad de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12 es mayor que la cantidad de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 13g, anote la diferencia en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 14. De lo contrario, vea las instrucciones para la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 15, m¨¢s adelante.

Nunca anote una cantidad en ambas ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 14 y 15.

No tiene que pagar si la cantidad de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 14 es menos de $1. Por lo general, tendr¨¢ un saldo adeudado ¨²nicamente si el total de sus contribuciones despu¨¦s de ajustes y cr¨¦ditos no reembolsables (±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12) para el trimestre en curso o el trimestre anterior es menos de $2,500 y usted no tuvo una obligaci¨®n de depositar $100,000 el pr¨®ximo d¨ªa durante el trimestre en curso. Sin embargo, vea el apartado 11 de la Pub. 179 para informaci¨®n sobre los pagos efectuados de acuerdo a la regla de la exactitud de los dep¨®sitos.

Si se le requiere efectuar dep¨®sitos de la contribuci¨®n federal, pague la cantidad indicada en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 14 mediante EFT. Si no se le requiere efectuar dep¨®sitos de la contribuci¨®n federal (vea ?Tiene que Depositar sus Contribuciones?, anteriormente) o si usted es un depositante de itinerario mensual efectuando un pago de acuerdo a la regla de la exactitud de los dep¨®sitos, puede pagar la cantidad indicada en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 14 mediante EFT, tarjeta de cr¨¦dito, tarjeta de d¨¦bito, cheque, giro o EFW. Para m¨¢s informaci¨®n sobre las opciones de pago por medios electr¨®nicos, acceda a IRS.gov/Pagos.

Si paga mediante EFT, tarjeta de cr¨¦dito o tarjeta de d¨¦bito, env¨ªe su planilla de contribuci¨®n a la direcci¨®n en la cual se radican las planillas enviadas ¡°Sin un pago¡±, indicada bajo ?Ad¨®nde Deber¨¢ Enviar la Planilla?, anteriormente, y no radique el Formulario 941-V(PR), Comprobante de Pago.

Si paga mediante un cheque o giro, h¨¢galo a la orden de ¡°United States Treasury¡± (Tesoro de los Estados Unidos). Anote su EIN, ¡°Formulario 941-PR¡± y el per¨ªodo contributivo (¡°1er trimestre de 2023¡±, ¡°2do trimestre de 2023¡±, ¡°3er trimestre de 2023¡± o ¡°4to trimestre de 2023¡±) en su cheque o giro. Complete el Formulario 941-V(PR) y adj¨²ntelo al Formulario 941-PR.

Si la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12 es $2,500 o m¨¢s tanto en el Formulario 941-PR del trimestre anterior como en el Formulario 941-PR del trimestre en curso, y ha depositado todas las contribuciones cuando ¨¦stas se adeudaban, el saldo adeudado en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 14 deber¨¢ ser cero.

This is an Image: caution.gifSi a usted se le requiere hacer los dep¨®sitos y, en su lugar, paga las contribuciones con el Formulario 941-PR, puede estar sujeto a multas. Vea la secci¨®n ?Tiene que Depositar sus Contribuciones?, anteriormente.

?Qu¨¦ pasa si usted no puede pagar en su totalidad?

Si no puede pagar la cantidad completa de contribuci¨®n que adeuda, puede solicitar un plan de pagos a plazos por Internet. Puede solicitar un plan de pagos a plazos por Internet si:

  • No puede pagar la cantidad total que aparece en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 14,

  • La cantidad total que adeuda es $25,000 o menos y

  • Usted puede pagar la obligaci¨®n en su totalidad dentro de 24 meses.

Para solicitar un acuerdo de pago usando la Solicitud en L¨ªnea para un Plan de Pagos, acceda a IRS.gov/OPA y pulse sobre Espa?ol.

Conforme a un plan de pagos a plazos, usted puede pagar la cantidad que adeuda en plazos mensuales. Hay ciertas condiciones que usted tiene que cumplir para establecer y mantener un plan de pagos a plazos, tales como pagar la obligaci¨®n dentro de 24 meses, efectuar todos los dep¨®sitos requeridos y radicar oportunamente las planillas de contribuci¨®n durante el acuerdo.

Si su plan de pagos a plazos se acepta, se le cobrar¨¢ un cargo administrativo y estar¨¢ sujeto a las multas e intereses sobre la cantidad de la contribuci¨®n que no ha sido pagada para la fecha de vencimiento de la planilla.

15. Contribuci¨®n Pagada en Exceso

Si la cantidad de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 13g es mayor que la cantidad de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12, anote la diferencia en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 15.

Nunca anote una cantidad en ambas ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 14 y 15.

Si deposit¨® m¨¢s de la cantidad correcta para el trimestre, puede optar por que el IRS le reembolse la cantidad pagada en exceso o que ¨¦sta se le acredite a su pr¨®xima planilla. Marque solamente un recuadro en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 15. Si no marca ninguno de los recuadros, o si marca ambos recuadros, generalmente se le aplicar¨¢ la cantidad pagada en exceso a su pr¨®xima planilla. Independientemente de los recuadros que usted marque o no marque en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 15, podemos aplicar dicha cantidad pagada en exceso a cualquier cuenta contributiva vencida (en mora) que aparezca en nuestros registros bajo su EIN.

Si la cantidad de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 15 es menos de $1, le enviaremos un reembolso o se la aplicaremos a su pr¨®xima planilla de contribuci¨®n ¨²nicamente si lo solicita por escrito.

Parte 2: Inf¨®rmenos sobre su Itinerario de Dep¨®sitos y Obligaci¨®n Contributiva para este Trimestre

16. Obligaci¨®n Contributiva para el Trimestre

Marque uno de los recuadros en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 16. Siga las instrucciones de cada recuadro para determinar si necesita anotar su obligaci¨®n contributiva mensual en el Formulario 941-PR o su obligaci¨®n contributiva diaria en el Anexo B (Formulario 941-PR).

·¡³æ³¦±ð±è³¦¾±¨®²Ô de minimis (³¾¨ª²Ô¾±³¾´Ç).

