- ±Ê³Ü²ú±ô¾±³¦²¹³¦¾±¨®²Ô 947(SP) - Material Introductorio
- ±Ê³Ü²ú±ô¾±³¦²¹³¦¾±¨®²Ô 947(SP) - Contenido Principal
- El Ejercicio Ante el IRS
- ?Qu¨¦ es el ejercicio ante el
- ?Qui¨¦n puede ejercer ante el IRS?
- Tasadores.
- Abogados.
- Contadores p¨²blicos autorizados (CPA).
- Agentes registrados.
- Agentes registrados de planes de jubilaci¨®n.
- Actuarios registrados.
- Estudiantes pasantes del Taller para Contribuyentes de Bajos Ingresos.
- Preparadores de declaraciones no registrados.
- Ejercicio rechazado.
- Otras personas que pueden desempe?arse en calidad de representantes.
- Representaci¨®n fuera de los Estados Unidos
- Autorizaci¨®n para comparecencias especiales
- ?Qui¨¦n no puede ejercer ante el IRS?
- ?C¨®mo se registra una persona?
- ?Cu¨¢les son las normas para el ejercicio?
- Deberes y restricciones
- Comunicaciones sobre los refugios tributarios para las sociedades.
- Deber de informar.
- Diligencia debida general.
- Dependencia de terceros.
- Demoras.
- Asistencia de personas inhabilitadas o suspendidas y ex empleados del
- Desempe?o en calidad de notario.
- Negociaci¨®n de cheques de reembolso de contribuyentes.
- Incompetencia y conducta de mala reputaci¨®n
- Censura, inhabilitaciones y suspensiones
- Deberes y restricciones
- Autorizaci¨®n De un Representante
- ?Qu¨¦ es un poder legal?
- ?Cu¨¢ndo se exige un poder legal?
- ?Cu¨¢ndo no se exige un poder legal?
- ?C¨®mo lleno un Formulario 2848(SP)?
- L¨ªnea 1: Informaci¨®n sobre el contribuyente.
- L¨ªnea 2: El (Los) representante(s).
- L¨ªnea 3: Acciones autorizadas (asuntos tributarios).
- L¨ªnea 4: Uso espec¨ªfico no registrado en el Archivo Centralizado de Autorizaciones (
- L¨ªnea 5: Acciones adicionales autorizadas y no autorizadas.
- L¨ªnea 6: Conservaci¨®n/revocaci¨®n de poder(es) legal(es) previo(s).
- L¨ªnea 7: Firma del contribuyente.
- Parte II: Declaraci¨®n del Representante.
- ?Qu¨¦ paso sigue despu¨¦s de presentar un poder legal?
- C¨®mo Obtener Ayuda con los Impuestos
- C¨®mo preparar y presentar su declaraci¨®n de impuestos.
- C¨®mo obtener formularios y publicaciones de impuestos.
- Acceda a su cuenta en l¨ªnea (s¨®lo para contribuyentes que sean personas f¨ªsicas).
- Uso del dep¨®sito directo.
- Demora en la emisi¨®n del reembolso para las declaraciones en donde se reclaman ciertos cr¨¦ditos.
- C¨®mo obtener un trasunto (transcripci¨®n) o copia de la declaraci¨®n.
- C¨®mo utilizar los recursos disponibles en l¨ªnea para ayudarle a preparar su declaraci¨®n.
- C¨®mo resolver los asuntos tributarios relacionados con el robo de identidad.
- C¨®mo verificar el estado de su reembolso.
- C¨®mo efectuar un pago de impuestos.
- ?Qu¨¦ ocurre si no puedo pagar ahora?
- C¨®mo se verifica el estado de una declaraci¨®n enmendada.
- Informaci¨®n para entender un aviso o carta del
- C¨®mo comunicarse con la oficina local del
- C¨®mo ver videos del
- C¨®mo obtener informaci¨®n tributaria en otros idiomas.
- El Servicio del Defensor del Contribuyente (
- Talleres para Contribuyentes de Bajos Ingresos (
- El Ejercicio Ante el IRS
- ±Ê³Ü²ú±ô¾±³¦²¹³¦¾±¨®²Ô 947(SP) - Material Adicional
±Ê³Ü²ú±ô¾±³¦²¹³¦¾±¨®²Ô 947(SP) (02/2018), C¨®mo Ejercer ante el Servicio de Impuestos Internos (IRS) y el Poder Legal
Revisado: Febrero 2018
Para obtener la informaci¨®n m¨¢s reciente sobre los acontecimientos relacionados con la ±Ê³Ü²ú±ô¾±³¦²¹³¦¾±¨®²Ô 947(SP), como la legislaci¨®n promulgada luego de que esta se public¨®, visite IRS.gov/Pub947SP.
Proveedores intermediarios de servicios. Se agreg¨® una casilla de verificaci¨®n en la l¨ªnea 5a del Formulario 2848(SP), Poder Legal y Declaraci¨®n del Representante, para que los contribuyentes puedan autorizar que los representantes designados accedan a los registros del contribuyente del Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en ingl¨¦s) mediante un proveedor intermediario de servicios. Para obtener m¨¢s informaci¨®n, consulte la secci¨®n Autoridad para acceder a los archivos electr¨®nicos en el IRS por medio de proveedores intermediarios de servicios, en las Instrucciones para el Formulario 2848(SP).
Representantes de sociedad colectiva. Para los a?os tributarios de sociedad colectiva que inicien despu¨¦s del 31 de diciembre de 2017, conforme a la Bipartisan Budget Act of 2015 (Ley de Presupuesto Bipartita de 2015) se elimin¨® la funci¨®n de "socio de asuntos tributarios" y se remplaz¨® por "representante de sociedad colectiva". Para obtener m¨¢s informaci¨®n, consulte la secci¨®n Representante de sociedad colectiva en las Instrucciones para el Formulario 2848(SP).
Designaciones de representantes. Se cambi¨® la designaci¨®n "abogado estudiante" o "contador p¨²blico autorizado (CPA) estudiante" a "estudiante calificado".
Alerta de autenticaci¨®n. Cuando un representante con un poder legal llama al IRS en nombre de usted, ¨¦ste debe aprobar los procedimientos de autenticaci¨®n antes de que el IRS le comunique su informaci¨®n tributaria.
Practitioner Priority Service? (Servicio prioritario para profesionales o PPS, por sus siglas en ingl¨¦s). El Practitioner Priority Service? (Servicio prioritario para profesionales o PPS, por sus siglas en ingl¨¦s) es una l¨ªnea directa nacional libre de cargos que brinda apoyo para profesionales en ejercicio con preguntas relativas a cuentas. El n¨²mero telef¨®nico libre de cargos de este servicio es 866-860-4259.
Programa Anual de la Temporada Tributaria y directorio de preparadores de declaraciones de impuestos federales. El Programa Anual de la Temporada Tributaria (AFSP, por sus siglas en ingl¨¦s) es un programa voluntario en virtud del cual se conceden derechos de ejercicio limitados a los preparadores de declaraciones que no sean abogados, contadores p¨²blicos autorizados ni agentes registrados. El IRS emite un registro de cumplimiento del Programa Anual de la Temporada Tributaria para los preparadores de declaraciones que obtengan una cierta cantidad de horas de educaci¨®n continua a los fines de prepararse para un a?o tributario en particular. Los participantes del Programa Anual de la Temporada Tributaria no disponen de derechos de ejercicio ilimitados (a menos que tambi¨¦n sean abogados, contadores p¨²blicos autorizados o agentes registrados). Sus derechos se limitan a la representaci¨®n de clientes cuyas declaraciones hayan preparado y firmado, pero ¨²nicamente ante inspectores de impuestos, representantes de servicio al cliente y empleados del IRS, lo que incluye el Servicio del Defensor del Contribuyente. No pueden representar a clientes cuyas declaraciones no hayan preparado o firmado ni pueden representarlos con anterioridad a las funciones de cobro o apelaci¨®n. Consulte IRS.gov/es/Tax-Professionals/Annual-Filing-Season-Program, en ingl¨¦s, para obtener m¨¢s informaci¨®n sobre el AFSP. Consulte , en ingl¨¦s, para obtener una base de datos con buscador de preparadores de declaraciones de impuestos que tienen un n¨²mero de identificaci¨®n tributaria del preparador remunerado (PTIN, por sus siglas en ingl¨¦s) y que poseen credenciales profesionales reconocidas por el IRS o un registro de cumplimiento del Programa Anual de la Temporada Tributaria.
Introduction
En esta publicaci¨®n, se analiza qui¨¦n puede representar a un contribuyente ante el IRS y qu¨¦ formularios o documentos se emplean a los fines de autorizar a una persona para que represente a un contribuyente. A menudo, los abogados, los contadores p¨²blicos autorizados (CPA) y los agentes registrados pueden representar a los contribuyentes ante el IRS. Los agentes registrados de planes de jubilaci¨®n y los actuarios registrados pueden ofrecer representaci¨®n con respecto a las secciones del C¨®digo de Impuestos Internos especificadas en la Circular 230, en ingl¨¦s. En circunstancias particulares y limitadas, otras personas, incluidos preparadores de declaraciones, familiares, empleados y estudiantes no registrados, pueden representar a contribuyentes ante el IRS. Para obtener m¨¢s informaci¨®n sobre la representaci¨®n de los contribuyentes, consulte la secci¨®n ?Qui¨¦n puede ejercer ante el IRS? a continuaci¨®n.
Definiciones.
Muchos de los t¨¦rminos que se usan en esta publicaci¨®n, como "agente registrado" y "profesional" se definen en el Glosario, que se encuentra al final de esta publicaci¨®n.
Comentarios y sugerencias.
Agradecemos sus comentarios sobre esta publicaci¨®n adem¨¢s de sugerencias para ediciones futuras.
Puede enviarnos comentarios en la p¨¢gina IRS.gov/FormComments, en ingl¨¦s.
O nos puede escribir a la direcci¨®n siguiente:
Internal Revenue ServiceTax Forms and Publications
1111 Constitution Ave. NW, IR-6526
Washington, DC 20224
Aunque no podemos contestar individualmente a cada comentario que recibimos, s¨ª agradecemos su opini¨®n y la tendremos en cuenta al actualizar nuestros formularios, instrucciones y publicaciones de impuestos.
Pedido de formularios y publicaciones.
Visite IRS.gov/FormsPubs, en ingl¨¦s, para descargar formularios y publicaciones. Otra opci¨®n es dirigirse a IRS.gov/OrderForms, en ingl¨¦s, para pedir formularios e instrucciones actuales y de a?os anteriores. Su pedido llega en 10 d¨ªas laborables.
Preguntas sobre impuestos.
Si tiene una pregunta sobre impuestos que no se haya respondido en esta publicaci¨®n, visite IRS.gov y C¨®mo Obtener Ayuda con los Impuestos al final de esta publicaci¨®n.
Useful Items - You may want to see:
±Ê³Ü²ú±ô¾±³¦²¹³¦¾±¨®²Ô
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1SP Derechos del Contribuyente
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Circular 230 Regulations Governing Practice before the Internal Revenue Service (Reglamentos que rigen el ejercicio ante el Servicio de Impuestos Internos), en ingl¨¦s
Formulario (e instrucciones)
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2848 (SP) Poder Legal y Declaraci¨®n del Representante
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8821 Tax Information Authorization (Autorizaci¨®n para recibir informaci¨®n tributaria), en ingl¨¦s
El Ejercicio Ante el IRS
La Oficina de Responsabilidad Profesional, por lo general, es responsable de los asuntos que guarden relaci¨®n con la conducta del profesional y la responsabilidad exclusiva de la disciplina, lo que incluye la aplicaci¨®n de procedimientos disciplinares y sanciones. La Oficina del Preparador de Declaraciones es responsable de los asuntos que guarden relaci¨®n con la emisi¨®n de los PTIN; procesa solicitudes de registro y administra las pruebas de aptitud y la educaci¨®n continua para grupos designados.
?Qu¨¦ es el ejercicio ante el IRS?
Conforme a la Circular 230, en ingl¨¦s, se cubren todos los asuntos relacionados con lo siguiente.
-
Comunicarse con el IRS en nombre de un contribuyente sobre los derechos, privilegios u obligaciones de este en virtud de las leyes y los reglamentos administrados por el IRS.
-
Representar a un contribuyente en conferencias, audiencias o reuniones con el IRS.
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Preparar, presentar o enviar documentos o asesorar sobre la preparaci¨®n, la presentaci¨®n o el env¨ªo de documentos, incluidas las declaraciones de impuestos, ante el IRS en nombre de un contribuyente.
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Brindar a un determinado cliente asesoramiento tributario por escrito sobre uno o m¨¢s asuntos tributarios federales.
Cualquier persona puede, a los fines de la remuneraci¨®n, preparar o ayudar con la preparaci¨®n de una declaraci¨®n de impuestos, reclamar un reembolso, comparecer como testigo para un contribuyente ante el IRS o proporcionar informaci¨®n a solicitud de tal entidad o cualquiera de sus funcionarios o empleados.
?Qui¨¦n puede ejercer ante el IRS?
Las siguientes personas est¨¢n sujetas a los reglamentos estipulados en la Circular 230, en ingl¨¦s. Sin embargo, toda persona que est¨¦ generalmente autorizada a ejercer (un representante reconocido) debe designarse como representante del contribuyente y presentar una declaraci¨®n por escrito ante el IRS en donde se consigne que dicha persona est¨¢ autorizada y calificada para representar a un contribuyente en particular. El Formulario 2848(SP) puede usarse a tales fines.
Tasadores.
