Instrucciones para el Anexo SE de 2024 (2024)

2024


Impuesto sobre el Trabajo por Cuenta Propia

Introduction

Use el Anexo SE (Formulario 1040) para calcular el impuesto adeudado sobre el ingreso neto del trabajo por cuenta propia. La Administraci¨®n del Seguro Social (SSA, por sus siglas en ingl¨¦s) usa la informaci¨®n del Anexo SE para calcular sus beneficios bajo el programa del Seguro Social. Este impuesto se aplica sin importar la edad que tenga e incluso si ya est¨¢ recibiendo beneficios del Seguro Social o del Medicare.

Informaci¨®n adicional.

Vea la Publicaci¨®n 225 o la Publicaci¨®n 334.

Acontecimientos Futuros

Para la informaci¨®n m¨¢s reciente sobre los acontecimientos relacionados con el Anexo SE (Formulario 1040) y sus instrucciones, tales como legislaci¨®n promulgada despu¨¦s de que ¨¦stos se hayan publicado, acceda a IRS.gov/ScheduleSESP.

Formularios, instrucciones y publicaciones en espa?ol.

Para descargar, ver o imprimir formularios, instrucciones y publicaciones que est¨¢n disponibles en espa?ol, acceda a IRS.gov/SpanishForms.

Qu¨¦ Hay de Nuevo

Ingreso m¨¢ximo sujeto al impuesto del Seguro Social.

Para 2024, la cantidad m¨¢xima de ingresos del trabajo por cuenta propia sujeta al impuesto del Seguro Social es $168,600.

Recordatorio

Formulario 1040-SS. Utilice el Anexo SE (Formulario 1040) para declarar el impuesto del trabajo por cuenta propia para los residentes de los territorios de los EE. UU.

El Formulario 1040-SS tiene que ser presentado con el Anexo SE (Formulario 1040) por los residentes de las Islas V¨ªrgenes Estadounidenses, Guam, la Samoa Estadounidense, la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte (CNMI) y Puerto Rico para declarar los impuestos del trabajo por cuenta propia. Para informaci¨®n adicional, vea las Instrucciones para el Formulario 1040-SS.

Instrucciones Generales

Qui¨¦n Tiene que Presentar el Anexo SE

Tiene que presentar el Anexo SE si:

  • La cantidad de la l¨ªnea 4c del Anexo SE es $400 o m¨¢s o

  • Tuvo ingresos como empleado de una iglesia de $108.28 o m¨¢s. (Los ingresos de los servicios prestados como ministro, miembro de una orden religiosa o practicante de la Ciencia Cristiana no son ingresos como empleado de una iglesia). Vea Empleados de Iglesias y Organizaciones Eclesi¨¢sticas, m¨¢s adelante.

·¡³æ³¦±ð±è³¦¾±¨®²Ô a la presentaci¨®n del Anexo SE.

Si present¨® el Formulario 4029 o el Formulario 4361 y recibi¨® la aprobaci¨®n del IRS, es posible que no necesite presentar el Anexo SE. Vea Ministros, Miembros de ?rdenes Religiosas y Practicantes de la Ciencia Cristiana y Miembros de Ciertas Sectas Religiosas, m¨¢s adelante, para informaci¨®n sobre c¨®mo declarar sus ingresos del trabajo por cuenta propia.

This is an Image: taxtip.gifAun si tuvo una p¨¦rdida o una peque?a cantidad de ingresos del trabajo por cuenta propia, podr¨ªa ser beneficioso para usted presentar el Anexo SE y usar cualquiera de los dos ¡°m¨¦todos opcionales¡± en las instrucciones para la Parte II del Anexo SE (explicado m¨¢s adelante).

Qui¨¦n Tiene que Pagar el Impuesto sobre el Trabajo por Cuenta Propia

Trabajadores por Cuenta Propia

Tiene que pagar el impuesto sobre el trabajo por cuenta propia si tuvo ingresos netos de $400 o m¨¢s como trabajador por cuenta propia. Si ejerce un negocio (agropecuario o no agropecuario) por s¨ª mismo, usted trabaja por cuenta propia.

Tambi¨¦n tiene que pagar el impuesto sobre el trabajo por cuenta propia sobre su parte de ciertos ingresos de la sociedad colectiva y sus pagos garantizados. Vea Ingresos o P¨¦rdidas de la Sociedad Colectiva, m¨¢s adelante.

Empleados de Iglesias y Organizaciones Eclesi¨¢sticas

Si tuvo ingreso como empleado de una iglesia de $108.28 o m¨¢s, tiene que pagar el impuesto sobre el trabajo por cuenta propia. El ingreso como empleado de una iglesia es el salario que recibi¨® como empleado (que no sea como ministro, miembro de una orden religiosa o practicante de la Ciencia Cristiana) de una iglesia o una organizaci¨®n calificada controlada por una iglesia que tiene un certificado vigente que elige una exenci¨®n de los impuestos del Seguro Social y del Medicare del empleador.

Ministros, Miembros de ?rdenes Religiosas y Practicantes de la Ciencia Cristiana

En la mayor¨ªa de los casos, tiene que pagar impuestos sobre el trabajo por cuenta propia por los sueldos y otros ingresos por servicios que prest¨® como ministro, miembro de una orden religiosa que no ha hecho un voto de pobreza o practicante de la Ciencia Cristiana. Sin embargo, si present¨® el Formulario 4361 y recibi¨® la aprobaci¨®n del IRS, estar¨¢ exento de pagar impuestos sobre el trabajo por cuenta propia sobre esos ingresos netos. Si no tuvo otros ingresos sujetos al impuesto sobre el trabajo por cuenta propia, anote ¡°Exempt¡ªForm 4361¡± (Exento ¡ªFormulario 4361) en la l¨ªnea 4 del Anexo 2 (Formulario 1040). Sin embargo, si tuvo otros ingresos de $400 o m¨¢s sujetos al impuesto sobre el trabajo por cuenta propia, vea la l¨ªnea A en la parte superior del Anexo SE.

This is an Image: caution.gif Si alguna vez ha presentado el Formulario 2031 para elegir la cobertura del Seguro Social sobre sus ingresos como un ministro, no puede revocar esa elecci¨®n.