Si la cantidad de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12 para el trimestre en curso o para el trimestre anterior es menos de $2,500 y usted no tuvo una obligaci¨®n de depositar $100,000 el pr¨®ximo d¨ªa durante el trimestre en curso, marque el primer recuadro en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 16 y pase a la Parte 3.

This is an Image: caution.gifSi la excepci¨®n de minimis (m¨ªnimo) le aplica basado en el trimestre anterior y la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12 del trimestre en curso es $100,000 o m¨¢s, tiene que proporcionar un registro de su responsabilidad sobre las contribuciones federales. Si usted es un depositante de itinerario mensual, complete el itinerario de dep¨®sitos que se encuentra en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 16 del Formulario 941-PR. Si usted es un depositante de itinerario bisemanal, adjunte el Anexo B (Formulario 941-PR).

Depositante de itinerario mensual.

Si declar¨® $50,000 o menos por concepto de contribuciones durante el per¨ªodo retroactivo, usted es depositante de itinerario mensual a menos que le corresponda la Regla de depositar $100,000 el pr¨®ximo d¨ªa que se explica en el apartado 11 de la Pub. 179. Marque el segundo recuadro en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 16 y anote su obligaci¨®n contributiva para cada mes del trimestre. Anote su obligaci¨®n contributiva en el mes correspondiente en las fechas que pag¨® salarios a sus empleados, no la fecha que la obligaci¨®n de n¨®mina se acumul¨® o los dep¨®sitos se efectuaron. Sume las cantidades para cada mes. Anote el resultado en el recuadro Total para el trimestre.

Tenga presente que su obligaci¨®n contributiva total para el trimestre tiene que ser igual al total de las contribuciones indicadas en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12. Si no es as¨ª, se podr¨ªa considerar que sus dep¨®sitos y pagos no fueron hechos oportunamente. No reduzca su obligaci¨®n total declarada en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 16 por la porci¨®n reembolsable del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y licencia familiar calificados. No cambie su obligaci¨®n contributiva en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 16 por ajustes declarados en cualquier Formulario 941-X (PR).

Usted es depositante de itinerario mensual para el a?o natural si la cantidad de sus contribuciones del Formulario 941-PR declaradas para el per¨ªodo retroactivo es $50,000 o menos. El per¨ªodo retroactivo consta de los 4 trimestres consecutivos que terminan el 30 de junio del a?o anterior. En el caso del a?o 2023, el per¨ªodo retroactivo comienza el 1 de julio de 2021 y termina el 30 de junio de 2022. Vea el apartado 11 de la Pub. 179 para m¨¢s detalles sobre las reglas de dep¨®sito. Si radic¨® el Formulario 944(SP) en 2021 o 2022, su per¨ªodo retroactivo es el a?o natural 2021.

This is an Image: caution.gifLas cantidades anotadas en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 16 son un resumen de su obligaci¨®n contributiva mensual y no es un resumen o registro de los dep¨®sitos que efectu¨®. Si no declara correctamente sus obligaciones cuando se le requiere hacerlo o si es depositante de itinerario bisemanal y anota sus obligaciones en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 16 en lugar del Anexo B (Formulario 941-PR), se le podr¨ªa imponer una multa ¡°promediada¡± FTD. Vea Multas relacionadas con los dep¨®sitos en el apartado 11 de la Pub. 179 para m¨¢s informaci¨®n.

C¨®mo declarar ajustes de las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 7 a 9 en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 16.

Si su ajuste neto para alg¨²n mes es negativo y el mismo excede su obligaci¨®n contributiva total para el mes, no anote una cantidad negativa para el mes. En vez de hacer eso, anote ¡°-0-¡± (cero) para el mes y lleve la porci¨®n no usada del ajuste al mes siguiente.

Depositante de itinerario bisemanal.

Si declar¨® m¨¢s de $50,000 por concepto de contribuciones para el per¨ªodo retroactivo, usted es depositante de itinerario bisemanal. Marque el tercer recuadro en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 16.

Tiene que completar el Anexo B (Formulario 941-PR) y adjuntarlo al radicar el Formulario 941-PR. No radique el Anexo B (Formulario 941-PR) con su Formulario 941-PR si es depositante de itinerario mensual.

No cambie su obligaci¨®n contributiva en el Anexo B (Formulario 941-PR) por ajustes declarados en todo Formulario 941-X (PR).

Ajuste de la obligaci¨®n contributiva para los cr¨¦ditos no reembolsables reclamados en las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 11a, 11b y 11d.

Los depositantes de itinerario mensual y depositantes de itinerario bisemanal tienen que tomar en cuenta los cr¨¦ditos no reembolsables reclamados en las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 11a, 11b y 11d cuando declaren sus obligaciones contributivas en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 16 o en el Anexo B (Formulario 941-PR). La obligaci¨®n contributiva total para el trimestre tiene que ser igual a la cantidad declarada en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12. Si no toma en cuenta los cr¨¦ditos no reembolsables en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 16 o en el Anexo B (Formulario 941-PR), podr¨¢ causar que en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 16 o en el Anexo B (Formulario 941-PR) se declare m¨¢s del total de la obligaci¨®n contributiva declarada en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12. No reduzca su obligaci¨®n contributiva mensual declarada en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 16 o su obligaci¨®n contributiva diaria declarada en el Anexo B (Formulario 941-PR) a una cantidad menor que cero.

Cr¨¦dito contributivo sobre la n¨®mina de peque?os negocios calificados por aumentar las actividades investigativas (±ô¨ª²Ô±ð²¹ 11a).