Toda persona que prepare tasaciones que justifiquen la valuaci¨®n de bienes en relaci¨®n con uno o m¨¢s asuntos tributarios federales est¨¢ sujeta a los reglamentos dispuestos en la Circular 230, en ingl¨¦s. Los tasadores no tienen derechos de representaci¨®n, pero pueden comparecer como testigos en nombre de los contribuyentes.
Abogados.
Todo abogado que no se encuentre actualmente suspendido ni inhabilitado (desaforado) para ejercer ante el IRS y que sea miembro regular del colegio de abogados del tribunal supremo de cualquier estado, posesi¨®n, territorio o mancomunidad de los Estados Unidos o que pertenezca al Distrito de Columbia puede ejercer ante el IRS.
Contadores p¨²blicos autorizados (CPA).
Todo CPA que no se encuentre actualmente suspendido ni inhabilitado (desaforado) para ejercer ante el IRS o que est¨¦ debidamente calificado para ejercer en calidad de CPA en cualquier estado, posesi¨®n, territorio o mancomunidad de los estados Unidos, o en el Distrito de Columbia puede ejercer ante el IRS.
Agentes registrados.
Todo agente registrado en condici¨®n activa que no est¨¦ actualmente suspendido ni inhabilitado (desaforado) para ejercer ante el IRS puede ejercer ante esta entidad.
Agentes registrados de planes de jubilaci¨®n.
Todo agente registrado de planes de jubilaci¨®n en condici¨®n activa que no est¨¦ actualmente suspendido ni inhabilitado para ejercer ante el IRS puede ejercer ante esta entidad. El ejercicio de los agentes registrados de planes de jubilaci¨®n se limita a determinadas secciones del C¨®digo de Impuestos Internos que se asocien a su ¨¢rea del conocimiento, en particular a aquellas secciones conforme a las cuales se rigen los planes de jubilaci¨®n de empleados.
Actuarios registrados.
Toda persona que se inscriba en calidad de actuario a trav¨¦s de la Junta Colectiva para el Registro de Actuarios y que no est¨¦ actualmente suspendida ni inhabilitada para ejercer ante el IRS puede ejercer ante esta entidad. El ejercicio de los actuarios registrados se limita a determinadas secciones del C¨®digo de Impuestos Internos que se asocien con su ¨¢rea del conocimiento, en particular a aquellas secciones conforme a las cuales se rigen los planes de jubilaci¨®n de empleados.
Estudiantes pasantes del Taller para Contribuyentes de Bajos Ingresos.
En ciertas circunstancias, un estudiante que est¨¦ bajo la supervisi¨®n de un profesional en ejercicio en el programa de alguna facultad de derecho o equivalente mediante el cual se presten servicios tributarios para contribuyentes de bajos ingresos puede solicitar autorizaci¨®n para representar a un contribuyente ante el IRS. Para obtener m¨¢s informaci¨®n, consulte la secci¨®n Autorizaci¨®n para comparecencias especiales m¨¢s adelante.
Preparadores de declaraciones no registrados.
Un preparador de declaraciones no registrado es una persona que no es abogado, CPA, agente registrado, agente registrado de planes de jubilaci¨®n ni actuario registrado y que prepara y firma la declaraci¨®n de un contribuyente en calidad de preparador remunerado o que prepara una declaraci¨®n, pero no se ve obligado (conforme a las instrucciones de la declaraci¨®n o reglamentos) a firmarla.
Los preparadores de declaraciones no registrados pueden representar a los contribuyentes ¨²nicamente ante inspectores de impuestos, representantes de servicio al cliente o funcionarios y empleados similares del IRS (incluido el Servicio del Defensor del Contribuyente) y solo durante una revisi¨®n de las declaraciones de impuestos que hayan preparado y firmado con anterioridad al 31 de diciembre de 2015. Estos preparadores no pueden representar a los contribuyentes ante funcionarios de apelaciones, funcionarios de cobro de impuestos, asesores o funcionarios similares ni empleados del IRS o del Departamento del Tesoro. Adem¨¢s, no pueden celebrar acuerdos de cierre, prorrogar el per¨ªodo legal para las determinaciones o la recaudaci¨®n de impuestos, firmar renuncias voluntarias ni firmar ning¨²n documento en nombre de un contribuyente.
Si un preparador de tal ¨ªndole no cumple con los requisitos para una representaci¨®n limitada, usted puede autorizarlo a que inspeccione o solicite su informaci¨®n tributaria presentando el Formulario 8821, Tax Information Authorization (Autorizaci¨®n para recibir informaci¨®n tributaria), en ingl¨¦s. Completar este formulario no autorizar¨¢ a que el preparador lo represente ante el IRS. Para obtener m¨¢s informaci¨®n, consulte el Formulario 8821 y sus instrucciones por separado, ambos disponibles en ingl¨¦s.
Registro de cumplimiento del Programa Anual de la Temporada Tributaria. ?nicamente los preparadores de declaraciones no registrados que dispongan de un PTIN v¨¢lido y que tengan un registro de cumplimiento TANTO para el a?o de declaraci¨®n de impuestos (2015 o posterior) sujeto a una revisi¨®n como para el a?o en que se realice esa revisi¨®n pueden ejercer la representaci¨®n conforme las siguientes condiciones: los preparadores de declaraciones no registrados que cuenten con los registros de cumplimiento necesarios pueden representar a los contribuyentes solo ante inspectores de impuestos, representantes de servicio al cliente o funcionarios y empleados similares del IRS (incluido el Servicio del Defensor del Contribuyente) y ¨²nicamente durante la revisi¨®n del a?o o per¨ªodo tributario que cubra las declaraciones de impuestos que ellos hayan preparado y firmado. Estos preparadores no pueden representar a los contribuyentes, independientemente de las circunstancias para las cuales se exija la representaci¨®n, ante funcionarios de apelaciones, funcionarios de cobro de impuestos, asesores o funcionarios similares ni empleados del IRS o del Departamento del Tesoro. Adem¨¢s, no pueden celebrar acuerdos de cierre, prorrogar el per¨ªodo legal para las determinaciones o el cobro de impuestos, firmar renuncias voluntarias ni firmar ning¨²n documento en nombre de un contribuyente.
Si un preparador de tal ¨ªndole no cumple con los requisitos para una representaci¨®n limitada, usted puede autorizarlo a que inspeccione o solicite su informaci¨®n tributaria presentando el Formulario 8821, en ingl¨¦s. Completar este formulario no autorizar¨¢ a que el preparador lo represente ante el personal del IRS. Para obtener m¨¢s informaci¨®n, consulte el Formulario 8821 y sus instrucciones por separado, ambos en ingl¨¦s.
Ejercicio rechazado.
Toda persona que participe de un ejercicio limitado ante el IRS y que est¨¦ involucrada en una conducta de mala reputaci¨®n se encuentra sujeta a medidas disciplinarias. La conducta de mala reputaci¨®n incluye, entre otros, la lista de ejemplos en Incompetencia y conducta de mala reputaci¨®n, m¨¢s adelante, en la secci¨®n ?Cu¨¢les son las normas para el ejercicio?.
Otras personas que pueden desempe?arse en calidad de representantes.
Debido a su relaci¨®n especial con un contribuyente, las siguientes personas pueden representar a los contribuyentes especificados ante el IRS, con la condici¨®n de que presenten una identificaci¨®n satisfactoria y, salvo en el caso de una persona descrita en (1) a continuaci¨®n, una prueba de autoridad para representar al contribuyente.
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Una persona. Una persona puede representarse a s¨ª misma ante el IRS y no tiene que presentar una declaraci¨®n escrita de calificaci¨®n y autoridad.
-
Un miembro de la familia. Una persona puede representar a miembros de su familia inmediata. La familia inmediata puede ser un c¨®nyuge, hijo, hija, padre, madre, hermano o hermana de la persona.
-
Un funcionario. Un funcionario bona fide de una sociedad an¨®nima (lo que incluye una empresa matriz, subsidiaria u otra sociedad an¨®nima afiliada), asociaci¨®n o grupo organizado puede representar a alguna de estas tres entidades. Un funcionario de una unidad, autoridad o un organismo gubernamental, en el curso de sus obligaciones oficiales, puede representar a dichas entidades ante el IRS.
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Un socio. Un socio general puede representar a una sociedad colectiva ante el IRS.
-
Un empleado. Un empleado a tiempo completo regular puede representar a su empleador. Un empleador puede ser, entre otros, cualquier persona, sociedad colectiva, sociedad an¨®nima (por ejemplo, una empresa matriz, subsidiaria u otra sociedad an¨®nima afiliada), asociaci¨®n, fideicomiso, sindicatura, tutela, patrimonio, grupo organizado o unidad, organismo o autoridad gubernamental.
-
Un fiduciario. Un fiduciario (fideicomisario, albacea, representante personal, administrador, s¨ªndico o tutor) se encuentra en la posici¨®n de contribuyente y act¨²a en calidad de tal y no como representante. Consulte Fiduciario en la secci¨®n ?Cu¨¢ndo no se exige un poder legal?, m¨¢s adelante.
Cualquier persona puede representar a otra o bien a una entidad que se encuentre fuera de los Estados Unidos, ante el personal del IRS al momento en que dicha representaci¨®n tambi¨¦n se produzca fuera de este pa¨ªs. Refi¨¦rase a la secci¨®n 10.7(c)(1)(vii) de la Circular 230, en ingl¨¦s.
El Comisionado de Impuestos Internos, o delegado, puede autorizar a una persona que, de otra manera, no sea elegible para ejercer ante el IRS a representar a otra para un asunto en particular. El posible representante debe solicitar esta autorizaci¨®n por escrito a la Oficina de Responsabilidad Profesional. Sin embargo, se otorga ¨²nicamente cuando existen circunstancias extremadamente convincentes. Si se otorga, el Comisionado, o delegado, emitir¨¢ una carta que detalle las condiciones relativas a la comparecencia y a los asuntos tributarios particulares para los cuales se otorgue la autorizaci¨®n.
La carta de autorizaci¨®n no debe confundirse con una carta de un centro del IRS mediante la cual se informe a una persona que se le ha asignado un n¨²mero en el Archivo Centralizado de Autorizaciones (CAF, por sus siglas en ingl¨¦s). La emisi¨®n de un n¨²mero CAF no indica que se reconozca o autorice a una persona a ejercer ante el IRS. Simplemente confirma que se ha establecido un archivo centralizado de autorizaciones para la persona con ese n¨²mero.
Estudiantes en un LITC o el STCP.
Un estudiante que trabaje en un Taller para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITC, por sus siglas en ingl¨¦s) o un Programa de Talleres Tributarios para Estudiantes (STCP, por sus siglas en ingl¨¦s) debe recibir permiso para representar a los contribuyentes ante el IRS en virtud de su condici¨®n de estudiante de derecho, administraci¨®n de empresas o contabilidad. Las solicitudes de autorizaci¨®n deben enviarse al Servicio del Defensor del Contribuyente. Si se otorga la autorizaci¨®n, se emitir¨¢ una carta conforme a la cual se autorice la presentaci¨®n especial del estudiante y se detalle cualquier condici¨®n relacionada con la presentaci¨®n. Los estudiantes que reciben una carta de autorizaci¨®n, generalmente, pueden representar a los contribuyentes para cualquier funci¨®n u ante cualquier oficina del IRS con sujeci¨®n a las condiciones estipuladas en la carta de autorizaci¨®n y deben estar bajo la supervisi¨®n directa de una persona autorizada a los fines de ejercer ante la mencionada instituci¨®n. Si pretende que un estudiante lo represente, revise la carta de autorizaci¨®n y consulte con el estudiante, el supervisor del estudiante o el Servicio del Defensor del Contribuyente si tiene preguntas sobre los t¨¦rminos de la autorizaci¨®n.
?Qui¨¦n no puede ejercer ante el IRS?
Por lo general, las personas que no sean elegibles, o que hayan perdido el privilegio como consecuencia de ciertas acciones, no pueden ejercer ante el IRS. Si una persona pierde la elegibilidad para ejercer, el IRS no reconocer¨¢ un poder legal en virtud del cual se le nombre como representante.
Sociedades an¨®nimas, asociaciones, sociedades colectivas y otras personas que no sean personas f¨ªsicas.
Estas organizaciones (o personas) no son elegibles para ejercer ante el IRS.
Por lo general, las personas pierden su elegibilidad para ejercer ante el IRS de las siguientes maneras:
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No cumplen con los requisitos para la renovaci¨®n de la inscripci¨®n (como la educaci¨®n profesional continua).
-
Solicitan, en calidad de agentes registrados, figurar en condici¨®n de jubilaci¨®n inactiva.
-
La Oficina de Responsabilidad Profesional las suspende o inhabilita o determina que no son elegibles para el ejercicio por haber violado los reglamentos dispuestos conforme a la Circular 230, en ingl¨¦s, o las normas del Procedimiento Administrativo Tributario 81-38, en ingl¨¦s.
-
Pierden la licencia estatal para ejercer como abogados o contadores p¨²blicos autorizados, independientemente de la base para la revocaci¨®n de la licencia.
Incumplimiento de los requisitos.
El IRS notificar¨¢ a las personas registradas y a los titulares del registro de cumplimiento del Programa Anual de la Temporada Tributaria (AFSP, por sus siglas en ingl¨¦s) que no cumplan con los requisitos de elegibilidad para la renovaci¨®n. En el aviso, se explicar¨¢ el motivo de la inelegibilidad y se brindar¨¢ a la persona una oportunidad con plazos estrictos para proporcionar informaci¨®n para su reconsideraci¨®n.
Lista de inactivos.