Si tiene que pagar impuesto sobre el trabajo por cuenta propia, incluya este ingreso en la l¨ªnea 2 del Anexo SE. Sin embargo, no lo declare en la l¨ªnea 5a del Anexo SE; no se considera ingreso como empleado de una iglesia. Adem¨¢s, incluya en la l¨ªnea 2:

  • El valor del alquiler de una vivienda o una asignaci¨®n para una vivienda que se le proporcion¨® a usted (incluyendo los pagos por servicios p¨²blicos); y

  • El valor de las comidas y el alojamiento proporcionados a usted, su c¨®nyuge y sus dependientes para la conveniencia de su empleador.

Sin embargo, no incluya en la l¨ªnea 2:

  • Beneficios de jubilaci¨®n que recibi¨® de un plan de una iglesia despu¨¦s de la jubilaci¨®n o

  • El valor del alquiler de una vivienda o una asignaci¨®n para una vivienda que se le proporcion¨® a usted (incluyendo los pagos por servicios p¨²blicos) despu¨¦s de la jubilaci¨®n.

Si usted era un ministro debidamente ordenado que era empleado de una iglesia y tiene que pagar el impuesto sobre el trabajo por cuenta propia, los gastos de negocio no reembolsados en los que incurri¨® como empleado de una iglesia no son deducibles como una deducci¨®n detallada para prop¨®sitos del impuesto sobre los ingresos. Sin embargo, al calcular el impuesto sobre el trabajo por cuenta propia, reste en la l¨ªnea 2 los gastos permitidos de sus ingresos del trabajo por cuenta propia y adjunte una explicaci¨®n.

Si usted era un ciudadano o extranjero residente de los EE. UU. que presta servicios fuera de los Estados Unidos como ministro o miembro de una orden religiosa y tiene que pagar el impuesto sobre el trabajo por cuenta propia, no puede reducir sus ingresos netos por la exclusi¨®n de ingresos devengados en el extranjero o la exclusi¨®n o deducci¨®n por concepto de vivienda en el extranjero.

Vea la Publicaci¨®n 517 para detalles adicionales sobre el Seguro Social para los miembros del clero y trabajadores religiosos.

Miembros de Ciertas Sectas Religiosas

Si tiene objeciones de conciencia a la cobertura del Seguro Social debido a su membres¨ªa y creencia en las ense?anzas de una secta religiosa reconocida como existente en todo momento desde el 31 de diciembre de 1950, y que ha proporcionado un nivel de vida razonable para sus miembros dependientes, usted est¨¢ exento del impuesto sobre el trabajo por cuenta propia si recibi¨® la aprobaci¨®n del IRS al presentar el Formulario 4029. En este caso, no presente el Anexo SE. En su lugar, anote ¡°Exempt¡ªForm 4029¡± (Exento ¡ªFormulario 4029) en la l¨ªnea 4 del Anexo 2 (Formulario 1040). Vea la Publicaci¨®n 517 para m¨¢s detalles.

Ciudadanos Estadounidenses Empleados por Gobiernos Extranjeros u Organizaciones Internacionales

Tiene que pagar el impuesto sobre el trabajo por cuenta propia sobre los ingresos que obtuvo como ciudadano estadounidense empleado por un gobierno extranjero (o, en ciertos casos, por una dependencia (instrumentalidad) de propiedad absoluta de un gobierno extranjero o una organizaci¨®n internacional conforme a la International Organizations Immunities Act (Ley de Inmunidades de Organizaciones Internacionales) por servicios prestados en los Estados Unidos, Puerto Rico, Guam, la Samoa Estadounidense, la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte o las Islas V¨ªrgenes Estadounidenses. Declare los ingresos de este empleo en la l¨ªnea 2 del Anexo SE. Si prest¨® servicios en otro lugar como empleado de un gobierno extranjero o de una organizaci¨®n internacional, esos ingresos est¨¢n exentos del impuesto sobre el trabajo por cuenta propia.

·¡³æ³¦±ð±è³¦¾±¨®²Ô¡ªDoble ciudadan¨ªa.

Una persona con ciudadan¨ªa estadounidense y extranjera generalmente se considera ciudadano estadounidense para prop¨®sitos del Seguro Social. Sin embargo, si usted es ciudadano estadounidense y tambi¨¦n ciudadano de un pa¨ªs con el cual los Estados Unidos tiene un acuerdo bilateral de seguro social, que no sea Canad¨¢ o Italia, su trabajo para el gobierno de ese pa¨ªs extranjero siempre est¨¢ exento de impuestos del Seguro Social de los Estados Unidos. Para m¨¢s informaci¨®n sobre estos acuerdos, vea la excepci¨®n que se muestra en la siguiente secci¨®n.

Ciudadanos o Extranjeros Residentes de los EE. UU. que Viven Fuera de los Estados Unidos

Si usted es un ciudadano o extranjero residente de los EE. UU. que trabaja por cuenta propia que vive fuera de los Estados Unidos, en la mayor¨ªa de los casos tiene que pagar el impuesto sobre el trabajo por cuenta propia. Los ingresos devengados en el extranjero del trabajo por cuenta propia no pueden reducirse por su exclusi¨®n de ingresos devengados en el extranjero al calcular el impuesto sobre el trabajo por cuenta propia.

·¡³æ³¦±ð±è³¦¾±¨®²Ô.

Los Estados Unidos tienen acuerdos de seguro social con muchos pa¨ªses para eliminar la doble tributaci¨®n bajo dos sistemas de seguro social. Conforme estos acuerdos, generalmente tiene que pagar impuestos del seguro social y del Medicare s¨®lo al pa¨ªs en el que vive.

Los Estados Unidos ahora tienen acuerdos de seguro social con los siguientes pa¨ªses: Australia, Austria, B¨¦lgica, Brasil, Canad¨¢, Chile, la Rep¨²blica Checa, Dinamarca, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungr¨ªa, Islandia, Irlanda, Italia, Jap¨®n, Luxemburgo, los Pa¨ªses Bajos, Noruega, Polonia, Portugal, la Rep¨²blica Eslovaca, Eslovenia, Corea del Sur, Espa?a, Suecia, Suiza, el Reino Unido y Uruguay.