A partir del primer trimestre de 2023, el cr¨¦dito contributivo sobre la n¨®mina de peque?os negocios calificados por aumentar las actividades investigativas se usa primero para reducir la parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Seguro Social (hasta $250,000) para el trimestre y cualquier cr¨¦dito restante se usa entonces para reducir la parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Medicare para el trimestre hasta que alcance cero. Para completar la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 16 o el Anexo B (Formulario 941-PR), tome en cuenta el cr¨¦dito contributivo sobre la n¨®mina contra la obligaci¨®n de las contribuciones al Seguro Social correspondiente al patrono comenzando con el primer pago de n¨®mina para el trimestre que incluye los pagos de salarios sujetos a las contribuciones al Seguro Social a sus empleados hasta utilizar un m¨¢ximo de $250,000 del cr¨¦dito contra la parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Seguro Social y, entonces, tome en cuenta cualquier cr¨¦dito sobre la n¨®mina restante contra la obligaci¨®n de la parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Medicare comenzando con el primer pago de n¨®mina del trimestre que incluye los pagos de salarios sujetos a las contribuciones al Medicare a sus empleados. De acuerdo con las entradas en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 16 o en el Anexo B (Formulario 941-PR), el cr¨¦dito contributivo sobre la n¨®mina se tiene que tomar en cuenta al hacer los dep¨®sitos de las contribuciones sobre la n¨®mina. Si se mantiene alg¨²n cr¨¦dito contributivo sobre la n¨®mina al final del trimestre que no se ha utilizado completamente porque excede de $250,000 de la parte correspondiente al patrono de las contribuciones al Seguro Social y la parte correspondiente al patrono de las contribuciones al Medicare para el trimestre, el cr¨¦dito en exceso puede ser transferido al siguiente trimestre y permitido como un cr¨¦dito contributivo sobre la n¨®mina para el siguiente trimestre. El cr¨¦dito contributivo sobre la n¨®mina no se puede utilizar como un cr¨¦dito contra la retenci¨®n de la contribuci¨®n federal sobre los ingresos, o la parte correspondiente del empleado de las contribuciones al Seguro Social, o la parte correspondiente al empleado de las contribuciones al Medicare. Adem¨¢s, el cr¨¦dito contributivo sobre la n¨®mina restante no puede aplicarse a a?os anteriores ni tomarse como un cr¨¦dito contra los salarios pagados de trimestres anteriores.

Ejemplo.

La Compa?¨ªa Rosa es un patrono con un a?o natural contributivo que radic¨® oportunamente su planilla de contribuciones sobre los ingresos de 2022 el 18 de abril de 2023. La Compa?¨ªa Rosa eligi¨® tomar en el Formulario 6765 el cr¨¦dito contributivo sobre la n¨®mina de peque?os negocios calificados por aumentar las actividades investigativas. El tercer trimestre de 2023 es el primer trimestre que comienza despu¨¦s de que la Compa?¨ªa Rosa radicar¨¢ la planilla de contribuciones sobre los ingresos haciendo la elecci¨®n del cr¨¦dito contributivo sobre la n¨®mina. Por lo tanto, el cr¨¦dito contributivo sobre la n¨®mina se aplica contra la parte correspondiente a la Compa?¨ªa Rosa en las contribuciones al Seguro Social (hasta $250,000) y las contribuciones al Medicare sobre los salarios pagados a los empleados en el tercer trimestre de 2023. La Compa?¨ªa Rosa es un depositante de itinerario bisemanal. La Compa?¨ªa Rosa completa el Anexo B (Formulario 941-PR) reduciendo la cantidad de la obligaci¨®n contributiva anotada para el primer pago de la n¨®mina en el tercer trimestre de 2023 que incluye los salarios sujetos a las contribuciones al Seguro Social por el menor de (1) su parte de la contribuci¨®n al Seguro Social (hasta $250,000) sobre los salarios o (2) el cr¨¦dito contributivo sobre la n¨®mina disponible. Si el cr¨¦dito contributivo sobre la n¨®mina elegido es m¨¢s que la parte de la Compa?¨ªa Rosa de la contribuci¨®n al Seguro Social en el primer pago de la n¨®mina del trimestre, el cr¨¦dito contributivo sobre la n¨®mina en exceso se trasladar¨ªa a los pagos de la n¨®mina en el tercer trimestre hasta que sea utilizado contra los $250,000 de la parte de la Compa?¨ªa Rosa de la contribuci¨®n del Seguro Social para el trimestre. Si la cantidad del cr¨¦dito contributivo sobre la n¨®mina excede la parte correspondiente a la Compa?¨ªa Rosa de la contribuci¨®n al Seguro Social (hasta $250,000) sobre los salarios pagados a sus empleados en el tercer trimestre, cualquier cr¨¦dito restante se usa contra la parte correspondiente de la Compa?¨ªa Rosa de la contribuci¨®n al Medicare para el primer pago de la n¨®mina del trimestre y, entonces, el exceso del cr¨¦dito por el pago sobre la n¨®mina se trasladar¨ªa a los pagos sobre la n¨®mina sucesivos en el tercer trimestre hasta que se utilice contra la parte correspondiente de la Compa?¨ªa Rosa de la contribuci¨®n al Medicare para el trimestre. Si la Compa?¨ªa Rosa todav¨ªa tiene cr¨¦ditos restantes despu¨¦s de haber reducido su parte correspondiente de la contribuci¨®n al Seguro Social (hasta $250,000) y la contribuci¨®n al Medicare para el tercer trimestre, la cantidad restante se tratar¨¢ como un cr¨¦dito contributivo sobre la n¨®mina contra la parte correspondiente de la contribuci¨®n al Seguro Social ($250,000) y la contribuci¨®n al Medicare por los salarios pagados en el cuarto trimestre. Si la cantidad restante del cr¨¦dito contributivo sobre la n¨®mina excedi¨® la parte correspondiente a la Compa?¨ªa Rosa de la contribuci¨®n al Seguro Social (hasta $250,000) y la contribuci¨®n al Medicare sobre los salarios pagados en el cuarto trimestre, ¨¦sta podr¨ªa ser trasladada y ser tratada como un cr¨¦dito contributivo sobre la n¨®mina para el primer trimestre de 2024.

Porci¨®n no reembolsable del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021 (±ô¨ª²Ô±ð²¹ 11b).