Una persona registrada estar¨¢ en la lista de personas registradas inactivas durante un per¨ªodo de tres a?os, si esta:
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No responde oportunamente al aviso de incumplimiento de los requisitos de renovaci¨®n.
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No presenta la solicitud de renovaci¨®n a tiempo.
-
No cumple los requisitos de renovaci¨®n.
La persona registrada debe presentar una solicitud de renovaci¨®n en un plazo de 3 a?os y cumplir con todos los requisitos para la renovaci¨®n con posterioridad a haber empezado a figurar en condici¨®n inactiva. De lo contrario, al finalizar el pr¨®ximo ciclo de renovaci¨®n, se la retirar¨¢ de la lista y se cancelar¨¢ la condici¨®n de la inscripci¨®n.
Condici¨®n de jubilaci¨®n inactiva.
Las personas registradas que soliciten figurar en condici¨®n de jubilaci¨®n inactiva no ser¨¢n elegibles para ejercer ante el IRS. Deben seguir cumpliendo con todos los requisitos de renovaci¨®n. Pueden volver a establecerse en la condici¨®n de inscripci¨®n activa presentando una solicitud de renovaci¨®n y exhibiendo pruebas de que han completado las horas de educaci¨®n profesional continua exigidas para el ciclo de inscripci¨®n.
Suspensi¨®n e inhabilitaci¨®n.
Todas las personas que ejercen ante el IRS est¨¢n sujetas a procedimientos disciplinarios y son susceptibles a censuras, suspensiones, inhabilitaciones o sanciones econ¨®micas por trasgredir cualquiera de los reglamentos estipulados en Circular 230, en ingl¨¦s. Esto incluye participar de actos que demuestren incompetencia o conducta de mala reputaci¨®n. Para obtener m¨¢s informaci¨®n, consulte Incompetencia y conducta de mala reputaci¨®n bajo la secci¨®n ?Cu¨¢les son las normas para el ejercicio?, m¨¢s adelante.
Los profesionales que est¨¦n suspendidos o inhabilitados en el marco de un procedimiento disciplinario no pueden representar a los contribuyentes ante el IRS durante el per¨ªodo de suspensi¨®n o inhabilitaci¨®n. Un profesional puede solicitar la reincorporaci¨®n ante la Oficina de Responsabilidad Profesional en un per¨ªodo espec¨ªfico de suspensi¨®n o con posterioridad a cinco a?os de inhabilitaci¨®n, lo que suceda antes. Vea ?Qu¨¦ es el ejercicio ante el IRS?, anteriormente.
Si el profesional en ejercicio solicita la reincorporaci¨®n, no podr¨¢ ejercer ante el IRS hasta que la Oficina de Responsabilidad Profesional otorgue dicha reincorporaci¨®n. La Oficina de Responsabilidad Profesional puede reincorporar al profesional en ejercicio:
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Si, mediante su conducta futura, este no es susceptible de violar los reglamentos.
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Si otorgar la reincorporaci¨®n no va en contra del inter¨¦s p¨²blico.
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Sujeto a otras condiciones por un per¨ªodo razonable.
?C¨®mo se registra una persona?
El sitio web del IRS IRS.gov/Tax-Professionals/Enrolled-Agents/Become-an-Enrolled-Agent, en ingl¨¦s, proporciona informaci¨®n completa sobre qu¨¦ pasos debe seguir para convertirse en un agente registrado.
Para conocer las normas completas sobre c¨®mo obtener un registro de cumplimiento del Programa Anual de la Temporada Tributaria, visite IRS.gov/Tax-Professionals/General-Requirements-for-the-Annual-Filing-Season-Program-Record-of-Completion, en ingl¨¦s.
?Cu¨¢les son las normas para el ejercicio?
Las normas que rigen el ejercicio ante el IRS est¨¢n publicadas en la parte 10, subt¨ªtulo A, secci¨®n 31, del C¨®digo de Reglamentos Federales y se publican en l¨ªnea como la Circular 230, en ingl¨¦s, del Departamento del Tesoro. Se puede acceder a los reglamentos en IRS.gov/Tax-Professionals/Circular-230-Tax-Professionals, en ingl¨¦s. Un abogado, CPA, agente registrado, agente de registrado de planes de jubilaci¨®n o actuario registrado con autorizaci¨®n para ejercer ante el IRS (denominado, de aqu¨ª en adelante, el profesional (en ejercicio) y un tasador tienen el deber de realizar ciertos actos y se ven restringidos para realizar otros actos. Asimismo, el profesional (en ejercicio) no puede estar involucrado en una conducta de mala reputaci¨®n (lo cual se estipula m¨¢s adelante). Los profesionales (en ejercicio) que no cumplan con las normas para el ejercicio o que se vean involucrados en una conducta incompetente o de mala reputaci¨®n se encuentran sujetos a medidas disciplinarias. Adem¨¢s, los preparadores de declaraciones no registrados deben cumplir con las normas para el ejercicio y la conducta a los fines de tener el privilegio de realizar un ejercicio limitado ante el IRS. Existen dos conjuntos espec¨ªficos de normas que se aplican, ambos establecidos de conformidad con la Circular 230:
-
Deberes y restricciones para la pr¨¢ctica (subparte B de la Circular 230, en ingl¨¦s).
-
Conducta considerada como fuente de incompetencia o mala reputaci¨®n (secci¨®n 10.51, subparte C de la Circular 230, en ingl¨¦s).
Las personas sujetas a la Circular 230 deben presentar, sin demora, los registros o la informaci¨®n ante la solicitud pertinente y legal de los funcionarios o empleados del IRS, excepto al momento en que el profesional en ejercicio crea, con fundamento razonable y de buena fe, que la informaci¨®n sea privilegiada. Las comunicaciones sobre el asesoramiento tributario entre el profesional en ejercicio a nivel tributario con autorizaci¨®n del gobierno federal (consulte la secci¨®n 7525 del C¨®digo de Impuestos Internos (IRC, por sus siglas en ingl¨¦s)) y un contribuyente, generalmente, son confidenciales en la misma medida en que la comunicaci¨®n ser¨ªa privilegiada si fuera entre un contribuyente y un abogado en caso de que el asesoramiento guardase relaci¨®n con lo siguiente:
-
Asuntos tributarios que no sean de ¨ªndole penal ante el IRS; o
-
Procedimientos fiscales que no sean de ¨ªndole penal y que los Estados Unidos interponga en un tribunal federal o que se presenten contra este pa¨ªs.
Comunicaciones sobre los refugios tributarios para las sociedades.
Esta protecci¨®n para las comunicaciones de asesoramiento tributario no se aplica a las comunicaciones escritas entre un profesional en ejercicio a nivel tributario con autorizaci¨®n federal ni a ninguna otra persona, lo que incluye a un director, accionista, funcionario, empleado, agente o representante de una sociedad an¨®nima si la comunicaci¨®n involucra la promoci¨®n de participaci¨®n directa o indirecta de tal sociedad en cualquier refugio tributario.
Deber de informar.
Una persona conforme a la Circular 230 que tenga conocimiento de que su cliente no haya cumplido con las leyes de ingresos o haya cometido un error u omisi¨®n en cualquier declaraci¨®n, documento, declaraci¨®n jurada o dem¨¢s documentos exigidos, tiene la responsabilidad de informar al cliente de inmediato sobre el incumplimiento, el error o la omisi¨®n, y las consecuencias que de all¨ª se desprendan.
Diligencia debida general.
Las personas sujetas a la Circular 230, en ingl¨¦s, deben ejercer la diligencia debida al momento de realizar las siguientes tareas:
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Preparar o brindar asistencia para la preparaci¨®n, aprobaci¨®n y presentaci¨®n de declaraciones, documentos, declaraciones juradas y dem¨¢s documentos que guarden relaci¨®n con asuntos del IRS.
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Determinar la exactitud de las representaciones verbales o escritas que dicha persona haya realizado ante el Departamento del Tesoro.
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Determinar la exactitud de las representaciones verbales o escritas que esta persona haya realizado a los clientes con referencia a cualquier asunto administrado por intermedio del IRS.
Dependencia de terceros.
La presunci¨®n de que se ha ejercido la diligencia debida se aplicar¨¢ en situaciones en las que se haya dependido del producto del trabajo de otra persona si, de forma razonablemente cautelosa, se involucr¨®, supervis¨®, capacit¨® y evalu¨® a la persona, teniendo en cuenta la naturaleza de la relaci¨®n entre la persona conforme a la Circular 230 y la persona.
Demoras.
Las personas conformes a la Circular 230 no deben demorar, de manera no razonable, la pronta resoluci¨®n de cualquier asunto ante el IRS.
Asistencia de personas inhabilitadas o suspendidas y ex empleados del IRS.
Las personas conformes a la Circular 230 no deben hacer lo siguiente a sabiendas, directa o indirectamente:
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Asistir o aceptar asistencia de cualquier persona que se encuentre inhabilitada (desaforada) o suspendida para el ejercicio ante el IRS si la asistencia se relaciona con asuntos que se consideren como ejercicio ante la mencionada instituci¨®n.
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Aceptar asistencia de cualquier ex empleado del gobierno que provoque la violaci¨®n de las disposiciones de la Circular 230, en ingl¨¦s, o dem¨¢s leyes federales.
Desempe?o en calidad de notario.
Las personas conformes a la Circular 230 no pueden tomar acuses de recibo, administrar juramentos, certificar documentos ni realizar dem¨¢s actos oficiales en calidad de notario p¨²blico con respecto a los asuntos que administre el IRS y para los cuales se les haya empleado como letrados, abogados o agentes, o en las que pudieran tener inter¨¦s de alguna manera.
Negociaci¨®n de cheques de reembolso de contribuyentes.
Las personas conformes a la Circular 230 no pueden endosar ni, de otro modo, negociar ning¨²n cheque (lo que incluye dirigir o aceptar el pago por cualquier medio, electr¨®nico o de otro tipo, en una cuenta que posea o controle el profesional en ejercicio, o una empresa u otra entidad con la cual dicho sujeto est¨¦ asociado) que el gobierno le haya emitido a un cliente respecto de una obligaci¨®n tributaria federal.
Las personas conformes a la Circular 230 pueden ser inhabilitadas (desaforadas) o suspendidas para el ejercicio ante el IRS, o censuradas, por incompetencia o conducta de mala reputaci¨®n. Se puede imponer una multa monetaria, adem¨¢s de cualquier otra disciplina, tanto a las personas como a sus empresas. En la siguiente lista, se ilustran ejemplos de conducta que se considera de mala reputaci¨®n. Otros ejemplos figuran en la secci¨®n 10.51(a) de la Circular 230, en ingl¨¦s.
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Ser condenado por cualquier delito en virtud de las leyes de impuestos internos o por cualquier delito que implique deshonestidad o abuso de confianza.
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Dar, a sabiendas, informaci¨®n falsa o enga?osa que guarde relaci¨®n con asuntos tributarios federales o participar en dicha actividad.
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Solicitar empleo por medios prohibidos, como se estipula en la secci¨®n 10.30 de la Circular 230, en ingl¨¦s.
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No presentar, intencionalmente, una declaraci¨®n de impuestos federales, evadir o intentar evadir cualquier impuesto o pago federal, o bien participar en tales acciones.
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La apropiaci¨®n indebida, o la falta de remisi¨®n adecuada y puntual, de los fondos que se reciban de los clientes para un pago de impuestos u otras obligaciones que se adeude a los Estados Unidos.
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Intentar directa o indirectamente influenciar la acci¨®n oficial de los empleados del IRS mediante el uso de amenazas, acusaciones falsas, coacci¨®n o coerci¨®n, u ofreciendo obsequios, favores o cualquier incentivo especial.
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Ser inhabilitado (desaforado) o suspendido para el ejercicio como abogado, CPA, contador p¨²blico o actuario, por el Distrito de Columbia o cualquier estado, posesi¨®n, territorio, mancomunidad o cualquier tribunal federal, o cualquier agencia, organismo o junta federales de los Estados Unidos.
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A sabiendas, ayudar e incitar a otra persona a ejercer ante el IRS durante un per¨ªodo de suspensi¨®n, inhabilitaci¨®n o inelegibilidad de esa otra persona.
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Usar lenguaje ofensivo, hacer acusaciones o declaraciones falsas sabiendo que son falsas, circular o publicar asuntos maliciosos o difamatorios, o bien participar en cualquier conducta despectiva en relaci¨®n con el ejercicio ante el IRS.
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Dar una falsa opini¨®n a sabiendas, imprudentemente o por incompetencia grave o participar en un patr¨®n de proporcionar opiniones incompetentes sobre las preguntas que surgen en virtud de las leyes sobre impuestos federales.
El secretario del Tesoro, o delegado, con posterioridad al aviso y a la oportunidad de un procedimiento, puede censurar, suspender o inhabilitar a una persona conforme a la Circular 230 para el ejercicio ante el IRS si se demuestra que esta no es competente ni tiene buena reputaci¨®n, no cumple con los reglamentos en la subparte B o bien, con la intenci¨®n de estafar, intencionalmente y a sabiendas, enga?a o amenaza a un cliente o posible cliente.
La censura es una reprimenda p¨²blica. Las personas conformes a la Circular 230 pueden ser abogados, contadores p¨²blicos autorizados, agentes registrados, agentes registrados de planes de jubilaci¨®n o actuarios registrados que participen en la representaci¨®n del contribuyente o en actividades de asesoramiento, as¨ª como los titulares del registro de cumplimiento del Programa Anual de la Temporada Tributaria que representen a los contribuyentes y los tasadores dedicados a tasar los valores de los bienes a los efectos de los impuestos federales.