Si tiene preguntas sobre los acuerdos internacionales de seguro social o para ver si se han puesto en vigor acuerdos adicionales, puede acceder al sitio web de Programas Internacionales de la SSA en . El sitio web tambi¨¦n proporciona informaci¨®n de contacto para preguntas sobre los beneficios y los acuerdos.

Si su ingreso del trabajo por cuenta propia est¨¢ exento del impuesto sobre el trabajo por cuenta propia, debe obtener una declaraci¨®n escrita de la agencia apropiada del pa¨ªs extranjero que verifique que su ingreso del trabajo por cuenta propia est¨¢ sujeto a la cobertura del seguro social en ese pa¨ªs. Si el pa¨ªs extranjero no emite la declaraci¨®n, acceda a la Oficina de Ingresos y Operaciones Internacionales de la SSA en (Servicio de certificados de cobertura en l¨ªnea de la Oficina de Programas Internacionales de la SSA). No complete el Anexo SE. En su lugar, adjunte una copia de la declaraci¨®n escrita al Formulario 1040, 1040-SR, 1040-NR o 1040-SS y anote ¡°Exempt, see attached statement¡± (Exento, vea la declaraci¨®n escrita adjunta) en la l¨ªnea 4 del Anexo 2 (Formulario 1040).

Extranjero No Residente

Si usted es un extranjero no residente que trabaja por cuenta propia y vive en los Estados Unidos, tiene que pagar el impuesto sobre el trabajo por cuenta propia si un acuerdo internacional de seguro social vigente determina que est¨¢ cubierto por el sistema del Seguro Social de los Estados Unidos. Vea ·¡³æ³¦±ð±è³¦¾±¨®²Ô bajo Ciudadanos o Extranjeros Residentes de los EE. UU. que Viven Fuera de los Estados Unidos, anteriormente, para obtener informaci¨®n sobre los acuerdos internacionales de seguro social. Si su ingreso del trabajo por cuenta propia est¨¢ sujeto al impuesto sobre el trabajo por cuenta propia, complete el Anexo SE y pres¨¦ntelo con su Formulario 1040-NR.

Casos de Quiebra Conforme al Cap¨ªtulo 11

Mientras usted sea un deudor en un caso de quiebra conforme al cap¨ªtulo 11, su ganancia o p¨¦rdida neta del trabajo por cuenta propia (por ejemplo, del Anexo C o del Anexo F) no se incluir¨¢ en su ingreso del Formulario 1040 o 1040-SR. En su lugar, se incluir¨¢ en la declaraci¨®n de impuestos sobre los ingresos (Formulario 1041) del patrimonio en quiebra. Sin embargo, usted (no el patrimonio en quiebra) es responsable de pagar el impuesto sobre el trabajo por cuenta propia sobre sus ingresos netos del trabajo por cuenta propia.

Anote ¡°Chap. 11 bankrupcy income¡± (Ingreso de quiebra conforme al cap¨ªtulo 11) y la cantidad de su ganancia o (p¨¦rdida) neta en la l¨ªnea de puntos a la izquierda de la l¨ªnea 3 del Anexo SE. Combine esa cantidad con el total de las l¨ªneas 1a, 1b y 2 (si lo hay) y anote el resultado en la l¨ªnea 3.

Para otros requisitos de declaraci¨®n, vea Casos de Quiebra Conforme al Cap¨ªtulo 11 en las Instrucciones para el Formulario 1040.

M¨¢s de Un Negocio

Si tuvo dos o m¨¢s negocios sujetos al impuesto sobre el trabajo por cuenta propia, sus ingresos netos del trabajo por cuenta propia son los ingresos netos combinados de todos sus negocios. Si tuvo una p¨¦rdida en un negocio, eso reduce el ingreso del otro negocio. Calcule el impuesto sobre el trabajo por cuenta propia combinado en un solo Anexo SE.

Declaraciones Conjuntas

Muestre el nombre del c¨®nyuge con los ingresos del trabajo por cuenta propia en el Anexo SE. Si ambos c¨®nyuges tienen ingresos del trabajo por cuenta propia, cada uno tiene que presentar un Anexo SE por separado.

Incluya las ganancias o p¨¦rdidas totales de todos los negocios en el Formulario 1040 o 1040-SR. Anote el impuesto sobre el trabajo por cuenta propia combinado en la l¨ªnea 4 del Anexo 2 (Formulario 1040).

Ingresos de la Sociedad Conyugal

Si alg¨²n ingreso de negocio (incluyendo el agropecuario) es ingreso de la sociedad conyugal, entonces los ingresos y las deducciones se declaran de la siguiente manera:

  • Si s¨®lo uno de los c¨®nyuges participa en el negocio, todos los ingresos de ese negocio son los ingresos del trabajo por cuenta propia del c¨®nyuge que oper¨® el negocio.

  • Si ambos c¨®nyuges participan, los ingresos y las deducciones se asignan a los c¨®nyuges basado en la participaci¨®n distributiva de cada uno.

  • Si uno o ambos c¨®nyuges son socios en una sociedad colectiva, vea Ingresos o P¨¦rdidas de la Sociedad Colectiva, m¨¢s adelante.

  • Si ambos c¨®nyuges eligieron tratar el negocio como una empresa conjunta calificada, vea Empresa Conjunta Calificada, m¨¢s adelante.

Casado que presenta una declaraci¨®n por separado.

Si usted y su c¨®nyuge tuvieron ingresos de la sociedad conyugal y presentan declaraciones separadas, adjunte el Anexo SE a la declaraci¨®n de cada c¨®nyuge con ingresos del trabajo por cuenta propia conforme a las reglas descritas anteriormente. Adem¨¢s, adjunte el (los) Anexo(s) C o F (que muestran la participaci¨®n del c¨®nyuge en los ingresos y gastos de la sociedad conyugal) a la declaraci¨®n de cada c¨®nyuge.

C¨®nyuge que oper¨® el negocio.