La porci¨®n no reembolsable del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados pagados este trimestre de 2023 por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021 se limita a la parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Seguro Social por los salarios pagados en el trimestre restante despu¨¦s de que esa parte se reduzca primero por cualquier cr¨¦dito reclamado contra la parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Seguro Social en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12 del Formulario 8974 para el cr¨¦dito contributivo sobre la n¨®mina de peque?os negocios calificados por aumentar las actividades investigativas en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 11 del Formulario 5884-C, el cr¨¦dito contributivo por oportunidad de trabajo para organizaciones calificadas exentas de contribuciones que contratan a veteranos calificados y/o cualquier cr¨¦dito a ser reclamado en el Formulario 5884-D para el cr¨¦dito por desastres para organizaciones exentas de contribuciones calificadas. Para completar la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 16 o el Anexo B (Formulario 941-PR), tome en cuenta la porci¨®n no reembolsable del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados del trimestre contra la obligaci¨®n correspondiente al primer pago de n¨®mina del trimestre, pero no una cantidad menor que cero. Luego, reduzca la obligaci¨®n por cada pago de n¨®mina sucesivo en el trimestre hasta que la porci¨®n no reembolsable del cr¨¦dito sea utilizada. Cualquier cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados pagados este trimestre de 2023 por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021 que quede restante al final del trimestre porque excede la parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Seguro Social se reclama en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 13c como un cr¨¦dito reembolsable. La porci¨®n reembolsable del cr¨¦dito no reduce la obligaci¨®n declarada en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 16 o en el Anexo B (Formulario 941-PR).

Ejemplo.

La Compa?¨ªa Arce es un depositante de itinerario bisemanal que paga los salarios a sus empleados cada otro viernes. En el primer trimestre de 2023, la Compa?¨ªa Arce ten¨ªa fechas de pago el 6 de enero, el 20 de enero, el 3 de febrero, el 17 de febrero, el 3 de marzo, el 17 de marzo y el 31 de marzo. La Compa?¨ªa Arce pag¨® salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados el 6 de enero y el 20 de enero por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021. La porci¨®n no reembolsable del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados es $10,000 para el trimestre. En el Anexo B (Formulario 941-PR), la Compa?¨ªa Arce utilizar¨¢ los $10,000 para reducir la obligaci¨®n de la fecha de pago del 6 de enero, pero no a una cantidad menor que cero. Si alguna porci¨®n no reembolsable del cr¨¦dito permanece, la Compa?¨ªa Arce la aplicar¨¢ a la obligaci¨®n de la fecha de pago del 20 de enero, y luego a la fecha de pago del 3 de febrero, y as¨ª sucesivamente hasta que todos los $10,000 se utilicen.

Porci¨®n no reembolsable del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados por la licencia pagada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021 (±ô¨ª²Ô±ð²¹ 11d).

La porci¨®n no reembolsable del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados pagados este trimestre de 2023 por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021 se limita a la parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Medicare en los salarios pagados en el trimestre que queda restante despu¨¦s que esa parte se reduzca primero por todo cr¨¦dito reclamado contra la parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Medicare en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 16 del Formulario 8974 por el cr¨¦dito contributivo sobre la n¨®mina de peque?os negocios calificados por aumentar las actividades investigativas. Para completar la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 16 o el Anexo B (Formulario 941-PR), tome en cuenta la porci¨®n no reembolsable de todo el trimestre del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados pagados este trimestre de 2023 contra la obligaci¨®n correspondiente al primer pago de n¨®mina del trimestre, pero no a una cantidad menor que cero. Luego, reduzca la obligaci¨®n por cada pago de n¨®mina sucesivo en el trimestre hasta que la porci¨®n no reembolsable del cr¨¦dito sea utilizada. Cualquier cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados pagados en este trimestre de 2023 por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, que queda restante al final del trimestre porque excede la parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Medicare se reclama en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 13e como un cr¨¦dito reembolsable. La porci¨®n reembolsable del cr¨¦dito no reduce la obligaci¨®n declarada en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 16 o en el Anexo B (Formulario 941-PR).

This is an Image: taxtip.gifUsted puede reducir sus dep¨®sitos por la cantidad de las porciones no reembolsables y reembolsables del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y licencia familiar calificados, como se discute anteriormente bajo C¨®mo reducir sus dep¨®sitos por el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados.

Parte 3: Inf¨®rmenos sobre su Negocio

En la Parte 3, conteste ²õ¨®±ô´Ç aquellas preguntas que le correspondan a su negocio. Si alguna pregunta no le corresponde, d¨¦jela en blanco y pase a la Parte 4.

17. Si su Negocio Ha Dejado de Operar...

Si su negocio ha dejado de operar permanentemente o si ha dejado de pagar salarios, tiene que radicar una planilla final. Para informarle al IRS que un Formulario 941-PR es su planilla final, marque el recuadro de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 17 y anote la ¨²ltima fecha en la que pag¨® salarios en el espacio provisto. Para requisitos adicionales de la radicaci¨®n, incluyendo informaci¨®n sobre c¨®mo adjuntar una declaraci¨®n a su planilla final, vea Planilla Final y Si Cierra su Negocio, anteriormente.

18. Si Es Patrono Estacional...

Si contrata a empleados estacionales ¡ªpor ejemplo, ²õ¨®±ô´Ç para el verano o el invierno¡ª marque el recuadro de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 18. El marcar el recuadro le indica al IRS que no debe esperar recibir cuatro Formularios 941-PR de usted durante el a?o porque no ha pagado salarios con regularidad.

Por lo general, no le solicitaremos informaci¨®n sobre planillas no radicadas si al menos una planilla sujeta a contribuciones es radicada cada a?o. Sin embargo, tiene que marcar el recuadro de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 18 en cada Formulario 941-PR que radique. De lo contrario, el IRS esperar¨¢ que se radique una planilla para cada trimestre.

Adem¨¢s, al completar el Formulario 941-PR, aseg¨²rese de marcar el recuadro de la parte superior de la planilla que corresponde al trimestre en que declara salarios.

This is an Image: taxtip.gifLas cantidades anotadas en las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 19 a 28 son cantidades que usted utiliza en las hojas de trabajo al final de estas instrucciones para calcular ciertos cr¨¦ditos. Si est¨¢ reclamando estos cr¨¦ditos, tiene que anotar las cantidades aplicables.

This is an Image: caution.gifComplete las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 19 y 20 ²õ¨®±ô´Ç si los gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios de licencia por enfermedad calificados y/o los salarios de licencia por enfermedad calificados se pagaron este trimestre de 2023 por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021.