Autorizaci¨®n De un Representante
Puede representarse a usted mismo o autorizar a que una persona lo represente ante el IRS. Si elige que un tercero lo represente, su representante debe ser una persona elegible para proceder como tal ante el IRS. Refi¨¦rase a ?Qui¨¦n puede ejercer ante el IRS?, anteriormente.
?Qu¨¦ es un poder legal?
Un poder legal es su autorizaci¨®n escrita a los fines de que una persona reciba su informaci¨®n tributaria confidencial del IRS y realice ciertas acciones en su nombre. Si dicha autorizaci¨®n no est¨¢ limitada, la persona, generalmente, puede realizar todos los actos que usted puede realizar, excepto negociar o endosar un cheque. Es limitada la facultad que se les otorga a los agentes de planes de jubilaci¨®n registrados, actuarios registrados y preparadores de declaraciones no registrados que sean titulares de registros de cumplimiento. Para obtener informaci¨®n sobre los l¨ªmites a los titulares del registro de cumplimiento del Programa Anual de la Temporada Tributaria, consulte el Procedimiento Administrativo Tributario 2014-42 y IRS.gov/Tax-Professionals/Return-Preparer-Office-RPO-At-a-Glance, ambos en ingl¨¦s.
Actos permitidos.
Los abogados, contadores p¨²blicos autorizados y agentes registrados pueden realizar los siguientes actos:
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Representarlo ante cualquier oficina o empleado del IRS.
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Firmar una oferta o una dispensa de restricci¨®n para la determinaci¨®n o recaudaci¨®n de una deficiencia tributaria o una dispensa de aviso de rechazo a una reclamaci¨®n para un cr¨¦dito o reembolso.
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Firmar un consentimiento para prorrogar el per¨ªodo legal para la determinaci¨®n o el cobro de un impuesto.
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Firmar un acuerdo de cierre.
Firmar su declaraci¨®n.
El representante a quien se nombre en virtud de un poder legal no tiene permitido firmar su declaraci¨®n de impuestos sobre los ingresos salvo en los siguientes casos:
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La firma est¨¢ autorizada conforme al C¨®digo de Impuestos Internos y los reglamentos relacionados (consulte la secci¨®n 1.6012-1(a)(5) de los reglamentos) y
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Usted espec¨ªficamente autoriza esto en el poder legal.
Por ejemplo, en el reglamento se permite que un representante firme la declaraci¨®n suya si usted no puede firmarla debido a lo siguiente:
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Enfermedad o lesi¨®n.
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Ausencia continua de los Estados Unidos (incluido Puerto Rico) durante un per¨ªodo de, al menos, 60 d¨ªas con anterioridad a la fecha que exija la ley para presentar la declaraci¨®n.
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Otro buen motivo si el IRS solicita y otorga un permiso espec¨ªfico.
Cuando un representante firma una declaraci¨®n, esta debe estar acompa?ada de un poder legal (o una copia) conforme al cual usted lo autorice a firmarla. Para obtener m¨¢s informaci¨®n, consulte las Instrucciones para el Formulario 2848(SP).
Limitaci¨®n de sustituci¨®n o delegaci¨®n.
Un representante reconocido puede sustituir o delegar la facultad conforme al poder legal a otro representante reconocido ¨²nicamente si usted autoriza tal acto espec¨ªficamente en el poder legal.
Despu¨¦s de que se haya realizado una sustituci¨®n, ¨²nicamente se reconocer¨¢ como representante del contribuyente al representante a quien reci¨¦n se haya reconocido. Si se ha realizado una delegaci¨®n de poder, el IRS reconocer¨¢ tanto al representante original como al delegado para que lo representen.
Divulgaci¨®n de declaraciones a un tercero.
Su representante no puede suscribir consentimientos con arreglo a los cuales se permita que el IRS divulgue la declaraci¨®n de impuestos o la informaci¨®n sobre la declaraci¨®n a un tercero, a menos que usted delegue espec¨ªficamente esta facultad a su representante en la l¨ªnea 5a del Formulario 2848(SP).
Invalidez o incompetencia.
Un poder legal, generalmente, se rescinde si usted queda incapacitado o incompetente.
Sin embargo, el poder legal puede continuar en el caso de su incapacidad o incompetencia si lo autoriza en la l¨ªnea 5a denominada "Otros actos autorizados" del Formulario 2848(SP) y si su poder legal duradero no perteneciente al IRS cumple con todos los requisitos para que dicha instituci¨®n lo acepte. Consulte la secci¨®n Poderes legales no pertenecientes al IRS , m¨¢s adelante.
?Cu¨¢ndo se exige un poder legal?
Presente un poder legal cuando desee autorizar a una persona a recibir su informaci¨®n tributaria confidencial y a representarlo ante el IRS, ya sea que el representante realice o no cualquiera de los otros actos citados anteriormente en ?Qu¨¦ es un poder legal?.
La mayor¨ªa de las veces, se exige un poder legal cuando desea autorizar a que otra persona realice, al menos, uno de los siguientes actos en su nombre:
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Representarlo en una reuni¨®n con el IRS.
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Preparar y presentar una respuesta por escrito a una consulta del IRS.
Use el Formulario 2848(SP) para designar a un representante reconocido para que act¨²e en su nombre ante el IRS. Las personas reconocidas para representarlo ante el IRS figuran en la Parte II. Declaraci¨®n del Representante del Formulario 2848(SP). Su representante debe completar esa parte del formulario.
Poderes legales no pertenecientes al IRS.
El IRS acepta aquellos poderes legales no pertenecientes al IRS, pero se debe adjuntar un Formulario 2848(SP) completo a fin de que el poder legal se ingrese en el sistema del Archivo Centralizado de Autorizaciones (CAF, por sus siglas en ingl¨¦s). Para obtener m¨¢s informaci¨®n, consulte Procesamiento de poderes legales no pertenecientes al IRS m¨¢s adelante.
Si desea utilizar un documento que no sea el Formulario 2848(SP) para autorizar la representaci¨®n, este debe incluir la siguiente informaci¨®n.
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Su nombre y domicilio postal.
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Su n¨²mero de Seguro Social (o su n¨²mero de identificaci¨®n personal del contribuyente del IRS (ITIN, por sus siglas en ingl¨¦s)) o n¨²mero de identificaci¨®n del empleador.
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Su n¨²mero de plan de empleado, si corresponde.
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El nombre y la direcci¨®n postal de su(s) representante(s).
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Los tipos de impuestos involucrados.
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El n¨²mero de formulario de impuestos federales.
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El (Los) a?o(s) o per¨ªodo(s) espec¨ªfico(s) involucrado(s).
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Para asuntos de impuestos sobre la herencia, la fecha de fallecimiento del difunto.
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Una explicaci¨®n clara de su intenci¨®n sobre el alcance de la facultad otorgada a su(s) representante(s).
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Su firma y la fecha.
Asimismo, debe adjuntar al poder legal no perteneciente al IRS una declaraci¨®n por escrito firmada y fechada hecha por su representante. Esta declaraci¨®n, que se conoce como la Declaraci¨®n del Representante, se encuentra en la Parte II del Formulario 2848(SP). En la declaraci¨®n se debe estipular lo siguiente:
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Actualmente, no estoy suspendido ni inhabilitado para ejercer ante el Servicio de Impuestos Internos o para dem¨¢s ejercicios de mi profesi¨®n por intermedio de otra autoridad;
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Me encuentro sujeto a los reglamentos dispuestos en la Circular 230, en ingl¨¦s, (parte 10, subt¨ªtulo A, secci¨®n 31 del C¨®digo de Reglamentos Federales) con sus enmiendas, en virtud del cual se rige el ejercicio ante el Servicio de Impuestos Internos;
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Estoy autorizado a representar al (a los) contribuyente(s) identificado(s) en el poder legal; y
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Act¨²o en calidad de (menci¨®n de la capacidad en que se lleva a cabo la representaci¨®n, conforme se establece en la lista de representantes elegibles en la Parte II del Formulario 2848(SP)).
Informaci¨®n exigida incompleta.
El IRS no aceptar¨¢ su poder legal no perteneciente al IRS si, en este, no se dispone toda la informaci¨®n mencionada anteriormente. Puede firmar y enviar un Formulario 2848(SP) completado o un nuevo poder legal no perteneciente al IRS en el que figure toda esta informaci¨®n. Si no puede firmar un documento de reemplazo aceptable, su apoderado puede perfeccionar (hacer que sea aceptable ante el IRS) su poder legal no perteneciente al IRS mediante el procedimiento que se describe a continuaci¨®n.
Procedimiento para perfeccionar un poder legal no perteneciente al IRS.
Conforme a las siguientes condiciones, el apoderado nombrado en su poder legal no perteneciente al IRS puede firmar un Formulario 2848(SP) en su nombre.
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En virtud del poder legal original no perteneciente al IRS, se otorga facultad para gestionar asuntos de impuestos federales (por ejemplo, la facultad general de realizar cualquier acto).
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El apoderado adjunta una declaraci¨®n (firmada bajo pena de perjurio) al Formulario 2848(SP) conforme a la cual se declara que el poder legal original no perteneciente al IRS es v¨¢lido con arreglo a las leyes de la jurisdicci¨®n competente.
Ejemplo:
Juan Olmo, un contribuyente, firma un poder legal duradero no perteneciente al IRS en virtud del cual se nombra a su vecino y CPA, Eduardo Lara, como su apoderado. El poder legal le otorga a Eduardo la facultad de realizar todos los actos de cualquier ¨ªndole en nombre de Juan. Sin embargo, en este no se estipula la informaci¨®n espec¨ªfica sobre los impuestos, tal como los tipos de impuestos o los n¨²meros de formularios de impuestos.
Poco despu¨¦s de que Juan firma el poder, se le declara incompetente. M¨¢s tarde, surge un asunto tributario federal con respecto a una declaraci¨®n del a?o anterior que present¨® Juan. Eduardo intenta representar a Juan ante el IRS, pero se lo rechaza porque, en el poder legal duradero, no figura la informaci¨®n exigida.
Si Eduardo adjunta una declaraci¨®n (firmada bajo pena de perjurio) conforme a la cual se establezca que el poder legal duradero es v¨¢lido seg¨²n las leyes de la jurisdicci¨®n competente, este puede firmar un Formulario 2848(SP) completado y presentarlo en nombre de Juan. Si Eduardo puede ejercer ante el IRS (consulte ?Qui¨¦n puede ejercer ante el IRS? anteriormente), puede nombrarse a ¨¦l mismo como representante en el Formulario 2848(SP). De lo contrario, debe nombrar a otra persona que pueda ejercer ante el IRS.
Procesamiento de poderes legales no pertenecientes al IRS.
El IRS tiene un sistema de base de datos inform¨¢tico centralizado llamado sistema CAF. Este sistema contiene informaci¨®n sobre la facultad de los representantes de los contribuyentes. Por lo general, cuando env¨ªa un documento de poder legal al IRS, se procesa para su inclusi¨®n en el sistema CAF. El ingreso de su poder legal en el sistema CAF permite al personal del IRS, que no tenga una copia de su poder legal, verificar la facultad de su representante accediendo al CAF. Asimismo, le permite al IRS enviar autom¨¢ticamente copias de avisos y dem¨¢s comunicaciones del IRS a su representante si usted especifica que su representante debe recibirlas.
Puede ingresar su poder legal no perteneciente al IRS en el sistema CAF adjunt¨¢ndolo a un Formulario 2848(SP) completado y envi¨¢ndolo al IRS. No se le exige que coloque la firma; sin embargo, su apoderado debe firmar la Declaraci¨®n del Representante (consulte la Parte II del Formulario 2848(SP)).
La preparaci¨®n del Formulario 2848(SP) se ilustra con un ejemplo en la secci¨®n ?C¨®mo lleno un Formulario 2848(SP)? m¨¢s adelante. Sin embargo, la siguiente informaci¨®n tambi¨¦n lo ayudar¨¢ a preparar el formulario.
Consejos l¨ªnea por l¨ªnea.
Los siguientes consejos son res¨²menes de algunas de las instrucciones l¨ªnea por l¨ªnea para el Formulario 2848(SP).
L¨ªnea 1: Informaci¨®n sobre el contribuyente.
Si se trata de una declaraci¨®n conjunta, el esposo y la esposa deben presentar un Formulario 2848(SP) por separado si ambos desean que los representen, incluso si el representante es la misma persona. Si ¨²nicamente uno de los c¨®nyuges desea que lo representen para un determinado asunto, ese es el c¨®nyuge que presenta el formulario. Para las personas que sean contribuyentes menores de 18 a?os y no puedan firmar, el padre, la madre o el tutor con designaci¨®n del tribunal de dicha persona (con documentos del tribunal) puede firmar en su nombre. Otras personas pueden firmar por el contribuyente si tienen un Formulario 2848(SP) que haya firmado el padre, la madre o el tutor con designaci¨®n del tribunal y conforme al cual se las autorice a firmar en nombre del contribuyente.
L¨ªnea 2: El (Los) representante(s).
?nicamente puede nombrarse a personas f¨ªsicas como representantes. Si a su representante no se le ha asignado un n¨²mero CAF, ingrese "None" (Ninguno) en esa l¨ªnea, y el IRS le emitir¨¢ uno a su representante. Si el domicilio o n¨²mero de tel¨¦fono del representante ha cambiado a partir de la fecha en que se emiti¨® el n¨²mero de CAF, debe marcar la casilla correspondiente. Ingrese el n¨²mero de fax de su representante si est¨¢ disponible.