Si usted es el ¨²nico c¨®nyuge que oper¨® el negocio, tiene que incluir en la l¨ªnea 3 del Anexo SE la ganancia o (p¨¦rdida) neta declarada en el Anexo C o F del otro c¨®nyuge (excepto en aquellos casos descritos m¨¢s adelante bajo Ingresos y P¨¦rdidas No Incluidos en los Ingresos Netos del Trabajo por Cuenta Propia). Anote en la l¨ªnea de puntos a la izquierda de la l¨ªnea 3 del Anexo SE ¡°Community income taxed to spouse¡± (Ingresos de la sociedad conyugal gravados al c¨®nyuge) y la cantidad de cualquier ganancia o (p¨¦rdida) neta asignada a su c¨®nyuge como ingreso de la sociedad conyugal. Combine esa cantidad con el total de las l¨ªneas 1a, 1b y 2. Anote el resultado en la l¨ªnea 3.

C¨®nyuge que no oper¨® el negocio.

Si usted no es el c¨®nyuge que oper¨® el negocio y no tuvo otros ingresos sujetos al impuesto sobre el trabajo por cuenta propia, anote ¡°Exempt community income¡± (Ingresos de la sociedad conyugal exentos) en la l¨ªnea 4 del Anexo 2 (Formulario 1040). No presente el Anexo SE.

Sin embargo, si tiene $400 o m¨¢s de otros ingresos sujetos al impuesto sobre el trabajo por cuenta propia, tiene que presentar el Anexo SE. Incluya en la l¨ªnea 1a o 2 del Anexo SE la ganancia o (p¨¦rdida) neta del (de los) Anexo(s) C o F asignada a usted como ingreso de la sociedad conyugal. En la l¨ªnea de puntos a la izquierda de la l¨ªnea 3 del Anexo SE, anote ¡°Exempt community income¡± (Ingresos de la sociedad conyugal exentos) y la cantidad asignada. Calcule la cantidad a anotar en la l¨ªnea 3 de la siguiente manera:

  • Si la cantidad asignada es una ganancia neta, r¨¦stela del total de las l¨ªneas 1a, 1b y 2.

  • Si la cantidad asignada es una p¨¦rdida, tr¨¢tela como una cantidad positiva y s¨²mela al total de las l¨ªneas 1a, 1b y 2.

This is an Image: caution.gifLos ingresos de la sociedad conyugal incluidos en el (los) Anexo(s) C o F tienen que ser divididos para prop¨®sitos del impuesto federal sobre los ingresos bas¨¢ndose en las leyes de bienes gananciales de su estado. Vea la Publicaci¨®n 555 para m¨¢s informaci¨®n.

Empresa Conjunta Calificada (QJV)

Si usted y su c¨®nyuge cada uno participan sustancialmente como los ¨²nicos socios de un negocio tenido y operado conjuntamente y presentan una declaraci¨®n conjunta para el a?o tributario, pueden elegir conjuntamente que se les graven impuestos como si fueran una empresa conjunta calificada (QJV, por sus siglas en ingl¨¦s) en vez de una sociedad colectiva. Para informaci¨®n sobre lo que significa ¡°participaci¨®n sustancial¡±, vea Participaci¨®n sustancial en las Instrucciones para el Anexo C (Formulario 1040).

Para hacer esta elecci¨®n, tienen que dividir toda partida que corresponda a ingresos, ganancias, p¨¦rdidas, deducciones y cr¨¦ditos atribuibles al negocio entre usted y su c¨®nyuge de acuerdo con sus respectivos intereses en la empresa. Cada uno de ustedes tiene que presentar un Anexo C o un Anexo F, por separado. En cada l¨ªnea de su Anexo C o su Anexo F por separado, tiene que anotar su parte de los ingresos, deducciones o p¨¦rdidas correspondientes. Cada uno de ustedes tambi¨¦n tiene que presentar un Anexo SE por separado para pagar el impuesto sobre el trabajo por cuenta propia, seg¨²n corresponda.

Para m¨¢s informaci¨®n sobre Qualified Joint Ventures (Empresas conjuntas calificadas), acceda a IRS.gov/QJV.

Negocio de alquiler de inmobiliarios.

Si usted y su c¨®nyuge hacen la elecci¨®n de que se les graven impuestos como una empresa conjunta calificada para su negocio de alquiler de inmobiliarios, los ingresos generalmente no est¨¢n sujetos al impuesto sobre el trabajo por cuenta propia. Para indicar esa elecci¨®n, aseg¨²rese de marcar el recuadro ¡°QJV¡± en la l¨ªnea 2 de la Parte I de cada Anexo E en el que aparece la propiedad de alquiler. No presente el Anexo SE a menos que tenga otros ingresos sujetos al impuesto sobre el trabajo por cuenta propia. Para una excepci¨®n a que este ingreso no est¨¦ sujeto al impuesto sobre el trabajo por cuenta propia, vea la partida (3) bajo Otros Ingresos y P¨¦rdidas Incluidos en los Ingresos Netos del Trabajo por Cuenta Propia, m¨¢s adelante.

Si usted y su c¨®nyuge hacen la elecci¨®n para un negocio de alquiler agropecuario que usted declara en el Formulario 4835, Farm Rental Income and Expenses (Ingresos y gastos provenientes del alquiler de bienes agropecuarios), cada uno de ustedes tiene que presentar un Formulario 4835 por separado para declarar su parte de los ingresos de alquiler agropecuarios basados en los cultivos o ganado producidos por el inquilino. No presente el Anexo SE a menos que tenga otros ingresos sujetos al impuesto sobre el trabajo por cuenta propia.

Declarantes de A?o Fiscal

Si su a?o tributario es un a?o fiscal, use la tasa tributaria y el l¨ªmite de ingresos anuales en efecto para el momento en que comienza el a?o fiscal. No prorratee los impuestos o el l¨ªmite de ingresos anuales para un a?o fiscal que se superponga a la fecha de un cambio en el impuesto o en el l¨ªmite de ingresos anuales.

Instrucciones para las L¨ªneas

Necesitar¨¢ calcular sus ingresos netos del trabajo por cuenta propia. Para averiguar qu¨¦ se incluye como ingresos netos del trabajo por cuenta propia, vea Ingresos Netos del Trabajo por Cuenta Propia, m¨¢s adelante.