19. Gastos Calificados del Plan de Salud Asignables a los Salarios de Licencia por Enfermedad Calificados por la Licencia Tomada despu¨¦s del 31 de Marzo de 2020 y antes del 1 de Abril de 2021

Anote los gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios de licencia por enfermedad calificados pagados este trimestre de 2023 por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021. Esta cantidad tambi¨¦n se anota en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2b del Paso 2 de la Hoja de Trabajo 1.

20. Gastos Calificados del Plan de Salud Asignables a los Salarios de Licencia Familiar Calificados por la Licencia Tomada despu¨¦s del 31 de Marzo de 2020 y antes del 1 de Abril de 2021

Anote los gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios de licencia familiar calificados pagados este trimestre de 2023 por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021. Esta cantidad tambi¨¦n se anota en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2f del Paso 2 de la Hoja de Trabajo 1.

This is an Image: caution.gifComplete las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 23, 24 y 25 ²õ¨®±ô´Ç si los salarios de licencia por enfermedad calificados se pagaron este trimestre de 2023 por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021.

23. Salarios de Licencia por Enfermedad Calificados por la Licencia Tomada despu¨¦s del 31 de Marzo de 2021 y antes del 1 de Octubre de 2021

Anote los salarios de licencia por enfermedad calificados que usted pag¨® este trimestre de 2023 a sus empleados por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, incluyendo cualquier salario de licencia por enfermedad calificado que estaba por encima de la base salarial del Seguro Social y cualquier salario de licencia por enfermedad calificado excluido de la definici¨®n de empleo conforme a las secciones 3121(b)(1) a (22). Vea las instrucciones para la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 11d, anteriormente, para m¨¢s informaci¨®n sobre los salarios de licencia por enfermedad calificados por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021. Esta cantidad tambi¨¦n se anota en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2a del Paso 2 de la Hoja de Trabajo 2.

24. Gastos Calificados del Plan de Salud Asignables a los Salarios de Licencia por Enfermedad Calificados Declarados en la L¨ªnea 23

Anote los gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios de licencia por enfermedad calificados pagados este trimestre de 2023 por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021. Esta cantidad tambi¨¦n se anota en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2b del Paso 2 de la Hoja de Trabajo 2.

25. Cantidades de Ciertos Acuerdos de Negociaci¨®n Colectiva Asignables a los Salarios de Licencia por Enfermedad Calificados Declarados en la L¨ªnea 23

Anote las aportaciones a planes de pensiones de beneficio definido de negociaci¨®n colectiva y las aportaciones al programa de aprendizaje de negociaci¨®n colectiva asignables a los salarios de licencia por enfermedad calificados pagados este trimestre de 2023 por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021. Esta cantidad tambi¨¦n se anota en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2c del Paso 2 de la Hoja de Trabajo 2.

This is an Image: caution.gifComplete las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 26, 27 y 28 ²õ¨®±ô´Ç si los salarios de licencia familiar calificados se pagaron este trimestre de 2023 por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021.

26. Salarios de Licencia Familiar Calificados por la Licencia Tomada despu¨¦s del 31 de Marzo de 2021 y antes del 1 de Octubre de 2021

Anote los salarios de licencia familiar calificados que usted pag¨® este trimestre de 2023 a sus empleados por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, incluyendo cualquier salario por licencia familiar que estaba por encima de la base salarial del Seguro Social y cualquier salario de licencia familiar calificado excluido de la definici¨®n de empleo conforme a las secciones 3121(b)(1) a (22). Vea las instrucciones para la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 11d, anteriormente, para m¨¢s informaci¨®n sobre los salarios de licencia familiar calificados por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021. Esta cantidad tambi¨¦n se anota en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2g del Paso 2 de la Hoja de Trabajo 2.

27. Gastos Calificados del Plan de Salud Asignables a los Salarios de Licencia Familiar Calificados Declarados en la L¨ªnea 26

Anote los gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios de licencia familiar calificados pagados este trimestre de 2023 por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021. Esta cantidad tambi¨¦n se anota en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2h del Paso 2 de la Hoja de Trabajo 2.

28. Cantidades de Ciertos Acuerdos de Negociaci¨®n Colectiva Asignables a los Salarios de Licencia Familiar Calificados Declarados en la L¨ªnea 26

Anote las aportaciones a planes de pensiones de beneficio definido de negociaci¨®n colectiva y las aportaciones al programa de aprendizaje de negociaci¨®n colectiva asignables a los salarios de licencia familiar calificados pagados este trimestre de 2023 por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021. Esta cantidad tambi¨¦n se anota en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2i del Paso 2 de la Hoja de Trabajo 2.

Parte 4: ?Podemos Comunicarnos con su Tercero Autorizado?

Si desea autorizar a alg¨²n empleado suyo, a un preparador remunerado o a otro individuo para que ¨¦ste hable sobre su Formulario 941-PR con el IRS, marque el recuadro ¡°³§¨ª¡± en la Parte 4. Anote el nombre, n¨²mero de tel¨¦fono y los cinco d¨ªgitos del n¨²mero de identificaci¨®n personal (PIN, por sus siglas en ingl¨¦s) del individuo espec¨ªfico con quien podamos hablar ¡ªno el nombre de la empresa que prepar¨® su planilla de contribuci¨®n. La persona designada puede elegir cualesquier cinco d¨ªgitos para su PIN.

Al marcar el recuadro ¡°³§¨ª¡±, usted autoriza al IRS a hablar con el tercero designado a fin de hacerle preguntas que surjan al tramitar su planilla de contribuci¨®n. Adem¨¢s, le permite a la persona designada que haga todo lo siguiente:

  • Facilitarnos toda informaci¨®n no incluida en su planilla.

  • Llamarnos para obtener informaci¨®n relacionada con la tramitaci¨®n de su planilla.

  • Responder a ciertas notificaciones del IRS que usted haya compartido con su tercero designado relacionadas con errores matem¨¢ticos y con la preparaci¨®n de su planilla. El IRS no le enviar¨¢ notificaciones a su tercero designado.

Usted no le autoriza a su tercero designado a obligarle a ning¨²n compromiso (por ejemplo, a pagar una obligaci¨®n contributiva adicional), ni de otra manera representarlo a usted ante el IRS. Si desea ampliar la autorizaci¨®n de su tercero designado, vea la Pub. 947(SP).