Si desea nombrar a m¨¢s de cuatro representantes, adjunte los Formularios 2848(SP) adicionales. El IRS enviar¨¢ copias de los avisos y las comunicaciones hasta a dos de sus representantes como m¨¢ximo. Usted debe, sin embargo, marcar las casillas en la l¨ªnea 2 del Formulario 2848(SP) si desea que el IRS env¨ªe copias de los avisos y las comunicaciones a sus representantes peri¨®dicamente. Si no marca las casillas, sus representantes no recibir¨¢n estas copias de forma peri¨®dica.
L¨ªnea 3: Acciones autorizadas (asuntos tributarios).
Puede consignar el a?o o per¨ªodo actual y cualquier a?o o per¨ªodo tributario que ya haya finalizado a partir de la fecha en que firme el poder legal. Asimismo, puede indicar a?os o per¨ªodos tributarios futuros. Sin embargo, el IRS no registrar¨¢ en el sistema CAF los a?os o per¨ªodos tributarios futuros consignados que superen los 3 a?os a partir del 31 de diciembre del a?o en que el IRS reciba el poder legal. No utilice referencias generales como "All years" (Todos los a?os), "All periods" (Todos los per¨ªodos) ni "All taxes" (Todos los impuestos). El IRS devolver¨¢ todo poder legal que tenga referencias generales.
L¨ªnea 4: Uso espec¨ªfico no registrado en el Archivo Centralizado de Autorizaciones (CAF).
Ciertos asuntos no pueden volver a registrarse en el sistema CAF. Los ejemplos para tales asuntos pueden ser, entre otros, los siguientes (una lista m¨¢s detallada figura en las Instrucciones para el Formulario 2848(SP)):
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Solicitudes de cartas privadas de resoluci¨®n (fallos) o de asesoramiento t¨¦cnico.
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Solicitudes para un n¨²mero de identificaci¨®n del empleador (EIN, por sus siglas en ingl¨¦s).
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Reclamaciones presentadas en el Formulario 843, Claim for Refund and Request for Abatement (Reclamaci¨®n para reembolso y reducci¨®n de impuestos), en ingl¨¦s.
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Disoluciones de sociedades an¨®nimas.
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Solicitudes para modificaciones al m¨¦todo de contabilidad.
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Solicitudes para modificaciones al per¨ªodo contable.
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Solicitudes para el reconocimiento de exenci¨®n conforme a las secciones 501(c)(3), 501(a) o 521 (Formularios 1023, 1024 o 1028, en ingl¨¦s).
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Solicitud para determinar la condici¨®n de calificado de un plan de beneficios para empleados (Formularios 5300, 5307 o 5310, en ingl¨¦s).
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Solicitud de premio por informaci¨®n original conforme a la secci¨®n 7623.
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Presentaciones voluntarias de conformidad con el Sistema de resoluci¨®n para el cumplimiento de los planes para empleados (EPCRS, por sus siglas en ingl¨¦s).
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Solicitudes hechas conforme a la Freedom of Information Act (Ley de Libertad de Informaci¨®n o FOIA, por sus siglas en ingl¨¦s).
Si el asunto tributario descrito en la l¨ªnea 3 del Formulario 2848(SP) se refiere a uno de estos asuntos espec¨ªficamente, marque la casilla en la l¨ªnea 4. Si esta casilla est¨¢ marcada, el representante debe enviar por correo postal o fax el poder legal a la oficina del IRS que gestione el asunto. De lo contrario, el representante debe traer una copia del poder legal a cada reuni¨®n con el IRS.
Por lo general, puede enviar por correo o por fax un Formulario 2848(SP) en papel directamente al IRS. Para determinar d¨®nde debe presentar el Formulario 2848(SP), consulte la secci¨®n D¨®nde Se Presenta el Formulario, en las Instrucciones para el Formulario 2848(SP).
Si este formulario est¨¢ destinado a un uso espec¨ªfico, env¨ªelo por correo o fax a la oficina que est¨¢ gestionando el asunto. Para obtener m¨¢s informaci¨®n sobre los usos espec¨ªficos, refi¨¦rase a L¨ªnea 4. Uso espec¨ªfico no registrado en el (CAF), en las Instrucciones para el Formulario 2848(SP).
Copias por FAX.
El IRS acepta copias de los poderes legales que se env¨ªen mediante transmisi¨®n por facs¨ªmil (fax). Si elige presentar un poder legal por fax, aseg¨²rese que la oficina del IRS correspondiente est¨¦ equipada para aceptar este tipo de transmisi¨®n.
Su representante puede presentar el Formulario 2848(SP) electr¨®nicamente a trav¨¦s del sitio web del IRS. Para obtener m¨¢s informaci¨®n, su representante puede visitar IRS.gov/eServices, en ingl¨¦s. Si completa el Formulario 2848(SP) para la autorizaci¨®n de la firma electr¨®nica, no lo presente ante el IRS. En lugar de eso, entr¨¦guelo a su representante para que lo guarde.
Actualizaci¨®n de un poder legal.
Env¨ªe toda actualizaci¨®n o modificaci¨®n hecha a un poder legal existente por escrito. Se exige que coloque su firma (o la firma de las personas autorizadas para firmar en su nombre). Para este fin, env¨ªe el Formulario 2848(SP) o un poder legal no perteneciente al IRS actualizado a las oficinas del IRS en donde haya enviado los originales previamente, incluido el centro de servicio a donde se haya presentado o se vaya a presentar la declaraci¨®n relacionada.
Un representante reconocido puede sustituir o delegar la facultad si usted lo autoriza espec¨ªficamente a sustituir o delegar la representaci¨®n en el poder legal original. A los efectos de realizar una sustituci¨®n o delegaci¨®n, el representante debe presentar los siguientes documentos en las oficinas del IRS a donde se haya presentado el poder legal:
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Una notificaci¨®n por escrito de sustituci¨®n o delegaci¨®n con la firma del representante reconocido.
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Una declaraci¨®n por escrito del representante que haya hecho el nuevo representante.
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Una copia del poder legal en virtud del cual se autorice espec¨ªficamente la sustituci¨®n o delegaci¨®n.
Conforme a un poder legal que se haya presentado hace poco y que guarde relaci¨®n con el mismo asunto, se revocar¨¢ un poder legal que se haya presentado antes. No obstante, no se revocar¨¢ el poder legal anterior de acuerdo con un nuevo poder legal si, en este ¨²ltimo, se declara espec¨ªficamente que no se revocar¨¢ dicho poder anterior y si se adjuntan alguno de los siguientes documentos al nuevo poder:
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Una copia del poder legal anterior no revocado; o
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Una declaraci¨®n por escrito con la firma del contribuyente en la que se especifique el nombre y el domicilio de cada representante autorizado conforme al poder legal anterior no revocado.
Revocaci¨®n del contribuyente.
Si desea revocar un poder legal que est¨¢ en vigencia y no desea nombrar a un nuevo representante, tiene que escribir "REVOKE" (Revocar) en la parte superior de la primera p¨¢gina del Formulario 2848(SP) con la firma y la fecha actuales inmediatamente debajo de esta anotaci¨®n. Despu¨¦s, debe enviar por correo o fax una copia del poder legal con la anotaci¨®n sobre la revocaci¨®n al IRS seg¨²n se le indica en la tabla titulada D¨®nde Se Presenta el Formulario, en las Instrucciones para el Formulario 2848(SP), o, si el poder es para un asunto espec¨ªfico, a la oficina del IRS que gestione el asunto.
Si no tiene una copia del poder legal que desee revocar, debe enviar al IRS una declaraci¨®n de revocaci¨®n conforme a la cual se indique que se revoc¨® la facultad del poder legal, se consignen los asuntos y a?os o per¨ªodos y se mencionen el nombre y el domicilio de cada representante reconocido cuya facultad se revoque. Debe firmar y fechar esta declaraci¨®n. Si pretende revocar la facultad por completo, escriba "Remove all years/periods" (Eliminar todos los a?os/per¨ªodos) en lugar de especificar los asuntos espec¨ªficos y los a?os o per¨ªodos.
Retiro del representante.
Si su representante desea retirarse de la representaci¨®n, este debe escribir "WITHDRAW" (Retiro) en la parte superior de la primera p¨¢gina del Formulario 2848(SP) con la firma y la fecha actuales inmediatamente debajo de la anotaci¨®n. Luego, el representante debe proporcionar una copia del poder legal con la anotaci¨®n sobre el retiro al IRS del modo que se describe en la secci¨®n Revocaci¨®n del contribuyente, anteriormente. Si su representante no dispone de una copia del poder legal que desee retirar, este debe enviarle al IRS una declaraci¨®n por escrito indicando el retiro conforme a la cual se indique que se retira la facultad del poder legal, se consignen los asuntos y a?os o per¨ªodos y se mencionen el nombre, el n¨²mero de identificaci¨®n del contribuyente (TIN, por sus siglas en ingl¨¦s) y el domicilio (si se conoce) del contribuyente. El representante tiene que firmar y fechar la declaraci¨®n por escrito.
El poder legal que posea un estudiante se registrar¨¢ en el sistema CAF durante 130 d¨ªas a partir de la fecha de recepci¨®n. Si autoriza a que un estudiante lo represente con posterioridad a ese per¨ªodo, deber¨¢ enviar otro Formulario 2848(SP) actualizado.
?Cu¨¢ndo no se exige un poder legal?
No se exige un poder legal cuando el tercero en cuesti¨®n no est¨¢ tratando asuntos con el IRS como su representante. No se exige un poder legal en los siguientes casos:
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Proporcionar informaci¨®n al IRS.
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Autorizar la divulgaci¨®n de la informaci¨®n sobre la declaraci¨®n de impuestos mediante el Formulario 8821, Tax Information Authorization (Autorizaci¨®n para recibir informaci¨®n tributaria), en ingl¨¦s, o dem¨¢s consentimientos de divulgaci¨®n escritos o verbales.
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Permitir que el IRS hable de la informaci¨®n sobre la declaraci¨®n con un tercero a trav¨¦s de la casilla de verificaci¨®n que se encuentre en una declaraci¨®n de impuestos u otro documento.
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Permitir que el representante de una sociedad colectiva (PR, por sus siglas en ingl¨¦s) realice actos para tal sociedad conforme al r¨¦gimen centralizado para la auditor¨ªa de sociedades colectivas para los a?os tributarios que comiencen despu¨¦s del 31 de diciembre de 2017. Sin embargo, consulte la precauci¨®n, a continuaci¨®n, para elecciones anticipadas.
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Permitir que un socio de asuntos tributarios (TMP, por sus siglas en ingl¨¦s) realice actos para la sociedad colectiva para los a?os tributarios de esta entidad que terminen antes del 1 de enero de 2018.
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Permitir que el IRS hable de la informaci¨®n sobre la declaraci¨®n con un fiduciario.
Para los a?os tributarios de la sociedad colectiva que comiencen despu¨¦s del 31 de diciembre de 2017, la Bipartisan Budget Act of 2015 (Ley de Presupuesto Bipartita de 2015), conforme a la cual se derogaron los procedimientos y las normas para la auditor¨ªa y el litigio de sociedades colectivas de la Tax Equity and Fiscal Responsibility Act of 1982 (Ley de Equidad Tributaria y Responsabilidad Fiscal o TEFRA, por sus siglas en ingl¨¦s) aplicables a la elecci¨®n de grandes sociedades colectivas y se reemplazaron con un nuevo r¨¦gimen centralizado para la auditor¨ªa de sociedades colectivas, elimin¨® la figura de "socio de asuntos tributarios" y la sustituy¨® por "representante de la sociedad colectiva". De conformidad con la secci¨®n 301.9100-22T de los Reglamentos del Tesoro, ciertas sociedades colectivas pueden elegir que el nuevo r¨¦gimen rija para las declaraciones de esas sociedades para los a?os tributarios que comiencen despu¨¦s del 2 de noviembre de 2015 y antes del 1 de enero de 2018.
?C¨®mo lleno un Formulario 2848(SP)?
El siguiente ejemplo ilustra c¨®mo completar el Formulario 2848(SP).
Ejemplo:
Se le notific¨® a Roberto y a Doris Morales que se est¨¢n revisando sus declaraciones conjuntas de impuestos sobre el ingreso (Formularios 1040, en ingl¨¦s) para los a?os 2014, 2015 y 2016. Estas dos personas han decidido designar a Javier Saco, agente registrado, para que los represente en este asunto y en cualquier asunto futuro que guarde relaci¨®n con estas declaraciones. A Javier, que prepara declaraciones en el mismo lugar desde hace a?os, ya se le asign¨® un n¨²mero en el Archivo Centralizado de Autorizaciones (CAF). Doris no quiere que Javier firme ning¨²n acuerdo en su nombre, pero Roberto s¨ª desea que Javier firme cualquier acuerdo. Roberto y Doris tambi¨¦n autorizan a que Javier utilice un proveedor de servicios intermediario a los efectos de acceder a sus registros del IRS. Ellos desean recibir copias de todas las notificaciones y comunicaciones escritas que se le env¨ªen a Javier. Esta es la primera vez que Roberto y Doris le dan poder legal a un tercero. Cada uno debe completar un Formulario 2848(SP) de la siguiente manera:
L¨ªnea 1: Informaci¨®n sobre el contribuyente.
Roberto y Doris deben presentar, cada uno, un Formulario 2848(SP) por separado. En dicho formulario, Roberto ingresa su nombre, domicilio y n¨²mero de Seguro Social en los espacios provistos a tales fines. Doris procede del mismo modo en su formulario.
L¨ªnea 2: El (Los) representante(s).