This is an Image: taxtip.gifAnote todas las cantidades negativas en (par¨¦ntesis).

Instrucciones para la Parte I

S¨®lo Tiene Ingreso Como Empleado de una Iglesia Sujeto al Impuesto sobre el Trabajo por Cuenta Propia

Si su ¨²nico ingreso sujeto al impuesto sobre el trabajo por cuenta propia es el ingreso como empleado de una iglesia (descrito anteriormente bajo Empleados de Iglesias y Organizaciones Eclesi¨¢sticas), omita las l¨ªneas 1a a 4b. Anote ¡°-0-¡± en la l¨ªnea 4c y pase a la l¨ªnea 5a.

Nota:

El ingreso por los servicios que presta como ministro, miembro de una orden religiosa o practicante de la Ciencia Cristiana no es ingreso como empleado de una iglesia.

L¨ªnea 1b

Si estaba recibiendo beneficios de jubilaci¨®n del Seguro Social o beneficios por incapacidad del Seguro Social en el momento en que recibi¨® su(s) pago(s) del Programa de Reservas para la Conservaci¨®n (CRP, por sus siglas en ingl¨¦s), anote la cantidad de su(s) pago(s) del CRP tributable(s) en la l¨ªnea 1b. Estos pagos est¨¢n incluidos en l¨ªnea 4b del Anexo F, o listados en la casilla 20 del Anexo K-1 (Formulario 1065) con el c¨®digo AQ.

L¨ªneas 4a a 4c

Si las l¨ªneas 4a y 4c son menos de $400 y tiene una cantidad en la l¨ªnea 1b, combine las l¨ªneas 1a y 2.

  • Si el total de las l¨ªneas 1a y 2 es $434 o m¨¢s, presente el Anexo SE (completado hasta la l¨ªnea 4c) con su declaraci¨®n de impuestos. Anote ¡°-0-¡± en la l¨ªnea 4 del Anexo 2 (Formulario 1040).*

  • Si el total de las l¨ªneas 1a y 2 es menos de $434, no presente el Anexo SE a menos que elija usar un m¨¦todo opcional para calcular su impuesto sobre el trabajo por cuenta propia.

* Si tambi¨¦n tiene ingresos como empleado de una iglesia (descritos anteriormente, bajo Empleados de Iglesias y Organizaciones Eclesi¨¢sticas), tambi¨¦n complete las l¨ªneas 5a y 5b. Complete el resto del Anexo SE, seg¨²n corresponda.

L¨ªnea 13

Si usted est¨¢ presentando el Formulario 1040-SS, omita esta l¨ªnea.

<title>Impuesto sobre el Trabajo por Cuenta Propia</title>

Impuesto Adicional del Medicare

Se le puede aplicar un Impuesto Adicional del Medicare del 0.9% si la cantidad total en la l¨ªnea 6 de todos sus Anexos SE excede una de las siguientes cantidades l¨ªmite (seg¨²n su estado civil para efectos de la declaraci¨®n):

  • Casado que presenta una declaraci¨®n conjunta¡ª $250,000,

  • Casado que presenta una declaraci¨®n por separado¡ª $125,000 o

  • Soltero, Cabeza de familia o C¨®nyuge sobreviviente que re¨²ne los requisitos¡ª $200,000.

Si tiene tanto salarios como ingresos del trabajo por cuenta propia, la cantidad l¨ªmite para aplicar el Impuesto Adicional del Medicare sobre los ingresos del trabajo por cuenta propia se reduce (pero no a una cantidad menor que cero) por la cantidad de los salarios sujetos al Impuesto Adicional del Medicare.

Use el Formulario 8959, Additional Medicare Tax (Impuesto Adicional del Medicare), para calcular este impuesto. Para m¨¢s informaci¨®n, vea las Instrucciones para el Formulario 8959 o acceda a IRS.gov/ADMTfaqs.

Ingresos Netos del Trabajo por Cuenta Propia

En la mayor¨ªa de los casos, los ingresos netos incluyen su ganancia neta de un negocio agropecuario o no agropecuario.

Ingresos o P¨¦rdidas de la Sociedad Colectiva

Si usted era un socio general o limitado en una sociedad colectiva, incluya en la l¨ªnea 1a o en la l¨ªnea 2, seg¨²n corresponda, la cantidad de ingresos netos del trabajo por cuenta propia de la casilla 14 del Anexo K-1 (Formulario 1065) con el c¨®digo A. Los socios generales deben reducir esta cantidad por la cantidad de ciertos gastos antes de anotarla en el Anexo SE. Vea sus instrucciones para el Anexo K-1. Si reduce la cantidad que anota en el Anexo SE, tiene que adjuntar una explicaci¨®n. Los socios limitados deben incluir s¨®lo los pagos garantizados por los servicios realmente prestados a la sociedad colectiva o en nombre de la sociedad colectiva. Si un socio califica como un socio limitado para prop¨®sitos del impuesto del trabajo por cuenta propia, depende de si el socio es considerado un socio limitado conforme a la secci¨®n 1402(a)(13).

Si un socio falleci¨® y la sociedad colectiva continu¨®, incluya en el ingreso del trabajo por cuenta propia la participaci¨®n distributiva del fallecido de los ingresos ordinarios o p¨¦rdidas de la sociedad colectiva hasta el final del mes en que el socio falleci¨®. Vea la secci¨®n 1402(f).

Si usted estaba casado y tanto usted como su c¨®nyuge eran socios en una sociedad colectiva, cada uno de ustedes tiene que declarar sus ingresos netos del trabajo por cuenta propia de la sociedad colectiva. Cada uno de ustedes tiene que presentar un Anexo SE por separado y declarar los ingresos o p¨¦rdidas de la sociedad colectiva en la Parte II del Anexo E (Formulario 1040) para prop¨®sitos del impuesto sobre los ingresos. Si s¨®lo uno de ustedes era socio en una sociedad colectiva, el c¨®nyuge que era el socio tiene que declarar sus ingresos netos del trabajo por cuenta propia de la sociedad colectiva.

Ingresos de la sociedad conyugal.