La autorizaci¨®n para un tercero designado vencer¨¢ autom¨¢ticamente en 1 a?o a partir de la fecha de vencimiento (sin tener en cuenta las pr¨®rrogas) para radicar su Formulario 941-PR. Si usted o su tercero designado desea dar por finalizada la autorizaci¨®n, escriba al centro de servicio del IRS a la direcci¨®n donde se env¨ªan las planillas ¡°Sin un pago¡±, indicada bajo ?Ad¨®nde Deber¨¢ Enviar la Planilla?, anteriormente.

Parte 5: Firme Aqu¨ª (Funciones Aprobadas)

Complete toda la informaci¨®n y firme el Formulario 941-PR. Las siguientes personas est¨¢n autorizadas a firmar la planilla, seg¨²n cada clase de entidad comercial:

? Empresa de un ²õ¨®±ô´Ç due?o:

El individuo que posee el negocio (el propietario o due?o):

? Corporaci¨®n (incluyendo una compa?¨ªa de responsabilidad limitada (LLC, por sus siglas en ingl¨¦s) que se trata como una corporaci¨®n):

El presidente, vice presidente u otro funcionario principal que est¨¦ debidamente autorizado para firmar en nombre de dicha corporaci¨®n.

? Sociedad colectiva (incluyendo una compa?¨ªa de responsabilidad limitada (LLC) que se trata como una sociedad colectiva) u otra empresa no incorporada:

Un socio, un miembro u otro funcionario responsable y debidamente autorizado que tenga conocimiento de todas las operaciones y asuntos de la entidad.

? Compa?¨ªa de responsabilidad limitada (LLC) de un ²õ¨®±ô´Ç socio que se trata como una entidad no considerada como separada de su due?o (disregarded entity) para prop¨®sitos de las contribuciones federales sobre los ingresos:

El due?o de la LLC u otro funcionario principal que est¨¦ debidamente autorizado a firmar en nombre de dicha compa?¨ªa.

? Fideicomiso o caudal hereditario:

El fiduciario.

El Formulario 941-PR puede ser firmado por un agente debidamente autorizado para representar al contribuyente si se ha radicado un poder legal v¨¢lido ante el IRS.

M¨¦todo alternativo de firma.

Los ejecutivos de la corporaci¨®n o agentes debidamente autorizados pueden firmar el Formulario 941-PR por medio de un sello de goma, aparato mec¨¢nico o programa de computadora (software). Para m¨¢s detalles y la documentaci¨®n requerida, vea el Revenue Procedure 2005-39 (Procedimiento Administrativo Contributivo 2005-39), en ingl¨¦s. Puede ver dicho procedimiento en el Internal Revenue Bulletin 2005-28 (Bolet¨ªn de Rentas Internas 2005-28), en ingl¨¦s, disponible en el sitio web IRS.gov/irb/2005-28_IRB#RP-2005-39.

Para Uso Exclusivo Del Preparador Remunerado

Un preparador remunerado tiene que firmar el Formulario 941-PR y proporcionar la informaci¨®n solicitada en la secci¨®n titulada Para Uso Exclusivo Del Preparador Remunerado en la Parte 5 si le pag¨® al preparador para preparar el Formulario 941-PR y dicho preparador no es empleado de la entidad que radica la planilla. Los preparadores remunerados tienen que firmar las planillas de papel de su pu?o y letra. El preparador tiene que darle una copia adicional de la planilla adem¨¢s de la planilla que en s¨ª ser¨¢ radicada ante el IRS.

Si usted es preparador remunerado, anote su n¨²mero de identificaci¨®n contributiva del preparador remunerado (PTIN, por sus siglas en ingl¨¦s) en el espacio provisto. Incluya su direcci¨®n completa. Si trabaja para una firma o empresa, anote el nombre y el EIN de la firma. Puede solicitar un PTIN por Internet o radicando el Formulario W-12, en ingl¨¦s. Para m¨¢s informaci¨®n sobre la solicitud de un PTIN por Internet, acceda a IRS.gov/PTIN, en ingl¨¦s. No puede usar su PTIN en lugar del EIN de la firma preparadora de contribuciones.

Por lo general, no complete esta secci¨®n si est¨¢ radicando la planilla en su calidad de agente de reportaci¨®n y tiene un Formulario 8655, en ingl¨¦s, vigente y archivado ante el IRS. Sin embargo, un agente de reportaci¨®n tiene que completar esta secci¨®n si dicho agente ofreci¨® asesor¨ªa legal; por ejemplo, aconsejarle al cliente sobre c¨®mo determinar si los trabajadores son empleados o contratistas independientes para prop¨®sitos de las contribuciones federales.

C¨®mo Obtener Formularios, Instrucciones y Publicaciones del IRS

This is an Image: compute.gifPuede ver, descargar o imprimir la mayor¨ªa de los formularios, instrucciones y publicaciones que pueda necesitar en IRS.gov/Forms, en ingl¨¦s. De lo contrario, puede acceder a IRS.gov/OrderForms y pulsar sobre Espa?ol, para hacer un pedido y recibir los formularios por correo. El IRS tramitar¨¢ su orden para formularios y publicaciones lo m¨¢s pronto posible. No vuelva a enviar solicitudes que ya nos haya enviado. Puede obtener formularios y publicaciones m¨¢s r¨¢pido en ±ô¨ª²Ô±ð²¹.

Hoja de Trabajo 1. Cr¨¦dito por los Salarios de Licencia por Enfermedad y Familiar Calificados Pagados este Trimestre de 2023 por la Licencia Tomada despu¨¦s del 31 de Marzo de 2020 y antes del 1 de Abril de 2021

Determine c¨®mo completar¨¢ esta hoja de trabajo. (Si usted es un tercero pagador, tiene que completar esta hoja de trabajo para cada cliente para el cual es aplicable, cliente por cliente).
Si pag¨® salarios de licencia por enfermedad y/o familiar calificados este trimestre de 2023 por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021, complete el Paso 1 y el Paso 2. ±Ê°ù±ð³¦²¹³Ü³¦¾±¨®²Ô: Use la Hoja de Trabajo 2 para calcular el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados pagados este trimestre de 2023 por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021.
       