En sus respectivos Formularios 2848(SP), Roberto y Doris ingresan el nombre y el domicilio actual del representante que eligieron, Javier Saco. Tanto Roberto como Doris desean que Javier Saco reciba avisos y comunicaciones sobre los asuntos autorizados en la l¨ªnea 3. Por lo tanto, en sus respectivos Formularios 2848(SP), Roberto y Doris marcan, cada uno, la casilla en la primera columna de la l¨ªnea 2. Asimismo, ingresan el n¨²mero CAF, el n¨²mero de identificaci¨®n tributaria del preparador remunerado (PTIN), el n¨²mero de tel¨¦fono y el n¨²mero de fax de Javier Saco. El domicilio, el n¨²mero de tel¨¦fono y el n¨²mero de fax de Saco no han cambiado desde que el IRS emiti¨® su n¨²mero CAF, por lo que Roberto y Doris no marcan las casillas en la segunda columna.
L¨ªnea 3: Acciones autorizadas (asuntos tributarios).
En los Formularios 2848(SP) por separado, Roberto y Doris ingresa, cada uno, "Income tax" (Impuesto sobre el ingreso) para la descripci¨®n del asunto, "1040" para el n¨²mero de formulario y "2014, 2015, and 2016" (2014, 2015 y 2016) para los a?os tributarios.
L¨ªnea 4: Uso espec¨ªfico no registrado en el Archivo Centralizado de Autorizaciones (CAF, por sus siglas en ingl¨¦s).
En sus respectivos Formularios 2848(SP), Roberto y Doris no ingresan nada en esta l¨ªnea porque no quieren restringir el uso de sus poderes legales a un uso espec¨ªfico que no est¨¦ registrado en el CAF. Refi¨¦rase a la secci¨®n Preparaci¨®n del formulario: consejos ¨²tiles, anteriormente.
L¨ªnea 5: Acciones adicionales autorizadas y no autorizadas.
Doris desea firmar todo acuerdo que refleje los cambios en las obligaciones tributarias conjuntas de los impuestos sobre el ingreso de 2014, 2015 y 2016 de ella y de Roberto, por lo que escribe "Taxpayer must sign any agreement form" (El contribuyente tiene que firmar todo formulario del acuerdo) en la l¨ªnea 5b de su Formulario 2848(SP). Roberto no desea restringir la facultad de Javier Saco en este respecto, por lo que deja en blanco la l¨ªnea 5b de su Formulario 2848(SP). Si alguno de los dos hubiera querido, podr¨ªan haber especificado otras restricciones en la l¨ªnea 5b de sus respectivos formularios. Adem¨¢s, tanto Doris como Roberto marcan la casilla "Acceder a mis archivos en el IRS por medio de un Proveedor Intermediario de Servicios" en la l¨ªnea 5a, a los efectos de permitir que Javier acceda a sus archivos en el IRS mediante dicho proveedor.
L¨ªnea 6: Conservaci¨®n/revocaci¨®n de poder(es) legal(es) previo(s).
Roberto y Doris est¨¢n presentando, cada uno, sus primeros poderes legales, as¨ª que no ingresan nada en esta l¨ªnea. Sin embargo, si hubieran presentado poderes legales anteriores, la presentaci¨®n de este poder actual revocar¨ªa los anteriores por los mismos asuntos tributarios, a menos que marquen la casilla en la l¨ªnea 6 y adjunten una copia del poder legal anterior que desean que siga en vigencia.
Si Doris decide, m¨¢s adelante, que puede gestionar la revisi¨®n por su cuenta, puede revocar su poder legal, aunque Roberto no lo revoque. (Consulte la secci¨®n Revocaci¨®n del poder legal y retiro del representante, anteriormente, a fin de conocer las normas especiales que se aplican).
L¨ªnea 7: Firma del contribuyente.
Roberto y Doris firman y fechan, cada uno, su Formulario 2848(SP). Si un contribuyente no firma, el IRS no puede aceptar el formulario.
Parte II: Declaraci¨®n del Representante.
Javier Saco tiene que completar esta parte del Formulario 2848(SP). Si no firma esta parte, el IRS no puede aceptar el formulario.
?Qu¨¦ paso sigue despu¨¦s de presentar un poder legal?
Se reconocer¨¢ un poder legal luego de que el IRS lo reciba y revise y determine que, en ¨¦l, se dispone la informaci¨®n exigida. No obstante, hasta que se ingrese un poder legal en el sistema CAF, es posible que el personal del IRS no tenga conocimiento sobre la facultad de la persona que usted haya nombrado para que lo represente. Por lo tanto, durante este per¨ªodo provisorio, el personal del IRS puede solicitar que usted o su representante traigan una copia a toda reuni¨®n con el IRS.
El modo en que se procesa o gestiona el poder legal depende de si es un documento completo o incompleto.
Documento incompleto.
Si el Formulario 2848(SP) est¨¢ incompleto, el IRS intentar¨¢ obtener la informaci¨®n que falte, comunic¨¢ndose con usted o su representante por escrito o por tel¨¦fono. Por ejemplo, si falta su firma o fecha de firma, el IRS se comunicar¨¢ con usted. Si falta informaci¨®n sobre su representante y existe informaci¨®n suficiente en el documento para la comunicaci¨®n (como un domicilio o un n¨²mero de tel¨¦fono), el IRS intentar¨¢ comunicarse con su representante.
En cualquier caso, el poder legal no se considera v¨¢lido hasta que se ingrese toda la informaci¨®n exigida en el documento. No se reconocer¨¢ a la(s) persona(s) nombrada(s) como representante(s) para el ejercicio ante el IRS en su nombre hasta que el documento est¨¦ completo y el IRS lo acepte.
Documento completo.
Si el poder legal est¨¢ completo y es v¨¢lido, el IRS tomar¨¢ medidas para reconocer al representante. En la mayor¨ªa de los casos, esto incluye la tramitaci¨®n del documento en el sistema CAF. El registro de los datos en el sistema CAF le permite al IRS enviar copias de correspondencia a los representantes autorizados y reconocer f¨¢cilmente el alcance de la facultad otorgada.
Documentos no procesados en el CAF.
Los poderes legales de uso espec¨ªfico no se procesan en el sistema CAF (refi¨¦rase a la secci¨®n Preparaci¨®n del formulario: consejos ¨²tiles, anteriormente). Por ejemplo, un poder legal conforme al cual se otorgue la facultad por ¨²nica vez o para un tema espec¨ªfico no se procesa en el sistema CAF. Estos documentos se guardan con los archivos de casos relacionados. En esta situaci¨®n, usted debe marcar la casilla en la l¨ªnea 4 del Formulario 2848(SP). En tales casos, el representante debe traer una copia del poder legal a cada reuni¨®n con el IRS.
Con posterioridad a que se presente un poder legal v¨¢lido, el IRS reconocer¨¢ a su representante. Sin embargo, si, aparentemente, el representante es responsable de retrasar u obstaculizar de forma injustificada la pronta resoluci¨®n de un asunto del IRS por no haber proporcionado, despu¨¦s de repetidas solicitudes, informaci¨®n no privilegiada, es posible que esta instituci¨®n se comunique con usted directamente. Por ejemplo, en la mayor¨ªa de los casos en los que se reconoce un poder legal, el IRS se comunica con el representante a los fines de programar citas y proporcionarle las listas de los documentos exigidos. Sin embargo, si el representante no est¨¢ disponible, no responde a las repetidas solicitudes y no proporciona los documentos exigidos (aparte de aquellos que se consideran privilegiados), es posible que el IRS pase por alto a su representante y se comunique con usted directamente.
Si un representante manifiesta la conducta descrita anteriormente, es posible que se remita el asunto a la Oficina de Responsabilidad Profesional a fin de analizar posibles medidas disciplinarias.
Avisos y otras correspondencias.
Si desea autorizar que su representante reciba copias de todos los avisos y todas las comunicaciones que el IRS le env¨ªe a usted, debe marcar la casilla que se encuentra debajo del nombre y el domicilio del representante. Dos representantes como m¨¢ximo pueden recibir copias de los avisos y las comunicaciones que env¨ªa el IRS. No marque la casilla si no desea que se env¨ªen copias de los avisos y las comunicaciones a sus representantes.
C¨®mo Obtener Ayuda con los Impuestos
Si usted tiene preguntas sobre un asunto tributario; necesita ayuda para preparar su declaraci¨®n de impuestos; o si desea descargar publicaciones, formularios o instrucciones gratuitamente, acceda a IRS.gov/Espanol para encontrar recursos que le pueden ayudar inmediatamente.
C¨®mo preparar y presentar su declaraci¨®n de impuestos.
Encuentre opciones gratuitas para preparar y presentar su declaraci¨®n en IRS.gov/Espanol o en su comunidad local, si re¨²ne los requisitos.
El programa Volunteer Income Tax Assistance (Programa de Ayuda Voluntaria al Contribuyente con los Impuestos sobre los Ingresos o VITA, por sus siglas en ingl¨¦s) ofrece ayuda tributaria gratuita a las personas con ingresos bajos a moderados, personas discapacitadas y personas que tienen un dominio limitado del ingl¨¦s y que necesitan ayuda para preparar sus propias declaraciones de impuestos. El programa Tax Counseling for the Elderly (Programa de Asesoramiento para las Personas de Edad Avanzada o TCE, por sus siglas en ingl¨¦s) ofrece ayuda tributaria gratuita a todos los contribuyentes, especialmente aqu¨¦llos quienes tienen 60 a?os de edad o m¨¢s con sus declaraciones de impuestos. Los voluntarios del programa TCE se especializan en contestar preguntas sobre pensiones y asuntos espec¨ªficos relacionados con la jubilaci¨®n, particularmente para personas de edad avanzada.
Acceda a IRS.gov/Espanol para ver las opciones disponibles para preparar y presentar su declaraci¨®n:
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±Ê°ù±ð²õ±ð²Ô³Ù²¹³¦¾±¨®²Ô Free obÌåÓý. Acceda a IRS.gov/FreeobÌåÓý y pulse sobre Espa?ol para saber si re¨²ne los requisitos para utilizar gratis programas (software) comerciales para preparar y presentar electr¨®nicamente su declaraci¨®n de impuestos federales.
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VITA. Acceda a IRS.gov/VITA y pulse sobre Espa?ol, descargue la aplicaci¨®n gratuita IRS2Go o llame al 800-906-9887 para saber cu¨¢l es el local de asistencia VITA m¨¢s cercano a usted en donde puede obtener ayuda gratuita con la preparaci¨®n de su declaraci¨®n de impuestos.
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TCE. Acceda a IRS.gov/TCE y pulse sobre Espa?ol, descargue la aplicaci¨®n gratuita IRS2Go o llame al 888-227-7669 para saber cu¨¢l es el local de asistencia TCE m¨¢s cercano a usted en donde puede obtener ayuda gratuita con la preparaci¨®n de su declaraci¨®n de impuestos.
C¨®mo recibir respuestas a sus preguntas sobre los impuestos. En IRS.gov/Espanol, puede obtener respuestas a sus preguntas sobre los impuestos en cualquier momento y en cualquier lugar.
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Acceda a IRS.gov/Ayuda para ver una variedad de recursos que le ayudar¨¢n a recibir respuestas a las preguntas m¨¢s comunes sobre los impuestos.
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Acceda a IRS.gov/ITA y pulse sobre Espa?ol para utilizar el Asistente Tributario Interactivo, un recurso que le realizar¨¢ una serie de preguntas sobre diferentes temas relacionados con los impuestos y le ofrecer¨¢ respuestas. Puede imprimir la entrevista en su totalidad y la respuesta final para sus archivos. La informaci¨®n tributaria s¨®lo est¨¢ disponible en ingl¨¦s.
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Acceda a IRS.gov/Pub17SP para obtener la ±Ê³Ü²ú±ô¾±³¦²¹³¦¾±¨®²Ô 17(SP), El Impuesto Federal sobre los Ingresos para Personas F¨ªsicas, en la que se presentan los detalles sobre las oportunidades de ahorro de impuestos, los cambios a los impuestos para el a?o actual y miles de enlaces interactivos para que encuentre las respuestas a sus preguntas. L¨¦ala en l¨ªnea en formato HTML, como un archivo PDF o desc¨¢rguela en su dispositivo m¨®vil, como un libro electr¨®nico.
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Adem¨¢s, puede acceder a la informaci¨®n sobre la legislaci¨®n tributaria mediante su software de presentaci¨®n electr¨®nica.
C¨®mo obtener formularios y publicaciones de impuestos.
Acceda a IRS.gov/Forms, en ingl¨¦s, para descargar, ver o imprimir todos los formularios, instrucciones y publicaciones que pueda necesitar. De otro modo, puede descargar y ver publicaciones e instrucciones tributarias de mucho inter¨¦s (incluidas las Instrucciones para los Formularios 1040 y 1040-SR, en ingl¨¦s) en formato de libro electr¨®nico (eBook) por medio de sus dispositivos m¨®viles sin costo alguno. O, puede acceder a IRS.gov/OrderForms, en ingl¨¦s, para hacer un pedido y recibir por correo los formularios, instrucciones y publicaciones que necesite. Su pedido le ser¨¢ enviado dentro de diez (10) d¨ªas laborables despu¨¦s de que recibamos su pedido.
Acceda a su cuenta en l¨ªnea (s¨®lo para contribuyentes que sean personas f¨ªsicas).
Acceda a IRS.gov/Account y pulse sobre Espa?ol para ver informaci¨®n acerca de su cuenta de impuestos federales de manera segura.