Su participaci¨®n distributiva de los ingresos de la sociedad colectiva se incluye en el c¨¢lculo de sus ingresos netos del trabajo por cuenta propia. A diferencia de la divisi¨®n de ese ingreso entre los c¨®nyuges para calcular el impuesto sobre los ingresos, ninguna parte de su participaci¨®n puede incluirse en el c¨¢lculo de los ingresos netos del trabajo por cuenta propia de su c¨®nyuge.

´¡±è²¹°ù³¦±ð°ù¨ª²¹

Se le considera trabajador por cuenta propia si produce cultivos o ganado en la tierra de otra persona a cambio de una parte de los cultivos o el ganado producido (o una parte de los ingresos de la venta de ¨¦stos). Esto aplica incluso si pag¨® a otra persona (un agente) para que hiciera el trabajo real o la administraci¨®n por usted. Declare sus ingresos netos para prop¨®sitos de los impuestos sobre los ingresos en el Anexo F (Formulario 1040) y para prop¨®sitos de los impuestos sobre el trabajo por cuenta propia en el Anexo SE. Vea la Publicaci¨®n 225 para m¨¢s detalles.

Otros Ingresos y P¨¦rdidas Incluidos en los Ingresos Netos del Trabajo por Cuenta Propia

  1. Ingresos por alquiler de una granja si, como propietario (arrendador), particip¨® sustancialmente en la producci¨®n o administraci¨®n de la producci¨®n de productos agropecuarios en esta tierra. Este ingreso es ingreso agropecuario. Para determinar si particip¨® sustancialmente en la administraci¨®n o producci¨®n de la granja, no considere las actividades de ning¨²n agente que haya actuado en su nombre. Los requisitos de participaci¨®n sustancial para los propietarios se explican en la Publicaci¨®n 225.

  2. Efectivo o un pago en especie del Departamento de Agricultura por participar en un programa de subsidio o un programa de reservas para la conservaci¨®n.

  3. Pagos por el uso de habitaciones u otro espacio cuando usted tambi¨¦n proporcion¨® servicios sustanciales para la conveniencia de sus inquilinos. Algunos ejemplos son habitaciones de hotel, casas de hu¨¦spedes, campamentos o casas tur¨ªsticas, parques de casas remolques, estacionamientos, almacenes y garajes de almacenamiento. Vea la Publicaci¨®n 334 para m¨¢s informaci¨®n.

  4. Ingresos de la venta de peri¨®dicos y revistas a los consumidores finales si ten¨ªa 18 a?os o m¨¢s y se qued¨® con las ganancias.

  5. Ingresos que recibe como vendedor directo. Los repartidores o distribuidores de peri¨®dicos de cualquier edad son vendedores directos si se aplican ciertas condiciones. Vea la Publicaci¨®n 334 para m¨¢s detalles.

  6. Cantidades recibidas por agentes o exagentes y vendedores o exvendedores de seguros que trabajan por cuenta propia que sean:

    1. Pagadas despu¨¦s de la jubilaci¨®n, pero calculadas como un porcentaje de las comisiones recibidas de la compa?¨ªa pagadora antes de la jubilaci¨®n,

    2. Comisiones de renovaci¨®n o

    3. Comisiones diferidas pagadas despu¨¦s de la jubilaci¨®n por ventas realizadas antes de la jubilaci¨®n.

      Sin embargo, ciertos pagos por terminaci¨®n recibidos por exvendedores de seguros no se incluyen en los ingresos netos del trabajo por cuenta propia (seg¨²n se explica en la partida (10) bajo Ingresos y P¨¦rdidas No Incluidos en los Ingresos Netos del Trabajo por Cuenta Propia, m¨¢s adelante).

  7. Ingresos de determinados tripulantes de embarcaciones pesqueras con tripulaciones que normalmente consisten en menos de 10 personas. Vea la Publicaci¨®n 334 para m¨¢s detalles.

  8. Honorarios como empleado del gobierno estatal o local si se le pag¨® exclusivamente a base de honorarios fijos y el trabajo no estaba cubierto por el Seguro Social conforme a un acuerdo de cobertura federal-estatal.

  9. Intereses recibidos en el curso de cualquier ocupaci¨®n o negocio, tales como intereses sobre pagar¨¦s o cuentas por cobrar.

  10. Honorarios y otros pagos recibidos por usted por servicios como director de una sociedad an¨®nima.

  11. Recuperaci¨®n de las cantidades conforme a las secciones 179 y 280F que incluy¨® en el ingreso bruto porque el uso comercial de la propiedad se redujo al 50% o menos. No incluya las cantidades que recuper¨® en la enajenaci¨®n de la propiedad. Vea el Formulario 4797, Sales of Business Property (Ventas de propiedad comercial).

  12. Por lo general, los honorarios que recibi¨® como fiduciario profesional. Esto tambi¨¦n puede aplicarse a los honorarios pagados a usted como fiduciario no profesional si los honorarios se relacionan con la participaci¨®n activa en la operaci¨®n del negocio del patrimonio, o la administraci¨®n de un patrimonio que requiri¨® amplias actividades de administraci¨®n durante un largo per¨ªodo de tiempo.

  13. Ganancia o p¨¦rdida de contratos conforme a la secci¨®n 1256 o propiedad relacionada por parte de un corredor de opciones de compra o productos b¨¢sicos en el curso normal de la negociaci¨®n o comercio de contratos conforme a la secci¨®n 1256.

Ingresos y P¨¦rdidas No Incluidos en los Ingresos Netos del Trabajo por Cuenta Propia

  1. Sueldos, honorarios y otros ingresos sujetos al impuesto del Seguro Social o del Medicare que recibi¨® por prestar servicios como empleado, incluyendo los servicios prestados como empleado bajo el sistema de jubilaci¨®n ferroviaria. Esto incluye los servicios prestados como funcionario p¨²blico (excepto como empleado del gobierno a base de honorarios fijos, como se explica en la partida (8) bajo Otros Ingresos y P¨¦rdidas Incluidos en los Ingresos Netos del Trabajo por Cuenta Propia, anteriormente).