Paso 1. Determine la parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Seguro Social este trimestre despu¨¦s de que se reduzca por cualquier cr¨¦dito reclamado en el Formulario 8974 y por cualquier cr¨¦dito a ser reclamado en el Formulario 5884-C y/o en el Formulario 5884-D
  1a Anote la cantidad de la contribuci¨®n al Seguro Social de la columna 2 de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a de la Parte 1 del Formulario 941-PR 1a _____  
  1b Anote la cantidad de la contribuci¨®n al Seguro Social de la columna 2 de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5b de la Parte 1 del Formulario 941-PR 1b _____  
  1c Sume las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 1a y 1b 1c _____  
  1d Multiplique la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 1c por 50% (0.50) 1d _____    
  1e Si usted es un tercero pagador de compensaci¨®n por enfermedad que no sea un agente y est¨¢ reclamando cr¨¦ditos por cantidades pagadas a sus empleados, anote la parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Seguro Social incluida en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 8 de la Parte 1 del Formulario 941-PR (anote como n¨²mero positivo) 1e _____    
  1f Reste la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 1e de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 1d 1f _____    
  1g Si recibi¨® la Section 3121(q) Notice and Demand (Notificaci¨®n y solicitud de pago conforme a la secci¨®n 3121(q)) durante el trimestre, anote la cantidad correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Seguro Social de esta notificaci¨®n 1g _____    
  1h Parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Seguro Social. Sume las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 1f y 1g     1h _____
  1i Anote la cantidad de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12 del Formulario 8974 para este trimestre 1i _____  
  1j Anote la cantidad a reclamar en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 11 del Formulario 5884-C para este trimestre 1j _____  
  1j(i) Anote la cantidad a reclamar en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 12 del Formulario 5884-D para este trimestre 1j(i) _____    
  1k Total de cr¨¦ditos no reembolsables ya usados contra la parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Seguro Social. Sume las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 1i, 1j y 1j(i)     1k _____
  1l Parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Seguro Social restante. Reste la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 1k de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 1h     1l _____
       
Paso 2. Calcule el cr¨¦dito de licencia por enfermedad y familiar
  2a Salarios de licencia por enfermedad calificados declarados en la columna 1 de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a(i) de la Parte 1 del Formulario 941-PR 2a _____    
  2a(i) Salarios de licencia por enfermedad calificados declarados en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5c de la Parte 1 del Formulario 941-PR, pero no incluidos en la columna 1 de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a(i) de la Parte 1 del Formulario 941-PR porque los salarios declarados en esa ±ô¨ª²Ô±ð²¹ estaban limitados por la base salarial del Seguro Social 2a(i) _____    
  2a(ii) Total de salarios de licencia por enfermedad calificados. Sume las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 2a y 2a(i) 2a(ii) _____    
  2a(iii) Salarios de licencia por enfermedad calificados excluidos de la definici¨®n de empleo conforme a las secciones 3121(b)(1) a (22) 2a(iii) _____    
  2b Gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios de licencia por enfermedad calificados (±ô¨ª²Ô±ð²¹ 19 de la Parte 3 del Formulario 941-PR) 2b _____    
  2c Parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Medicare sobre los salarios de licencia por enfermedad calificados. Multiplique la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2a(ii) por 1.45% (0.0145) 2c _____    
  2d Cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad calificados. Sume las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 2a(ii), 2a(iii), 2b y 2c     2d _____
  2e Salarios de licencia familiar calificados declarados en la columna 1 de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a(ii) de la Parte 1 del Formulario 941-PR 2e _____    
  2e(i) Salarios de licencia familiar calificados declarados en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5c de la Parte 1 del Formulario 941-PR, pero no incluidos en la columna 1 de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a(ii) de la Parte 1 del Formulario 941-PR, porque los salarios declarados en esa ±ô¨ª²Ô±ð²¹ estaban limitados por la base salarial del Seguro Social 2e(i) _____    
  2e(ii) Total de salarios de licencia familiar calificados. Sume las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 2e y 2e(i) 2e(ii) _____    
  2e(iii) Salarios de licencia familiar calificados excluidos de la definici¨®n de empleo conforme a las secciones 3121(b)(1) a (22) 2e(iii) _____    
  2f Gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios de licencia familiar calificados (±ô¨ª²Ô±ð²¹ 20 de la Parte 3 del Formulario 941-PR) 2f _____    
  2g Parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Medicare sobre los salarios de licencia familiar calificados. Multiplique la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2e(ii) por 1.45% (0.0145) 2g _____    
  2h Cr¨¦dito por los salarios de licencia familiar calificados. Sume las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 2e(ii), 2e(iii), 2f y 2g     2h _____
  2i Cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados. Sume las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 2d y 2h     2i _____
  2j Porci¨®n no reembolsable del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021. Anote la cantidad menor entre la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 1l o la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2i. Anote esta cantidad en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 11b de la Parte 1 del Formulario 941-PR     2j  
  2k Porci¨®n reembolsable del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021. Reste la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2j de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2i y anote esta cantidad en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 13c de la Parte 1 del Formulario 941-PR     2k  
       

Hoja de Trabajo 2. Cr¨¦dito por los Salarios de Licencia por Enfermedad y Familiar Calificados Pagados este Trimestre de 2023 por la Licencia Tomada despu¨¦s del 31 de Marzo de 2021 y antes del 1 de Octubre de 2021

Determine c¨®mo completar¨¢ esta hoja de trabajo. (Si usted es un tercero pagador, tiene que completar esta hoja de trabajo para cada cliente para el cual es aplicable, cliente por cliente).
Si pag¨® salarios de licencia por enfermedad calificados y/o salarios de licencia familiar calificados este trimestre de 2023 por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021, complete el Paso 1 y el Paso 2. ±Ê°ù±ð³¦²¹³Ü³¦¾±¨®²Ô: Use la Hoja de Trabajo 1 para calcular el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados pagados este trimestre de 2023 por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2020 y antes del 1 de abril de 2021.
       