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Vea la cantidad que adeuda, pague por Internet o solicite un acuerdo de pagos por Internet.
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Acceda a sus archivos tributarios por Internet.
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Repase su historial de pagos de los ¨²ltimos 24 meses.
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Acceda a IRS.gov/SecureAccess y pulse sobre Espa?ol para averiguar los requisitos del proceso de verificaci¨®n de identidad.
Uso del dep¨®sito directo.
La manera m¨¢s r¨¢pida para recibir un reembolso de los impuestos es combinar la presentaci¨®n electr¨®nica (e-file) con un dep¨®sito directo de su reembolso. Al utilizar el dep¨®sito directo, su reembolso se transfiere de manera electr¨®nica y segura directamente a su cuenta bancaria. Ocho de cada 10 contribuyentes usan el dep¨®sito directo para recibir sus reembolsos. El IRS emite la mayor¨ªa de los reembolsos en menos de 21 d¨ªas.
Demora en la emisi¨®n del reembolso para las declaraciones en donde se reclaman ciertos cr¨¦ditos.
Debido a cambios en la legislaci¨®n, el IRS no puede emitir reembolsos con anterioridad a mediados de febrero del a?o para las declaraciones en donde se reclam¨® adecuadamente el cr¨¦dito por ingreso del trabajo (EIC, por sus siglas en ingl¨¦s) o el cr¨¦dito tributario adicional por hijos (ACTC, por sus siglas en ingl¨¦s). Esta demora corresponde al reembolso en su totalidad, no solo a la parte asociada con estos cr¨¦ditos.
C¨®mo obtener un trasunto (transcripci¨®n) o copia de la declaraci¨®n.
La manera m¨¢s r¨¢pida para obtener un trasunto (transcripci¨®n) de su declaraci¨®n de impuestos es accediendo a IRS.gov/Transcripts y pulsando sobre Espa?ol. Luego, pulse sobre Obtenga una transcripci¨®n en l¨ªnea u Obtenga una transcripci¨®n por correo para pedir una copia de su trasunto (transcripci¨®n). Si prefiere, puede:
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Pedir su transcripci¨®n llamando al 800-908-9946.
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Enviar el Formulario 4506-T (en ingl¨¦s) o el Formulario 4506T-EZ (SP) (ambos disponibles en IRS.gov).
C¨®mo utilizar los recursos disponibles en l¨ªnea para ayudarle a preparar su declaraci¨®n.
Acceda a IRS.gov/Tools, en ingl¨¦s, para utilizar las siguientes opciones:
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El Asistente del Cr¨¦dito por Ingreso del Trabajo (acceda a IRS.gov/AsistenteEITC), disponible en espa?ol, puede ayudarle a determinar si tiene derecho a reclamar el cr¨¦dito por ingreso del trabajo.
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La Solicitud para un N¨²mero de Identificaci¨®n del Empleador (EIN) en l¨ªnea (acceda a IRS.gov/EIN), disponible en espa?ol, le ayuda a solicitar un n¨²mero de identificaci¨®n del empleador (la solicitud por Internet s¨®lo est¨¢ disponible en ingl¨¦s).
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El Estimador de Retenci¨®n de Impuestos (acceda a IRS.gov/W4AppES para obtener informaci¨®n en espa?ol; el Estimador s¨®lo est¨¢ disponible en ingl¨¦s) estima la cantidad que deber¨¢ retenerse de sus cheques de pago para prop¨®sitos de los impuestos federales sobre los ingresos.
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El recurso First-Time Homebuyer Credit Account Look-up (Recurso para buscar la cuenta relacionada con el cr¨¦dito para las personas que compran vivienda por primera vez), en ingl¨¦s, le provee informaci¨®n sobre sus reintegros y el saldo de su cuenta. (Acceda a IRS.gov/Homebuyer).
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La Sales Tax Deduction Calculator (Calculadora de la deducci¨®n por impuestos sobre las ventas) (acceda a IRS.gov/SalesTax, en ingl¨¦s) calcula la cantidad que puede reclamar si detalla las deducciones en el Anexo A (Formulario 1040 o 1040-SR), opta por no reclamar los impuestos sobre los ingresos estatales y locales, y usted no conserv¨® los recibos que muestran cu¨¢nto impuesto sobre las ventas pag¨®.
C¨®mo resolver los asuntos tributarios relacionados con el robo de identidad.
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El IRS no inicia comunicaciones con los contribuyentes por medio de correo electr¨®nico ni por tel¨¦fono para pedirles informaci¨®n personal ni financiera. Esto incluye todo tipo de comunicaci¨®n electr¨®nica, tal como mensajes de texto o a trav¨¦s de las redes sociales.
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Acceda a IRS.gov/IDProtection y pulse sobre Espa?ol para obtener informaci¨®n y videos.
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Si ha perdido o si le han robado su SSN o si sospecha que es v¨ªctima de robo de identidad relacionado con los impuestos, acceda a IRS.gov/IdentityTheft y pulse sobre Espa?ol para saber qu¨¦ pasos debe tomar.
C¨®mo verificar el estado de su reembolso.
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Acceda a IRS.gov/Reembolsos.
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Debido a los cambios en la ley, el IRS no puede emitir reembolsos antes de mediados de febrero del a?o en curso para las declaraciones de impuestos en las cuales se reclam¨® apropiadamente el cr¨¦dito por ingreso del trabajo (EIC, por sus siglas en ingl¨¦s) o el cr¨¦dito tributario adicional por hijos (ACTC, por sus siglas en ingl¨¦s). Esta restricci¨®n corresponde al reembolso completo, no s¨®lo a la porci¨®n relacionada con estos cr¨¦ditos.
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Descargue la aplicaci¨®n oficial IRS2Go a su dispositivo m¨®vil gratuitamente y ¨²sela para verificar el estado de su reembolso.
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Llame a la l¨ªnea directa automatizada de reembolsos, al 800-829-1954.
C¨®mo efectuar un pago de impuestos.
El IRS utiliza la tecnolog¨ªa m¨¢s avanzada de codificaci¨®n para asegurar que sus pagos electr¨®nicos sean seguros y confiables. Usted puede efectuar pagos electr¨®nicos en l¨ªnea, por tel¨¦fono y a trav¨¦s de un dispositivo m¨®vil utilizando la aplicaci¨®n IRS2Go. Efectuar pagos electr¨®nicamente es r¨¢pido, f¨¢cil y ¨¦stos se tramitan mucho m¨¢s r¨¢pido que enviar un cheque o giro por correo. Acceda a IRS.gov/Pagos para efectuar un pago usando cualquiera de las siguientes opciones:
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IRS Direct Pay (IRS Pago directo), disponible en espa?ol: Las personas f¨ªsicas pueden pagar sus cuentas tributarias o hacer pagos de impuestos estimados directamente de sus cuentas corrientes o de ahorros. El uso del IRS Direct Pay es gratuito; no tendr¨¢ que pagar cargos por su uso.
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Tarjeta de d¨¦bito o cr¨¦dito: Escoja un tramitador aprobado para pagar en l¨ªnea, por tel¨¦fono y por dispositivo m¨®vil.
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Retiro electr¨®nico de fondos: Se ofrece s¨®lo cuando presente su declaraci¨®n de impuestos federal utilizando un programa (software) para la preparaci¨®n de declaraciones de impuestos o por medio de un preparador profesional de declaraciones de impuestos.
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Sistema de pago electr¨®nico del impuesto federal: La mejor opci¨®n para negocios. Requiere inscripci¨®n en dicho sistema.
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Cheque o giro: Env¨ªe su pago a la direcci¨®n indicada en el aviso o carta que le enviaron o en las instrucciones del formulario de impuestos que present¨®.
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Efectivo: Puede pagar en efectivo sus impuestos en un negocio participante.
?Qu¨¦ ocurre si no puedo pagar ahora?
Acceda a IRS.gov/Pagos para ver informaci¨®n sobre las siguientes opciones:
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Solicite un acuerdo de pagos por Internet (IRS.gov/OPA y pulse sobre Espa?ol) para cumplir con su obligaci¨®n tributaria en plazos mensuales si no puede pagar la totalidad de sus impuestos adeudados en el momento. Una vez complete el proceso a trav¨¦s de Internet, recibir¨¢ un aviso inmediatamente si su acuerdo se ha aprobado.
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Use el Offer in Compromise Pre-Qualifier (Precalificador para un ofrecimiento de transacci¨®n), disponible en ingl¨¦s, (acceda a IRS.gov/OIC y pulse sobre Espa?ol) para ver si puede liquidar su deuda tributaria por una cantidad menor a la cantidad que usted adeuda.
C¨®mo se verifica el estado de una declaraci¨®n enmendada.
Acceda a IRS.gov/WMAR y pulse sobre Espa?ol para averiguar el estado de su declaraci¨®n enmendada (Formulario 1040-X). Puede tardarse hasta tres semanas a partir de la fecha en que present¨® su declaraci¨®n enmendada para ser registrada en nuestro sistema y hasta 16 semanas para tramitarla.
Informaci¨®n para entender un aviso o carta del IRS.
Acceda a IRS.gov/Notices y pulse sobre Espa?ol para obtener informaci¨®n adicional sobre c¨®mo responder a un aviso o carta que recibi¨® de parte del IRS.
C¨®mo comunicarse con la oficina local del IRS.
Tenga en cuenta que puede obtener respuestas a muchas preguntas en IRS.gov/Espanol sin tener que ir a un Centro de Ayuda al Contribuyente (TAC, por sus siglas en ingl¨¦s). Acceda a IRS.gov/Ayuda para ver informaci¨®n relacionada con temas sobre los cuales la mayor¨ªa de las personas tienen preguntas. Si todav¨ªa necesita ayuda, los TAC del IRS proveen ayuda cuando un asunto relacionado con los impuestos no puede ser tramitado en Internet o por tel¨¦fono. Todos los TAC ahora proveen servicios con cita previa, as¨ª usted sabr¨¢ de antemano que podr¨¢ recibir los servicios que necesita sin largos tiempos de espera. Para encontrar el TAC m¨¢s cercano a usted, sus horas de operaci¨®n, los servicios que ofrece y las opciones para hacer citas previo a su visita, acceda a IRS.gov/es/Help/Contact-Your-Local-IRS-Office, en espa?ol, y luego pulse sobre Encuentre un Centro de Asistencia de TAC. O, en la aplicaci¨®n IRS2Go, escoja la opci¨®n Comun¨ªquese Con Nosotros que se encuentra bajo la pesta?a Conectarse y luego pulse sobre Oficinas Locales.
C¨®mo ver videos del IRS.
El portal de videos del IRS en IRSVideos.gov/Espanol contiene presentaciones en video y en audio sobre temas de inter¨¦s para personas f¨ªsicas, peque?os negocios y preparadores de impuestos.
C¨®mo obtener informaci¨®n tributaria en otros idiomas.
Para aquellos contribuyentes cuya lengua materna no es el ingl¨¦s, tenemos los siguientes recursos disponibles. Los contribuyentes pueden conseguir informaci¨®n en IRS.gov en los siguientes idiomas:
Los Centros de Ayuda al Contribuyente (TAC, por sus siglas en ingl¨¦s) proveen servicio de int¨¦rprete a trav¨¦s del tel¨¦fono en m¨¢s de 170 idiomas. Este servicio es gratis para los contribuyentes.
El Servicio del Defensor del Contribuyente (TAS) Est¨¢ Aqu¨ª para Ayudarlo
El Servicio del Defensor del Contribuyente (TAS, por sus siglas en ingl¨¦s) es una organizaci¨®n independiente dentro del IRS que ayuda a los contribuyentes y protege sus derechos como contribuyente. El deber de TAS es asegurar que a cada contribuyente se le trate de forma justa, y que usted conozca y entienda sus derechos conforme a la Carta de Derechos del Contribuyente.
TAS le puede ayudar a resolver problemas que no ha podido resolver usted mismo con el IRS. Adem¨¢s, su servicio es gratis. Si usted re¨²ne los requisitos para recibir la ayuda de TAS, se le asignar¨¢ un defensor quien trabajar¨¢ con usted durante todo el proceso y har¨¢ todo lo posible para resolver su asunto. TAS le puede ayudar si:
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Su problema le causa problemas financieros a usted, a su familia o a su negocio;
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Usted (o su negocio) est¨¢ enfrentando la amenaza de acci¨®n adversa inmediata; o
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Usted ha intentado comunicarse con el IRS en m¨²ltiples ocasiones, pero nadie le ha respondido, o el IRS no le ha respondido para la fecha prometida.
TAS tiene oficinas en cada estado, el Distrito de Columbia y Puerto Rico. El n¨²mero telef¨®nico de su defensor local se encuentra en su gu¨ªa telef¨®nica local y tambi¨¦n en la p¨¢gina IRS.gov/es/Advocate/Local-Taxpayer-Advocate, en espa?ol, o , disponible en ingl¨¦s. ?sta ¨²ltima tiene informaci¨®n adicional en ingl¨¦s que le puede ser de inter¨¦s. Tambi¨¦n, puede llamar al 877-777-4778.
La Carta de Derechos del Contribuyente describe diez derechos b¨¢sicos que todos los contribuyentes tienen al tratar con el IRS. Los recursos de TAS, disponibles en ingl¨¦s en , le pueden ayudar a entender lo que y c¨®mo aplican a su situaci¨®n. ?stos son sus derechos. Con¨®zcalos; util¨ªcelos.
TAS se ocupa de resolver problemas de gran escala que afectan a muchos contribuyentes. Si usted conoce alguno de estos asuntos, favor de informarle a TAS en la p¨¢gina IRS.gov/SAMS.