  2. Honorarios recibidos por servicios prestados como notario p¨²blico. Si no tuvo otros ingresos sujetos al impuesto sobre el trabajo por cuenta propia, anote ¡°·¡³æ±ð³¾±è³Ù¡ª±·´Ç³Ù²¹°ù²â¡± (Exento ¡ªNotario) en la l¨ªnea 4 del Anexo 2 (Formulario 1040). No presente el Anexo SE. Sin embargo, si tuvo otros ingresos de $400 o m¨¢s sujetos al impuesto sobre el trabajo por cuenta propia, anote ¡°·¡³æ±ð³¾±è³Ù¡ª±·´Ç³Ù²¹°ù²â¡± (Exento ¡ªNotario) y la cantidad de su ganancia neta como notario p¨²blico del Anexo C en la l¨ªnea de puntos a la izquierda de la l¨ªnea 3 del Anexo SE. Reste esa cantidad del total de las l¨ªneas 1a, 1b y 2, y anote el resultado en la l¨ªnea 3.

  3. Ingresos que recibi¨® como socio jubilado bajo un plan de sociedad colectiva escrito que proporciona pagos de jubilaci¨®n peri¨®dicos vitalicios si no ten¨ªa otro inter¨¦s en la sociedad colectiva y no prest¨® servicios para la sociedad colectiva durante el a?o.

  4. Ingresos del alquiler de bienes inmuebles (bienes ra¨ªces) si no recibi¨® los ingresos en el curso de una ocupaci¨®n o negocio como corredor de bienes inmuebles. Declare estos ingresos en el Anexo E.

  5. Ingresos de alquileres agropecuarios (incluyendo los alquileres pagados con la participaci¨®n en los cultivos) si, como propietario (arrendador), no particip¨® sustancialmente en la producci¨®n o administraci¨®n de la producci¨®n de los productos agropecuarios en la tierra. Vea la Publicaci¨®n 225 para m¨¢s detalles. Declare estos ingresos en el Formulario 4835. Si usted y su c¨®nyuge hicieron una elecci¨®n para que se les graven impuestos como una empresa conjunta calificada (QJV), use dos Formularios 4835.

  6. Pagos que recibe del CRP si est¨¢ recibiendo beneficios del Seguro Social por jubilaci¨®n o incapacidad. Deduzca estos pagos en la l¨ªnea 1b del Anexo SE.

  7. Dividendos de las acciones e intereses sobre bonos, pagar¨¦s u otra evidencia de endeudamiento emitida con cupones de intereses o mediante inscripci¨®n por cualquier sociedad an¨®nima (incluyendo las emitidas por un gobierno o su subdivisi¨®n pol¨ªtica), si no recibi¨® los ingresos en el curso de su ocupaci¨®n o negocio como corredor de acciones o valores.

  8. Ganancia o p¨¦rdida de:

    1. La venta o intercambio de un bien de capital;

    2. La venta, intercambio, conversi¨®n involuntaria u otra enajenaci¨®n de la propiedad, a menos que la propiedad sea existencias comerciales u otra propiedad que se incluya en el inventario, o que se tenga principalmente para la venta a clientes en el curso normal del negocio; o

    3. Ciertas transacciones de madera, carb¨®n o mineral de hierro dom¨¦stico.

  9. P¨¦rdidas netas de operaci¨®n de otros a?os.

  10. Pagos por terminaci¨®n que recibi¨® como exvendedor de seguros si se cumplen todas las siguientes condiciones:

    1. El pago se recibi¨® de una compa?¨ªa de seguros debido a los servicios que realiz¨® como vendedor de seguros para la compa?¨ªa.

    2. El pago se recibi¨® despu¨¦s de la terminaci¨®n de su acuerdo para realizar servicios para la compa?¨ªa.

    3. No realiz¨® ning¨²n servicio para la compa?¨ªa despu¨¦s de la terminaci¨®n y antes del final del a?o en el que recibi¨® el pago.

    4. Usted firm¨® un convenio de no competir contra la compa?¨ªa durante al menos un per¨ªodo de 1 a?o a partir de la fecha de terminaci¨®n.

    5. La cantidad del pago depend¨ªa principalmente de las p¨®lizas vendidas o acreditadas a su cuenta durante el ¨²ltimo a?o del acuerdo, o la medida en que esas p¨®lizas permanezcan vigentes durante alg¨²n per¨ªodo despu¨¦s de la terminaci¨®n, o ambas.

    6. La cantidad del pago no depend¨ªa en ninguna medida de la duraci¨®n del servicio o de los ingresos generales de los servicios prestados para la compa?¨ªa (independientemente de si la elegibilidad para el pago depend¨ªa de la duraci¨®n del servicio).

Ingresos de un Empleado Estatutario

Si usted era un empleado estatutario, no incluya la ganancia o (p¨¦rdida) neta de la l¨ªnea 31 del Anexo C en la l¨ªnea 2 del Anexo SE. Pero aseg¨²rese de incluir en la l¨ªnea 8a los salarios y propinas de empleados estatutarios sujetos al impuesto del Seguro Social delFormulario W-2.

Instrucciones para la Parte II

M¨¦todos Opcionales

C¨®mo Pueden Ayudarle los M¨¦todos Opcionales

Cobertura del Seguro Social.

Los m¨¦todos opcionales pueden proveerle cr¨¦dito para su cobertura de Seguro Social aunque tenga una p¨¦rdida o una peque?a cantidad de ingresos del trabajo por cuenta propia.

Cr¨¦ditos afectados por el ingreso del trabajo.

El uso de los m¨¦todos opcionales puede calificarlo para reclamar el cr¨¦dito por ingreso del trabajo (EIC, por sus siglas en ingl¨¦s), el cr¨¦dito tributario adicional por hijos (ACTC, por sus siglas en ingl¨¦s) o el cr¨¦dito por gastos del cuidado de menores y dependientes o proveerle un cr¨¦dito mayor si sus ingresos netos del trabajo por cuenta propia (determinados sin usar los m¨¦todos opcionales) son menos de $6,920. Calcule el EIC, el ACTC y el cr¨¦dito por gastos del cuidado de menores y dependientes con y sin usar los m¨¦todos opcionales para ver si los m¨¦todos opcionales lo beneficiar¨¢n.

Deducci¨®n del seguro m¨¦dico para personas que trabajan por cuenta propia.