Paso 1. Determine la parte correspondiente a la contribuci¨®n al Medicare este trimestre despu¨¦s de reducirse por cualquier cr¨¦dito reclamado en el Formulario 8974
  1a Anote la cantidad de la contribuci¨®n al Medicare de la columna 2 de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5c de la Parte 1 del Formulario 941-PR 1a _____  
  1b Multiplique la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 1a por 50% (0.50) 1b _____  
  1c Si usted es un tercero pagador de compensaci¨®n por enfermedad que no es un agente y est¨¢ reclamando cr¨¦ditos por cantidades pagadas a sus empleados, anote la parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Medicare incluida en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 8 de la Parte 1 del Formulario 941-PR (anote como n¨²mero positivo) 1c _____  
  1d Reste la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 1c de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 1b 1d _____    
  1e Si recibi¨® la Section 3121(q) Notice and Demand (Notificaci¨®n y solicitud de pago conforme a la secci¨®n 3121(q)) durante el trimestre, anote la cantidad correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Medicare de esta notificaci¨®n 1e _____    
  1f Parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Medicare. Sume las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 1d y 1e     1f _____
  1g Anote la cantidad de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 16 del Formulario 8974 para este trimestre 1g _____    
  1h Parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Medicare restante. Reste la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 1g de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 1f     1h _____
       
Paso 2. Calcule el cr¨¦dito de licencia por enfermedad y familiar
  2a Salarios de licencia por enfermedad calificados por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021 (±ô¨ª²Ô±ð²¹ 23 de la Parte 3 del Formulario 941-PR) 2a _____    
  2a(i) Salarios de licencia por enfermedad calificados declarados en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 23 de la Parte 3 del Formulario 941-PR que no fueron incluidos como salarios declarados en las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 5a y 5c de la Parte 1 del Formulario 941-PR, porque los salarios de licencia por enfermedad fueron excluidos de la definici¨®n de empleo conforme a las secciones 3121(b)(1) a (22) 2a(i) _____    
  2a(ii) Reste la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2a(i) de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2a 2a(ii) _____    
  2a(iii) Salarios de licencia por enfermedad calificados declarados en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 23 de la Parte 3 del Formulario 941-PR que no fueron incluidos como salarios declarados en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a de la Parte 1 del Formulario 941-PR, porque los salarios de licencia por enfermedad estaban limitados por la base salarial del Seguro Social 2a(iii) _____    
  2a(iv) Reste la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2a(iii) de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2a(ii) 2a(iv) _____    
  2b Gastos calificados del plan de salud asignables a los salarios de licencia por enfermedad calificados por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021 (±ô¨ª²Ô±ð²¹ 24 de la Parte 3 del Formulario 941-PR) 2b _____    
  2c Cantidades de ciertos acuerdos de negociaci¨®n colectiva asignables a los salarios de licencia por enfermedad calificados por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021 (±ô¨ª²Ô±ð²¹ 25 de la Parte 3 del Formulario 941-PR) 2c _____    
  2d Parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Seguro Social sobre los salarios de licencia por enfermedad calificados. Multiplique la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2a(iv) por 6.2% (0.062) 2d _____    
  2e Parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Medicare sobre los salarios de licencia por enfermedad calificados. Multiplique la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2a(ii) por 1.45% (0.0145) 2e _____    
  2f Cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad. Sume las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 2a, 2b, 2c, 2d y 2e     2f _____
  2g Salarios de licencia familiar calificados por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021 (±ô¨ª²Ô±ð²¹ 26 de la Parte 3 del Formulario 941-PR) 2g _____    
  2g(i) Salarios de licencia familiar calificados incluidos en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 26 de la Parte 3 del Formulario 941-PR que no fueron incluidos como salarios declarados en las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 5a y 5c de la Parte 1 del Formulario 941-PR, porque los salarios de licencia familiar calificados fueron excluidos de la definici¨®n de empleo conforme a las secciones 3121(b)(1) a (22) 2g(i) _____    
  2g(ii) Reste la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2g(i) de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2g 2g(ii) _____    
  2g(iii) Salarios de licencia familiar calificados declarados en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 26 de la Parte 3 del Formulario 941-PR que no fueron incluidos como salarios declarados en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 5a de la Parte 1 del Formulario 941-PR porque los salarios de licencia familiar calificados estaban limitados por la base salarial del Seguro Social 2g(iii) _____    
  2g(iv) Reste la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2g(iii) de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2g(ii) 2g(iv) _____    
  2h Gastos calificados del plan de salud asignables a salarios de licencia familiar calificados por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021 (±ô¨ª²Ô±ð²¹ 27 de la Parte 3 del Formulario 941-PR) 2h _____    
  2i Cantidades de ciertos acuerdos de negociaci¨®n colectiva asignables a los salarios de licencia familiar calificados por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021 (±ô¨ª²Ô±ð²¹ 28 de la Parte 3 del Formulario 941-PR) 2i _____    
  2j Parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Seguro Social sobre los salarios de licencia familiar calificados. Multiplique la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2g(iv) por 6.2% (0.062) 2j _____    
  2k Parte correspondiente al patrono de la contribuci¨®n al Medicare sobre los salarios de licencia familiar calificados. Multiplique la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2g(ii) por 1.45% (0.0145) 2k _____    
  2l Cr¨¦dito por los salarios de licencia familiar calificados. Sume las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 2g, 2h, 2i, 2j y 2k     2l _____
  2m Cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados. Sume las ±ô¨ª²Ô±ð²¹s 2f y 2l     2m _____
  2n Anote cualquier cr¨¦dito reclamado conforme a la secci¨®n 41 por aumentar las actividades investigativas con respecto a cualquier salario tomado en cuenta para el cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados 2n _____    
  2o Cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados despu¨¦s de hacer ajustes por otros cr¨¦ditos. Reste la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2n de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2m     2o _____
  2p Porci¨®n no reembolsable del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021. Anote la cantidad menor entre la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 1h o la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2o. Anote esta cantidad en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 11d de la Parte 1 del Formulario 941-PR     2p  
  2q Porci¨®n reembolsable del cr¨¦dito por los salarios de licencia por enfermedad y familiar calificados por la licencia tomada despu¨¦s del 31 de marzo de 2021 y antes del 1 de octubre de 2021. Reste la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2p de la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 2o y anote esta cantidad en la ±ô¨ª²Ô±ð²¹ 13e de la Parte 1 del Formulario 941-PR     2q