Talleres para Contribuyentes de Bajos Ingresos (LITC)
Los Talleres ("Cl¨ªnicas") para Contribuyentes de Bajos lngresos (LITC, por sus siglas en ingl¨¦s) son independientes del IRS. Los LITC representan a las personas cuyos ingresos est¨¦n por debajo de cierto nivel y que necesitan resolver problemas tributarios con el IRS, tales como auditor¨ªas, apelaciones y problemas asociados con el cobro de impuestos. Adem¨¢s, estos talleres pueden proveer informaci¨®n sobre los derechos y responsabilidades del contribuyente en diferentes idiomas para aquellas personas que hablan ingl¨¦s como segundo idioma. Los servicios se ofrecen de manera gratuita o a bajo costo. Para localizar un taller cerca de usted, acceda a , en ingl¨¦s, o vea la ±Ê³Ü²ú±ô¾±³¦²¹³¦¾±¨®²Ô 4134(SP), Lista de las Cl¨ªnicas para Contribuyentes de Bajos lngresos PDF, en espa?ol.
- Agente registrado:
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Toda persona que tenga licencia conforme a las disposiciones de la Circular 230, en ingl¨¦s, del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos para ejercer ante el IRS.
- Apoderado:
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Agente con autorizaci¨®n de una persona conforme a un poder legal para realizar ciertos tipos de actos en nombre de dicha persona.
- Asunto tributario federal:
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Todo asunto que guarde relaci¨®n con la aplicaci¨®n o la interpretaci¨®n de: (1) una disposici¨®n tributaria conforme a lo estipulado en la secci¨®n 6110(i)(1)(B) del C¨®digo de Impuestos Internos; (2) toda disposici¨®n de ley que afecten las obligaciones de una persona en virtud de las leyes y reglamentos de los impuestos internos, lo que incluye, entre otros, la obligaci¨®n de la persona de pagar impuestos o de presentar declaraciones; o (3) toda otra ley o reglamento que administre el IRS.
- Comisionado:
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El Comisionado del Servicio de Impuestos Internos.
- Fiduciario:
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Todo fideicomisario, albacea, administrador, s¨ªndico o tutor que se encuentre en la posici¨®n de contribuyente y act¨²e en calidad de tal y no como representante.
- Funcionario o empleado del gobierno:
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Una persona f¨ªsica que es funcionario o empleado de la rama ejecutiva, legislativa o judicial de un estado o del gobierno de los Estados Unidos, funcionario o empleado del Distrito de Columbia, o miembro del Congreso.
- N¨²mero en el Archivo Centralizado de Autorizaciones (CAF, por sus siglas en ingl¨¦s):
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Un n¨²mero que emite el IRS a cada representante cuyo poder legal se haya registrado en el sistema CAF y para cada designado cuya autorizaci¨®n para recibir informaci¨®n tributaria se haya registrado en dicho sistema.
- Oficina de Responsabilidad Profesional:
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Esta oficina es por lo general, responsable de los asuntos que guarden relaci¨®n con la conducta del profesional en ejercicio y es responsable exclusivo de la disciplina, lo que incluye la aplicaci¨®n de procedimientos disciplinares, las sanciones y las reincorporaciones. La Oficina del Preparador de Declaraciones es responsable de los asuntos que se vinculen con la emisi¨®n de los n¨²meros de identificaci¨®n tributaria del preparador remunerado (PTIN, por sus siglas en ingl¨¦s), procesa solicitudes de registro y administra las pruebas de aptitud y la educaci¨®n continua para grupos designados.
- Persona conforme a la Circular 230:
-
Por lo general, corresponde a un abogado, CPA, agente registrado, agente registrado de planes de jubilaci¨®n, titular del Registro de Cumplimiento del Programa Anual de Temporada de Tributaria, tasador o actuario registrado con autorizaci¨®n para ejercer ante el IRS. Otras personas pueden calificar para ejercer de forma provisoria o limitada ante el IRS. Sin embargo, no se les conoce como profesionales en ejercicio.
- Poder legal duradero:
-
Un poder legal que no est¨¢ sujeto a un l¨ªmite de tiempo y que continuar¨¢ vigente con posterioridad a la incapacidad o incompetencia del mandante (el contribuyente).
- Poder legal general:
-
Un poder legal en donde se autoriza al apoderado a realizar todo acto que el contribuyente pueda realizar.
- Poder legal limitado:
-
Un poder legal en el cual se limita al apoderado a realizar ¨²nicamente determinados actos.
- Preparador de declaraciones no registrado:
-
Una persona que no es un abogado, CPA, agente registrado, agente registrado de planes de jubilaci¨®n ni actuario registrado y que, a los fines de la remuneraci¨®n, prepara y firma la declaraci¨®n de un contribuyente en calidad de preparador o que prepara una declaraci¨®n, pero no se ve obligado (conforme a las instrucciones de la declaraci¨®n o reglamentos) a firmarla. Algunos preparadores de declaraciones no registrados pueden ser titulares de los Registros de Cumplimiento del Programa Anual de la Temporada Tributaria. Al 31 de diciembre de 2015, ¨²nicamente dichos titulares tienen la autorizaci¨®n de representar a los contribuyentes con declaraciones que se hayan preparado y firmado con posterioridad a esa fecha.
- Profesional (en ejercicio):
-
Un abogado, CPA, agente registrado, actuario registrado, agente registrado de planes de jubilaci¨®n o participante del Programa Anual de la Temporada Tributaria.
- Programa Anual de la Temporada Tributaria (AFSP, por sus siglas en ingl¨¦s):
-
El Programa Anual de la Temporada Tributaria es un programa voluntario en virtud del cual se conceden derechos de ejercicio limitados a los preparadores de declaraciones que no sean abogados, contadores p¨²blicos autorizados ni agentes registrados. Para m¨¢s detalles, refi¨¦rase a la secci¨®n Programa Anual de la Temporada Tributaria y directorio de preparadores de declaraciones de impuestos federales, anteriormente, o visite IRS.gov/Tax-Professionals/Annual-Filing-Season-Program, en ingl¨¦s, para obtener m¨¢s informaci¨®n.
- Registro de cumplimiento del Programa Anual de la Temporada Tributaria:
-
El registro que emite el IRS para los preparadores de declaraciones de impuestos que obtengan una cierta cantidad de horas de educaci¨®n continua a los fines de prepararse para un a?o tributario en particular. Consulte la secci¨®n Programa Anual de la Temporada Tributaria y directorio de preparadores de declaraciones de impuestos federales, anteriormente, para obtener m¨¢s informaci¨®n.
- Representante reconocido:
-
Una persona a quien se reconoce como representante de un contribuyente ante el IRS.
- Sistema de Archivo Centralizado de Autorizaciones (CAF, por sus siglas en ingl¨¦s):
-
El sistema inform¨¢tico para las presentaciones donde figura la informaci¨®n sobre la facultad de las personas que se designen de conformidad con los poderes legales o aquellas que se designen en virtud del sistema de autorizaci¨®n para la divulgaci¨®n de la informaci¨®n tributaria. Este sistema brinda al personal del IRS un acceso m¨¢s r¨¢pido a la informaci¨®n de autorizaci¨®n.
³§¨ª³¾²ú´Ç±ô´Ç²õ
- ?D¨®nde se presenta?, ?D¨®nde presentar un poder legal?
A
- Abogados, Abogados., Glosario
- Actuarios, Glosario
- Actuarios registrados, Actuarios registrados.
- Agente registrado, Agentes registrados., ?C¨®mo se registra una persona?, Glosario
- Agente registrado de planes de jubilaci¨®n, Agentes registrados de planes de jubilaci¨®n.
- Apoderado, Glosario
- Archivo Centralizado de Autorizaciones (CAF), Glosario
- Asistencia (ver Ayuda tributaria)
- Asociaciones, Sociedades an¨®nimas, asociaciones, sociedades colectivas y otras personas que no sean personas f¨ªsicas.
- Asunto tribuario federal, Glosario
- Autorizaci¨®n de un representante, Autorizaci¨®n De un Representante
- Ayuda tributaria, C¨®mo Obtener Ayuda con los Impuestos
C
- CAF (ver Archivo Centralizado de Autorizaciones (CAF))
- Carta de autorizaci¨®n, Autorizaci¨®n para comparecencias especiales
- Comisionado, Glosario
- Comparecencias especiales, Autorizaci¨®n para comparecencias especiales
- Comunicaci¨®n protegida
-
- Refugios tributarios, Comunicaciones sobre los refugios tributarios para las sociedades.
- Condici¨®n de jubilaci¨®n inactiva, Condici¨®n de jubilaci¨®n inactiva.
- Conducta de mala reputaci¨®n, Incompetencia y conducta de mala reputaci¨®n
- Contadores p¨²blicos autorizados (CPA), Contadores p¨²blicos autorizados (CPA)., Glosario
- Copias por FAX, Copias por FAX.
- CPA (ver Contadores p¨²blicos autorizados (CPA))
D
- Designaciones de representantes, Qu¨¦ Hay de Nuevo
E
- El ejercicio ante el IRS , ?Qu¨¦ es el ejercicio ante el IRS?, ?Qui¨¦n puede ejercer ante el IRS?, ?Qui¨¦n no puede ejercer ante el IRS?
- Estudiantes, Estudiantes en un LITC o el STCP.
- Estudiantes pasantes del Taller para Contribuyentes de Bajos Ingresos, Estudiantes pasantes del Taller para Contribuyentes de Bajos Ingresos.
F
- Fiduciario, Glosario
- Formulario 2848(SP), Formulario exigido, Preparaci¨®n del formulario: consejos ¨²tiles, ?C¨®mo lleno un Formulario 2848(SP)?
- Funcionario o empleado del gobierno, Glosario
G
- Glosario, El Ejercicio Ante el IRS , Glosario
I
- ±õ²Ô³ó²¹²ú¾±±ô¾±³Ù²¹³¦¾±¨®²Ô, Suspensi¨®n e inhabilitaci¨®n., Censura, inhabilitaciones y suspensiones
- Invalidez o incompetencia, Invalidez o incompetencia.
L
- Lista de inactivos, Lista de inactivos.
N
- Negociaci¨®n de cheques de reembolso de contribuyentes, Negociaci¨®n de cheques de reembolso de contribuyentes.
- Normas para el ejercicio, ?Cu¨¢les son las normas para el ejercicio?
-
- Deberes, Deberes y restricciones
-
- Deber de informar, Deber de informar.
- Diligencia debida general, Diligencia debida general.
- N¨²mero CAF , Autorizaci¨®n para comparecencias especiales
- N¨²mero en el Archivo Centralizado de Autorizaciones (CAF), Glosario
O
- Oficina de Responsabilidad Profesional, Glosario
P
- P¨¦rdida de elegibilidad, P¨¦rdida de elegibilidad
-
- Incumplimiento de los requisitos, Incumplimiento de los requisitos.
- Persona conforme a la Circular 230, Glosario
- Personas no registradas, Otras personas que pueden desempe?arse en calidad de representantes.
-
- Empleado, Otras personas que pueden desempe?arse en calidad de representantes.
- Fiduciario, Otras personas que pueden desempe?arse en calidad de representantes.
- Funcionario, Otras personas que pueden desempe?arse en calidad de representantes.
- Miembro de la familia, Otras personas que pueden desempe?arse en calidad de representantes.
- Persona, Otras personas que pueden desempe?arse en calidad de representantes.
- Socio, Otras personas que pueden desempe?arse en calidad de representantes.
- Poder legal, ?Qu¨¦ es un poder legal?, ?Cu¨¢ndo se exige un poder legal?, ?D¨®nde presentar un poder legal?, ?Cu¨¢ndo no se exige un poder legal?, ?Qu¨¦ paso sigue despu¨¦s de presentar un poder legal?
-
- Procesamiento y gesti¨®n, Procesamiento y gesti¨®n
- Representante, C¨®mo tratar con el representante
- Poder legal duradero, Glosario
- Poder legal general, Glosario
- Poder legal limitado, Glosario
- Poderes legales no pertenecientes al IRS , Poderes legales no pertenecientes al IRS.
- Preparador de declaraciones no registrado, Preparadores de declaraciones no registrados., Glosario
- Procesamiento de poderes legales no pertenecientes al IRS , Procesamiento de poderes legales no pertenecientes al IRS.
- Profesional (en ejercicio), Glosario
- Programa Anual de la Temporada Tributaria (AFSP), Glosario
- Proveedores intermediarios de servicios, Qu¨¦ Hay de Nuevo
- Publicaciones (ver Ayuda tributaria)
R
- Registro de cumplimiento del Programa Anual de la Temporada Tributaria, Glosario
- Representaci¨®n fuera de los Estados Unidos, Representaci¨®n fuera de los Estados Unidos
- Representante reconocido, Glosario
- Representantes de sociedad colectiva, Qu¨¦ Hay de Nuevo
- ¸é±ð²õ³¦¾±²õ¾±¨®²Ô, Invalidez o incompetencia.
- Robo de identidad, C¨®mo resolver los asuntos tributarios relacionados con el robo de identidad.
S
- Sociedades an¨®nimas, Sociedades an¨®nimas, asociaciones, sociedades colectivas y otras personas que no sean personas f¨ªsicas.
- Sociedades colectivas, Sociedades an¨®nimas, asociaciones, sociedades colectivas y otras personas que no sean personas f¨ªsicas.
- ³§³Ü²õ±è±ð²Ô²õ¾±¨®²Ô, Suspensi¨®n e inhabilitaci¨®n., Censura, inhabilitaciones y suspensiones
T
- Tasadores, Tasadores.