Los m¨¦todos opcionales para calcular los ingresos netos del trabajo por cuenta propia se pueden usar para calcular la deducci¨®n del seguro m¨¦dico para personas que trabajan por cuenta propia. Vea el Formulario 7206, Self-Employed Health Insurance Deduction (Deducci¨®n del seguro m¨¦dico para personas que trabajan por cuenta propia), y sus instrucciones para determinar si su deducci¨®n del seguro m¨¦dico para personas que trabajan por cuenta propia est¨¢ limitada.

Otras partidas afectadas por el ingreso bruto ajustado (AGI).

El uso de los m¨¦todos opcionales puede disminuir su ingreso bruto ajustado (AGI, por sus siglas en ingl¨¦s), lo cual puede afectar su elegibilidad para cr¨¦ditos, deducciones u otras partidas que est¨¢n sujetas a un l¨ªmite de AGI. Calcule su AGI con y sin usar los m¨¦todos opcionales para ver si los m¨¦todos opcionales lo beneficiar¨¢n.

This is an Image: caution.gifEl uso de los m¨¦todos opcionalesdescrito anteriormente puede ser beneficioso, pero tambi¨¦n puede aumentar su impuesto sobre el trabajo por cuenta propia.

Cambio de M¨¦todo

Puede cambiar el m¨¦todo usado para calcular sus ingresos netos del trabajo por cuenta propia despu¨¦s de presentar su declaraci¨®n. Es decir, puede cambiar del m¨¦todo regular al m¨¦todo opcional o del m¨¦todo opcional al m¨¦todo regular. Para hacer esto, presente el Formulario 1040-X.

M¨¦todo Opcional Agropecuario

Puede usar este m¨¦todo para calcular sus ingresos netos del trabajo por cuenta propia agropecuarios si su ingreso agropecuario bruto fue $10,380 o menos o sus ganancias agropecuarias netas fueron menos de $7,493.Las ganancias agropecuarias netas son:

  • El total de las cantidades de la l¨ªnea 34 del Anexo F (Formulario 1040) y de la casilla 14 del Anexo K-1 (Formulario 1065) con el c¨®digo A, menos

  • La cantidad que habr¨ªa anotado en la l¨ªnea 1b del Anexo SE, si no hubiera usado el m¨¦todo opcional.

No hay l¨ªmite en la cantidad de a?os que puede usar este m¨¦todo.

Bajo este m¨¦todo, declare en la l¨ªnea 15 de la Parte II, dos tercios de su ingreso agropecuario bruto, hasta $6,920, como sus ingresos netos. Este m¨¦todo puede aumentar o disminuir sus ingresos netos del trabajo por cuenta propia agropecuario, incluso si el negocio agropecuario tuvo una p¨¦rdida.

Para una sociedad colectiva agropecuaria, calcule su parte de los ingresos brutos seg¨²n el acuerdo (acta constitutiva) de la sociedad colectiva. Con los pagos garantizados, su parte de los ingresos brutos de la sociedad colectiva es la suma de sus pagos garantizados m¨¢s su parte de los ingresos brutos despu¨¦s de que se haya reducido por la cantidad de todos sus pagos garantizados hechos por la sociedad colectiva. Si usted era un socio limitado, incluya s¨®lo los pagos garantizados por los servicios que realmente prest¨® a la sociedad colectiva o en nombre de la sociedad colectiva. Si un socio califica como un socio limitado para prop¨®sitos del impuesto del trabajo por cuenta propia, depende de si el socio cumple con la definici¨®n de socio limitado conforme a la secci¨®n 1402(a)(13).

M¨¦todo Opcional No Agropecuario

Es posible que pueda usar este m¨¦todo para calcular sus ingresos netos del trabajo por cuenta propia no agropecuarios si sus ganancias no agropecuarias netas fueron menos de $7,493 y tambi¨¦n menos del 72.189% de sus ingresos no agropecuarios brutos. Las ganancias no agropecuarias netas son el total de las cantidades de:

  • La l¨ªnea 31 del Anexo C (Formulario 1040) y

  • La casilla 14 del Anexo K-1 (Formulario 1065) con el c¨®digo A (de sociedades colectivas no agropecuarias).

Para usar este m¨¦todo, tambi¨¦n tiene que trabajar por cuenta propia regularmente. Usted cumple con este requisito si sus ingresos netos reales del trabajo por cuenta propia fueron $400 o m¨¢s en al menos 2 de los 3 a?os tributarios consecutivos inmediatamente anteriores al a?o para el cual usa el m¨¦todo opcional no agropecuario. Los ingresos netos de $400 o m¨¢s pueden provenir de ingresos agropecuarios o no agropecuarios, o de ambos. Los ingresos netos incluyen su participaci¨®n distributiva de los ingresos o p¨¦rdidas de la sociedad colectiva sujetos al impuesto sobre el trabajo por cuenta propia.

Puede usar el m¨¦todo opcional no agropecuario para calcular sus ingresos del trabajo por cuenta propia durante s¨®lo 5 a?os. Los 5 a?os no tienen que ser consecutivos.

Bajo este m¨¦todo, declare en la l¨ªnea 17 de la Parte II, dos tercios de sus ingresos no agropecuarios brutos, hasta la cantidad en la l¨ªnea 16, como sus ingresos netos. No puede declarar menos de sus ingresos netos reales del trabajo por cuenta propia no agropecuario.

Calcule su participaci¨®n de los ingresos brutos de una sociedad colectiva no agropecuaria de la misma manera que de una sociedad colectiva agropecuaria. Vea M¨¦todo Opcional Agropecuario, anteriormente, para m¨¢s detalles.

Uso de Ambos M¨¦todos Opcionales

Si puede usar ambos m¨¦todos, puede declarar menos del total de sus ingresos netos reales del trabajo por cuenta propia agropecuario y no agropecuario, pero no puede declarar menos de la cantidad por si sola de sus ingresos netos reales del trabajo por cuenta propia no agropecuario.

Si usa ambos m¨¦todos para calcular los ingresos netos, no puede declarar m¨¢s de $6,920 de ingresos netos del trabajo por cuenta propia.